TRIBUTACION

TRABAJO ACADÉMICO Estimado(a) alumno(a): Reciba usted, la más cordial bienvenida al presente ciclo académico de la Escue

Views 152 Downloads 1 File size 83KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

TRABAJO ACADÉMICO Estimado(a) alumno(a): Reciba usted, la más cordial bienvenida al presente ciclo académico de la Escuela profesional de Ciencias Contables y Financieras en la Universidad Alas Peruanas. En la guía de trabajo académico que presentamos a continuación se le plantea actividades de aprendizaje que deberá desarrollar en los plazos establecidos y considerando la normativa e indicaciones del Docente Tutor.

PREGUNTAS: 1. Presentación, redacción, ortografía y presentación del trabajo (2 puntos)

I. APLICACIÓN TEORICA Y ANALITICA 1.- Explique los términos más empleados en tributación: (3 puntos) a. Crédito fiscal Es el impuesto soportado, entre otros documentos, en las facturas de proveedores, facturas de compras, notas de débito y de crédito recibidas que acrediten las adquisiciones o la utilización de servicios efectuados en el período tributario respectivo. Es el monto pagado por los bienes y servicios empleados para producir un bien o prestar un servicio gravado. b. Impuesto indirecto Es el impuesto que se aplica sobre las cosas que se consumen o sobre los servicios. "los impuestos indirectos gravan los combustibles, el alcohol o el tabaco" Son aquellos en donde la ley designa a un tercero para que lo cobre y después lo traslade al fisco. El ejemplo más evidente es el impuesto de valor agregado (IVA) donde quien lo recauda es el supermercado (tienda) y después lo traslada al fisco.

1TA20152DUED

c. Base imponible Es un elemento tributario que se define como la magnitud que representa la medida o valoración numérica del hecho imponible, obtenida según las normas, medios y métodos que la ley propia de cada tributo establece para su determinación. d. Renta bruta Es el total de los ingresos afectos a la renta de cuarta categoría.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta, la renta bruta está constituida por el conjunto de ingresos afectos al impuesto que se obtenga en el ejercicio gravable. Cuando tales ingresos provengan de la enajenación de bienes, la renta bruta estará dada por la diferencia existente entre el ingreso neto total proveniente de dichas operaciones y el costo computable de los bienes enajenados, siempre que dicho costo esté debidamente sustentado con comprobantes de pago. No será deducible el costo computable sustentado con comprobantes de pago emitidos por contribuyentes que a la fecha de emisión del comprobante: e. Renta neta Para establecer la renta neta de cuarta categoría el contribuyente podrá deducir de la renta bruta del ejercicio gravable, por concepto de todo gasto, el 20% de la misma, hasta el límite de 24 UITs. Dicha deducción no es aplicable a las rentas percibidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, albacea y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional. De las rentas de cuarta y quinta categorías podrán deducirse anualmente, un monto fijo equivalente a siete (7) UITs. Los contribuyentes que obtengan rentas de ambas categorías sólo podrán deducir este monto por una vez. f. Impuesto Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta. g. Tasa Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Públicos. La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos. h. Contribución Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO.

2TA20152DUED

II. APLICACIÓN PRÁCTICA 2.- La empresa Internacional G&Y S.A. presentó el 15 de octubre del 2014 la declaración correspondiente al periodo setiembre a través del formulario virtual Nª 621, en el cual ha omitido declarar para efectos del IGV un anticipo recibido ascendente a S/. 64,200. Al respecto, se pide determinar a cuánto ascenderá el importe de la multa, si se sabe que la subsanación se efectuará en forma voluntaria el 16.09.2014. (4 puntos) Datos:  Ventas gravadas con IGV declaradas

:

S/. 532,560.00

 Compras gravadas declaradas

:

S/. 246,800.00

 Base imponible por anticipado no declarado

:

S/. 64,200.00

 Subsanación

:

Voluntaria

SOLUCION: CONCEPTO

DECLARACION ORIGINAL BASE IMPONIBLE

VENTAS

451,322.03

COMPRAS

246,800.00

IMPUESTO RESULTANTE

TRIBUTO

DECLARACION RECTIFICATORIA BASE TRIBUTO IMPONIBLE

81,237.97

515,522.03

92,793.97

44,424.00

246,800.00

44,424.00

36,813.97

48,369.97

TRIBUTO OMITIDO =TRIBUTO RESULTANTE DJ RECTIFICATORIA-TRIBUTO RESULTANTE DJ ORIGINAL TRIBUTO OMITIDO 11,556.00 MULTA DETERMINADA = 50% DE TRIBUTO OMITIDO 5,778.00 REBAJA 90% SUBSANACION VOLUNTARIA 5,200.20 MULTA REBAJADA 578.00 DIAS TRANSCURRIDOS DESDE LA FECHA DE OMISION HASTA LA FECHA DE PAGO 335 dais TIM 1.2/30 DIAS 0.04% TASA DE INTERES MORATORIO ACUMULADO 13.40%

3TA20152DUED

CALCULO DE INTERES MORATORIO MULTA ACTUALIZADA

45 623

3.- Una asociación sin fines de lucro que adquirió para su uso cierta maquinaria y equipo, decide venderla al cabo de cuatro años de haberlas puesto en funcionamiento. Comente usando la base legal, si dicha operación se encuentra gravada con el IGV. (4 puntos) No se encuentran gravadas las transferencias de bienes usados que efectúen las personas naturales o jurídicas que no realicen actividad empresarial, salvo que sean habituales en la realización de este tipo de operaciones. Base legal: Artículo 2° inciso b) del TUO de la Ley del IGV. 4.- El Gerente de la empresa Los Girasoles SAC, a fin de poder concluir una negociación ha viajado hacia el país de Ecuador los días 15 al 17 de agosto, motivo por el cual se le entregó un importe de US$ 1,037 por concepto de viáticos con cargo a rendir cuenta. La rendición de los gastos se realizó según el siguiente detalle:     

Alojamiento : US$ 600 Alimentación : US$ 240 Movilidad : US$ 130 Teléfono y varios : US$ 60 Total US$ 1,030

Cabe referir que, sin embargo, los gastos incurridos por alimentación, movilidad, teléfono y varios no cuentas con documentación sustentadora por el prestador del servicio. Se pide determinar la liquidación de gastos aceptados tributariamente. (4 puntos) LIQUIDACION DE GASTOS ACEPTADOS TRIBUTARIAMENTE TOTAL DE GASTOS POR VIATICOS GASTOS SIN SUSTENTO DOCUMENTARIO GASTOS ACEPTADOS TRIBUTARIAMENTE LIMITE DE $400*DIA= 3DIAS POR $400 GASTOS ACEPTADOS TRIBUTARIAMENTE

$1,030.00 $430.00 $600.00 $1,200.00 $600.00

5.- Calcular la retención del impuesto a la Renta de 5ta. Categoría, del ejercicio gravable 2014, de enero a diciembre, con la siguiente información: Nombre del trabajador Fecha de ingreso Remuneración mensual Pago de participación a los trabajadores marzo 2014

: María Fernanda Olivares Camarena : 02.01.2014 : S/. 4,000.00 : S/.3,800.00 4TA20152DUED

(Corresponde a las utilidades del 2013).

REMUNERACION DE ENERO A DICIEMBRE 6,000 X 12 MESES GRATIFICACIONES DE JULIO Y DICIEMBRE 6,000 X 2 PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES RENTA BRUTA DEDUCCION DE 7 UIT: 7 X 3,800 RENTA NETA IMPUESTO A RENTA DE 5TA 15%

(3 puntos)

72,00 0.00 12,000. 00 3,800. 00 87,800. 00 26,600. 00 61,200. 00 9,180. 00

5TA20152DUED