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UNIVERSIDAD ANDINA NESTOR CACERES VELASQUEZ ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES III SEMESTRE UNIVERSIDAD ANDINA NEST

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ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES

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INDICE 1.- REGLAS Y USOS ESTANDARIZADOS DEL COMERCIO INTERNACIONAL 2.- SOBRE EL PAGO DEL COMPRADOR 3.- PRINCIPALES CAMBIOS EN LA VERSIÓN DE LOS INCOTERMS 4.- CATEGORIZACIÓN DE LOS INCOTERMS 5.- DEFINICIONES DE LOS TÉRMINOS 5.1 Grupo E – Entrega directa a la salida 5.1.1 EXW 5.2 Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal 5.2.1 FAS 5.2.2 FOB 5.2.3 FCA 5.3 Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal 5.3.1 CFR 5.3.2 CIF 5.3.3 CPT 5.3.4 CIP 5.4 Grupo D – Entrega directa en la llegada 5.4.1 DAT 5.4.2 DAP 5.4.3 DDP 6.- RESPONSABILIDAD DE LA ENTREGA POR PARTE DEL VENDEDOR 7.- REFERENCIA HISTORICA 8.- IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMS 9 .- FINALIDAD DE INCOTERMS 10 .- CONCULUSION

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INTRODUCCION Los Incoterms son los términos comerciales internacionales que definen y reparten claramente las obligaciones, los gastos y los riesgos del transporte internacional y del seguro, tanto entre el exportador y el exportador. Estos términos son reconocidos como estándares internacionales por las autoridades aduaneras y las cortes en todos los países. Cuando los comerciantes entran en un contrato para la compra y la venta de mercancías, están libres de negociar términos específicos en su contrato. Estos términos incluyen el precio, la cantidad, y las características de las mercancías. Cada contrato internacional contiene lo qué se refiere como Incoterm (reglas internacionales para la interpretación de términos comerciales) El Incoterm seleccionado por los comerciantes de la transacción, determinará quién pagará el costo de cada segmento del transporte, quién es responsable de cargar y descargar la mercancía, y quién lleva el riesgo de la pérdida en un momento dado durante el envío internacional. Incoterms también influencian el valor de la mercancía importada a través de una aduana. Los Incoterms son supervisados y administrados por la Cámara de Comercio internacional en París y son incluidos por las principales naciones comerciales del mundo. Actualmente hay 13 Incoterms en uso, y pueden ser considerados en términos de la base citada arriba. Todos los Incoterms actuales están descritos a continuación. Cabe decir que EXW, FOB, CIF, y DDP son los Incoterms usados más frecuentes.

INCOTERMS Las reglas Incitemos (acrónimo del inglés internacional comercial terms, internacionales de comercio‘) son términos, de tres letras cada uno, que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las dos partes — compradora y vendedora—, acerca de las condiciones de entrega de las mercancías, productos.1 2 3 Se usan para aclarar los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.

‗términos

La Convención sobre contratos para la venta internacional de mercancías de las Naciones Unidas (en inglés, CISG, U.N. Conventionon Contractsforthe International Sale of Goods) en su Parte III «Venta de las mercancías» (artículos 25-88) describe el momento en que el ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES

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riesgo sobre la mercancía se transfiere del vendedor (fabricante o no) al comprador (sea este el usuario final o no), pero reconoce que, en la práctica, la mayoría de las transacciones internacionales se rigen de acuerdo con las obligaciones reflejadas en los incoterms.

1. REGLAS Y USOS ESTANDARIZADOS DEL COMERCIO INTERNACIONAL El objetivo fundamental de los incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional. Los incoterms son de aceptación voluntaria por las partes, o sea, no son un esquema jurídico obligatorio; el tratado jurídico obligatorio para los 71 países que lo han ratificado es el CISG, mencionado más arriba. Su principal ventaja consiste en haber simplificado mediante 11 denominaciones normalizadas un cúmulo de condiciones que tienen que cumplir las dos partes contratantes. Gracias a esta armonización o estandarización, la parte compradora y la parte vendedora saben perfectamente a qué atenerse. Además de las estipulaciones propias de cada incoterm, un contrato de compraventa internacional de mercancías puede admitir otras condiciones adicionales. Estos casos se deben establecer cuidadosamente porque los incoterms están redactados con gran armonía y recogen la práctica de infinitas experiencias comerciales internacionales. Los Incoterms se aplican únicamente en las compraventas internacionales de mercancías, no en las de servicios ya que éstos son intangibles en los que no se utiliza la logística. Los incoterms regulan cuatro aspectos básicos del contrato de compraventa internacional: la entrega de mercancías, la transmisión de riesgos, la distribución de gastos y los trámites de documentos aduaneros. a) La entrega de las mercancías: es la primera de las obligaciones del vendedor. La entrega puede ser directa, cuando el incoterm define que la mercancía se entregue al comprador, son los términos ―E‖ y los términos ―D‖; o indirecta, cuando la mercancía se entrega a un intermediario del comprador, un transportista o un transitario, son los términos ―F‖ y los términos ―C‖. b) La transmisión de los riesgos: es un aspecto esencial de los incoterms y no se debe confundir con la transmisión de la propiedad, que queda regulada por la ley que rige el contrato. El concepto fundamental se basa en que los riesgos, y en la mayoría de los casos, también los gastos, se transmiten en el punto geográfico y en el momento cronológico que definen el contrato y el incoterm establecido. El punto geográfico puede ser la fábrica, el muelle, la borda del buque, etc.; mientras que el momento cronológico está definido por el plazo de entrega de la mercancía. La superposición de ambos requisitos produce automáticamente la transmisión de los riesgos y de los gastos. Por ejemplo, en una entrega FAS (Free AlongsideShip, Franco al

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costado del buque), acordada en Valencia entre el 1 y el 15 de abril, si la mercancía queda depositada el 27 de marzo y se siniestra el 28, los riesgos son por cuenta del vendedor; en cambio, si se siniestra el 2 de abril, los riesgos son por cuenta del comprador aunque el barco contratado por éste no haya llegado. c) La distribución de los gastos: lo habitual es que el vendedor corra con los gastos estrictamente precisos para poner la mercancía en condiciones de entrega y que el comprador corra con los demás gastos. Existen cuatro casos, los términos ―C‖, en que el vendedor asume el pago de los gastos de transporte (y el seguro, en su caso) hasta el destino, a pesar de que la transmisión de los riesgos es en origen; esto se debe a usos tradicionales del transporte marítimo que permiten la compraventa de las mercancías mientras el barco está navegando, ya que la carga cambia de propietario con el traspaso del conocimiento de embarque. d) Los trámites de documentos aduaneros: en general, la exportación es responsabilidad del vendedor; sólo existe un incoterm sin despacho aduanero de exportación: EXW Ex Works, En fábrica), donde el comprador es responsable de la exportación y suele contratar los servicios de un transitario o un agente de aduanas en el país de expedición de la mercancía, que gestione la exportación. Los restantes incoterms son «con despacho»; es decir, la exportación es responsabilidad del vendedor, que algunas veces se ocupa también de la importación en el país de destino; por ejemplo, DDP (DeliveredDutyPaid, Entregada derechos pagados).

2. SOBRE EL PAGO DEL COMPRADOR La reglamentación de los incoterms no regula la forma de pago por parte del comprador, únicamente establece una relación de gastos por transporte. No obstante, los Incoterms si afectan al medio de pago elegido para las operaciones de compraventa internacional. Cuando el pago se realiza mediante crédito documentario, los Incoterms más favorables son aquellos en los que el vendedor gestiona el documento de transporte principal como es el caso de los Incoterms en "C" (CPT, CFR, CIP y CIF) ya que, normalmente, será necesario presentar este documento para cobrar el crédito documentario.4

3. PRINCIPALES CAMBIOS EN LA VERSION DE LOS INCOTERMS Las reglas Incoterms 2010 han introducido algunos cambios significativos en relación a la versión anterior que fue la del año 2000. Estos cambios se han realizado para adaptarse a los nuevos usos de la logística internacional, las comunicaciones vía Internet y los procedimientos de seguridad que se han instaurado en las fronteras de los países: 

MERCANCÍA EN CONTENEDORES SÓLO CON INCOTERMS POLIVALENTES: si la mercancía se transporta en contenedor, las reglas Incoterms 2010 establecen claramente que no deben usarse términos marítimos, aunque la entrega se realice en un puerto. La razón para no usar los Incoterms marítimos con el transporte en contenedor es que, habitualmente, los contenedores se entregan en las terminales de los puertos y no cargadas a bordo del buque.5 En estos casos no debe usarse FOB, CFR o CIF, sino sus equivalentes para transporte multimodal, que son, respectivamente, FCA, CPT y CIP.

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TRANSMISIÓN DEL RIESGO "A BORDO DEL BUQUE" EN LOS INCOTERMS FOB, CFR Y CIF: en los Incoterms 2010 cuando se utilizan los términos marítimos FOB, CFR y CIF la transmisión del riesgo se produce cuando la mercancía se "pone a bordo del buque" en el puerto de embarque, mientras que en los Incoterms 2000 el riesgo se transmite cuando la mercancía "sobrepasa la borda del buque".



INFORMACIÓN RELACIONADA CON LA SEGURIDAD: en los Incoterms 2010 se establece la obligatoriedad del vendedor de prestar ayuda al comprador para que obtenga toda la información relativa a la seguridad de las mercancías o su transporte hasta el destino final. No obstante, se establece que cualquier coste derivado de la obtención de dicha información será por cuenta del comprador.

4. CATEGORIZACION DE LOS INCOTERMS Los incoterms se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D. 

TÉRMINO EN E: EXW

El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida. 

TÉRMINOS EN F: FCA, FAS Y FOB

Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal. 

TÉRMINOS EN C: CFR, CIF, CPT Y CIP

El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal. 

TÉRMINOS EN D: DAT, DAP Y DDP

El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los términos en E y los términos en F. Los términos en D no se proponen cuando el pago de la transacción se realiza a través de un crédito documentario, básicamente porque las entidades financieras no lo aceptan. DAP es un Incoterm polivalente "flexible" y se puede usar en cualquier medio de transporte y en la combinación de todos ellos. 5. DEFINICONES DE LOS TERMINOS 5.1 Grupo E – Entrega directa a la salida 5.1.1 EXW : (En fábrica)

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Ex Works El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones: fábrica, almacén, etc. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador. El incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos (conocido como transporte multimodal). Es decir el proveedor se encarga de la logística y el traslado necesario para que el comprador tenga el suministro del producto en el mismo lugar donde desempeña la tarea productiva.  RECOMENDACIONES Se aconseja usar el EXW, en operaciones donde el transporte es un Courier (el paquete lo carga el mismo transportista en su vehículo, normalmente porque son de dimensiones pequeñas) y en operaciones entre países de la misma unión económica o aduanera (Unión Europea) o entre estados o regiones de un país donde no haya procedimientos aduaneros.  RIESGOS Al no controlar las aduanas, podemos tener dificultades en obtener los documentos aduaneros que justifiquen la exportación. Estos documentos son necesarios para justificar la exportación y no tener problemas con la hacienda local a nivel de impuestos (IVA). La ley de prevención de riesgos laborales en muchos casos no permite que una persona ajena a la empresa exportadora o cargadora manipule la mercancía dentro de sus instalaciones. Si cargamos la mercancía al camión, contenedor o tren, asumimos unos riesgos que nos tocan asumir, esta asunción de riesgos y costes nos puede traer problemas y confusiones con nuestro cliente. Ejemplo (¿Quién debe acondicionar la mercancía al vehículo en un contenedor completo?). Tener mucho cuidado con los EXW y los créditos documentarios, si el comprador no recoge la mercancía el día pactado, nosotros no cumpliremos. Tener también cuidado si el crédito documentario nos pide el documento de transporte, ya que nosotros podemos tener dificultades en obtenerlo. 5.2 GRUPO F – ENTREGA INDIRECTA, SIN PAGO DEL TRANSPORTE PRINCIPAL: 5.2.1 FAS: (Franco al costado del buque) Free Alongside Ship El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco. El incoterm FAS es propio de mercancías de carga a granel o de carga voluminosa porque se depositan en terminales del puerto especializadas, que están situadas en el muelle. El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación (en las versiones anteriores a Incoterms 2000, el comprador organizaba el despacho aduanero de exportación).

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El incoterm FAS sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial. RECOMENDACIONES Se aconseja usar el FAS sólo en transporte marítimo, básicamente para carga a granel y carga general, no utilizar nunca esta regla INCOTERMS para contenderos completos RIESGOS -Falta de coordinación entre la entrega de la mercancía y la llegada del buque. -Pactar previamente los costes logísticos de manipulación de la mercancía 5.2 .2 FOB : (Franco a bordo) Artículo principal: Free onboard El vendedor entrega la mercancía sobre el buque. El comprador se hace cargo de designar y reservar el transporte principal (buque) El incoterm FOB es uno de los más usados en el comercio internacional. Se debe utilizar para carga general (bidones, bobinas, contenedores, etc.) de mercancías, no utilizable para granel. El incoterm FOB se sea marítimo o fluvial.

utiliza

exclusivamente

para

transporte

en

barco,

ya

RECOMENDACIONES Se aconseja usar el FOB sólo en transporte marítimo, básicamente para carga general aunque también se podría utilizar para gráneles, no utilizar nunca esta regla Incoterms para contenedores completos o contenedores de grupaje. Tampoco utilizar nunca para transporte por avión o cualquier otro que no sea marítimo. RIESGOS *Falta de coordinación entre la entrega de la mercancía y la llegada del buque. *Pactar previamente los costes logísticos de manipulación de la mercancía. 5.2.3 FCA (FRANCO PORTEADOR) Free Carrier (named place) → ‗Libre transportista (lugar convenido)‘. El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen, que pueden ser los locales de un transitario, una estación ferroviaria... (este lugar convenido para entregar la mercancía suele estar relacionado con los espacios del transportista). Se hace cargo de los costes hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido; entre otros, la aduana en el país de origen. El incoterm FCA se puede utilizar con cualquier tipo de transporte: transporte aéreo, ferroviario, por carretera y encontenedores/transporte multimodal. Sin embargo, es un incoterm poco usado.

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RECOMENDACIONES Se aconseja usar el FCA como sustituto del EXW ya que soluciona los riesgos y los problemas que ocasiona el EXW al vendedor. El FCA es un Incoterm muy versátil y con mucha flexibilidad. Para operaciones dentro de la misma área económica podemos usar un FCA Fábrica (País del vendedor, Unión Europea, TLCAN, MERCOSUR, etc.) y para ventas fuera de nuestra área económica recomendamos usar el FCA TERMINAL (Puerto, aeropuerto, etc.). Se aconseja usar este Incoterm si el comprador tiene mejores precios de flete o si nuestro conocimiento de comercio internacional es bajo. Para los compradores con experiencia, los costes de la operación se reducirán si compran FCA origen en vez de otra regla Incoterms de las familias ―C‖ o ―D‖. RIESGOS En un FCA terminal, que el comprador no recoja la mercancía en la fecha prevista. Revisar si el seguro del transporte interior dentro del país de origen cubre el valor de la mercancía, a no ser que la empresa tenga una póliza global de cobertura de riesgos de transporte. 545.3 GRUPO C – ENTREGA INDIRECTA, CON PAGO DEL TRANSPORTE PRINCIPAL 5.3.1 CFR : ( Costo y flete ) Cost and Freight (nameddestinationport) → ‗coste y flete (puerto de destino convenido)‘. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. Se debe utilizar para carga general, que no se transporta en contenedores; tampoco es apropiado para los gráneles. El incoterm CFR sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial. RECOMENDACIONES Se aconseja usar el CFR en transporte marítimo. En marítimo solo cuando el vendedor quiera vender la mercancía cuando esta está navegando. No se aconseja utilizar esta regla Incoterms en transporte terrestre, ni aéreo. No se debe usar este Incoterm con contenedores, ni enteros ni de consolidados, aunque sea mediante transporte marítimo. A los bancos les gusta utilizar los Incoterms de la familia de las ―C‖, con los créditos documentarios y así pedir que la mercancía se consigne a ellos en los conocimientos de

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embarque, de esta forma obtiene garantías extra en la operación. Se aconseja la utilización de este Incoterm cuando el vendedor no nos puede garantizar que hará un buen seguro con la regla Incoterms CIF. RIESGOS No conocer que el riesgo se transmite en origen por parte del comprador, aunque el coste del transporte vaya a cargo del vendedor. Ver si el flete utilizado ya incluye un seguro obligatorio, no duplicar seguros. Si se contrata un seguro que cubra todos los riesgos posibles. 5.3.2 CIF (Costo , seguro y fletes ) Cost, Insurance and Freight (nameddestinationport) → ‗coste, seguro y flete (puerto de destino convenido)‘. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador. Como en el incoterm anterior, CFR, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. El incoterm CIF es uno de los más usados en el comercio internacional porque las condiciones de un precio CIF son las que marcan el valor en aduana de un producto que se importa.7 Se debe utilizar para carga general o convencional. El incoterm CIF es exclusivo del medio marítimo. RECOMENDACIONES Se aconseja usar el CIF en transporte marítimo. En transporte marítimo solo cuando el vendedor quiera vender la mercancía cuando esta está navegando, normalmente con un barco completo. No se debe usar este Incoterm con contenedores, ni enteros ni de grupaje, aunque sea mediante transporte marítimo. No se aconseja utilizar esta regla Incoterms en transporte terrestre, ni aéreo. A los bancos les gusta utilizar los Incoterms de la familia de las ―C‖, con los créditos documentarlos y as! pedir que la mercancía se consigne a ellos en los conocimientos de embarque, de esta forma obtienen garantías extra en la operación. Se aconseja la utilización de este Incoterm cuando el vendedor se ha asegurado que el vendedor cumplirá con los requisitos del seguro pactados, per ejemplo en un crédito documentarlo, si no es as! el comprador deberla utilizar un CFR. RIESGOS El comprador debe pactar con el vendedor el seguro, este seguro se recomienda que sea realizado por una compañía de prestigio internacional, que cubra los máximos riesgos

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ICC-A, que en caso de siniestro el seguro sea pagadero en el país del comprador y en la divisa que se ha establecido la operación, también es práctica habitual en transporte marítimo cubrir el 110 % del valor de la mercancía. No conocer que el riesgo se transmite en origen por parte del comprador, aunque el coste del transporte vaya a cargo del vendedor. 5 .3. 3CPT (Transporte pagado hasta) CarriagePaidTo (named place of destination) → ‗transporte pagado hasta (lugar de destino convenido)‘. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. El incoterm CPT se puede utilizar con cualquier modo de transporte incluido el transporte multimodal (combinación de diferentes tipos de transporte para llegar a destino) RECOMENDACIONES Se aconseja usar el CPT en transporte marítimo o aéreo. En marítimo sólo cuando el vendedor quiera vender la mercancía cuando esta está navegando. No se aconseja utilizar este Incoterm en transporte terrestre. A los bancos les gusta utilizar los Incoterms de la familia de las ―C‖, con créditos documentarios y así pedir que la mercancía se consigne a ellos en los conocimientos de embarque, de esta forma obtiene garantías extra en la operación. Se aconseja la utilización de este Incoterm cuando el vendedor no nos puede garantizar que hará un buen seguro en el Incoterm CIP. RIESGOS No conocer que el riesgo se transmite en origen por parte del comprador, aunque el coste del transporte vaya a cargo del vendedor. Ver si el flete utilizado ya incluye un seguro obligatorio, no duplicar seguros. Si realizamos un seguro que cubra todos los riesgos posibles. 5.3.4 CIP : (Trasporte y seguro pagado hasta) Artículo principal: Carriage and insurancepaid (To) (named place of destination) → ‗transporte y seguro pagados hasta (lugar de destino convenido)‘. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.

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El incoterm CIP se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinación de ellos (transporte multimodal) RECOMENDACIONES Se aconseja usar el CIP en transporte marítimo o aéreo. En marítimo sólo cuando el vendedor quiera vender la mercancía cuando esta está navegando. No se aconseja utilizar este Incoterm en transporte terrestre. A los bancos les gusta utilizar los Incoterms de la familia de las ―C‖, con los créditos documentarlos y así pedir que la mercancía se consigne a ellos en los conocimientos de embarque, de esta forma obtienen garantías extra en la operación. Se aconseja la utilización de este Incoterm cuando el comprador se ha asegurado que el vendedor cumplirá con los requisitos del seguro pactados, per ejemplo en un crédito documentarlo, si no es así el comprador debería utilizar un CPT. RIESGOS El comprador debe pactar con el vendedor el seguro, este seguro se recomienda que sea realizado por una compañía de prestigio internacional, que cubra los máximos riesgos ICC-A y que en caso de siniestro el seguro sea pagadero en el país del comprador y en la divisa que se ha establecido la operación. También es práctica habitual en transporte marítimo cubrir el 110 % del valor de la mercancía. No conocer que el riesgo se transmite en origen por parte del comprador, aunque el coste del transporte vaya a cargo del vendedor. 5.4 GRUPO D – ENTREGA DIRECTA EN LA LLEGADA 5.4.1 DAT (Entrega en terminal) Delivered At Terminal (namedport): ‗entregado en terminal (puerto de destino convenido)‘. El incoterm DAT se utiliza para todos los tipos de transporte. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía es descargada en la terminal convenida. También asume los riesgos hasta ese momento. RECOMENDACIONES Se aconseja usar el DAT en todas aquellas operaciones que se realicen en países lejanos o con Inestabilidad política y/o económica, también países y con Infraestructuras deficientes. Lo normal es que el vendedor deje la mercancía en un punto de fácil acceso

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para él y que no tenga que gestionar transporte dentro del país de destino, que normalmente no dominará. El comprador conocerá mejor su territorio y conseguirá mejores costes logísticos, ya que está en su país. Si la forma de cobro es un CAD (pago contra documentos), es aconsejable utilizar el DAT, ya que dominaremos los documentos de transporte y dispondremos de pleno control sobre la mercancía. Para un vendedor el DAT es Interesante sobre todo si quiere dominar el riesgo logístico de la operación. Utilización de este Incoterm también en transporte marítimo de gráneles y carga general .Buen Incoterm de compra para reducir los costes en tránsito.

5 .4 .2 DAP (Entregada en lugar) Delivered At Place (nameddestination place) → ‗entregado en un punto (lugar de destino convenido)‘. El Incoterm DAP se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAT. Reemplaza los Incoterms DAF, DDU y DES. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio) pero no de los costes asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado. También asume los riesgos hasta ese momento. RECOMENDACIONES Se aconseja usar el DAP como sustituto del DDU desaparecido. Dentro de una misma área económica se aconseja utilizar el DAP hasta la fábrica o almacén del comprador ya que al no haber aduanas interiores el vendedor podrá cumplir con el término acordado sin que el comprador pueda impedir la entrega por no cumplir con sus obligaciones aduaneras. Vigilar si el DAP se realiza con un tercer país, ya que debemos tener en cuenta que las formalidades aduaneras van a cargo del comprador, por esto se aconseja pactar un DAP dentro de la terminal, antes del despacho aduanero. Si la forma de cobro es un CAD, es aconsejable utilizar el DAT, ya que dominaremos los documentos de transporte y dispondremos de pleno control sobre la mercancía. Para un vendedor el DAT es interesante sobre todo si quiere dominar el riesgo logístico de la operación. También podríamos utilizar un DAP en un país intermedio como sustituto del DAF de los Incoterms 2000. Buen Incoterm de compra para reducir los costes en tránsito. RIESGOS Posible duplicación de costes de manipulación en la terminal de destino, sobre todo porque el transporte ya incluya en el flete parte de estos costes de manipulación como podrían ser la desestiba y la descarga. DAP puerto (Barco) con un flete LINER.

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Ver si el flete utilizado ya incluye un seguro obligatorio, no duplicar seguros. Si realizamos un seguro que cubra todos los riesgos posibles. No es obligatorio realizar el seguro de la mercancía por parte del vendedor, ya que el riesgo es suyo hasta el punto de entrega en la terminal de destino. No se aconseja la utilización del DAP en créditos documentarios ya que se podría dar la circunstancia de que el vendedor cobrara dos veces y el comprador se quedase sin dinero y sin mercancía. 5.4.3 DDP (Entrega de derechos pagados ) El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor. El tipo de transporte es polivalente/multimodal RECOMENDACIONES Se aconseja usar el DDP en mercancía con poco valor y utilizando un transporte por courier. Se trata de prestar un servicio rápido al cliente que tiene una urgencia como por ejemplo el envío de una pieza para una máquina que el comprador tiene parada, se trata de que la pieza llegue rápido y la fábrica siga funcionando, aquí lo Importante no es el coste de la pieza sino la urgencia del envío. Se aconseja la utilización del Incoterm para la venta a particulares. No es usual utilizar esta regla Incoterms para operaciones importantes, tampoco si la forma de cobro pago es un crédito documentario. RIESGOS Dentro del precio DDP se incluyen los aranceles y los impuestos interiores. Según la legislación del país, los impuestos interiores no son deducibles por parte del comprador, importador. El vendedor debe conocer los impuestos que deberá asumir, estos pueden ser cambiables en el tiempo. También debe conocer muy bien los documentos necesarios para el despacho de aduanas de importación. Tener un fallo en este sentido, podría incrementar los costes de la operación considerablemente. No se aconseja la utilización del DDP en créditos documentarios ya que se podría dar la circunstancia de que el vendedor cobrará dos veces y el comprador se quedase sin dinero y sin mercancía.

6 ) RESPONSABILIDAD DE LA ENTREGA POR PARTE DEL VENDEDOR Para un término dado, "Sí" indica que el vendedor tiene la responsabilidad de proveer el servicio incluido en el precio; "No" indica que es responsabilidad del comprador. Si el seguro no está incluido en los términos (por ejemplo, CFR) entonces el seguro para el transporte es responsabilidad del comprador.

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En definitiva, los Incoterms son unas normas ampliamente conocidas y utilizadas por los diferentes actores que participan en las operaciones de comercio exterior (exportadores, importadores, transportistas, transitarios, agentes de aduanas, bancos y compañías de seguros, etc.) y por ello deben conocerse en profundidad, para utilizarse correctamente y con ello evitar discrepancias entre las partes.

Descar Transp ga del Pago Carg orte al camión detasas Nom a a puerto en el de bre cami de puerto exporta ón exporta de ción ción exporta ción

EXW

FCA

FAS

FOB

CFR

CIF

CPT

CIP

No















Cargos por embarq ue en el puerto de exporta ción

Cargos Transp por orte al desemba puerto rque en de el puerto importa de ción importaci ón

Carga en camion es Paso Impues Transp desde Seguro de to de orte al el s aduana importa destino puerto s ción de importa ción

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DAT

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7 ) REFERENCIA HISTORICA Las leyes propias de cada país o unión de países proporcionan cobertura jurídica dentro del territorio en el que han sido aprobadas, no pudiendo, no obstante, ser aplicables fuera de su dominio. Esta situación supone la dificultad de decidir cuál es la reglamentación aplicable en un contrato de compra-venta entre dos países con legislaciones diferentes. A comienzos del siglo XX se estableció la necesidad de solventar dicha problemática para reducir el riesgo de complicaciones legales y de ésta forma facilitar el intercambio en el comercio internacional. En el marco de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), los exportadores mundiales y el resto de los sectores comerciales aprobaron una primera normativa que posteriormente ha sido objeto de distintas revisiones: son los INCOTERMS, acrónimos de los términos ingleses INternacionalCOmercial TERMS (términos de comercio internacional). Desde su creación en 1936, los INCOTERMS han sufrido diversas actualizaciones con el objetivo de mejorar y dar mayor apoyo a los comerciantes. Se han incluido constantes modificaciones para adaptarlos a las presentes prácticas comerciales y adecuarlos al desarrollo del Comercio Internacional. Tras las revisiones publicadas en 1953, 1967, 1976, 1980 y 1990, los INCOTERMS 2000 se presentan como la última modificación de la norma.. 8) IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMS Importancia de los Incoterms en las transacciones internacionales. La globalización de los mercados internacionales ha impulsado de manera dinámica la venta de mercancías en más países y en mayores cantidades, es así como a medida que aumenta el volumen y la complejidad de las ventas, también crecen las posibilidades de malentendidos y litigios costosos cuando no se especifican de forma clara y precisa las obligaciones y riesgos de las partes. Por ello, el adecuado uso y aplicación de los Incoterms, en las transacciones internacionales propenden en gran medida por:

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Facilitar la gestión de toda operación en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados. Los Incoterms regulan cuatro grandes problemas que soporta toda transacción comercial: 1. LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA 2. TRANSFERENCIA DE RIESGOS 3. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS 4. TRÁMITES DOCUMENTALES 9 ) FINALIDAD DE LOS INCOTERMS La finalidad de los INCOTERMS es establecer un conjunto de reglas internacionales uniformes para la interpretación de los términos más utilizados en el comercio internacional, con objeto de evitar en lo posible las incertidumbres derivadas de dichos términos en países diferentes. Además delimitan con presión los siguientes términos del contrato: Reparto de gastos entre exportador e importador. Lugar de entrega de la mercancía. Documentos que el exportador debe proporcionar al importador. Transferencia de riesgos entre exportador e importador en el transporte de la mercancía. 10 ) CONCLUSION "Los INCOTERMS son el instrumento más importantes a la hora de realizar exportaciones e importaciones, ya que le permite a los comerciantes de diversos países entenderse los unos a los otros y de esta forma se facilita el comercio internacional" Br. Lenys Aguilera. "Gracias a la creación de INCOTERMS, se mejoró y reforzó las prácticas comerciales internacionales, para que de esta manera los comerciantes le fuera mas posible o factible el solucionar problemas relacionados con los contratos, mercancías, operaciones, en fin todo lo concerniente a la compraventa de mercancías; siendo un gran respaldo para las negociaciones de un país a otro"

ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES

III SEMESTRE