INCOTERMS

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ FACULTAD DE ADMINISTRACION PUBLICA ESCUELA DE ADMINISTRACION PUBLICA ADUANERA LICENCIATURA DE GEST

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UNIVERSIDAD DE PANAMÁ FACULTAD DE ADMINISTRACION PUBLICA ESCUELA DE ADMINISTRACION PUBLICA ADUANERA LICENCIATURA DE GESTION PUBLICA ADUANERA

“INVESTIGACION SOBRE INCOTERMS®”

INTEGRANTES: AGUILAR, CESYL

CÉDULA 8-961-2194

DE LOS SANTOS, JULIET

CÉDULA 8-852-189

VALENCIA PÉREZ, SANTIAGO

CÉDULA 8-773-390

SINISTERRA, ANTONIO CÉDULA 8-496-553 SÁNCHEZ, DANIEL

CÉDULA 8-951-2080

ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA ADUANERO

GRUPO NOCTURNO 1

PROF. MGTR. JAIME A. GONZÁLEZ

19 DE JUNIO DE 2020

CUIDAD DE PANAMÁ

INDICE Contenido: Introducción........................................................................................................................3 Objetivos Generales...........................................................................................................4 Objetivos Específicos.........................................................................................................5 Antecedentes Históricos.....................................................................................................5 Cronología De La Historia De Los Incoterms®.................................................................................6 1812 – Inicios de FOB.......................................................................................................................6 1890 – Aplicación del término CIF..................................................................................................6 1923 a 1928 - Claridad mejorada....................................................................................................7 1936 - Nacen los Incoterms®..........................................................................................................7 1953 - Tres nuevos Incoterms® No Marítimos..............................................................................7 1967 - Revisión Errónea...................................................................................................................8 1976 - Se Añade el Transporte Aéreo............................................................................................8 1980 - Aumento de Tráfico de Contenedores................................................................................8 1990 - Adaptación al Transporte Intermodal..................................................................................8 2000 - Simplificación.........................................................................................................................9 2010 - Nuevos Incoterms® y Medidas de Seguridad...................................................................9 Ultimas definiciones y cuales fueron cambiadas.........................................................................10

¿Qué son los Incoterms®?..............................................................................................10 Nuevos Tipos de Incoterms® 2020...................................................................................................11 Eliminación del Incoterms® DAT......................................................................................................11 Nuevo Incoterms® DPU (Delivered at Place Unloaded)................................................................12 Obligaciones de Seguridad y Pesaje............................................................................................12 Cambios en Seguros en CIF y CIP...............................................................................................13

Definición y Clasificación De Los Distintos Incoterms.....................................................13 Clasificación Por Letra De Los Incoterms®:....................................................................................14 GRUPO E (ENTREGA DIRECTA)....................................................................................................14 EXW – Ex Works:................................................................................................................................14

GRUPO F (ENTREGA INDIRECTA, EL COMPRADOR NO PAGA EL TRANSPORTE) ..........................................................................................................................................14 FCA – Free Carrier:.............................................................................................................................14 FAS – Free Alongside Ship:...............................................................................................................15

FOB – Free on Board:.........................................................................................................................15

GRUPO C (ENTREGA INDIRECTA, PAGO DEL TRANSPORTE).................................15 CFR – Cost and Freight:.....................................................................................................................15 CPT – Carriage Paid To:....................................................................................................................15 CIF – Cost, Insurance and Freight:...................................................................................................15 CIP – Carriage and Insurance Paid:.................................................................................................15

GRUPO D (ENTREGA DIRECTA EN LLEGADA)...........................................................16 DAT - Delivered At Terminal:.............................................................................................................16 DAP - Delivered At Place:..................................................................................................................16 DDP - Delivered Duty Paid:................................................................................................................16

Conclusiones....................................................................................................................18 Recomendaciones............................................................................................................19 Bibliografía........................................................................................................................20 Anexo de Figuras.............................................................................................................21 Glosario............................................................................................................................24 Cuestionario.....................................................................................................................27

Introducción La evolución del comercio internacional ha ido evolucionando a través del tiempo haciendo que cada vez sea la necesidad de encontrar un lenguaje común para hacer negocios y es por eso, se ha visto en la necesidad de que las operaciones que se realicen entre empresas vendedoras y compradoras utilicen un mismo idioma común para delimitar sus respectivas responsabilidades. Por el cual el mínimo común es facilitar el comercio mundial, la Cámara de Comercio Internacional (CCI) tras varios años realizando estudios del comportamiento del comercio mundial y extrayendo lo más valioso de las técnicas empleadas por los autores en los diferentes rubros de aprovisionamiento, producción y distribución de mercancías, publica las reglas Incoterms®. Estas reglas nos brindan la capacidad de determinar las gestiones, los costes y los riesgos que la parte vendedora y la compradora deben asumir sobre la base de un contrato de compraventa y en función de la operativa que se despliega en su desarrollo, también las modificaciones que van a ir sufriendo a través del tiempo, permitiendo así ir de la mano con la evolución de la manera de hacer negocios actualmente.

Objetivos Generales 

Explicar las modificaciones que ha tenido a lo largo del desarrollo los Incoterms® para evidenciar los avances positivos que el comercio tanto nacional como internacional han experimentado.



Dar a conocer las nuevas actualizaciones los Incoterms® aplicables a los diversos procesos aduaneros.



Explicar los cambios de los incoterms® que empezaron a regir en el año 2020 y la clasificación de los incoterms según su área.

Objetivos Específicos 

Analizar las modificaciones que ha experimentado los incoterms® a lo largo de su desarrollo.



Esta presentación tiene como principal punto de partida poder informar sobre los cambios en el 2020 de los incoterms y adicional mostrar la clasificación de estos por grupo o área.

Antecedentes Históricos La Cámara de Comercio Internacional (CCI) (o ICC: International Chamber of Commerce), se fundó a raíz de la Primera Guerra Mundial cuando ningún sistema mundial de reglas gobernaba el comercio, la inversión, las finanzas o las relaciones comerciales. Es una organización que se encarga de brindar protección a las empresas de los diferentes países del mundo en lo que se refiere a las operaciones comerciales, ya que hoy en día existe mayor interdependencia entre naciones, es decir, lo que sucede en una economía, repercute en las demás. Para el año 1919 en Francia, se crea la Cámara, constituida con personalidad propia y naturaleza jurídica asociativa por un grupo de emprendedores haciéndose llamar los “mercaderes de la paz” que decidieron crear una organización que representara el comercio en todas partes. Cabe mencionar que la Cámara de Comercio Internacional es la única organización empresarial que tiene el estatus de organismo de consulta ante las Naciones Unidas y sus organismos especializados, se ha encargado desde 1936 (con revisiones en 1945, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000, 2010 y 2020) de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio internacional. (Ver anexo figura 1-2).

Cronología De La Historia De Los Incoterms® 1812 – Inicios de FOB El primer registro más antiguo que se tiene registrado del uso de los Inconterms® nace en el siglo XIX en 1812 cuando se acostumbraba  el término FOB (Free On Board Libre a bordo) en las Cortes Británicas: en todo este tiempo el FOB reconocía un uso comercial, un derecho y una obligación para el comprador y vendedor dependiendo de que  se tratara, pudiera ser de forma antigua o moderna pero era un uso o constantemente que serviría de base para regir las normas jurídicas de nuestros tiempos.

1890 – Aplicación del término CIF Se comenzaría y utilizaría constantemente el término CIF (Cost Insurance and Freight Costo, seguro y flete). Pero un siglo después, en el año de 1919  los primeros del continente americano entraría en vigor los llamados Revised  American Forgein Trade Definitions (RAFTD) siendo

minuciosamente

revisadas

del

Comercio

Exterior

Norteamericano que serían a representar el alto nivel comercial por primera vez institucionalizados en un documento en donde se obligaba a los importadores o exportadores norteamericanos a utilizar los diferentes términos en sus procedimientos de compraventa comerciales internacionales que realizarían, pero, estos términos serian dirigidos solamente a todos los empresarios de Norteamérica  pero nunca a nivel global motivo por el cual los RAFTD a la larga se derogarían en 1985.

1923 a 1928 - Claridad mejorada Para examinar las discrepancias identificadas en la encuesta inicial en 1923, se llevó a cabo un segundo estudio. Esta vez, el alcance se amplió a la interpretación de los términos comerciales utilizados en más de 30 países.

1936 - Nacen los Incoterms® Nacen los incoterms tal y como los conocemos. La ICC publica la primera versión con 6 incoterms y una serie de reglas para su interpretación. Es la I ° vez en la historia que se hace un esfuerzo global para estandarizar las prácticas de comercio internacional. En base a los hallazgos de los estudios, se publicó la primera versión de las reglas Incoterms®. Los términos incluyen FAS, FOB, C y F, CIF, Ex Ship y Ex Quay.

1953 - Tres nuevos Incoterms® No Marítimos Debido a la Segunda Guerra Mundial, se suspendieron las revisiones adicionales de las reglas Incoterms® y no se reanudaron hasta la década de 1950. La primera revisión de las reglas Incoterms® se emitió en 1953. Debutaron tres nuevos términos comerciales para el transporte no marítimo. Las nuevas reglas comprendían DCP (Costos entregados pagados), FOR (libre en el tren) y FOT (libre en el camión).

1967 - Revisión Errónea La CCI lanzó la tercera revisión de las reglas Incoterms®, que trata sobre las interpretaciones erróneas de la versión anterior. Se agregaron dos términos comerciales para abordar la entrega en la frontera (DAF) y la entrega en el destino (DDP).

1976 - Se Añade el Transporte Aéreo El mayor uso del transporte aéreo dio lugar a otra versión de los términos comerciales populares. Esta edición incluyó el nuevo término FOB Airport (Free on Board Airport). Esta regla pretendía disipar la confusión en torno al término FOB (Free on Board) al indicar el "medio de transporte" exacto utilizado.

1980 - Aumento de Tráfico de Contenedores Con la expansión del transporte de mercancías en contenedores y los nuevos procesos de documentación, surgió la necesidad de otra revisión. Esta edición introdujo el término comercial FRC (Free Carrier Nombrado en Point), que preveía mercancías que realmente no se entrega al costado del buque, sino en un punto de recepción en la orilla, como un patio de contenedores.

1990 - Adaptación al Transporte Intermodal La edición de 1953 es revisada por completo para adaptarse a los cambios en el transporte intermodal. Se añaden cambios para adaptarse al creciente uso del intercambio electrónico de datos (EDI). Se simplificó el término de Free Carrier al eliminar reglas para modos de transporte específicos (es decir, FOR, Free on Rail, FOT, Free on Truck y FOB Airport, Free on Board Airport). Se consideró suficiente utilizar el término general FCA (Free Carrier... en Named Point) en su lugar.

2000 - Simplificación Se simplifica el formato para que sean más fáciles de usar y se distribuye mejor la distribución de las responsabilidades durante el despacho de aduanas.

La sección "Licencias, autorizaciones y formalidades" de las reglas de FAS y DEQ Incoterms® se modificó para cumplir con la forma en que la mayoría de las autoridades aduaneras abordan los problemas del exportador y el importador registrado.

2010 - Nuevos Incoterms® y Medidas de Seguridad Esta versión consolidó la familia de reglas D, eliminando DAF (Delivered at Frontier), DES (Entregado en el barco), DEQ (Delivered Ex Quay) y DDU (Delivered Duty Unpaid) y agregando DAT (Delivered at Terminal) y DAP (Delivered en el lugar). Otras modificaciones incluyen una mayor obligación para el comprador y el vendedor de cooperar en el intercambio de información y los cambios para dar cabida a "ventas de cadenas" y se crean dos nuevos, DAT y DAP. El número queda establecido en 11. Se añaden modificaciones que obligan a comprador y a vendedor a cooperar en el intercambio de información como medida de seguridad.

2020 - Mayor Seguridad y Nuevos Incoterms® Desde el 1 de enero de 2020 todas las importaciones y exportaciones se regulan por los nuevos incoterms 2020. Los principales cambios de los incoterms 2020 con respecto a los incoterms 2010 son: Se sustituye el incoterm® DAT (Delivered at Terminal), que desaparece, por DPU (Delivered at Place Unloaded). A efectos es solo un cambio de nombre, ya que las obligaciones y responsabilidades son las mismas, pero el nuevo nombre DPU permite pactar la entrega en cualquier lugar, no necesariamente en terminal, aunque también. Se establecen nuevas condiciones en la contratación del seguro para los incoterms CIF y CIP. Para el transporte marítimo bajo el incoterm FCA, el comprador podrá pedir a la naviera o a su agente que emita el BL con la anotación “on board” para el vendedor Se sustituye el DAT (Delivered At Terminal) por el nuevo incoterm DPU (Delivered At Place Unloaded), se ha fijado unas nuevas condiciones de seguro de máximos, con la cobertura de mayores riesgos. Se regula la necesidad existente en el mercado referente a las bills of lading (BL) with an on-board notation (Manifiesto de carga) y el Free Carrier (FCA) Incoterms®. Incoterms 2020 incluye requisitos relacionados con la seguridad del transporte, obligaciones y costes.

¿Qué son los Incoterms®? Entremos en materia primero para conocer las modificaciones para el 2020. Antes que ser reglas de comercio exterior, los Incoterms® son más bien términos para acordar las responsabilidades de exportador e importador. Te afectan en: costos, responsabilidades y contratos internacionales. No importa que importes o exportes.

Las especificaciones de cada derecho y obligación de vendedor y comprador son modificadas cada 10 años, por lo que en 2010 se dio el último cambio; de hecho, para este año se espera la participación de representantes de China y Australia, donde el comercio exterior ha adquirido una gran fuerza.

Nuevos Tipos de Incoterms® 2020 Hace 20 años, se utilizaban las siglas E, F, C y D, para escoger el INCOTERM® correcto. Esto llevó a muchas confusiones. Ahora, la cámara recomienda que se utilicen en el siguiente orden: Para cualquier medio de transporte: 

Ex-Works (EXW)



Free Carrier (FCA)



Carriage Paid To (CPT)



Carriage and Insurance Paid To (CIP)



Delivered At Place (DAP)



Delivered at Place Unloaded (DPU)



Delivered Duty Paid (DDP)

Para transporte marítimo 

Free Alongside Ship (FAS)



Free On Board (FOB)



Cost and Freight (CFR)



Cost, Insurance, and Freight (CIF)

Eliminación del Incoterms® DAT Después de mucha discusión, se pensó en eliminar los INCOTERMS® EXW y el DDP, por diversas razones. Sin embargo, la Cámara Internacional de Comercio consideró

que muchas personas los utilizan y sería muy difícil hacer cambios tan drásticos. Al final, el INCOTERM® que tuvo más discusión fue el DAT, debido a su imprecisión, es por ello por lo que se eliminó. Originalmente, el DAT obligaba al exportador a hacer toda la logística hasta el país del comprador, dejando los bienes en una terminal o puerto. Hubo varias confusiones: ¿En qué terminal?, ¿Qué definimos como terminal?, ¿Se descarga la mercancía? Esto cambia, ahora se utilizará el INCOTERM® DPU, siglas en inglés que significan Delivered at Place Unloaded. En español, se traduce como «Mercancía entregada y descargada en lugar acordado». Se explicará más adelante. Este cambio se hizo, debido a que las aduanas son muy diferentes. Y la palabra terminal contenida en DAT era muy imprecisa. Gracias a este cambio, habrá más claridad en las operaciones de comercio exterior.

Nuevo Incoterms® - DPU (Delivered at Place Unloaded) El nuevo INCOTERM® DPU sustituye DAT, como se decía en el punto anterior. El DPU tiene las siguientes obligaciones para el exportador: 

Embalar y transportar la mercancía hasta el puerto o terminal de cruce, haciendo todos los trámites de exportación.



Cruzar la mercancía o transportarla hasta el país destino.



Avisar al importador cuando estén las mercancías en el lugar acordado (puede ser terminal, puerto, bodega u otro lugar convenido). Así el importador podrá terminar con los trámites de importación.

Mientras que las obligaciones para el importador son: 

Apoyar el exportador con documentos e información para hacer el trámite.



Recibir la mercancía en el punto convenido para hacer los trámites aduanales correspondientes.

Obligaciones de Seguridad y Pesaje Desde 2010 hasta 2020 la seguridad en la carga se convirtió en un gran problema. Muchos programas como C-TPAT (programa para exportador a Estados Unidos) pusieron énfasis en la seguridad. Por lo tanto, en esta edición de los INCOTERMS®, el exportador e importador tienen que informar de los procedimientos y problemas de seguridad que podría haber. Por ejemplo, si se debe de cumplir con una revisión del contenedor, es importante informarlo. Es una nueva responsabilidad. En lo que se refiere al pesaje, desde 2016 la industria logística internacional está trabajando con la obligación del pesaje para importador y exportador. Esto va de acuerdo con la Regla N° 2 del convenio SOLAS por la Organización Marítima Internacional, que dice que el exportador es responsable de comunicar la masa bruta verificada de los contenedores. Esta obligación, ya se incluye en los INCOTERMS® 2020.

Cambios en Seguros en CIF y CIP Durante años, los INCOTERMS® que incluyen seguros se manejaron con la cláusula C. Estas cláusulas de las llamadas Institute Cargo Clauses, es una cláusula marítima. Hay 3 niveles de seguros marítimos: Cláusula A, Cláusula B y Cláusula C. Tanto CIF como CIP requerían de la contratación de un seguro con la cláusula C, es decir, el seguro con la menor cobertura. A partir de los INCOTERMS 2020, en el INCOTERM® CIP se recomienda la cláusula A, mientras que en el INCOTERM® CIF se recomienda la cláusula C. Sin embargo, en el

contrato, se puede especificar la cláusula que se desee por parte del comprador y vendedor.

Definición y Clasificación De Los Distintos Incoterms® Clasificación Por Letra De Los Incoterms®: Los incoterms® se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D.

GRUPO E (ENTREGA DIRECTA) El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida.

EXW – Ex Works: Se debe acompañar del lugar de entrega. El comprador recoge la mercancía directamente en el almacén y se hace cargo de todos los gastos, transporte, riesgos y documentos.

GRUPO F (ENTREGA INDIRECTA, EL COMPRADOR NO PAGA EL TRANSPORTE) FCA, FAS y FOB. Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal.

FCA – Free Carrier: El vendedor tiene que entregar la mercancía en un sitio del país de origen que se hay acordado previamente con el comprador, y se hace cargo de todos los gastos y gestiones hasta que se entregue en ese punto. Este INCOTERM® se acompaña del lugar de entrega acordado.

FAS – Free Alongside Ship: Se suele utilizar cuando se trata de mercancías de gran volumen. El vendedor entrega la mercancía en un puerto o muelle convenido con el comprador, junto al barco (“alongside ship”). En cuanto se deposita la mercancía, la responsabilidad sobre ella -riesgos, transporte, gastos, etc.- pasa a ser del comprador.

FOB – Free on Board: Este INCOTERM es exclusivo para el transporte marítimo. La entrega se realiza a bordo (“on board”). El comprador se encargará de buscar el transportista y hacer las gestiones pertinentes una vez que la mercancía llegue a puerto.

GRUPO C (ENTREGA INDIRECTA, PAGO DEL TRANSPORTE) CFR, CIF, CPT y CIP. El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal.

CFR – Cost and Freight: También se utiliza para el transporte marítimo. El vendedor se hace cargo de los costes y el transporte de la mercancía hasta que llegue a tierra, pero no de los riesgos. Una vez que se embarque la mercancía, el comprador asume el riesgo de los daños que pudiera sufrir.

CPT – Carriage Paid To: Este INCOTERM® es multimodal. El vendedor asume todos los costes, también el del transporte hasta que la mercancía llegue al destino acordado. Pero el comprador asume el riesgo una vez que se entregue al transportista.

CIF – Cost, Insurance and Freight: Este INCOTERM®, junto al siguiente (CIP), es uno de los que se espera que se actualice en 2020. Por el momento, es una de las normas más utilizadas en el comercio exterior. El vendedor asume todos los costes, también transporte y seguro, hasta la entrega en el punto acordado. Como en el CFR, el riesgo de la compraventa internacional es asumido por el comprador en el momento en que la mercancía está en el barco.

CIP – Carriage and Insurance Paid: Es como el CPT (el comprador asume el riesgo desde que la mercancía llegue al punto de entrega), pero, al igual que el CIF, la diferencia está en que el vendedor asume los costes del seguro.

GRUPO D (ENTREGA DIRECTA EN LLEGADA) Términos en D: DPU, DAP y DDP. El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los términos en E y los términos en F. Los términos en D no se proponen cuando el pago de la transacción se realiza a través de un crédito documentario, básicamente porque las entidades financieras no lo aceptan.

DAT - Delivered At Terminal: Incoterm® DAT (Delivered At Terminal): “entrega en terminal”. Por “Terminal” entendemos cualquier lugar, cubierto o descubierto, tal como un muelle, almacén, estación de contenedores o terminal de carretera, aérea o ferroviaria. El vendedor entrega la mercancía una vez descargada del medio de transporte de llegada. La pone a disposición del comprador en la terminal del puerto o lugar de destino acordados. El vendedor corre con los riesgos y costes de llevar la mercancía hasta el punto pactado, descargarla y entregarla, también trámites aduaneros de exportación y aquellos que se deriven de transportes adicionales hasta la entrega en terminal. El comprador es responsable de trámites, costes, licencias y similares relacionados con la importación, así como de costes existentes desde que la mercancía es entregada por el vendedor en la terminal acordada. El incoterm DAT es aplicable a todos los transportes y la combinación de ellos.

DAP - Delivered At Place: Incoterm® DAP (Delivered At Place): “entrega en lugar”. El vendedor

entrega la

mercancía a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada preparado para la descarga en un lugar de destino acordado. El vendedor cubre los costes y riesgos que supone trasladar la mercancía hasta el lugar designado, la despacha de exportación y paga gastos derivados de posibles transportes a través de cualquier país

antes de la entrega. El vendedor no despacha de importación ni existe obligación, por parte de vendedor ni comprador, de formalizar un seguro. El comprador paga costes desde la entrega de la mercancía, es decir, trámites, licencias y similares relacionados con la importación, y gastos desde que la mercancía es entregada por el vendedor. Si no se acuerda punto exacto de entrega, el vendedor puede elegir el lugar en destino que mejor le convenga. El incoterm DAP es válido para todos los transportes y la combinación de ellos.

DDP - Delivered Duty Paid: Incoterm® DDP (Delivered Duty Paid): “entrega con derechos pagados”. Lugar de destino acordado. El vendedor paga los gastos (impuestos incluidos) hasta dejar la mercancía en el lugar convenido en destino. El comprador no es responsable de ningún trámite, coste o riesgo. Válido para cualquier transporte, sobre todo, combinado y multimodal.

Cosas a tener en cuenta en la aplicación de los Incoterms 2020: Para que sea válido el BL “house” se tiene que indicar en el mismo que se rige por la normativa UCP 600 (normas que regulan los créditos documentarios, porque es el único que admite el HOUSE). Hay que indicar que se aplican los incoterms® 2020 en el contrato de venta porque si no pueden aplicar los incoterms® del año 2010 o 2000. Sobre las nuevas reglas Incoterms®, se mantienen 11 tipos de Incoterms® 2020 divididos en 2 grupos: 1 - Incoterms de transporte multimodal (EXW - FCA - CPT - CIP - DPU - DAP - DDP). 2 - Incoterms únicamente de transporte marítimo y vías navegables interiores (FOB FAS - CIF - CFR).

Conclusiones 1. En esta investigación buscamos acerca la evolución del comercio mundial y como los Incoterms® son facilitadores innatos de la manera correcta de hacer negocios

nacionales

e

internacionales,

siguiendo

los

lineamientos

ya

establecidos por estructura previamente analizada y en constante modificación, que ayuda a conocer las limitaciones de responsabilidad de cada autor en el contrato de compraventa de un producto o mercancía. 2. Deja en evidencia que la utilidad de los incoterms no solo se limita exclusivamente a facilitar y mejorar la comunicación, sino que también sirven para adaptar los procedimientos a los constantes cambios y avances del sector del transporte.

3. Entendemos la importancia de las aplicaciones de las normas de incoterms en los diversos procesos relacionados a manejo de mercancía y aduanas a nivel nacional e internacional.

4. Vemos como su uso al pasar los años tiene más auge y también un aporte muy importante en los embarques y en diversos procesos que ayuda a agilizarlos.

Recomendaciones 1. Como futuros profesionales en el ámbito del comercio Internacional, que estas investigaciones nos sirvan de referencia y apoyo para futuras consultas y actualizaciones en nuestro proceder en el ejercicio del comercio. 2. Buscar siempre apoyarse con las autoridades competentes en la obtención de información fidedigna e ilustrarse en las actualizaciones que puedan darse en el futuro. 3. Estar vigilante de cumplir con los estándares comerciales y mantenerse a l vanguardia de nuevas prácticas de hacer negocio.

4. Divulgar la información investigada y exponer a los profesionales de área la importancia de las actualizaciones de las normas de INCOTERMS®

5. Mantenerse siempre informado y activo a sus cambios comerciales y en práctica de esta.

Bibliografía 1. Cabrera Cánovas, A. (2013). Las reglas Incoterms® 2010: manual para usarlas con eficacia. Barcelona, Spain: Marge Books. Recuperado de https://elibro.net/en/ereader/upanama/42306?page=55.- 14 de junio de 2020 2. Delgado, Sandra, Manual de Incoterms, (México: ITECC, 1999) pag.41- 14 de junio de 2020 3. https://www.iccmex.mx/quienes-somos/historia/los-mercaderes-de-la-paz. Recuperado el 14 de junio de 2020. 4. https://es.wikipedia.org/wiki/Importaci%C3%B3n- 10 de junio de 2020 5. https://incotermstransporte.wordpress.com/incoterms-dat-dap-ddt/ .- 13 de junio de 2020 6. https://www.diariodelexportador.com/2020/01/incoterms-2020-los-11terminos.html .- 10 de junio de 2020 7. https://www.tibagroup.com/blog/incoterms-2020?lang=es .- 15 de junio de 2020 8. http://www.documents.dsv.com/dsv/1684/html5/.- 15 de junio de 2020

Anexo de Figuras

Figura 1. Los Mercaderes de la Paz, Inicios de la ICC (1919)

Figura 2. Representación de ICC en la ONU, Voz y consulta en temas de Negocios (1945)

Figura 3: Cambios de los Incoterms® desde 2000 hasta la actualidad y sus grupos

Figura 4: Formato de distribución de cada grupo y riesgos que conllevan

Figura 5: Costos que comprenden a cada grupo

Figura 6: Reglas de transporte y sus modos

Glosario 1. C.C.I (Cámara de Comercio Internacional): Es una organización que se encarga de brindar protección a las empresas de los diferentes países del mundo en lo que se refiere a las operaciones comerciales, ya que hoy en día existe mayor interdependencia entre naciones, es decir, lo que sucede en una economía, repercute en las demás. 2. CFR (Cost and freight): el vendedor debe cargar con todos los costes y el gasto del transporte principal hasta que la mercancía llega al lugar donde será recogida en su destino. 3. Comercio exterior: Se define como comercio internacional, comercio exterior o comercio mundial al movimiento que tienen los bienes y servicios a través de los

distintos países y sus mercados. Se realiza utilizando divisas y está sujeto a regulaciones adicionales que establecen los participantes en el intercambio y los gobiernos de sus países de origen. Al realizar operaciones comerciales internacionales, los países involucrados se benefician mutuamente al posicionar mejor sus productos, e ingresar a mercados extranjeros. 4. Exportación: una exportación es cualquier bien para la economía, es decir, el servicio enviado fuera del territorio nacional. Las exportaciones son el conjunto de bienes y servicios vendidos por un país en territorio extranjero para su utilización. Junto con las importaciones, son una herramienta imprescindible de Contabilidad nacional. 5. EXW – Ex Works:Se debe acompañar del lugar de entrega. El comprador recoge la mercancía directamente en el almacén y se hace cargo de todos los gastos, transporte, riesgos y documentos. 6. DDP Entregada en lugar acordado, derechos pagados: El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. 7. Importación: las importaciones son el transporte de bienes y servicios del extranjero, los cuales son adquiridos por un país para distribuirlos en el interior de este. Las importaciones pueden ser cualquier producto o servicio recibido dentro de la frontera de un Estado nacional con propósitos comerciales. 8. Logística: conjunto de medios y métodos necesarios para llevar a cabo la organización de una empresa, o de un servicio, especialmente de distribución 9. Mercaderes de Paz: Es grupo de empresarios del sector industrial, financiero y comercial estaban determinados a traer prosperidad económica a un mundo que aún se estaba recuperando de la devastación de la I Guerra Mundial. Ellos fundaron la International Chamber of Commerce (Cámara de Comercio Internacional).

10. FAS. Free Alongside Ship Franco al costado del buque .Puerto de salida: El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco. 11. FOB "FREE ON BOARD" (Franco a bordo): El precio en FOB se entiende qué la mercancía colocada a bordo, sobre la cubierta del buque, con todos los gastos, y sus riesgos que implica por cuenta o cargo del vendedor esperando el momento justo que la mercadería haya pasado la borda del buque, del flete excluido.

12. CIF “insurance and freight" (coste, seguro y flete): Este término significa que el precio se entiende con la mercadería puesta en puerto de destino, con el flete pagado y el seguro cubierto.

13. Incoterms®: Los Términos de Compra Venta Internacional. Son términos, de tres letras cada uno, que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las partes en un contrato de compraventa internacional de mercaderías acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. 14. Transporte multimodal: Aquel en el que se utilizan varios medios de transporte (camiones, aviones, barcos, trenes, etc.) para el movimiento de mercancías o de alguna mercancía específica.

15. Transporte marítimo: es la acción de llevar personas, bienes (cargas sólidas, líquidas o gaseosas) por mar de un punto geográfico a otro a bordo de un buque o navío. 16. Canal único de Importación: obligación de efectuar todas las importaciones o las de determinados productos por intermedio de un organismo estatal o una empresa bajo control estatal.

17. embalaje: o empaque es un recipiente o envoltura que contiene productos de manera temporal principalmente para agrupar unidades de un producto pensando en su manipulación, transporte y almacenaje. 18. flete. Del francés fret, el flete está vinculado al alquiler de un medio de transporte. El término puede hacer referencia al precio del alquiler, a la carga que se transporta o al vehículo utilizado. El concepto tiene distintos usos según el país.

Cuestionario 1. ¿Quiénes son los mercaderes de la Paz? Respuesta: En 1919, un grupo de empresarios decidieron crear una organización que representara los intereses de las empresas de todo el mundo. Este grupo de empresarios del sector industrial, financiero y comercial estaban determinados a traer prosperidad económica a un mundo que aún se estaba recuperando de la devastación de la I Guerra Mundial. Ellos fundaron la International Chamber of Commerce (Cámara de Comercio Internacional) y se autodenominaron “los mercaderes de la paz”. 2. ¿Cuántas modificaciones ha sufrido los INCOTERMS®? Respuesta:

Actualmente vamos por la revisión número 8, la edición 2020, entró en vigor en enero de 2020. 3. ¿Qué es Incoterms? Respuesta: Los Incoterms son unas cláusulas internacionalmente reconocidas por las cuales se regulan los usos comerciales más repetidos a nivel internacional. De esta forma, queda fijado un acuerdo entre el comprador y el vendedor sobre quién es responsable de cada uno de los pasos por los que pasará la mercancía. Los más habituales son los siguientes: •

Carga en el lugar donde se encuentra el exportador



Transporte hasta el lugar desde donde saldrá la mercancía al otro país



Pago de la aduana del país desde donde se realiza la exportación



Costes de carga de la mercancía en el país exportador



Flete y recargos del transporte en sí



Costes para descargar la mercancía en el país importador



Costes de la aduana de país importador



Licencias necesarias en el país importador



Transporte que se realiza dentro del país importador



Descarga de la mercancía en el domicilio del importador



Seguros

Así pues, cada Incoterm marca si es el exportador o el importador quien debe de hacerse cargo de la responsabilidad en cada uno de los puntos mencionados. Por lo tanto, en caso de haber algún tipo de problema, se podrá delimitar perfectamente quien debe asumir los costes derivados del error. 4. ¿Qué tipos de incoterms existen?

Respuesta: Según la distribución de responsabilidades entre exportador e importador, encontramos los diferentes tipos de Incoterm. Para que no haya confusiones idiomáticas, existe una traducción aceptada en cada idioma. •

Grupo E: agrupa aquellos Incoterms que comparten las siguientes

características: •

El vendedor no debe de asumir ningún tipo de responsabilidad en ningún

momento del transporte. Sencillamente, su función consiste en tener en su propio local la mercancía acordada. •

El comprador es quien asume todos los gastos y los riesgos que se han

desglosado en un principio. Esta situación puede darse porque el mismo importador, con experiencia en el comercio internacional, prefiere controlar todos los aspectos del transporte para asegurarse que las mercancías llegarán en el estado y tiempo que precisan para poder satisfacer las exigencias de sus clientes. Además, también puede deberse a un tema de control de costes: contratando el importador todos los servicios, se asegura de la cantidad máxima que deberá afrontar y podrá utilizar el hecho de hacerse cargo de todos los gastos como herramienta de negociación con el exportador. •

Solamente existe un tipo de Incoterm en esta categoría: EXW (EX Works)



Categoría F: engloba aquellos Incoterms en los cuales:



El vendedor es el responsable de cargar la mercadería y de transportarla

hasta el puerto de exportación. Por lo tanto, también costea las tasas de exportación. Una vez ya ha entregado los bultos dentro de las fronteras de su país al transportista, se termina su responsabilidad. •

El comprador se hace cargo de contratar y realizar el transporte hasta su

propio país. Por lo tanto, debe hacer frente al coste del flete y del seguro. •

Existen distintos tipos de Incoterms dentro de esta categoría:



FCA (Free carrier at): el vendedor tiene la obligación de dejar la

mercancía a un punto acordado con el importador. Por lo tanto, es él quien deberá costear los gestos de aduana y transporte. •

FAS (Free alongside ship): la entrega de la mercancía se produce al lado

del transporte donde se transportará hasta su destino. En este caso, el vendedor debe pagar los gastos de aduana de exportación. En cambio, el comprador es el responsable del embarque y del transporte de la mercancía. •

FOB (Free on board): el vendedor debe llevar la mercancía hasta dentro

del transporte. Por lo tanto, afrontará los costes y responsabilidades hasta este momento. •

Categoría C: encontramos los incoterms que comparten los siguientes

puntos: •

El vendedor es quien contrata el transporte principal, pero no asume los

riesgos consecuencia de la pérdida o el daño de la mercadería en su viaje hacia el país importador. Además, debe realizar los trámites aduaneros para la exportación. •

El comprador se hace cargo de todos aquellos aspectos a partir que a

mercancía llega a su propio país. Ahora bien, es quien asume el riesgo en caso de que haya algún problema durante el viaje de las mercancías hasta el destino. •

Hay los siguientes tipos de Incoterms:



CFR (Cost and freight): el vendedor debe cargar con todos los costes y el

gasto del transporte principal hasta que la mercancía llega al lugar donde será recogida en su destino. •

CIF (Cost, insurance and freight): el vendedor también tendrá que asumir

los gastos de seguro. •

CIP (Carriage and insurance paid to): supone que el vendedor se hace

cargo de todos los gastos hasta que entregue el bien al comprador en el punto de destino convenido



Categoría D: agrupa los Incoterms por los cuales:



El vendedor asume todos los gastos y los riesgos desde que la mercancía

sale de sus dependencias hasta que llega al lugar donde se encuentra el importador. Del mismo modo que hemos visto en la primera categoría, el vendedor lo hace para asegurar el éxito del transporte o para controlar costes. •

El comprador no debe de hacer frente a ningún gasto.



Encontramos los siguientes tipos de Incoterm:



DAT: el vendedor asume todos los costes hasta que se produce la entrega

de la mercancía en la terminal convenida. •

DAP: el vendedor se hace cargo de todos los costes aunque solo lo hace

hasta el lugar acordado. Por lo tanto, no paga los gastos de la importación. •

DDP: el vendedor corre con todos los gastos hasta que llega al

establecimiento del importador. 5. ¿Cada cuánto tiempo se cambian las incoterms® y porque? Respuesta: De hecho, Incoterms se ha actualizado cada 10 años desde su inicio. Actualmente se encuentra vigente su versión de 2010 y aunque pronto será relevada por la 2020, la última versión no sustituye necesariamente a las anteriores; éstas pueden seguirse usando, pero especificando el año de versión. Se debe a las nuevas necesidades y prácticas diarias del comercio internacional, es necesario ajustarse a las nuevas demandas globales.

6. ¿Desde qué año se hacen el uso de las incoterms? Respuesta:

En 1936, por vez primera, la Cámara de Comercio Internacional (ICC), publica como Incoterms® 1936 (INternational COmmercial TERMS), una serie de reglas internacionales para responder a esta interrogante. 7. ¿Qué organismo regula los Incoterms?

Respuesta: El organismo encargado de elaborar y revisar los Incoterms es la Cámara de Comercio Internacional (CCI) se ha encargado desde 1936 (con revisiones en 1945, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000, 2010 y 2020) de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio internacional.