Contrato de Trabajo Administracion Del Personal

EL CONTRATO DE TRABAJO CONTENIDO ......................................................................................

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EL CONTRATO DE TRABAJO

CONTENIDO .............................................................................................................................. DEDICATORIA...................................................................................................... 2 ............................................................................................................................ 2 CONTRATO DE TRABAJO...................................................................................... 3 SUJETOS DE CONTRATACIÓN:.............................................................................. 3 DERECHOS Y OBLIGACIONES: PERSONA TRABAJADOR Y EMPRESA.....................4 OBLIGATORIEDAD DE INFORMAR AL MINISTERIO DE TRABAJO............................5 TIPOS DE CONTRATO........................................................................................... 6 EL TRABAJO CONTRATO SUJETO A MODALIDAD...................................................7 EXISTEN TRES GRUPOS DE CONTRATO DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD.....7 CONTRATO SUJETOS A TIEMPO INDETERMINADO................................................8 CONCLUSIÓN....................................................................................................... 8 BIBLIOGRAFÍA...................................................................................................... 9

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EL CONTRATO DE TRABAJO

DEDICATORIA

Agradecer hoy y siempre a nuestras familias por el esfuerzo realizado y el apoyo en nuestros estudios, de ser así no hubiese sido posible. Agradecemos también a nuestras maestras amigos y compañeros que en el andar por la vida nos hemos encontrando, porque cada uno de ustedes forma un

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EL CONTRATO DE TRABAJO CONTRATO DE TRABAJO Concepto: El contrato de trabajo es un acuerdo entre el trabajador y el empresario, en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios de forma voluntaria, por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario, que se compromete al pago de una retribución.

Los Elementos de contrato de trabajo son: Consentimiento: Al ser la relación laboral de carácter voluntario, el contrato de trabajo debe nacer del acuerdo libremente prestado por las partes. Objeto: El contrato de trabajo tiene un doble objeto, por una parte la prestación de servicios del trabajador y por otra la retribución a la que se compromete el empresario. Causa: La causa del contrato de trabajo para el trabajador, por lo que se compromete a trabajar, es el salario, y para el empresario la causa es que el trabajador preste sus servicios en la empresa.

SUJETOS DE CONTRATACIÓN: Los sujetos que componen un contrato de trabajo son el trabajador por una parte, y el empresario por otra. Dicho contrato se perfecciona con el mero consentimiento de las partes.

El trabajador.- Denominado también servidor, dependiente, asalariado, obrero o empleado; el trabajador es la persona física que se obliga frente al empleador a poner a disposición y subordinar su propia y personal energía de trabajo , a cambio de una remuneración. El Empleador.- Conocido también como patrono o principal; el empleador es la persona física o Jurídica que adquiere el derecho a la prestación de servicios y la potestad de dirigir la actividad laboral del trabajador, que pone a su disposición la propia fuerza de trabajo, obligándose a pagarle una remuneración

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EL CONTRATO DE TRABAJO

DERECHOS Y OBLIGACIONES: PERSONA TRABAJADOR Y EMPRESA Todos los derechos de la persona trabajadora, son obligaciones para la empresa y viceversa. Hay que ceñirse en esta materia al Estatuto de los Trabajadores y a los Convenios Colectivos de cada empresa. Los derechos y deberes más importantes del trabajador/a Derechos del trabajador/a:



A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.



A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos de formación y adaptación, etc.).



A percibir puntualmente la remuneración pactada.



A las vacaciones.

Deberes del trabajador/a:



Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.



Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.



Cumplir las órdenes e instrucciones de la empresa en el ejercicio de su función directiva.



Contribuir a mejorar la productividad. Los derechos y deberes más importantes de la empresa

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EL CONTRATO DE TRABAJO Derechos del Empresario/a:



El poder de Dirección: es la facultad que tiene el empresario/a para dictar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo.



El poder de variación: es el poder para variar y la ejecución del trabajo con el fin de adaptar la prestación laboral a los cambios en la cualificación profesional del trabajador.



El poder disciplinario: es la facultad que tiene el empresario/a para vigilar y controlar la ejecución del trabajo y el cumplimiento por el trabajador/a de sus obligaciones.

Deberes del Empresario/a:



La principal obligación del empresario/a es al pago del salario correspondiente.



El empresario/a tiene los siguientes deberes profesionales: igualdad de trato, promoción profesional así como respeto de la categoría profesional del trabajador/a.



Deberes morales como el respeto a la intimidad y a la dignidad del trabajador/a.



Deberes físicos como la obligación de llevar una política de seguridad e higiene en el trabajo.

OBLIGATORIEDAD DE INFORMAR AL MINISTERIO DE TRABAJO Mediante Decreto Legislativo 688 del año 1991 se consolidó varias normas sobre beneficios de los trabajadores, entre ellas la obligación de las empresas de contratar una póliza de seguro de vida a favor de los trabajadores que cumplieran 4 años de antigüedad, siendo potestativo la inclusión en dicha póliza a trabajadores con menos tiempo de servicios. ADMINISTRACION DEL PERSONAL 5

EL CONTRATO DE TRABAJO Los beneficios de ésta póliza consisten en los siguientes pagos a los beneficiarios  Por fallecimiento natural del trabajador, 16 remuneraciones.  Fallecimiento por accidente, 32 remuneraciones.  Por invalidez total o permanente originada en accidente, 32 remuneraciones. Si al ocurrir el hecho la empresa no tuviera la póliza vigente, la empresa deberá abonar directamente éstos montos a los beneficiarios. Si un trabajador incluido en una póliza cesara, tiene la opción de continuar pagando su prima a la compañía de seguros en forma particular y continuar gozando de los beneficios.

En julio del 2010 el congreso emitió la Ley 29549, ley que en marzo 2011 ha sigo reglamentado mediante Decreto Supremo Nº 003-TR. En éstas normas legales se establece que le Ministerio de Trabajo abrirá un Registro Obligatorio de Contratos de Seguro de Vida Ley, donde las empresas registrarán los datos de la póliza, de los trabajadores y de sus beneficiarios, dentro de los 5 días hábiles de la inclusión o la exclusión de trabajadores o beneficiarios. El incumplimiento de ésta obligación califica como una infracción laboral grave.

TIPOS DE CONTRATO: Hay muchos tipos de contrato de trabajo: Cada uno tiene sus peculiaridades, sus características y cláusulas que conviene conocer y comprender para evitar problemas en el futuro.  contrato de trabajo indefinido. ADMINISTRACION DEL PERSONAL 6

EL CONTRATO DE TRABAJO  Contrato de trabajo para la formación  Contrato de trabajo de duración determinada  Contrato de trabajo para la ejecución de un proyecto de investigación.  Contrato de sustitución por jubilación anticipada

EL TRABAJO CONTRATO SUJETO A MODALIDAD Son aquellos que se dan por un periodo determinado y que se celebran en realización del mercado o la mayor producción de la empresa así como cuando lo exija la naturaleza temporal o accidental del servicio que se va prestar o de la obra que se va a ejecutar. Pueden celebrar estos contratos las empresas privadas, así como las empresas del Estado (observando las limitaciones que por normas específicas se establezcan) e instituciones públicas cuyos trabajadores estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada. También es conocida como contrato plazo fijo.

EXISTEN TRES GRUPOS DE CONTRATO DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD Contratos de naturaleza temporal:  a) El contrato por inicio o lanzamiento de una nueva actividad: es la celebración mutua que hay entre el empresario y el trabajador por las nuevas actividades que se realizara en la organización. ADMINISTRACION DEL PERSONAL 7

EL CONTRATO DE TRABAJO Su duración máxima es de tres años.  b) El contrato por necesidades del mercado: el mismo colaborador tiene que satisfacer al mercado determinando la oferta y demanda. El contrato será renovado asta plazos de cinco años.  c) El contrato por reconversión empresarial: son la modificación que ay en la empresa como potencializando en maquinaria, inmuebles equipos y beneficiando a ambas partes. Su duración máxima es de 2 años.

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Contrato de naturaleza Accidental  El contrato ocasional: es aquel contrato que se celebra con el objetivo de atender necesariamente transitorias distintas a la actividad habitual. Su duración máxima es de 6 meses al año.  El contrato de suplencia: contratar a una persona que supla el puesto del otro colaborador que pueda dejar por motivos adversos. Por ello viene esta persona suplantar por un periodo determinado. Su duración será la que resulte necesaria según las circunstancias.  El contrato de emergencia: que esta organización adquiere bastante cantidad de personal para que supla realmente situaciones preocupantes, dificultosos en la organización.

Contrato para obra o servicio:  El contrato específico: es la celebración para la realización de la obra o servicio previamente ya establecido hasta la culminación. El plazo será el que resulte necesario hasta concluir la obra.  El contrato intermitente: es el que se celebra para cubrir las necesidades de la empresa que por su naturaleza son permanentes pero discontinuos.  El contrato de temporada: es el que se celebra con el objetivo de atender necesidades propias en el entorno de la empresa o establecimiento y que cumplen en determinadas épocas del año.

CONTRATO SUJETOS A TIEMPO INDETERMINADO Es el contrato de trabajo por excelencia. El contrato de trabajo reputa su existencia en todo contrato de trabajo, dispone que el contrato de trabajo, por cierto tiempo ADMINISTRACION DEL PERSONAL 8

EL CONTRATO DE TRABAJO sólo pueden celebrarse en los casos e imitativamente previsto por la ley y los contratos para obras o servicios determinados deben hacerse por escrito y cuando lo exija la naturaleza del trabajo. El contrato de trabajo por tiempo indefinido, constituye pues, la regla general, porque corresponde a la realidad continuada de las prestaciones de labores en la inmensa mayoría de los casos.

CONCLUSIÓN Como conclusión, apuntar que como representantes de los trabajadores es necesario realizar un minucioso control sobre el funcionamientos, y todas aquellas actuaciones que no se ajusten a la ley, ya que las condiciones laborales de los trabajadores cedidos son tan mínimas que este tipo de contratación se ha convertido en una Vía más de precarización, y al final las ETT están actuando como mecanismo de sustitución de la contratación indefinida.

BIBLIOGRAFÍA

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