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Facultad de Ciencias de la Salud Terapia Ocupacional

Fundamentos de la terapia ocupacional II. Sección 2

SENAME: Protección o Vulneración

Integrantes: Melissa Arancibia Felipe Cabello Camila Martínez Andrea Parra Docente: Macarena Urrutia

Miércoles 4 de julio, Santiago de Chile

Introducción El Servicio Nacional de Menores (Sename) es un organismo gubernamental centralizado, colaborador del sistema judicial y dependiente del Ministerio de Justicia. Fue creado por el Decreto de Ley N 2.465 del 10 de enero de 1979, que constituye su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial el 16 de enero del mismo año. Un decreto supremo del 5 de diciembre de 1979 fijó la planta y el SENAME entró en funciones el 1 de enero de 1980. (Servico Nacional de Menores, s.f.). SENAME dentro de sus objetivos y funciones declara estar: encargado de contribuir a proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en el ejercicio de los mismos y a la reinserción social de adolescentes que han infringido la ley penal, de conformidad al artículo 2º de esta ley. Para dicho efecto, corresponderá especialmente al SENAME diseñar y mantener una oferta de programas especializados destinados a la atención de dichos niños, niñas y adolescentes, así como estimular, orientar, y supervisar técnica y financieramente la labor que desarrollen las instituciones públicas o privadas que tengan la calidad de colaboradores acreditados (Ministerio de justicia, 1979, p. 1). En la actualidad SENAME ha sido tema de conversación a nivel país, pero no ha sido destacado exactamente por la labor que debiera cumplir sino todo lo contrario, ha sido criticado por la sociedad debido a los numerosos y reiterados eventos expuestos y denunciados en los medios de comunicación, siendo la televisión y los diarios los principales difusores de las situaciones de negligencia y vulneración por parte de SENAME hacia los niños que tiene a su cuidado. Lo cual nos hace cuestionar si este organismo realmente realiza su función, si el estado se preocupa de fiscalizar, vigilar y velar por los derechos de los niños, si realmente los niños están protegidos.

El Servicio Nacional de Menores, organismo gubernamental que entró en funcionamiento el 1 de enero de 1980 (servicio nacional de menores, s.f.) y que hasta el día de hoy continúa en funcionamiento, ha estado en el último tiempo en la palestra debido a su cuestionable labor. Podemos ver que casi diariamente SENAME es expuesto o denunciado principalmente en los medios de comunicación. Son conocidos los casos de abusos, violencia, negligencias, entre otros que sufren los niños dentro de los recintos que pertenecen o están a cargo de esta organización. Este organismo, debido a los casos expuestos se ha ganado la estigmatización por parte de la sociedad, esta considera que SENAME es un organismo en el que no se pueda confiar, se cuestiona si realmente los niños están peor en su condición precaria y de vulneración o estando a cargo de esta organización. Lo anterior ha generado que distintas organizaciones y medios se interesen en descubrir la verdadera realidad de los niños y las problemáticas por las que pasan. Además, ha llevado a que se realicen distintas investigaciones las cuales cabe destacar se realizan con gran dificultad ya que SENAME no tiene la voluntad para mostrar cómo funciona la organización o la realidad de los niños dentro de los recintos. Dentro de los diversos estudios e investigaciones realizadas, cabe destacar que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) realizó una observación a 171 centros de SENAME en los meses de enero y abril de 2017(Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017). El INDH menciona que: Para la medición de los objetivos del estudio se aplicaron tres instrumentos: uno institucional para evaluar las condiciones de cumplimiento de los derechos humanos al interior de los centros; otro dirigido a funcionarios/as para evaluar sus condiciones laborales; y el que se aplicó a los niños, niñas y adolescentes para indagar sobre eventuales vulneraciones de derechos que pudiesen ser víctimas (Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017). En el informe realizado se evaluó las condiciones de vida y de cuidados, vinculación con el medio, educación, familia e identidad, salud mental, violencia institucionalizada, violencia entre pares y desvelamientos de abuso sexual. En relación a las condiciones de vida se encontró que: La infraestructura, tanto externa como interna, de los hogares visitados demuestran una gran heterogeneidad entre los centros, tanto en la calidad de los establecimientos y su equipamiento como en los espacios disponibles para el uso de niños, niñas y adolescentes. En general, las necesidades más básicas de infraestructura se encuentran satisfechas, como es la disponibilidad de camas, acceso a baños, comedor y cocina, sin embargo, la calidad de estas no es siempre óptima y la infraestructura para hacer frente a otras necesidades como calefacción, recreación, espacios comunes y resguardo a la identidad y privacidad de los niños y niñas, son déficits mayores. (Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017, condiciones de vida y de cuidado, p.8) Dentro de este ítem podemos encontrar que a pesar de cumplir con las necesidades básicas no significa necesariamente que se disponga de un ambiente adecuado para los menores, destacando que no siempre los niños tienen lugares para el desarrollo del juego, juguetes (o juguetes adecuados) o habitaciones distribuidas como corresponde ya que se privilegia solo un factor; la edad, género o simplemente el comportamiento, lo cual no entrega un ambiente propicio para los niños y adolescentes ya que al no contemplar todas estas variables se ignora el hecho de satisfacer las necesidades específicas de cada menor. En cuanto a vinculación con el medio:

Si bien se aprecia que la mayoría de los centros no se encuentra aislado del acceso a servicios de transporte público, y que el 100% se localiza a menos de 20 cuadras de un centro educacional, es preocupante que casi un 8% se encuentre a más de 2,5 kilómetros de un equipamiento deportivo (centros deportivos, canchas, skate-park) y que casi un 10% se ubique a más de 2,5 kilómetros de un equipamiento comunitario (centros vecinales, sedes sociales, biblioteca vecinal, centro comunal)(Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017, vinculación con el medio, p.7). En relación a los resultados entregados, se analiza que a pesar de que los recintos estén muy cercanos a la locomoción no significa que los menores sean activos en la comunidad ya que la gran mayoría de ellos solo participa cuando asiste a un centro de salud, pero no de otras maneras, evidenciándose la falta de participación en actividades relacionadas con recreación o educación informal y que es preocupante ya que dentro de los objetivos de SENAME es que los menores tengan un libre acceso a esas instancias, afectando o vulnerando un derecho del niño, el derecho al descanso. En educación, se encontró que el 92,4% de los niños y niñas que fueron consultados declara poder leer y escribir, 1,1% sólo puede leer, 3,1% sólo puede escribir y 3,2% no puede realizar ninguna de las dos cosas. Entre los de menos de 14 años, el porcentaje que puede leer y escribir disminuye a 89,7%, elevándose a 96,8% en quienes tienen entre 14 y 17 años. Este porcentaje es menor que el promedio poblacional (Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017). A pesar de que SENAME declara que los niños asisten a clases, reciben ayuda en sus tareas por parte de los cuidadores y otorgar que los padres asistan a las reuniones de apoderados, no significa que la organización cubra de forma óptima la necesidad de educación, ya existe un porcentaje menor que no sabe leer y/o escribir, que no recibe ayuda por parte de los cuidadores o que tengan un familiar que no puede asistir a las reuniones de apoderados por no ser uno de los padres, lo cual restringe la ocupación de educación en los menores. En relación al factor de familia e identidad encontramos: Según los resultados obtenidos a partir del instrumento institucional (información otorgada por el o la directora del centro, titular o subrogante) aplicado a una muestra de 151 centros residenciales, podemos ver en el siguiente gráfico 1.1 que, dentro de los sistemas residenciales consultados, existe un sólo centro que no permite visitas de los familiares a los niños y niñas que acoge, desobedeciendo así a las orientaciones técnicas entregadas por SENAME y transgrediendo derechos garantizados (Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017, Familia e identidad, p.12). Como podemos evidenciar aun cuando es un pequeño número de niños que no recibe visitas por parte de sus familiares, claramente hay una vulneración importante en los derechos de los niños, el derecho a la familia, lo cual afectará directamente en el desarrollo de los menores. El INDH en relación al punto de violencia institucionalizada, los resultados recopilados están basados en una conversación privada con cada niño, dentro de los 381 niños entrevistados, 321 de ellos refirió haber sufrido algún tipo de castigo. Dentro de los tipos de castigos que se registraron están, privación de bienes ( principalmente privación de la televisión y consolas), privación de derecho (principalmente privación del contacto de la familia y privación a jugar), exclusión y segregación (principalmente se registró que el cuidador no les habla, encierros y cambios de centros), contención física (principalmente sujeción de extremidades y cabeza),

ejecución de tareas domésticas, otros (medidas disciplinarias generalizadas visitas forzadas a la familia como castigo en el caso de un niño que no desea contactarse con sus progenitores, reducción del tiempo de visitas y prohibición de hacer educación física).(Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017). En relación a este punto, se puede evidenciar los graves protocolos o mecanismos de cuidado a los menores por parte de los cuidadores, lo cual hace criticar la calidad de los cuidadores, es decir, la gran mayoría de los cuidadores no son aptos ni están capacitados para realizar dicha labor. En base a los resultados de los castigos se puede ver que la gran mayoría de estos, son inapropiados. Dentro de los castigos más graves son del módulo de privación de derecho, ya que la familia es un pilar fundamental en la formación del niño. También la privación al juego, es decir, la privación a la principal ocupación de la mayoría de los menores, es un punto crítico si lo vemos desde la terapia ocupacional ya que la privación de ocupaciones significativas para el sujeto, constituye un hecho evidente de injusticia ocupacional. Además, cabe mencionar que dentro de los castigos “menos estrictos o de menor gravedad” no significan que no afecten a los menores ya que según Rojo (2008) el hecho de que al niño se le asignen roles que no le corresponden y que asume como suyos, produce una disfunción ocupacional a nivel de las áreas de ejecución. La violencia entre pares (bullying) es un fenómeno habitual en el contexto de SENAME. Esto se debe a que se crean grandes competencias entre ellos para así poder protegerse individualmente. Por ello hoy en día las instituciones se enfocan en prevenir y tratar las situaciones de bullying “no sólo por la naturaleza problemática del comportamiento en sí, sino también por sus efectos adversos en la salud física y mental de los niños” Cabe destacar que los niños y niñas pueden tomar diferentes roles respecto al bullying ya sea de perpetrador, víctima o testigo. En base al estudio realizado, existe una prevalencia de un 48,4% de niños y niñas víctimas de violencia reiterada por parte de sus pares sea de carácter físico o psicológico (Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2017). Estos datos son alarmantes ya que se pone de manifiesto el escaso actuar de las instituciones frente al ambiente y convivencia en que se desenvuelve cada niño. Relacionado a lo anterior los datos informan que el comportamiento de adultos en relación con la violencia entre pares se ve reflejado en dos situaciones ya sea que ellos no estén. Informados sobre la situación de violencia entre los menores o que simplemente se enteran de la situación y no hagan nada al respecto. En relación a los ítems abordados, se puede mencionar que: todas y cada una de las formas de maltrato interfieren en el desarrollo integral del niño, con repercusiones a nivel neurológico, físico, cognitivo, psicosocial y emocional. Se les está privando de una serie de necesidades básicas imprescindibles para la formación de una persona segura de sí misma, capaz de interactuar y relacionarse de forma saludable con la sociedad y con el medio, de comprometerse y de ser competente (Rojo, 2008, p. 245). En términos simples el desarrollo de los menores va a estar determinado de forma directa por la exposición a diversos factores. Por ello todo intento por resolver cualquier aspecto relacionado con el niño debe basarse en el interés superior del niño y en la Convención de los Derechos del Niño. (Rojo, 2008, p.246)

Conclusión Para finalizar podemos evidenciar que realmente Sename no está cumpliendo su rol de proteger y velar por los derechos y necesidades de los menores. Los estudios dan cuenta de la situación de vulnerabilidad a las que están siendo expuestos estos, desde las dimensiones más básicas, como el derecho a la familia, a la educación, protección, hasta dimensiones más complejas como la participación en la comunidad. Es importante destacar los puntos críticos que tiene SENAME actualmente, por ejemplo la violencia institucionalizada, en la cual podemos identificar la sanción normalizadora como medios de buen encausamiento siendo especialmente preocupante el castigo de privación de derechos de visitas familiares y del juego, siendo este último un factor constituyente de injusticia ocupacional. Otro punto crítico es la poca o inexistente capacitación hacia los cuidadores, lo que provoca que estos no respondan de la forma esperada y oportuna a los requerimientos de los menores. También cabe destacar que a pesar de que la sociedad expresa no aprobar la práctica de SENAME, si se puede observar que desde lo implícito estas si son aprobadas, ya que la sociedad ha normalizado las actuales y reiteradas situaciones de vulneración hacia los niños por parte de esta institución. Lo cual significa que la sociedad aunque de manera inconsciente también cree que son sujetos sin derechos al momento de invisibilizarlos a ellos y las problemáticas por las que pasan. Para abordar esta problemática se propone enfocarse en las necedades de los menores, ya que según la convención de los derechos del niño, toda medida debe estar orientada a las necesidades e intereses de cada uno de ellos.

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