Contestacion Administrativa

EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO No. 1488-2018 RESOLUCION DE TRAMITE No. 1488-2018 DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN, ACREDITACIÓN Y

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EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO No. 1488-2018 RESOLUCION DE TRAMITE No. 1488-2018

DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN, ACREDITACIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, UNIDAD DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DE GUATEMALA, CENTRO AMERICA. LILIAN LISBETH FUENTES GONZALES, de treinta y siete años de edad, soltera, guatemalteca, Médica y Cirujana, con domicilio en el departamento de San Marcos, y residencia en séptima avenida, uno guión ciento sesenta, zona tres, Aldea San Isidro Chamac, municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, me identifico con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número: Dos mil quinientos cinco, noventa y nueve mil trescientos cuarenta y uno, un mil doscientos dos, extendido por el Registrador Civil del Registro Nacional de Las Personas, Guatemala, Centro América. Actuó en mi calidad de propietaria de la CLINICA MEDICA FAMILIAR, ubicada en quinta avenida, zona tres, del municipio de Comitancillo, departamento de San Marcos, como lo justifico con la fotocopia simple de la inscripción en el Registro Mercantil Guatemala, Centro América. DEL AUXILIO PROFESIONAL: Actúo bajo la DIRECCIÓN Y PROCURACIÓN DEL ABOGADO MILTON MANFREDO FUENTES FUENTES. DEL LUGAR PARA RECIBIR NOTIFICACIONES: Señalo como lugar para recibir notificaciones la oficina Profesional ubicada en la tercera avenida “A”, tres, guion sesenta y dos, zona uno, de la ciudad de Guatemala, Centro América. DEL MOTIVO DE LA COMPARECENCIA: De manera atenta y respetuoso comparezco ante usted con el objeto de EVACUAR AUDIENCIA CONFERIDA POR EL PLAZO DE CINCO DIAS HABILES PARA CONTESTAR LA ESTIMACION DE INFRACCIONES SANITARIAS, DICTADOS EN MI CONTRA POR MEDIO DE RESOLUCION DE TRÁMITE NUMERO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO GUION DOS MIL DIECIOCHO DE FECHA CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO, de conformidad con la siguiente: RELACION

DE

H E C H O S:

A.) DE LA NOTIFICACIÓN: Con fecha nueve de octubre de dos mil dieciocho, a las once horas, con dos minutos, fui notificado de la resolución proferida por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Departamento de

Regulación, Acreditación, y Control de Establecimientos de Salud, Unidad Administrativa Legal, Guatemala, Centro América. B.) DE LA CONTESTACION DE LOS CARGOS INSTAURADOS EN MI CONTRA: Que con fecha diecisiete de julio de dos mil dieciocho se me entregó constancia de supervisión número treinta y seis mil doscientos tres, la cual contiene monitoreo de supervisión efectuada por el Licenciado Jorge David Gómez Barrientos, supervisor del departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud, indicando en el apartado de observaciones que el establecimiento denominado CLINICA MEDICA GENERAL. El establecimiento es una clínica médica general, reúne requisitos para su funcionamiento, si cuenta con licencia sanitaria y está vigente emitida por DRACES, enviar copia a [email protected], en caso de estar vencido o no tener realizar el trámite ante DRACES, a la brevedad el cual es gratuito por no presentar licencia sanitaria no se aprueba la supervisión, atendido por Verónica Velásquez Gabriel. C.) Con fecha nueve de octubre de dos mil dieciocho se me notificó de la resolución contenida en el expediente administrativo número un mil cuatrocientos ochenta y ocho, guión dos mil dieciocho, en donde se me promueve procedimiento administrativo sancionatorio por estimarse la comisión de las infracciones sanitarias consistentes en: a) Instalar y Poner en funcionamiento establecimientos de atención para la salud sin la licencia sanitaria correspondiente, b) Promocionar o publicar en el establecimiento actividades para las que no han sido autorizada. Por lo tanto, dichas infracciones deben ser sancionadas administrativamente y para el efecto se me concede audiencia por el plazo de cinco días hábiles para indicar las razones por las cuales se incumplió con el requerimiento y que haré al respecto para solventar el incumplimiento. D.) Por lo anteriormente indicado me permito MANIFESTAR EN RELACIÓN A LA RAZÓN POR LA CUAL SE INCUMPLIÓ Y QUE SE HARÁ PARA SOLVENTAR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS INFRACCIONES: Ciertamente ha existido atraso para el cumplimiento de la obligación requerida por el Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud en virtud que desde hace varios meses he padecido de ciertas enfermedades tal es el caso de un embarazo muy riesgoso calidad que justifico con la certificación medica que adjunto al presente memorial he individualizo en el apartado de pruebas, pues me es imposible por el momento poder viajar a la ciudad de Guatemala, ya que los demás tramites ya los hice por realizarse en el departamento de San Marcos, y el en el

caso de la licencia sanitaria lo estaré realizando nada más mi salud y embarazo sea estable y entonces realizare el trámite de solicitud de la licencia sanitaria hasta estar mejor de salud, sin embargo quiero manifestar que para cumplir con lo requerido en la supervisión realizada el día diecisiete de julio de dos mil dieciocho ya he principiado a realizar los trámites para la obtención de la licencia sanitaria respectiva tal como lo justifico con los documentos que acompaño al presente memorial. Por tal razón ruego se me conceda una prórroga prudencial para presentar el documento (Licencia sanitaria) una vez finalizado el trámite correspondiente tomando en cuenta el plazo de dicho trámite conlleva cierto tiempo prudencial ante el Ministerio a su digno cargo y como consecuencia no se me imponga ninguna multa y se extinga el requerimiento ya que estoy en la mejor disposición de cumplir con los requisitos establecidos por la dependencia que usted dirige, FUNDAMENTO DE DERECHO “Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual y colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley” artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala. “Causas de extinción de la responsabilidad. La responsabilidad por infracciones y las sanciones establecidas en este Código, sus reglamentos, demás leyes de salud, normas y disposiciones aplicables, se extinguen en los casos siguientes: a) Cumplimiento de la sanción” artículo 221 del Código de Salud. PRUEBAS DOCUMENTAL: a) Fotocopia de la Constancia de Inscripción de la Clínica Médica Familiar, impresa con fecha doce de octubre de dos mil dieciocho, del Registro Mercantil de la República de Guatemala Centroamérica, documento con el cual acredito la calidad con la que actúo (propietaria) y que efectivamente como ya lo manifesté ya se inició el trámite correspondiente. b) Fotocopia Simple de la Constancia de supervisión número treinta y seis mil doscientos tres (36203), de fecha diecisiete de julio de dos mil dieciocho, emitida por el supervisor de Establecimientos de Salud. Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud Licenciado Jorge David Gómez Barrientos. c) Fotocopia simple de la cedula de notificación y resolución contenida en el expediente administrativo número mil cuatrocientos ochenta y ocho, guion dos mil dieciocho de fecha catorce de agosto y nueve de octubre de

dos mil dieciocho; d) Fotocopia Simple del Documento Personal de Identificación número: Dos mil quinientos cinco, noventa y nueve mil trescientos cuarenta y uno, un mil doscientos dos, extendido por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, a favor de Lilian Lisbeth Fuentes Gonzàlez; e) Certificación médica, a nombre de Lilian Lisbeth Fuentes Gonzàlez, extendida por la Medico y Cirujano Maura Liliana Juárez Joachin, en la ciudad de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, con fecha doce de octubre de dos mil dieciocho; f) Certificación del Registro Nacional de Agresores Sexuales RENAS, a nombre de Lilian Lisbeth Fuentes Gonzàlez, de fecha once de octubre de dos mil dieciocho, valida hasta el once de abril de dos mil diecinueve; g) Fotocopia simple de la Constancia de Inscripción y Modificación al Registro Tributario Unificado, a nombre de Lilian Lisbeth Fuentes Gonzàles; h) Fotocopia simple del pago de solicitud de certificación de colegiado activa del Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala, de fecha once de octubre de dos mil dieciocho; i) Fotocopia Simple del Título de Médica y Cirujana, a nombre de Lilian Lisbeth Fuentes Gonzàlez, expedido por la Universidad de San Carlos de Guatemala, de fecha veintisiete de septiembre de dos mil siete. PETICION: a)

Que se admita para su trámite el presente memorial y se agregue a sus antecedentes; b) Se tenga por señalado el lugar para recibir notificaciones; c) Como mi Abogado Director, Procurador y Auxiliante al Licenciado Milton Manfredo Fuentes Fuentes; d) Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba propuestos y por presentados los documentos adjuntos; e) En los términos descritos en el apartado expositivo, se tenga por evacuada la audiencia que me fue conferida. f) Que se tenga por acreditada la calidad con que actuó; g) Que para cumplir con lo requerido en la supervisión realizada el día diecisiete de julio de dos mil dieciocho ya que los demás tramites ya los hice por realizarse en el departamento de San Marcos, y el en el caso de la licencia sanitaria lo estaré realizando nada más mi salud y embarazo sea estable y entonces realizare el trámite de solicitud de la licencia sanitaria hasta estar mejor de salud, sin embargo quiero manifestar que para cumplir con lo requerido en la supervisión realizada el día diecisiete de julio de dos mil dieciocho ya he principiado a realizar los trámites para la obtención de la licencia sanitaria respectiva tal como lo justifico con los documentos que acompaño al presente memorial. Por tal razón ruego se me conceda una prórroga prudencial para presentar el documento (Licencia sanitaria) una vez finalizado el trámite correspondiente

tomando en cuenta el plazo de dicho trámite conlleva cierto tiempo prudencial ante el Ministerio a su digno cargo y como consecuencia no se me imponga ninguna multa y se extinga el requerimiento ya que estoy en la mejor disposición de cumplir con los requisitos establecidos por la dependencia que usted dirige. CITA DE LEYES: Fundamento mi petición en lo que preceptúan los artículos anteriores y los siguientes: 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 7, 121, 122, 123, 157, 218, 219, 220, 221, 222 del Código de Salud. 1,3,5,10,17,22,23,45 literales e) y f) de la Ley de lo Contencioso Administrativo. COPIAS. Acompaño una copia del presente memorial y de los documentos adjuntos. LUGAR Y FECHA. San Marcos, trece de octubre de dos mil dieciocho.

EN SU AUXILIO, DIRECCION Y PROCURACION