M5 U2 S4

Universidad Abierta y a Distancia de México División: Ciencias Sociales Carrera: Derecho Materia: Fundamentos del delito

Views 315 Downloads 7 File size 156KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Universidad Abierta y a Distancia de México División: Ciencias Sociales Carrera: Derecho Materia: Fundamentos del delito y los delitos en particular Unidad 2: Características y elementos del delito Sesión 4: Los elementos del injusto penal I Actividad Integradora: Causas de justificación y antijuricidad Alumno: Rodrigo Padrón Martínez Matricula: ES1921013756 Grupo: DE-DEFDP-2001-M5-016 Correo Electrónico: [email protected] Titular de la Materia: Elliette Jazmín Grey Rodríguez

Contenido Introducción..........................................................................................................................3 Actividad 1. Manifestación de la conducta............................................................................4 Delitos y bienes jurídicos tutelados...................................................................................4 Aborto............................................................................................................................4 Violación.......................................................................................................................4 Pornografía....................................................................................................................5 Actividad 2. Elementos del tipo penal...................................................................................6 Actividad integradora. Causas de justificación y antijuricidad..............................................7 Caso Practico.....................................................................................................................7 Manifestación de la conducta.........................................................................................7 Elementos del tipo penal................................................................................................8 Causas de justificación o elementos de la antijuricidad.................................................8 Conclusión.............................................................................................................................9 Bibliografía..........................................................................................................................10

Introducción En esta sesión se buscó comprender la tipificación del delito y sus elementos, lo anterior para su correcta aplicación, encontrado todo lo necesario en los artículos correspondientes a cada delito en el CPDF. . En este trabajo se presentan las actividades correspondientes a la cuarta sesión, encontrándose primeramente las actividades no ponderables como de igual forma la actividad integradora que es ponderable. En el caso de la actividad integradora, se realiza el análisis de caso solicitado por la docente en línea para unificar la información aprendida a lo largo de esta sesión. El material utilizado para la realización de las actividades de esta sesión ha sido tomado de fuentes confiables que se encuentran debidamente marcadas al final del presente documento.

Actividad 1. Manifestación de la conducta Delitos y bienes jurídicos tutelados Aborto Conducta que manifiesta Este delito se reglamenta en capítulo V del Art. 144 al 148 del Código Penal para el Distrito Federal (CPDF de ahora en adelante). Descrito en el CPDF en su Art. 144 como la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Y se hace la aclaración de lo que se debe entenderse por embarazo; “la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio”.

A este delito se le mencionan agravantes o casos especiales en su Art. 146 que indica: “Aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada. Pare efectos de este artículo, al que hiciere abortar a una mujer por cualquier medio sin su consentimiento, se le impondrá de cinco a ocho años de prisión. Si mediare violencia física o moral, se impondrá de ocho a diez años de prisión.”

Bien tutelado La vida

Violación Este delito se reglamenta en el Título Quinto, Delitos Contra La Libertad Y La Seguridad Sexuales Y El Normal Desarrollo Psicosexual, Capítulo I, en los Arts. 174 y 175 del CPDF Conducta que manifiesta Descrito como cópula con persona de cualquier sexo, por medio de la violencia física o moral. Se entiende por cópula, la introducción del pene o cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo distinto al pene, por medio de la violencia física o moral. Bien tutelado Integridad físico-psíquica

Pornografía Este delito se reglamenta en el Título Sexto Delitos Contra El Libre Desarrollo De La Personalidad Cometidos En Contra De Las Personas…, Capítulo III, en los Arts. 187 y 188 del CPDF. Conducta que manifiesta Descrito en el: ARTÍCULO 187. Al que procure, promueva, obligue, publicite, gestione, facilite o induzca, por cualquier medio, a una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o de persona que no tiene capacidad de resistir la conducta, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, audio grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos; se le impondrá de siete a catorce años de prisión y de dos mil quinientos a cinco mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito, incluyendo la destrucción de los materiales mencionados. Al que fije, imprima, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participe una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o de persona que no tiene capacidad de resistir la conducta, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de mil a dos mil días multa, así como el decomiso y destrucción de los objetos, instrumentos y productos del delito. Se impondrán las mismas sanciones a quien financie, elabore, reproduzca, almacene, distribuya, comercialice, arriende, exponga, publicite, o difunda el material a que se refieren las conductas anteriores. Al que permita directa o indirectamente el acceso de un menor a espectáculos, obras gráficas o audio visuales de carácter lascivo o sexual, se le impondrá prisión de uno a tres años y de cincuenta a doscientos días multa.

Se hace una observación de lo que se excluye de la conducta mencionada anteriormente. No constituye pornografía el empleo en los programas preventivos, educativos o informativos que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales, que tengan por objeto la educación sexual, educación sobre la función reproductiva, prevención de infecciones de transmisión sexual y embarazo de adolescentes.

Bien tutelado Integridad físico-psíquica, libertad y formación sexual.

Actividad 2. Elementos del tipo penal ABORTO Conducta, acción, omisión y omisión por comisión

Acción

Bien jurídico tutelado

La vida

Resultado

Material

Intencionalida d

Doloso y preterintencional

Estructura Sujeto activo y pasivo Duración

VIOLACIÓN

PORNOGRAFIA

Acción

La integridad

Acción

La libertad, integridad y formación sexual

Material

Material

Doloso

Doloso y culposo

Simple

Complejo

Simple

Unisubjetivo

Unisubjetivo

Plurisubjetivo

Instantáneo

Instantáneo

Permanente

Actividad

integradora.

Causas

de

justificación

y

antijuricidad Caso Practico. En los límites de la Ciudad de México y el municipio de Ecatepec, habían 3 cuerpos en la calle, que perdieron la vida tras un enfrentamiento con policías municipales y preventivos de la CDMX, uno de los cuerpos era de un policía municipal, los otros dos eran de presuntos delincuentes que habían asaltado unos minutos antes una tienda de conveniencia a mano armada, ubicada cerca de la estación del metro Ciudad Azteca y dados estos hechos se inició una persecución, y el resultado fueron los hechos narrados.

Manifestación de la conducta. Las conductas manifestadas en el presente caso son las de homicidio e intento de homicidio tanto de los policías como por parte de los delincuentes. El homicidio se considera una conducta, y podemos clasificarla como conducta de acción cuando los sujetos efectúa los movimientos corpóreos necesarios para producir el resultado de la muerte. Por la naturaleza del caso, se trata de un caso complejo que se puede analizar desde dos perspectivas, la de los policías y los delincuentes. Los delincuentes al tratar de escapar tuvieron un altercado con los policías, a quienes dispararon y provocaron la muerte de uno de ellos. Estos delincuentes cometieron la acción encuadrada en los Arts. 123 y 124 del CPDF con el entendimiento de su actuar y los resultados derivados de ello.

Elementos del tipo penal. Delincuentes

Policías

Conducta, acción, omisión y omisión por comisión

Acción

Acción

Bien jurídico tutelado

La vida

La vida

Resultado

Material

Material

Intencionalida d

Doloso y preterintencional

Legítima defensa. Necesidad Justificante. Cumplimiento del deber.

Estructura Sujeto activo y pasivo Duración

Simple

Complejo

Plurisubjetivo

Plurisubjetivo

Instantáneo

Instantáneo

Causas de justificación o elementos de la antijuricidad Tanto los policías y los delincuentes hacen lo prohibido por la norma jurídica establecida en el CPDF en los Arts. 123 y 124. Pero solo los oficiales que dieron muerte a dos de los delincuentes tienen una causa de justificación para proteger su bien titulado así como para el cumplimiento de su deber, esta justificación esta enmarcada en el CPDF: I.- (Legítima defensa).- Se repela una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa empleada y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor… II.- (Estado de Necesidad Justificante).- El agente obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el sujeto, lesionando otro bien de menor valor que el

salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo; III.- (Cumplimiento de un deber).- El agente realice una acción o una omisión atendiendo a su deber jurídico, siempre que exista necesidad racional de la conducta empleada para cumplirlo; IV.- (Ejercicio de un derecho).- Cuando el agente realice una acción o una omisión atendiendo a su derecho, siempre que exista necesidad racional de la conducta empleada para ejercerlo;

Conclusión En esta sesión vi, como se estructura un delito y sus características de tipo. El primero es la conducta que se clasifica en: Acción: que es cuando se comete hasta el fin el delito. Ejemplo puede ser cuando se planea la muerte de alguna persona Omisión: cuando se deja hacer o no se hace como dicta la norma, un ejemplo una persona tiene una pistola en su casa, pero no la lleva a donde vaya Comisión por omisión: este se trata de un no hacer voluntario culposo, pero en este caso hay un resultado material, esto quiere decir que hay un perjuicio en contra de la otra persona un ejemplo puede ser cuando un padre no ayuda económicamente a su esposa para que puedan cubrir los gastos necesarios Ya que se tiene identificada la conducta se puede tipificar la conducta de acuerdo a:  La conducta  Por el daño  Por el resultado  Por la intencionalidad  Por su estructura  Por el número de sujetos  Por el número de actos  Por su duración  Por su procedencia  Por la materia

 Por su ordenación metodológica  Por su composición  Por su autonomía  Por su formulación  Descripción de sus elementos Y cada una de estas tiene sus clasificaciones que nos ayuda a identificar el tipo de delito que estamos tratando. La antijuridicidad se divide en formal y material, el primero implica la transgresión a una norma establecida por el Estado. Y el material es la contradicción a los intereses colectivos. Hay algunas conductas que no son punibles y que son llamadas también causas de justificación cuyos elementos son la justificación, inculpabilidad e inimputabilidad.

Bibliografía Universidad Abierta y a Distancia de México. (s.f). Texto de apoyo. Recuperado de: https://cs.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/DE/M5_DEFDP/U2/S4/Descargables/DE _M5_U2_S4_TA.pdf Amuchategui Requena, I. Griselda. (2012). Derecho Penal, 3ª edición, Oxford, México. Carranca y Rivas, Raúl. (1991). Derecho Penal Mexicano (Parte General), Porrúa, México. Legislación Código Penal Federal Código Penal para el Distrito Federal