CONTRATOS MERCANTILES

CONTRATOS MERCANTILES OBLIGACIONES MERCANTILES: La contratación mercantil surge de las obligaciones mercantiles. Obligac

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CONTRATOS MERCANTILES OBLIGACIONES MERCANTILES: La contratación mercantil surge de las obligaciones mercantiles. Obligaciones significa tener un vinculo con otra persona, que nos une o liga para el cumplimiento de los acuerdos previamente pactados o acordados. En las obligaciones mercantiles se debe respetar los principios filosóficos que rigen la contratación mercantil, el código de comercio regula: Artículo 669. Principio filosófico: las obligaciones y contratos mercantiles se interpretaran, ejecutarán y cumplirán de conformidad con los principios de verdad sabida y buena fe guardada, a manera de conservar y proteger las rectas y honorables intenciones y deseos de los contratantes, sin limitar con interpretación arbitraria sus efectos naturales. De lo anterior analizamos los siguientes principios: a) Verdad sabía: eso significa que todo el que adquiera una obligación a través de una contratación mercantil, conoce anticipadamente todo lo que relaciona con la contratación, así como todas las consecuencias que se deriven de esta. b) Buena fe guardad: uno de los principales preceptos en las relaciones comerciales es la buena fe. Actuar de buena fe implica actuar sin dolo y sin vicios dentro de la contratación, sin malas intenciones para con las partes contratantes o actos que lo puedan inducir a caer en error. LOS CONTRATOS MERCANTILES: Los contratos mercantiles no se encuentran sujetos a formalidades especiales para su validez, con excepción de los que requieran ciertas solemnidades como el contrato fideicomiso y de la sociedad mercantil. Existen contratos que por ser celebrados con una gran cantidad de personas se pueden otorgar a través de formularios. Para que éstos sean válidos se requiere: a) interpretarlos en caso de duda, en el sentido menos favorable para quien haya preparado el formulario. b) Las renuncias de derecho deberán resaltarse o subrayarse en caracteres mas grandes y visibles que el resto del contrato, para que sean válidas. c) Las cláusulas adiciones prevalecerán sobre las del formulario cuando no hayan sido dejadas sin efecto.

También existen la contratación a través de pólizas, facturas, órdenes, pedidos, documentos que son emitidos por una de las partes, pero para este tipo de contratación la parte solicitante deberá revisar que el contenido de los documentos esté de acuerdo a su solicitud. Si no fuera el caso deberá pedir la rectificación de la misma, así no se solicitase la rectificación en el plazo de quince días, se tendrán por aceptadas las condiciones. Los contratos que en su mayoría se manejan por pólizas son los contratos de seguros. En cuanto al plazo para el cumplimiento de la obligación, no se estipularan las obligaciones serán de inmediato cumplimiento. En el caso de prorrogas deben ser expresas para que tengan validez. En cuanto a la mora, para las obligaciones se incurre en mora sin necesidades de requerimientos desde el día siguiente en que las obligaciones sean exigibles y no se cumplan, con la excepción de las obligaciones que pacten algo distinto. Contratos Mercantiles Típicos Los contratos mercantiles típicos son los que regula el código de comercio o leyes conexas mercantiles. Se denominan típicos porque se encuentran dentro de una regulación legal previamente establecida, que indicará todos los aspectos relacionados con los contratos en particular. El código de comercio regula los siguientes contratos mercantiles: 1. Compra-venta mercantil 2. Suministro 3. contratos estimatorio 4. Depósito mercantil 5. Contrato de operaciones de crédito 5.1. de la apertura de crédito

5.2. del descuento 5.3. del reporto 5.4. del reporto

5.5. Cartas órdenes de crédito 5.6. De las tarjetas de crédito 5.7. Del crédito documentario

6. Fideicomiso 7. Contrato de trasporte 8. Contrato de participación 9. Contrato de hospedaje 10. Contrato de seguro 10.1.

seguro contra daños

10.2.

Seguro contra incendios

10.3.

Seguro del trasporte

10.4.

Seguro agrícola y ganadero

10.5.

Seguro contra la responsabilidad civil

10.6.

Seguro de automóviles

10.7.

Seguro de personas

10.8.

Contrato de reaseguro

11. Fianza y re-afianzamiento

1. Contratos de Compra-Venta mercantil El contrato de compra-venta mercantil es un contrato tipico en el que una persona denomina vendedor trasmite la propiedad sobre ciertas mercaderías a una persona denominada comprador, a cambio de pagar un precio. El contrato de compra-venta es bilateral, oneroso y traslativo de dominio. Para compra-venta mercantil de mercadería se observa ciertas modalidades o usos que regulan este tipo de transacciones, estos usos se denominan INCOTERMS y son usos de derecho mercantil internacional que se utilizan para las transacciones de compra-venta de mercaderías. 2. Contrato de suministro El contrato de suministro es un contrato típico mercantil, oneroso, consensual, bilateral de tracto sucesivo, en el cual una persona denominada suministrada a proveerle, periódicamente o de manera continúa, bienes o servicios a cambio de un precio.

3. Contratos estimatorios Es un contrato típico mercantil oneroso, en el que una persona denominada consignante entrega ciertas mercaderías a otra persona denominada consignatario, bajo las condiciones de que trascurrido el plazo pactado, éste pague el precio de las mercaderías o se las devuelva. 4. Contratos de depósito mercantil Un contrato típico mercantil en el que una persona denominada depositante entrega ciertos bienes o mercaderías a otra persona depositario, para su guarda y custodia y posterior restitución; puede ser de forma regular o irregular, es de forma regular cuando se devuelven exactamente los mismos bienes que depositaron y es irregular cuando no se devuelven los mismos bienes, pero si son iguales en la calidad, cantidad y especie de los bienes depositados. 5. Contratos relacionados con operaciones de crédito Los contratos relacionados con las operaciones de crédito se encuentran vinculados con la actividad bancaría, las operaciones bancarias se clasifican en activas, pasivas y neutras.

5.1. De la apertura de crédito

Es un contrato típico mercantil, consensual, conmutativo, oneroso, a través del cual una persona denominada acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, o a contraer obligaciones a nombre de éste quien deberá restituri las sumas de que disponga o provee las cantidades pagaderas por su cuenta y pagar los gastos, comisiones e intereses que resulten a su cargo. 5.2. Del descuento. Es un contrato típico mercantil en el que una persona denominada descontratario trasmite un crédito de vencimiento futuro que consta en un título de crédito o libro de contabilidad, a una persona denominada descontador, a cambio de un pago menor al valor nominal del crédito trasmitido. 5.3. Del contrato de cuentas corrientes Es un contrato de tipo mercantil en el que dos personas denominadas cuentacorrentistas se comprometen a poner su recíproca disposición, remesas consistentes de c´reditos o débitos según sea el caso y se constituye en deudor no del otro al momento de realizarse el cierre. 5.4. Del reporto

Es un contrato típico mercantil en el que una persona denominada reportador adquiere un título de crédito de vencimiento futuro de otra persona denominada reportado y se compromete que el plazo convenido le restituirá los títulos de la misma naturaleza calidad y especie contra reembolso del monto pagado, que puede ser más o menos según lo convenido. 5.5. Cartas órdenes de crédito. Las cartas de órdenes de crédito son un contrato típico mercantil, formal oneroso, real, bilateral, en el cual una persona denominada dador expide el documento denominado carta orden de crédito, a una persona denominada destinatario y le ordena entregue la suma de dinero establecida a una persona denominada beneficiario, la cual se indica expresamente en el titulo. 5.6. De las tarjetas de crédito Es un contrato típico mercantil en el que una entidad emisora de tarjetas de crédito se compromete con otra persona denominada cuentahabientes, a pagar todos los gastos o consumos que éste haga en los establecimientos afiliados, en contra el reembolso de los pagos hechos en su nombre, más una comisión y los intereses pactados.

5.7. Del crédito documentario Es un contrato típico mercantil por el que una persona denominada acreditante se obliga frente a otra denominada acreditado, a contraer por cuenta de éste una obligación en beneficio de un tercero y de acuerdo con las condiciones establecidas. Con este contrato se finalizan los contratos de operaciones de crédito. 6. Contrato de Fideicomiso.

El contrato de fideicomiso es aquél a través del cual una persona llamada fideicomitente, trasmite determinados bienes y derechos a otro llamado fiduciario, que sólo puede ser un banco instituciones de crédito, afectándolo a fines específicos que redundan en beneficio de un tercero llamado fideicomisario. 7. Contrato de trasporte El contrato de trasporte es un contrato típico mercantil, consensualmente, bilateral, oneroso, en el cual una persona denominada porteador se obliga, por un precio determinado, a

conducir de un lugar a otro, pasajeros o mercaderías ajenas que deberán ser entregadas a una persona denominada cosignatario. 8. Contrato de partición Es un contrato típico mercantil en el cual un comerciante que se denomina gestor se obliga con una o varias personas llamadas participantes a compartir las utilidades o pérdidas que resulten de las operaciones que el gestor realice con los bienes o servicios que aportan los participantes. 9. Contrato de Hospedaje Es un contrato mediante el cual una persona se obliga a dar albergue a otra mediante una retribución convenida y se puede pactar o no la alimentación. Es un contrato bilateral, consensual, oneroso, de adhesión puesto que la persona que ofrece el albergue establece las condiciones en que se prestará el servicio. 10. Contrato de seguro El contrato de seguro es un contrato típico mercantil, bilateral, consensual, oneroso, por adhesión, aleatorio porque no sabe con exactitud cuándo se hará no del mismo y a través de este contrato una persona jurídica denominada asegurador se obliga a resarcir un daño o pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista en el contrato y el asegurado se obliga a resarcir un daño o pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista en el contrato y el asegurado se obliga a pagar la primera correspondencia por el valor del seguro. 11. Contrato de Fianza Es un contrato típico mercantil que se utiliza para garantizar el cumplimiento de una obligación, es un contrato accesorio a un contrato principal que en la mayoría de veces es el que garantiza. 12. Contrato de re afianzamiento Es un contrato típico mercantil en el que una afianzadora se obliga a pagar a otra en el proporción que se estipule, las cantidades que ésta debe cubrir al beneficiario de una fianza.

Contrato atípicos mercantiles Los contratos atípicos mercantiles son contratos que surgen del uso diario en las actos de comercio y de las innovaciones para la contratación mercantil y no se encuentran regulados en las leyes comerciales, se denominan anticipos porque no se están establecidos en el

código de comercio en el caso de Guatemala, o en las normas mercantiles internacionales, sin embargo se manejan a través de y costumbres comerciales. 1. Contrato de leasing Es un contrato atípico que también se denomina contrato de arrendamiento financiero, este contrato consiste en que una persona jurídica denominada arrendadora adquiere bienes, para luego ofrecerlos al público en concepto de arrendamiento, a cambio de una prestación periódica que resulte suficiente para amortizar el valor de la adquisición de los bienes puestos en arrendamiento. 2. Contratos de Franquicia Es un contrato atípico mercantil a través del cual una persona denominada franquiciante cede a otra persona denominada franquiciado, la autorización para el uso de una marca así como todos los métodos para explotarla y hacer negocios con ésta, a cambio de una tarifa establecida. 3. Contrato de factoraje Es un contrato atípico mercantil a través del cual un comerciante cede sus derechos sobre créditos a cambio de que la sociedad factoraje se los abone anticipadamente y por la presentación de este servicio a la sociedad de factoraje recibe una comisión. 4. Contrato de Joint Venture Es un contrato atípico mercantil en el cual dos comerciantes o sociedades establecen una alianza estratégica y acuerdan realizar conjuntamente una inversión para obtener beneficios. 5. Contrato de claque Es un contrato atípico a través del cual se contrata a un gripo de claqueros, para aplaudir o animar ciertos eventos son espectáculos o programas de televisión. Existen empresas que se dedican a proveer claqueros en espectáculos. 6. Contrato de Trust El contrato de trust se encuentra inspirado en la confianza depositada en una institución dentro del marco económico. A través del contrato de trust se concentran varias sociedades bajo una sola dirección y control. La finalidad de esta concentración es mantener el control y la posición en el mercado de la actividad económica que tengan las sociedades. 7. Contrato de Holding

El contrato de holding surge cuando una compañía o una sociedad controla las actividades de otras sociedades que son de su propiedad. La sociedad controladora no une o fusiona sus sociedades o empresas, si no que las dirige de manera independiente pero siempre ejerciendo un control central.