DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH EXP. TECNICO:” MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª 86103 CO

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CONTENIDO FICHA DE CATEGORIZACION INTRODUCCIÓN CAPITULO I: RESUMEN EJECUTIVO 1.1 Ubicación 1.2 Descripción de la Obra 1.3 Identificación y Evaluación de los Principales Impactos Ambientales en el Proceso Constructivo 1.4 Evaluación de los principales impactos ambiéntales 1.5 Medidas del plan de manejo ambiental a implementarse en obra

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CAPITULO II: NORMATIVILIDAD AMBIENTAL 2.1. Convenios Internacionales Sobre Medio Ambiente Suscritos o Ratificados por el Perú 2.2. Normas Generales 2.3. Normas Especificas 2.4. Marco Institucional CAPITULO III: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 3.1 Finalidad del Estudio 3.2 Antecedentes 3.3 Objetivo 3.4 Ubicación geográfica y política 3.5 Número y Ubicación de Beneficiarios 3.6 Topografía 3.7 Metas 3.8 Actividades Específicas por Comité de Mantenimiento de la obra 3.9 Cronograma de ejecución del plan de manejo ambiental CAPITULO IV: DESCRIPCIÓN DE LA LINEA BASE: 4.1 Componentes físicos ambientales 4.2 Componentes biológicos 4.3 Componentes socioeconómicos 4.4 Zonificación Ambiental del Área de Influencia 4.5 Canteras CAPITULO V: IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 5.1 Procedimiento 5.2 Metodología 5.3 Identificación y evaluación de Impactos

CAPITULO VI: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 6.1 Objetivos 6.2 Estrategia A. Consideraciones Ambientales 1

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Normatividad Ambiental Señalización Manejo de Campamento B. Acciones Socio Culturales Educación Ambiental

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CAPITULO VII: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

FICHA PARA LA CATEGORIZACIÓN DE UN PROYECTO

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“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH “ Distrito: Jangas

Provincia: Huaraz

Lugar : Mataquita FECHA: 2019

COSTO DIA: S/.

ORGANISMO EJECUTOR: DURACIÓN :

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210 DIAS DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

 

 

  MATRIZ DE IMPACTOS AMBIENTALES (marque los valores según calificación) COMPONENTES AMBIENTALES

  FASES DEL PROYECTO    

1. Estudios

 

2. Ejecución

 

3. Operación

 

4. Abandono

   

 

TOTALES

Aire

2

Agua

1

2

2

1

2 4

CALIFICACIÓN DE IMPACTOS:

Suelo

Fauna

2

 

Ambiente y salud humana

TOTALES

1

1

2

9

2

5

1 3

4

 

3 2

5

18

Impacto Significativo

4

 

 

Impacto Regular

2

 

 

Impacto poco significativo

1

 

 

Sin Impacto Ambiental

0

 

 

  CONFRONTACIÓN DE RESULTADOS

 

 

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Los impactos del proyecto llegan a un total de

 

El proyecto es de categoría

 

DIA ( I )

EIA Semidetallado ( II )

EIA Detallado ( III )

 

 

(Hasta 25 puntos)

(De 26 a 50 puntos)

(De 51 a 100 puntos)

 

Que requiere la presentación de:

I

 

 

puntos y en consecuencia,

 

Proponente del proyecto

 

   

 

Entidad responsable de la revisión

 

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INTRODUCCION

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La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), en obras civiles (Infraestructura Educativa), realizado la categorización respectiva, viene a ser un instrumento de gestión que define los procedimientos a seguir como actividades en la mitigación ambiental, restauración y seguimiento a las normas y pautas ambientales a fin disminuir los impactos negativos y fortalecer los impactos positivos, durante la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ ANCASH“. Como se puede apreciar el precedente, la ejecución de la obra proyectada, en sus dos etapas: Construcción y Operación, originarán impactos ambientales directos e indirectos, positivos y negativos,

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favorable o desfavorables dentro de su ámbito de influencia. Lo que obedece a una imperiosa necesidad justificada por parte de la población estudiantil, autoridades locales, ya que de ello depende directamente el bienestar de la educación e educando. Por esta razón justificada es imprescindible y necesaria la construcción de dicha obra. Por lo tanto, con el presente documento de carácter técnico se busca sustentar el proyecto con un marco de viabilidad técnica y ambiental generando sustentabilidad y sostenibilidad en la obra.

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CAPITULO I RESUMEN EJECUTIVO

1.01

UBICACIÓN

La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), corresponde a un DIA – Declaración de Impacto Ambiental, la que se encuentra ubicado en la Región Ancash, Provincia de Huaraz, distrito de Jangas, a una altitud de 2825 m.s.n.m.; lugar donde se ejecutará la obra: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH “. DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

se ubica en un terreno con una superficie en ligera pendiente, en el cual se propone la construcción de los ambientes ya que estos se encuentran en mal estado, deteriorados y cuentan con una mala instalación del sistema de agua potable ya que el agua no sube al segundo piso, ni al primer piso en épocas de abundancia ni de estiaje, este proyecto sé realizará con la finalidad de mejorar las condiciones de la Población Escolar, y de causar un impacto social positivo. La presente Evaluación de Impacto Ambiental, tiene por objetivo de estimar los efectos que tendrá en la ejecución de obra en cuanto al entorno ambiental. Que constituye un análisis y evaluación de las consecuencias y alcances sobre el medio ambiente, medidas de mitigación, control, efectos y prevención que se deben tomar antes, durante y después de la ejecución de la obra. UBICACIÓN EN EL DIAGRAMA VIAL Y PROVINCIAL El Plan de Manejo Ambiental establece diversas consideraciones ambientales: a efectuar como: Monitoreo, aplicación, seguimiento y cumplimiento a la normatividad Ambiental, Tratamiento Paisajístico, Señalización en el campamento, Manejo de Campamento, Educación Ambiental: al personal de obra, Estudiantes y a la población; Plan de Seguridad en obra y completándose con el manejo de áreas verdes. 1.2 DESCRIPCIÓN DE LA OBRA El presente proyecto consta de MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ – ANCASH. Las características de la Institución educativa son: 

TERRENO, El área total de terreno es de 2145.63 m2 con un Perímetro total es de 278.72ml. El terreno es de forma irregular el cual tiene un área de 2145.63 m2, con un perímetro total de 278.72 ml, en el terreno existen construcciones de módulos de material de adobe para poder demoler y construir los nuevos módulos planteados en este proyecto.

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CERCO PERIMÉTRICO, tendrá una cimentación de concreto simple con una profundidad de desplante de 0.80 metros, por otro lado, un muro de albañilería confinada. La altura del cerco perimétrico será de 3.30 metros. El cerco perimétrico es de 6.72 metros de longitud perimetral, son diseñadas de acuerdo a la topografía, consta con 01 ingreso hacia el complejo educativo, con puertas de tubos cuadrado de acero, pintadas con esmalte anticorrosivo. debidamente iluminadas con salidas de luz en los techos de las losas armadas diseñadas indicadas en los planos. Implementación de mobiliario escolar (módulos educativos) y mobiliario para Laboratorio y administrativos. 

Cuenta con un patio cívico y losa deportiva ubicado en medio de los pabellones que son de concreto simple de F’c=175 kg/cm2, de 10 cm de espesor con un acabado frotachado sin pulir, las dimensiones del patio cívico son de 221.00 Mts cuadrados. Con paños de 4.16x4.54, debidamente separados por juntas de contracción y dilatación. DISTRIBUCION GENERAL: DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Las metas del proyecto son:

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1 2 4

3

METAS DEL PROYECTO 1. 1° PISO 3 AULAS 2. 1° PISO BATERIA DE SS-HH 3. 1° PISO 1 LABORATORIO 4. 1° PISO 1 AUDITORIO 5. 1° PISO SALA DE PROFESORES

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6. 1° PISO SECRETARIA 7. 1° PISO DIRECCION 8. 1° PISO ARCHIVOS 9. 1° PISO COCINA 10. 1° PISO DEPOSITO 11. 1° PISO ALMACEN 12. 1° PISO CUARTO DE GAS 13. 1° PISO BOTADERO 14. 1° PISO SS.HH. DOCENTES 15. 2° PISO 2 AULAS 16. 2° PISO 1 AULA TECNICA DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

17. 2° PISO 1 BIBLIOTECA 18. 2° PISO 1 AREA DE REFORZAMIENTO 19. 2° PISO BATERIA DE SS.HH

IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PRINCIPALES IMPACTOS AMBIENTALES EN EL PROCESO CONSTRUCTIVO: Los impactos ambientales se pueden evitar o reducir al mínimo con una buena programación en la etapa de constructivo, mediante una cuidadosa atención de planeación y diseño, teniendo en cuenta que el proyecto trata de una construcción de edificación de material noble. Las alteraciones o no alteraciones estarán asociadas principalmente a la seguridad del personal obrero, transeúntes, vecinos aledaños, al uso de equipos, uso del cemento, así como también tendrá implicancia en el transporte de materiales, la habilitación de residuos sólidos, señalización, Manejo de Campamento especialmente residuos sólidos a través de depósitos recolectores, instalación de letrina de ser el caso, educación ambiental y contingencia. Se describen los principales impactos a generarse en los diferentes componentes ambientales y sus posibles alteraciones, durante la construcción, operación y mantenimiento. 1. Componente Ambiental AGUA Los efectos perjudiciales sobre la calidad del agua, se pueden asociar a la erosión y la sedimentación de los cuerpos a las aguas cercanos en la ejecución del proyecto, produciendo impactos positivos o negativos, como la contaminación y degradación de la calidad del agua.  Las aguas provenientes de la construcción deberán ser eliminadas a los alrededores de la obra, que por efectos de evaporación o filtración en el subsuelo se evitarían contaminaciones mayores de agua y suelo, aire.  Los impactos adversos sobre la calidad del agua se pueden asociar con el mal manejo en el campamento o en las áreas de abastecimiento para el traslado de materiales no metálicos.

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2. Componente Ambiental SUELO Muchos impactos adversos ocurren cuándo se realiza el movimiento de tierra, estas alteraciones modifican negativamente el suelo, sumado al retiro de la cobertura vegetal que produce una erosión hídrica, sobre todo si es en época de lluvias.

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 Durante la etapa de construcción de la edificación de “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ ANCASH “se producirán derrames de agua de cemento, residuos de concreto, hierros, alambres, clavos, trozos de ladrillos rojos, en forma accidental contaminado el medio ambiente.  Asimismo, el área de la construcción estará sujeta a derrames de aceites, grasas, combustibles, debido al empleo de maquinarias que usan de estos aditamentos.  Es posible que por la pendiente del terreno los residuos de mezcla de concreto se expandan por gravedad, formando costras de cemento en las áreas de construcción.  Estas situaciones van a producir contaminación del suelo superficial. Si existen lluvias el peligro es mucho mayor por la expansión, afectando mayores áreas.

3. Componente Ambiental AIRE Este componente ambiental podría verse afectado por las emisiones de material particulado, gases, durante el proceso de construcción como en la fase de operatividad:  Calidad del aire En la etapa de construcción los cambios de calidad del aire se deberán principalmente al uso del cemento, empleos de pinturas, uso de maquinarias pesadas, empleo de agentes tóxicos volátiles, transporte de materiales, movimiento de tierras, demoliciones de material rustico, producción de monóxidos provenientes de la combustión de hidrocarburos, emisión de partículas de polvo y plomo. Estas si causan impacto ambiental negativo para lo cual se tendrá que realizar medidas de mitigación.  Ruido La calidad del aire podría verse afectado por el incremento de los niveles de ruido que será ocasionado durante el desarrollo de la ejecución de la obra. En este tipo de construcciones obligatoriamente producen emisiones de ruidos como consecuencia de las demoliciones, excavaciones, encofrados, transporte de piedras, tablas, vigas y sus respectivas descargas, así mismo el empleo ineludible de mezcladoras, volquetes, perforadoras, equipos de compactación, procesos de carga y descarga va a afectar necesariamente a los vecinos en fase de construcción del edificio.

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4. Componente Ambiental: FLORA Y FAUNA Toda construcción siempre realiza la apertura, desbroce y retiro de la vegetación para utilizar el terreno y las labores de acondicionamiento del suelo, que están relacionados a la fase de construcción, dando como resultado las perturbaciones de las poblaciones internas de la flora y fauna del lugar, afectando a este componente la construcción de la I.E. Nª86103 5. Componente Ambiental: PAISAJE Toda construcción produce alteración al paisaje por más pequeña que sea, puede tener un impacto positivo o negativo, favorable o desfavorable de acuerdo a su ubicación y lugar donde se construya.



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6. Componente Ambiental: SALUD Y ENFERMEDADES La construcción de obras civiles como de infraestructura genera un incremento poblacional de mano de obra calificada o no calificada que permiten un riesgo de accidentes con el personal de la obra, manifestándose como un impacto negativo. Como en cualquier construcción no se descarta la presencia de enfermedades y posibilidad de accidente entre la masa laboral, productos de las caídas a las zanjas, de los niveles superiores al primer piso, golpes, heridas, por el uso de herramientas, infecciones por el óxido de los alambres, clavos, enfermedades bronco pulmonares en personas que no son de la región, de igual forma las personas que transitan por el sector de la obra o los vecinos residentes en el área de la construcción pueden verse afectados en su salud o integridad física.

7. Componente Ambiental: POBLACIÓN

1.3



La demanda de trabajo tiene también como resultado la alteración de las costumbres existentes en la zona por la presencia de gente foránea originando un impacto negativo y modificando el incremento poblacional, la demanda de servicios como: alojamiento y alimentación.



En el periodo de construcción de la I.E. Nª86103, se van generar diversos empleos directos e indirectos para la comunidad de Mataquita, así como la participación directa de obreros, generará mayor presencia de personal foráneo, así como de los Ingenieros, operarios, oficiales.



Una vez construida la infraestructura se ampliará los servicios educativos a los estudiantes de diferentes zonas, la cual aumentará la población estudiantil.

EVALUACIONES AMBIENTALES DE IMPACTOS PRINCIPALES 

Impactos severos más significativos de las actividades de la obra civil: 1. Movimiento masivo de tierras. 2. Manejo de Obra, contaminación al suelo por mal manejo de residuos sólidos humanos.

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 Impactos ligeramente severos de las actividades de la obra civil: 1. Extracción y acarreo de materiales de cantera, incremento de sólidos en suspensión en el área de la explotación de cantera 2. Manejo de residuos (área de mezcla de concreto), contaminación al suelo, aire, agua, flora. 

        

Normatividad Ambiental Tratamiento Paisajístico Señalización Manejo de Campamento Educación ambiental Plan de Seguridad Manejo de Áreas Verdes Programa de Circulación - Operatividad de la I.E. Programa de Participación Ciudadana

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1.4

Operación de la Obra para la sostenibilidad de la obra realizar el mantenimiento y recalce permanente de las plantaciones y revegetación implementada, esto para evitar erosión laminar por acción pluvial. MEDIDAS DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL A IMPLEMENTARSE EN LA OBRA.

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CAPITULO II NORMATIVIDAD LEGAL – AMBIENTAL La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en el Proyecto de “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH “, se ha desarrollado teniendo como Marco Jurídico, las normas legales de conservación y protección ambiental vigentes en el Estado Peruano, el cual tiene como fin, el ordenamiento de las actividades económicas dentro del marco de la conservación ambiental, promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y no DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

renovables existentes en el ámbito del proyecto. En consecuencia, en el presente capítulo se hace una breve referencia, análisis y comentarios a las principales normas ambientales relacionadas a las actividades constructivas y de operación, a continuación, listamos las principales normas nacionales, para luego establecer su respectiva explicación: 2.1.

CONVENIOS INTERNACIONALES SOBRE MEDIO AMBIENTE SUSCRITOS O RATIFICADOS POR EL PERU  Convención para el Comercio Internacional de Especies amenazadas de fauna y Flora Silvestre (CITES) (1975).  Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono (1989).  Protocolo de Montreal sobre sustancias que agotan la capa de Ozono y su enmienda de Londres (1993).  Convenio de la ONU sobre la diversidad Biológica – Río de Janeiro (1993).  Convenio Marco de la ONU sobre Cambio Climático (1994).

2.2. NORMAS GENERALES 2.2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1993).  Señala entre los derechos esenciales de la persona humana, el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. En su Art. 2, inciso 22 indica que: “Toda persona tiene derecho a: la paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado de desarrollo de su vida”. 

En el Título III del Régimen Económico, Capítulo II Del Ambiente y los Recursos Naturales, indica que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la Nación. Promueve el uso sostenible de los recursos naturales. Especifica que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. 1 2

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Por consiguiente, el desarrollo del proyecto tiene que respetar la vida, la tranquilidad de las personas, la existencia de recursos naturales y en general del medio ambiente, tal como se señala en esta norma suprema. 1. Art. 67º.- El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de los recursos naturales. 2.

Art. 68º.- El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.

3.

Art. 123º.- Todos tienen el derecho de habitar un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del paisaje y la

2.2.2

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naturaleza. Es obligación del Estado prevenir y controlar la contaminación ambiental.

LEY GENERAL DEL AMBIENTE - LEY Nº 28611, 13-10-2005. Esta Ley constituye la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país. El Artículo 24º, señala que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental–SEIA, cuyos componentes son desarrollados en la Ley respectiva, descrita posteriormente. Las actividades desarrolladas en las diferentes etapas de ejecución del Proyecto: de “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH “, producirán diversos impactos ambientales, tanto positivos como negativos, que serán analizados en el presente estudio, en cumplimiento al proceso de evaluación del impacto ambiental establecido por el SEIA. En el Artículo 49°, se establece que las entidades públicas promueven mecanismos de participación de las personas naturales y jurídicas en la gestión ambiental estableciendo, en particular, mecanismos de participación ciudadana en el proceso de evaluación y ejecución de proyectos de inversión pública y privada. El Artículo 51° indica los criterios a seguir en todo proceso de participación ciudadana, los cuales serán tomados en consideración para la 1 3

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elaboración del Programa de Participación Ciudadana del Proyecto, a fin de establecer relaciones armónicas entre las actividades programadas para la ejecución del Proyecto y el entorno social del mismo. De acuerdo con el Artículo 67°, las autoridades públicas de nivel nacional, sectorial, regional y local deben priorizar medidas de saneamiento básico que incluyan la construcción y administración de infraestructura apropiada; la gestión y manejo adecuado del agua potable, las aguas pluviales, las aguas subterráneas, el sistema de alcantarillado público, el re uso de aguas servidas, la disposición de excretas y los residuos sólidos, en las zonas urbanas y rurales. Asimismo, en el Artículo 68º, se indica que, en los instrumentos de planificación y DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

acondicionamiento territorial de las municipalidades, debe considerarse necesariamente la identificación de las áreas para la localización de la infraestructura de saneamiento básico. En este sentido, se hace evidente la importancia del desarrollo del Proyecto, que permitirá el de “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH “ debiendo efectuarse las coordinaciones correspondientes entre las diferentes instituciones públicas competentes y las entidades ejecutoras del Proyecto, a fin de asegurar el cumplimiento de la legislación vigente y de los objetivos sectoriales y municipales relacionados al mejoramiento de los servicios de saneamiento ambiental. Los Artículos 74° y 75º, establecen la responsabilidad de todo titular de operaciones por las emisiones, efluentes, descargas y demás impactos negativos que se generen sobre el ambiente, la salud y los recursos naturales, como consecuencia de sus actividades. Asimismo, los estudios para proyectos de inversión a cargo de entidades públicas o privadas, deben considerar los costos necesarios para preservar el ambiente de la localidad en donde se ejecutará el proyecto y de aquellas que pudieran ser afectadas por éste. El Plan de Manejo Ambiental desarrollado en el presente Estudio de Impacto Ambiental, presenta un conjunto de medidas y consideraciones para prevenir, mitigar y/o corregir los posibles impactos socio-ambientales que el Proyecto puede generar durante sus diferentes etapas. Como se puede observar, esta Ley explica el marco general sobre la que descansa toda la política ambiental nacional y que tiene implicancias ambientales sobre las diversas actividades que se desarrollan en el ámbito nacional, que permitirá el, de “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH “, materia de este estudio.

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2.2.3

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL - LEY Nº 27446, 23-04-2001.

2.2.3.1

Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental Con la promulgación de la presente ley se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto ambiental (SEIA), Sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas en el proyecto de inversión. Artículo 4º: Categorización de proyectos de acuerdo al riesgo ambiental: DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

a) Categoría I – “Declaración de Impacto Ambiental”- Incluye aquellos proyectos cuya ejecución no origina impactos ambientales negativos de carácter significativo (como es el caso del presente proyecto) b) Categoría II – “Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado”- Incluye los proyectos cuya ejecución puede originar impactos ambientales moderados y cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medidas fácilmente aplicables. c) Categoría III – “Estudio de Impacto Ambiental Detallado”- Incluye aquellos proyectos cuyas características, envergadura y/o localización, pueden producir impactos ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un análisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manej d) o ambiental correspondiente. 2.2.3.2 Reglamento de la Ley 27446 – DS Nº 019-2009-MINAM del 25/09/2009 Art. 36: Clasificación de los Proyectos de inversión: Los proyectos Públicos o privados que estén sujetos al SEIA, deben ser clasificados por las autoridades competentes, de acuerdo a lo señalado en el Art. 8 de la Ley, en una de las siguientes Categorías: Categoría I: Declaración de impacto Ambiental (DIA), Estudio Ambiental mediante el cual se evalúan los proyectos de inversión respecto de los cuales se prevé la generación de impactos ambientales negativos leves. Categoría II: Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado (EIA-Sd): Estudio Ambiental mediante el cual se evalúan los proyectos de inversión respecto de los cuales se prevé la generación de impactos ambientales negativos moderados. Categoría III: Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d): Estudio Ambiental mediante el cual se evalúan los proyectos de inversión respecto de los cuales se prevé la generación de impactos ambientales negativos significativos.

2.2.4

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Ley N° 29325 fue establecido el 04-03-2009, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el cual señala en el Título I: Disposiciones Generales, Art. 1º.- La 1 5

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presente Ley tiene por objetivo crear el sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA como ente rector. En cuanto al Art. 2º.- Ámbito de aplicación. El sistema rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del gobierno Nacional, Regional y Local, que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

A su vez el Art. 3º.- De la finalidad. El Sistema tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realizan de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente, de acurdo en lo dispuesto en la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, e la política Nacional de Ambiente y demás Normas, políticas, planes, estrategias, programas y acciones destinados a coadyuvar a la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales, al desarrollo de las actividades productivas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que contribuyan a una efectiva Gestión y Protección de Ambiente. 2.2.5

LEY ORGÁNICA DE APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES Ley Nº 26821, del 26-06-97. En su Artículo 2º señala que esta Ley tiene por objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para el fomento de la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana. 2.2.6 DECRETO LEGISLATIVO 1090, LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE Decreto Legislativo 1090, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, promulgada el 16 de Julio del 2000, indica que el Estado promueve el manejo de los recursos forestales y de fauna silvestre en el territorio nacional, determinando su régimen de uso racional mediante la transformación y comercialización de los recursos que se deriven de ellos; norma la conservación de los recursos forestales y de la fauna silvestre, y establece el régimen de uso, transformación y comercialización de los productos que se deriven de ellos.



2.2.7

Modificatoria del Decreto Legislativo 1090 A su vez esta ley fue modificada el 13-01-2009, con Ley 29317; Ley que modifica e incorpora diversos artículos al Decreto Legislativo 1090, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; Señala en el Artículo 1º, modificación de los artículos 1º, 4º, 6º, 8º, 18º, 25º, 37º y 41º, del Decreto Legislativo Nº 1090, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

LEY DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS (LEY Nº 26834) En el artículo 25 se señala que las Zonas de Amortiguamiento son aquellas adyacentes a las Áreas Naturales Protegidas, que por su naturaleza y ubicación requieren de un tratamiento especial para garantizar la Conservación del Área Natural Protegida. El Plan Maestro de cada área definirá la extensión que corresponda a su Zona de Amortiguamiento y las actividades que se realicen en las mismas no deben poner en riesgo el cumplimiento de los fines del Área Natural Protegida.

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LEY DE RECURSO HÍDRICO Ley N° 20339 Ley de Recurso Hídrico, fue creada el 23 de marzo del 2009, en cuyo Título Preliminar, Artículo I, la presente Ley regula el uso y gestión de los recursos hídricos. Comprende el agua superficial, subterránea continental y los bienes asociados a este. A su vez en el Título I, artículo I, el agua: es un recurso natural, renovable indispensable para la vida, vulnerable y estratégico para el desarrollo sostenible, el mantenimiento de los sistemas y ciclos naturales que la sustentan, y la seguridad de la nación.



2.2.9

Autoridad Nacional del Agua (ANA) Mediante decreto Legislativo Nº 997 se crea la Autoridad Nacional del Agua, como organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos y Que mediante Decreto Legislativo Nº 1081 se crea el sistema Nacional de Recursos Hídricos, estableciéndose como ente rector a la Autoridad Nacional del Agua.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

2.2.8

LEY DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PARA OBRAS Y ACTIVIDADES Ley Nº 26786, del 13-05-1997. Establece que los Ministerios deberán comunicar al CONAM; ahora MINAM las regulaciones al respecto. Esta Ley no modifica las atribuciones sectoriales en cuanto a las autoridades ambientales competentes. Las actividades a realizarse no requerirán una coordinación directa con el MINAN. La Autoridad Competente Ambiental hará de conocimiento respectivo al MINAN, si el caso lo requiriese.

2.2.10 REGLAMENTO DE ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL DE AIRE DECRETO SUPREMO Nº 074-2001-PCM, 22-06-2001. Los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, constituyen un instrumento de gestión ambiental prioritario para prevenir y planificar el control de la contaminación del aire sobre la base de una estrategia destinada a proteger la salud, mejorar la competitividad del país y promover el desarrollo sostenible. Este Reglamento establece valores correspondientes para los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Aire y los valores de tránsito referentes a las concentraciones de dióxido de azufre, PM monóxido de carbono, dióxido de nitrógeno, ozono, plomo y sulfuro de hidrógeno. Estos valores consideran los niveles de concentración máxima de contaminantes del aire, que es recomendable no exceder para evitar riesgo a la salud humana. En este sentido, los niveles de emisión de gases y partículas, principalmente durante la etapa de construcción del Proyecto, deben ser controlados a fin de asegurar que los niveles de inmisión no excedan los valores señalados en el Reglamento y no constituyan un riesgo para la salud de los trabajadores y de la población local. En el Programa de Medidas de Prevención, Mitigación y/o Corrección del Plan de Manejo Ambiental se proponen las medidas correspondientes para el control de las fuentes de emisión de gases y partículas que comprenden las actividades constructivas.

Contaminantes Dióxido de azufre

CUADRO Nº 01 ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL DEL AIRE Forma del Estándar Periodo Método De Análisis (1) Valor Formato Anual 80 Media aritmética anual Fluorescencia UV (método automático) 24 horas 365 NE más de 1 vez al año 1 7

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PM-10 Monóxido de carbono

Forma del Estándar

Periodo Anual

50

Media aritmética anual

24 horas

150

NE más de 3 veces al año

8 horas

10,000

Promedio móvil

1 hora

30,000

NE más de 1 vez al año

Infrarrojo no dispersivo (NDIR) (método automático)

Anual

100

Promedio aritmético anual

Quimioluminiscencia

1 hora

200

NE más de 24 veces al año

8 horas

120

NE más de 24 veces al año

Dióxido de nitrógeno

Ozono

Anual (2)

(método automático) Fotometría UV (método automático) Método para PM10

Plomo Mensual

Método De Análisis (1) Separación inercial / filtración (Gravimetría)

1.5

NE más de 4 veces al año

Sulfuro de hidrógeno 24 horas (2)

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Contaminantes

(espectrofotometría de absorción atómica) Fluorescencia UV (método automático)

(1) O método equivalente aprobado (2) A determinarse según lo establecido en el artículo 5º del presente reglamento 2.2.11 REGLAMENTO DE ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDO - DECRETO SUPREMO Nº 085-2003-PCM, 24-10-2003. La presente norma establece los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. Los Estándares Primarios de Calidad Ambiental (ECA) para ruido establecen los niveles máximos de ruido en el ambiente que no deben excederse para proteger la salud humana. Dichos ECA´s consideran como parámetro el nivel de presión sonora continuo equivalente con ponderación A (LAeqT) y toman en cuenta las zonas de aplicación y horarios que se establecen en el siguiente cuadro: CUADRO Nº 02 ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDO Valores expresados en (LAeqT) Horario Diurno

Horario Nocturno

(De 7:01 a 22:00 hrs.)

(De 22:01 a 7:00 hrs.)

Zona de protección especial

50

40

Zona residencial

60

50

Zona comercial

70

60

Zona industrial

80

70

Zonas de Aplicación

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En el Art. 22, se establece que los Ministerios son los responsables de emitir las normas que regulen la generación de ruidos de las actividades que se encuentren bajo su competencia. En la actualidad, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se encuentra en el proceso de elaboración de los Límites Máximos Permisibles para Emisores de Ruidos de las Actividades de Construcción y Edificación. Durante las actividades del Proyecto, principalmente en la etapa de construcción, se producirán ruidos que podrían afectar la tranquilidad y salud de la población local, así como también a los trabajadores de obra. La emisión de estos ruidos no debe ocasionar que los niveles de inmisión en la zona de influencia sobrepasen los valores establecidos en la presente norma, para lo cual, se han propuesto las medidas correspondientes en el Plan de Manejo Ambiental. Ordenanza para la supresión y limitación de los ruidos nocivos y molestos - ordenanza Nº 015-86-MML, 12-07-1986 Establece la normatividad relativa a las definiciones, prohibiciones, sanciones, control y excepciones sobre ruidos nocivos y molestos, estableciendo los límites máximos permisibles referente a actividades, delimitando su ámbito de aplicación a la Provincia de Lima.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL



En tal sentido, antes del inicio de las obras, la empresa contratista deberá chequear el correcto funcionamiento de su maquinaria, de manera tal que no produzca ruidos molestos por encima de los niveles permitidos por la normatividad vigente. Para el control de ruidos nocivos y molestos, el Contratista deberá tomar las medidas necesarias que impidan o atenúen su generación. Dichas medidas serán apropiadas para los niveles normales de sonido ambiental en el área durante las horas de trabajo. La norma define como ruidos nocivos a los producidos en la vía pública, viviendas, establecimientos industriales y/o comerciales, y en general, en cualquier lugar público o privado que excedan los siguientes niveles: En Zonificación Residencial: 80 decibeles En Zonificación Comercial: 85 decibeles En Zonificación Industrial: 90 decibeles Asimismo, define como ruidos molestos los producidos en la vía pública, viviendas, establecimientos industriales y/o comerciales y en general en cualquier lugar público o privado no deben exceder los siguientes niveles, sin alcanzar los mencionados como ruidos molestos: Según el Artículo 10 de esta Ordenanza, se establece que en zonas circundantes hasta de 100 metros de la ubicación de centros hospitalarios, de cualquier naturaleza y cualquiera que fuera la zonificación, la producción de ruidos no podrá exceder de 50 decibeles de 07:01 a 22:00 horas y de 40 decibeles de 22:01 a 07:00 horas. La producción de ruidos que exceda a 70 decibeles en esas zonas, se considera nociva.

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En Zonificación Residencial

60 decibeles

50 decibeles

En Zonificación Comercial

70 decibeles

60 decibeles

En Zonificación Industrial

80 decibeles

70 decibeles DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

CUADRO Nº 03 ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDO Nivel de ruido Nivel de ruido En Zonificación De 07:01 a 22:00 De 22:01 a 07:00

En los casos en que las actividades de la obra generen ruidos nocivos o molestos que puedan afectar la salud y/o tranquilidad de los vecinos y trabajadores, el Contratista deberá cumplir las medidas recomendadas en el Plan de Manejo Ambiental del presente Estudio para evitar el ruido innecesario que podría interferir con las actividades del vecindario ni molestar su tranquilidad. 2.2.12

LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Esta ley norma la organización, autonomía, competencia, funciones y recursos de las Municipalidades que son los Órganos del Gobierno Local, los cuales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de sus jurisdicciones. En materia ambiental, las Municipalidades tienen las siguientes funciones: a. Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia local, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y de carácter nacional. b. Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles. c. Participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales en el cumplimiento de sus funciones. d. Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos, de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental. Así también, se exponen aspectos relacionados con los servicios públicos locales, que incluye el saneamiento ambiental, salubridad y salud, asignándoles funciones específicas y exclusivas, tanto a las municipalidades provinciales como distritales. 

Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano - Decreto Supremo N° 027-2003-VIVIENDA, 06-10-2003 Esta norma constituye el marco normativo nacional para los procedimientos que deben seguir las municipalidades, en el ejercicio de sus competencias, en materia de planeamiento y gestión de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, a fin de 2 0

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garantizar la ocupación racional y sostenible del territorio y la armonía entre el derecho de propiedad y el interés social, entre otros aspectos. Establece en su Artículo 4º, que la Municipalidad Provincial, a través de la aprobación del Plan de Acondicionamiento Territorial, debe establecer, entre otros aspectos, la localización de infraestructura de transportes, comunicaciones, energía y saneamiento, lo cual está estrictamente vinculado al Proyecto. Asimismo, el Art. 8º señala que los requerimientos de saneamiento ambiental y de infraestructura de servicios básicos, deben ser establecidos en el Plan de Desarrollo Urbano.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Ley N° 27972, del 06-05-2003. En esta Ley se establece que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Conforme lo establece el Art. IV del Título Preliminar de esta Ley, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. 2.2.13 







LEY GENERAL DE RESIDUOS SÓLIDOS La Ley Nº 27314 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-MINSA, establece derechos y obligaciones de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y bienestar de la persona humana. En el Artículo 31º, se señala que el manejo de residuos sólidos es parte integrante de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y menciona que estos instrumentos deben ser formulados tomando en consideración la prevención y control de riesgos sanitarios y ambientales, así como la adopción de criterios y características de las operaciones o procesos de manejo de los residuos generados. En el ítem 6.8 del presente EIA, se ha elaborado el Programa de Manejo de Residuos, tanto en la etapa de construcción, como en la etapa de operación, el cual debe ser estrictamente cumplido por el contratista de Obra, según corresponda. El Artículo 7º del Reglamento, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene a su cargo la regulación de la gestión y manejo de los residuos sólidos generados por la actividad de la construcción y por los servicios de saneamiento. El Artículo 10º, menciona la obligación de todo generador a acondicionar y almacenar de forma segura, sanitaria y ambientalmente adecuada los residuos, previo a su entrega la EPS-RS o a la EC-RS o municipalidad, para continuar su manejo hasta su disposición final. En este sentido, el Contratista de obra debe establecer y acondicionar lugares adecuados para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos generados en las diferentes actividades de construcción, que incluyen el material excedente de obra, como los residuos generados por los trabajadores, entre otros.

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Asimismo, según el Artículo 18º, se señala que está prohibido el abandono, vertido o disposición de residuos en lugares no autorizados por la autoridad competente o aquellos establecidos por ley. Los lugares de disposición final inapropiada de residuos sólidos, identificados como botaderos, deberán ser clausurados por la Municipalidad Provincial, en coordinación con la Autoridad de Salud de la jurisdicción y la municipalidad distrital respectiva. El material excedente de obra y, en general, todos los residuos generados durante la ejecución del proyecto, deberán ser trasladados hacia lugares autorizados para tal fin, autorizados por el Ministerio de Salud y por las Municipalidades correspondientes.

2.2.14

LEY GENERAL DE AMPARO AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN I) LEY N° 24047 DEL 3/1/85 Esta Ley establece que el Patrimonio Cultural de la Nación está bajo el amparo del Estado y de la Comunidad Nacional cuyos miembros están en la obligación de cooperar a su conservación. Dicho patrimonio está constituido por los bienes culturales que son testimonio de creación humana, material o inmaterial, expresamente declarados como tales por su importancia artística, científica, histórica o técnica. En el Art. 6° se encarga al Instituto Nacional de Cultura (INC) la protección y declaración del Patrimonio Cultural arqueológico, artístico, histórico y así como también las manifestaciones culturales orales y tradicionales del país y el Art. 11°, dispone que las Municipalidades Provinciales, para los fines de conservación de los monumentos arqueológicos e históricos de su circunscripción, se atengan a las normas que dicte el Instituto Nacional de Cultura. Esta obligación se extiende a los órganos regionales respectivos, a medida que son creados por Ley. ll)

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DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Ley General de Salud - Ley Nº 26842, 15-07-1997. Según esta Ley, la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo (Art. 1º del Título Preliminar). La norma de salud es de orden público, así como la protección del ambiente para la salud. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla (Art. 2º). El Art. 102º señala que las condiciones higiénicas y sanitarias de todo centro de trabajo deben ser uniformes y acordes con la naturaleza de la actividad que se realiza, sin distinción de rango o categoría, edad o sexo. En el Artículo 103º, se señala, que toda persona natural o jurídica está impedida de efectuar descargas de desechos o descargas contaminantes en el agua, el aire o el suelo, sin haber adoptado las precauciones de depuración en la forma que señalan las normas sanitarias y de protección del ambiente. Así también, el Artículo 107º, indica que el abastecimiento de agua, alcantarillado, disposición de excretas, reuso de aguas servidas y disposición de residuos sólidos quedan sujetos a las disposiciones que dicta la Autoridad de Salud competente, la que vigilará su cumplimiento.

2.2.15

CÓDIGO PENAL. Título XIII Delitos Contra la ecología en su capítulo Único, dice:

Artículo 304.- El que infringiendo las Normas sobre protección del Medio Ambiente la contamine vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por 2 2

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encima de los límites establecidos y que causan o puedan causar perjuicio o alteraciones en la flora, fauna y a recursos hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno, ni mayor de tres años o con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días – multa. Si el agente actúa por culpa, La pena será privativa de libertad no mayor de una año o prestación de servicios comunitario de diez o treinta jornadas.

Artículo 305.- La pena será privatiza de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días – multa cuando: Los actos previstos en el artículo 304 ocasionan peligro para la salud de las personas o para sus bienes DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

El perjuicio o alteración ocasionados adquieren un carácter catastrófico. Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos naturales que constituyen la base de la actividad económica. Si como efecto de la actividad contaminante, se producen lesiones graves o muerte, la pena será: Privativa de la libertad no menor de tres, ni mayor de seis años y de trescientos sesenta y cinco y setecientos días-multa, en caso de lesiones graves. Privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y de setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días multa, en caso de muerte. Artículo 306.- El funcionario público que otorga licencia de funcionamiento para cualquier actividad industrial o el que, a sabiendas, informa favorablemente para su otorgamiento sin observar las exigencias de las leyes y reglamentos sobre protección del medio ambiente, será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años conforme al Artículo 306, incisos 1, 2 y 4. -

Artículo 307.- El que deposita, comercializa o vierte desechos industriales o domésticos en lugares no autorizados o sin cumplir con las normas sanitarias y de protección del medio ambiente, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años. Cuando el agente es funcionario o servidor público, la pena será no menor de uno ni mayor de tres años, e inhabilitación de uno o dos años conforme al Artículo 36 incisos 1, 2 y 4. Si el agente actuó por culpa, la pena será privatiza de libertad no mayor de un año. Cuando el agente contraviene leyes, reglamentos o disposiciones establecidas y utiliza los derechos sólidos para la alimentación de animales destinados al consumo humano, la pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años y de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa.

Artículo 313.- El que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente, alterna el ambiente natural o el paisaje urbano o modifica la flora o fauna mediante la construcción de obras o tala de árboles que dañan la armonía de sus elementos, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta o noventa días-multa.

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Artículo 314.- El Juez Penal ordenará, como medida cautelar la suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del establecimiento de que se trate de conformidad con el artículo 105, inciso 1, sin prejuicio de lo que pueda ordenar la autoridad en materia ambiental. 2.3. 2.3.1.

NORMAS ESPECÍFICAS Ley Nº 28221, del 11-05-2004. Otorga Facultad a las Municipalidades sobre los materiales que acarrean y depositan las aguas en sus álveos o cauces. Esta Ley deja sin efecto al D.S. Nº 013-97-AG, Reglamento de la Ley Nº 26737, que regulaba la explotación de materiales que acarrean y depositan las aguas en sus álveos o cauces, y complementa lo dispuesto en el Numeral 9 del Art. 69º de la Ley Orgánica de municipalidades, Ley N° 27972, del 06-05-2003.

2.3.2.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

La Ley Nº 28221 establece en su Art. 1º que las Municipalidades Distritales y Provinciales en su jurisdicción, son competentes para autorizar la extracción de materiales que acarrean y depositan las aguas en los álveos o cauces de los ríos y para el cobro de los derechos que correspondan, en aplicación de lo establecido en el inciso 9 del artículo 69º de la Ley 27972. D.S. Nº 037-96-EM, del 25-11-1996, “Aprovechamiento de canteras de materiales de construcción”. Los artículos 1° y 2° establecen, que las canteras de materiales de construcción utilizadas exclusivamente para la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras de infraestructura que desarrollan las entidades del Estado directamente o por contrata, ubicadas dentro de un radio de veinte kilómetros de la obra o dentro de una distancia de hasta seis kilómetros medidos a cada lado del eje longitudinal de las obras, se afectarán a éstas durante su ejecución y formarán parte integrante de dicha infraestructura. Igualmente, las Entidades del Estado que estén sujetos a lo mencionado anteriormente, previa calificación de la obra hecha por el MTC, informarán al registro público de Minería el inicio de la ejecución de las obras y la ubicación de éstas. Uso de Canteras en Proyectos Especiales D.S. N° 016-98-AG. Establece que las obras viales que ejecuta el MTC a través de proyectos especiales no están sujetas al pago de extracción. 2.3.3. RNE: REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES: NORMA G.010: CONSIDERACIONES BÁSICAS Art. 5: Para garantizar la seguridad de las personas, la calidad de vida y la protección del Medio Ambiente, la habilitaciones urbanas y edificaciones deberán proyectarse y construirse, satisfaciendo las siguientes condiciones: Seguridad. Funcionalidad. Habitabilidad: Salubridad e higiene: De manera que aseguren la salud, integridad y confort de las personas Protección Térmica y sonora: De manera que la temperatura interior y el ruido que se perciba en ellas, no atente contra el confort y la salud de las personas permitiéndoles realizar satisfactoriamente sus actividades. Adecuación al entorno y protección del Medio Ambiente: Adecuación al entorno: De manera que se integre a las características de la zona de manera 2 4

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armónica. Protección del Medio Ambiente: De manera que la localización y el funcionamiento de las edificaciones no degraden el Medio Ambiente.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

NORMA G.020: PRINCIPIOS GENERALES Art. 1: Para cumplir con su objetivo el presente Reglamento Nacional de Edificaciones se basa en los siguientes principios generales: De la Seguridad de las personas: Brindar a las personas involucradas en el proceso de ejecución de las edificaciones, condiciones de seguridad suficientes para garantizar su seguridad física. De la calidad de vida: Lograr un habita urbano sostenible, capaz de otorgar a los habitantes de la ciudad espacios que reúnan condiciones que les permitan desarrollarse integralmente tanto en el plano físico como espiritual. Garantizar la ocupación eficiente y sostenible del territorio con el fin de mejorar su valor en beneficio de la comunidad. Proponer el empleo de tecnologías capaces de aportar soluciones que incrementen el bienestar de las personas. Reconocer el fenómeno de la Globalización como vehículo de conocimiento en la búsqueda de respuestas a los problemas de las ciudades. De la seguridad jurídica: Promueve y respeta el principio de legalidad y la jerarquía de las normas, con arreglo a la Constitución y el Derecho. Las autoridades que intervienen en los procedimientos de habilitación urbana y de edificaciones, lo harán sin discriminación entre los administrados, otorgándoles trato igualitario y resolviendo conforme al ordenamiento Jurídico. De la subordinación del interés personal al interés general: La ejecución de las Habilitaciones Urbanas y la Edificaciones deben considera el interés general sobre el interés personal a fin de lograr un desarrollo urbano armónico, que respete los derechos adquiridos de las personas. Del Diseño Universal: Promueve que las Habilitaciones Urbanas y Edificaciones sean aptas para el mayor número posible de personas, sin necesidad de adaptaciones ni de un diseño especializado, generando así ambientes utilizables equitativamente, en forma segura y autónoma. NORMA G.040: DEFINICIONES Estudio de Evacuación: Evaluación del sistema de evacuación de una edificación en situación de ocupación máxima, que garantice la salida de las personas en un tiempo determinado, en casos de emergencia. Estudio de Impacto Ambiental: Evaluación de la manera como una edificación influirá en el entorno, durante su etapa de funcionamiento. Estudio de Impacto Vial: Evaluación de la manera como una edificación influirá en el sistema vial adyacente, durante su etapa de funcionamiento. Estudio de Riesgos: Evaluación de los peligros reales o potenciales de un terreno para ejecutar una habilitación urbana o edificación. Estudio de Seguridad: Evaluación de las condiciones de seguridad necesarias para garantizar el uso de una edificación de manera razonablemente segura para sus ocupantes. NORMA G.050: SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN Esta norma se aplica en toda su extensión en el presente proyecto, transcribiéndose algunos aspectos: 2 5

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Art. 1 Objeto: La presente norma específica las consideraciones mínimas indispensables de seguridad a tener en cuenta en las actividades de construcción civil. Asimismo, en los trabajos de montaje y desmontaje, incluido cualquier proceso de demolición, refacción o remodelación. Art. 2 Campo de aplicación: La presente norma se aplica a todas las actividades de construcción, es decir, a los trabajos de edificación, obras de uso público, trabajo de montaje y desmontaje, y cualquier proceso de operación o transporte en las obras, desde su preparación hasta la conclusión del proyecto; en general a toda actividad definida en el Gran Grupo 2, Gran Grupo 3, Gran Grupo 7, Gran Grupo 8 y Gran Grupo 9 Señalada en la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones CIUO-1998. La presente Norma se aplica a todo el ámbito de la Construcción, en concordancia con la R. S. Nº 021-83 TR del 23 de marzo de 1983. DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Art. 5: Requisitos del lugar de trabajo: 5.1 Consideraciones Generales: El lugar de trabajo debe reunir las consideraciones para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores. Se mantendrá en buen estado y convenientemente señalizado las vías de acceso a todos los lugares de trabajo. El empleador programara, delimitara desde el punto de vista de la seguridad y la salud del trabajador, la zonificación del lugar de trabajo en la que se considera las siguientes áreas:  Área administrativa.  Áreas de servicios: SS-HH, Comedor, vestuario.  Área de operaciones de obra.  Área de preparación y habilitación de materiales y elementos prefabricados.  Área de almacenamiento de materiales.  Área de parqueo de equipos.  Vías de circulación peatonal y transporte de materiales.  Guardianía.  Área de acopio temporal de desmonte y de desperdicios. Así mismo se deberá programar los medios de seguridad apropiados, la distribución y disposición de cada uno de los elementos que los componen dentro de los lugares zonificados. Se adoptarán todas las precauciones necesarias para proteger a las personas que se encuentran en la obra y sus inmediaciones, de todos los riesgos que puedan derivarse de la misma. El ingreso y tránsito de las personas ajenas a la obra deberá ser utilizando el equipo de protección personal necesario, y será reglamentado por el responsable de seguridad de la obra. Se debe prever medidas para evitar la producción de polvo en la zona de trabajo, con la aplicación de paliativos de polvos y en caso de no ser posible utilizando equipos de protección personal y protecciones colectivas. 5.3 Primeros auxilios: El empleador será responsable de garantizar en todo momento la disponibilidad de medios adecuados y de personal de rescate con formación apropiada para prestar primeros auxilios. Teniendo en consideración las características de la obra, se dispondrá las facilidades necesarias para garantizar la atención inmediata, y la evacuación a centros hospitalarios de las personas heridas o súbitamente enfermas. 5.4 Servicios de Bienestar: En el área asignada para la obra, se dispondrá, en función del número de trabajadores y de las características de la obra: 2 6

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     

Suministro de agua potable. Servicios Higiénicos para hombres y para mujeres. Duchas y lavatorios para hombres y para mujeres. Vestidores para hombres y para mujeres. Comedores. Área de descanso (De acuerdo al espacio disponible de la Obra).

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Para obras ubicadas fuera del radio urbano, y según sus características, el empleador establecerá las condiciones para garantizar la alimentación de los trabajadores, tanto en calidad como en higiene. 5.5 Comité de Seguridad: En toda obra se formará un comité de seguridad que estará presidido por el responsable, según el siguiente detalle: Hasta 20 trabajadores el profesional responsable; de 20 a 100 el profesional responsable y representante de los trabajadores; más de 100 un Ing. especialista en seguridad, el profesional responsable y representante de los trabajadores. Nota: En obras de auto construcción el responsable de la obra es el propietario o maestro de la Obra. 5.6 Información y formación: Se facilitará a los trabajadores:  Información sobre los riesgos de seguridad y salud por medio de vitrinas de información general, folletos, avisos gráficos, etc.  Instrucción para prevenir y controlar los riesgos de accidentes.  Manuales de seguridad que ayuden a prevenir y controlar los riesgos de accidentes. 5.7 Señalización: Se deberá señalar los sitios i indicados por el responsable de seguridad, de conformidad a las características de cada caso en particular. Estos sistemas de señalización (Carteles, vallas, Balizas, cadenas, sirenas, etc.) se mantendrán, modificaran y adecuaran según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes. 5.8 Orden y limpieza: La obra se mantendrá constantemente limpia, para lo cual se eliminarán periódicamente los desechos y desperdicios, los que deben ser depositados en zonas específicas señaladas y/o en recipientes adecuados debidamente rotulados. Art. 6: PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD Toda obra deberá contar con un Plan de Seguridad y Salud que garantice la integridad física y salud de sus trabajadores, sean estos de contratación directa o sub contrata y de toda persona que de una u otra forma tenga acceso a la obra. El Plan de Seguridad y Salud deberá integrarse al proceso de construcción. 6.2 Programa de Capacitación: Deberá incluir a todos los trabajadores de la obra, profesionales, técnicos y obreros, cualquiera sea su modalidad de contratación Art. 9: PROTECCION CONTRA INCENDIOS: 9.1 Se revisará en forma periódica las instalaciones, dirigidas a prever y controlar posibles incendios en la construcción. 9.2 Adyacente a los extintores figura el número telefónico de la Central de Bomberos. Art. 10: EQUIPO BASICO DE PROTECCION: El personal que labore en una obra de construcción, deberá usar el siguiente equipo de protección personal: 1) Ropa de trabajo adecuada a la estación y a las labores por ejecutar (Overol o camisa y pantalón o mameluco) 2 7

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3) 4)

5) 6) 7) 8)

9) 10)

11) 12) 13)

14)

15)

Casco de seguridad tipo Jockey para identificar a la categoría y ocupación de los trabajadores, los cascos de seguridad serán de colores específicos. Cada empresa definirá los colores asignados a las diferentes categorías y especialización de los obreros. Zapatos de seguridad ya adicionalmente, botas impermeables de jebe para trabajos en zonas húmedas Tapones o protectores de oído: En zonas donde el ruido alcance niveles mayores a 80 dB. Se reconoce de manera práctica un nivel de 80 dB, cuando una persona deja de escuchar su propia voz en tono normal. En zonas expuestas a la acción de productos químicos se proveerá al trabajador de ropa y de elementos de protección adecuados. En zonas de gran cantidad de polvo, proveer al trabajador de anteojos y respiradores contra polvo, o colocar en el ambiente aspersores de agua. En zonas lluviosas se proporcionará al trabajador “ropa de agua”. Para trabajos en altura, se proveerá al trabajador de un cinturón de seguridad formado por el cinturón propiamente dicho, un cabo de Manila de diámetro mínimo 3/4“y longitud suficiente que permita libertad de movimientos al trabajador, y que termine en un gancho de acero y tope de seguro. El trabajador, en obras de alturas, deberá contar con una línea de vida consistente en un cable de cuero de 3/8” o su equivalente de un material igual o mayor resistencia. En aquellos casos en que se esté trabajando a un nivel sobre el cual también se desarrollen otras labores, deberá instalarse una malla de protección con abertura cuadrada no mayor de 2 cm. Los frentes de trabajo que estén sobre 1.50 m del nivel del terreno natural, deberán estar rodeados de barandas y debidamente señalizados. Los orificios tales como entradas a cajas de ascensor, escaleras o pases para futuros insertos, deberán ser debidamente cubiertos por una plataforma resistente y señalizada. Botiquín: En toda obra se deberá contar con un botiquín. Los elementos de primeros auxilios serán seleccionados por el responsable de la seguridad, de acuerdo a la magnitud y tipo de la obra (Ver anexo). Servicios de primeros auxilios: En caso de emergencia se ubicará en lugar visible un listado de teléfonos y direcciones de las instituciones de auxilio para los casos de emergencia. Los trabajos con equipos especiales: esmeriles, soldadoras, sierras de cinta o de disco, garlopas, taladros, chorros de arena (sandblast), etc., se exigirá que el trabajador use el siguiente equipo:  Esmeriles y taladros: Lentes o caretas de plástico.  Soldadora eléctrica: Mascara, guantes de cuero, mandil protector de cuero, mangas de cuero, según sea el caso.  Equipo de oxicorte: Lentes de soldador, guantes y mandil de cuero.  Sierras y garlopas: Anteojos y reparadores contra el polvo.  Sandblast (Chorros de arena): Mascaras, mameluco, mandil protector y guantes.

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2)

Art. 18: OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, EXCAVACION DEMOLICIONES: 18.1 Excavaciones: Aplicable todas las recomendaciones. 18.1Demoliciones: Aplicable todas las recomendaciones. ANEXO Nº 1 DE LA NORMA G-050 2 8

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BOTIQUIN: El Botiquín deberá implementarse de acuerdo a la magnitud y tipo de obra, así como a la posibilidad de auxilio externo, tomando en consideración su cercanía a centros de asistencia médica hospitalaria, su contenido mínimo es el siguiente. O2 Paquetes de guantes quirúrgicos O1 Frasco de yodopovidona 120 ml solución antiséptico O1 Frasco de agua oxigenada, mediano 120 ml O1 Frasco de alcohol mediano 250 ml O5 Paquetes de gasas esterilizadas de 10 cm x 10 cm O8 Paquetes de apósitos DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

O1 Rollo de esparadrapo de 5 cm x 4.5 mt O2 Rollos de venda elástica de 3 pulg x 5 yardas O2 Rollos de venda elástica de 4 pulg x 5 yardas O1 Paquete de algodón x 100 gr. O1 Venda Triangular 10

Paletas baja lengua (Para entablillado de dedos)

O1 Frasco de solución de cloruro de sodio al 9/1000 x 1 lt (Para lavado de heridas) O2 Paquetes de gasa tipo jelonet (Para quemaduras) O2 Frascos de colirio de 10 ml O1 Tijera punta roma O1 Pinza O1 Camilla rígida 01 2.4. A)

Frazada

MARCO INSTITUCIONAL MINISTERIO DEL AMBIENTE (MINAM) El Congreso de la República, por Ley Nº 29157 y de conformidad con el artículo 104 de la Constitución Política del Perú, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre materias específicas, como resolver la escasa integración y coordinación que dificultan una gestión ambiental en el país y la estructura organizacional para ese fin, que dificultan una respuesta eficiente a los desafíos ambientales en un mundo cada vez más globalizado. Por tanto, se requiere de una institución con el nivel jerárquico de un Ministerio, con las prerrogativas establecidas por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Es por ello que con el Decreto Legislativo Nº 1013 se aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente que tiene como objeto la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, 2 9

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responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. El Acuerdo Nacional de Descentralización, la Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, la Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley Orgánica de los Gobiernos Locales, son entre otros el Marco Legal del Programa y que servirán de base para el proceso de transferencia de funciones a los Gobiernos Locales.

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Desde el punto de vista ambiental, el Marco Legal está reflejado en la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, en el cual se establece una serie de requerimientos para procurar el bienestar social, la conservación de la biodiversidad y el uso sostenible de los recursos naturales; asimismo regulan los aspectos relacionados con la participación ciudadana, a través de las cuales se pretende asegurar la sostenibilidad socio ambiental de los proyectos. Específicamente, se trata de la Ley 28611, Ley General del Ambiente y la Ley 28245 publicada el 8 de junio del 2004, mediante la cual se crea en el Perú el Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA) sobre la base de instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales, donde el ejercicio de las funciones ambientales a cargo de las entidades públicas se organiza bajo el referido Sistema y la dirección del Ministerio Nacional del Ambiente. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente En el Título I: De las disposiciones Generales, Artículo 1º. De la Naturaleza Jurídica. - El Ministerio del Ambiente es el órgano Rector del sector Ambiental, Forma parte del Poder Ejecutivo y constituye pliego presupuestal. Así mismo el Artículo 2º. Señala el Ámbito de competencia Territorial; Las Normas contenidas en el reglamento son de aplicación a todas las unidades orgánicas del Ministerio, Organismos Públicos adscritos, Proyectos, Comisiones, y Órganos de Coordinación. El ministerio del Ambiente ejerce sus competencias a nivel Nacional. Tiene su sede en la ciudad de Lima. En cuanto al Capítulo I: Alta Dirección, en el Artículo 6º. Refiere que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector Ambiental. Es titular del Pliego del sector presupuestal y representa al Ministerio del Ambiente. El ministro formula, ejecuta y supervisa, las aplicaciones de las políticas nacionales y sectoriales, en armonía con la política general del Gobierno. Ejerce la Alta Dirección de los órganos del Ministerio y supervisa las actividades de las entidades públicas bajo su ámbito de competencia. B)

MINISTERIO DE EDUCACIÓN: En relación con el Patrimonio Cultural de la Nación, se cuenta con la normativa institucional del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley

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N° 26510 Y los Reglamentos de Organización y Funciones de dicho Ministerio, Decreto Supremo N° 004-93-ED. El Ministerio de Educación cuenta, como un Órgano de Línea, la Dirección Nacional de Promoción, Participación y Desarrollo Educativo, que se encargada de promover, coordinar y normar, en la parte que le corresponda, la participación de la comunidad en la gestión del servicio educativo; y en la promoción, y la ejecución de programas educacionales no formales de desarrollo comunal. Su principal función es promover actividades destinadas a la revaloración de la familia, logro de la identidad nacional, práctica de valores, convivencia pacífica y la conservación y mejoramiento del medio ambiente, y otras similares, en coordinación con otros órganos de línea del Ministerio. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA La organización y funciones del Ministerio de la Presidencia están normadas por el Decreto Ley N° 25556, del 18 de junio de 1992, que aprueba su Ley Orgánica, y por el Decreto Supremo N°OO5-93-PRES del 22 de marzo de 1993 que aprueba su Estructura Orgánica y su Reglamento de Organización y Funciones.

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C)

El presente Proyecto tiene como propósito solucionar el problema existente a la falta de un centro de educativo adecuado para brindar el servicio a la comunidad La limitada disponibilidad ambientes con que cuenta I.E.6726, no le permiten alcanzar sus objetivos como una educación oportuna y adecuada en los diferentes grados de estudio que requiere la comunidad para la sólida formación educativa, el desarrollo de la investigación científica y proyección social, considerando que la gran mayoría de los estudiantes, son de condición socioeconómica media a baja, que se encuentra enmarcada generalmente en los sectores socioeconómicos C, D y E; los docentes y trabajadores se encuentran en los sectores socioeconómicos C y D. Beneficiarios Directos. - Los beneficiarios directos son los 420 alumnos de la Institución Educativa 6726, en el 1er años de implementado el Proyecto. Beneficiarios Indirectos. - Como beneficiarios indirectos son los pobladores del Distrito de Cochas. 2.4.1

PRINCIPIOS DE DERECHO AMBIENTAL a)

El Principio de Calidad de Vida Consiste en garantizar, mantener y elevar la calidad de vida de las personas a un nivel compatible con la dignidad humana. El control y la prevención de la contaminación, la conservación de los ecosistemas, el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, la preservación de la biodiversidad y el aprovechamiento sostenido de las especies son elementos fundamentales para garantizar la calidad de vida de la población.

b)

El Principio de la Búsqueda del Desarrollo Sostenible Propone el equilibrio dinámico entre el desarrollo socioeconómico, la conservación y el uso sostenido del ambiente y los recursos naturales. En tanto el derecho refleja la opción de la sociedad sobre el desarrollo al que se aspira, este principio debería guiar las 3 1

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políticas públicas del país a fin de asegurar que la normativa haga posible alcanzar este desarrollo sostenible. c)

El Principio del Interés Difuso Señala que para actuar en defensa del medio ambiente no se requiere ser el directamente afectado, debido a que el bien jurídico tutelado es uno de naturaleza colectiva (difusa) y no individual. Este principio brinda bases para contradecir un principio general del derecho que establece que para actuar se requiere contar con legítimo interés económico o moral.

d)

El Principio de Orden Público Las normas legales relativas a la protección del medio ambiente son de orden público y, por tanto, no puede pactarse contra el texto expreso de la norma. Por el contrario, en el derecho civil si se permite el pacto en contra de una norma, ya que el acuerdo de las partes sustituye a la norma legal, siendo la excepción el que no se permita el pacto en contra.

e)

El Principio de Prevención Señala que la protección ambiental no debe limitarse a la restauración de daños existentes ni a la defensa de peligros inminentes, sino que debe comprender la eliminación de posibles daños futuros. Las normas ambientales deberían ser eminentemente preventivas de los daños ambientales. De acuerdo con este principio debería privilegiarse la aplicación de mecanismos e instrumentos de carácter preventivo, así como aquellos que promuevan la producción limpia.

f)

El Principio Precautorio El principio consiste en que cuando exista peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del ambiente.

g)

El Principio de Tecnologías Limpias En la medida que el desarrollo de una actividad pueda causar deterioro al ambiente, deben incorporarse las técnicas necesarias para reducir y eliminar el efecto contaminante o desestabilizador del mismo, considerando plazos y procedimientos adecuados.

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La naturaleza de los daños ambientales, en principio, autoriza a cualquier persona a intervenir en su defensa. Cabe señalar que la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada estableció, a este respecto, que quien al amparo de dicho dispositivo inicie una acción ante el Poder Judicial y ésta sea desestimada, será responsable por los daños y perjuicios que hubiere causado.

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CAPITULO III

3.1

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

DESCRIPCION DEL PROYECTO FINALIDAD DEL ESTUDIO El Estudio de Impacto Ambiental trata de valorar y jerarquizar cada uno de los impactos ambientales, cuyo grado de manifestación se reflejará en su carácter por el grado de importancia basada tanto en el grado de incidencia o intensidad de la alteración como en la caracterización del efecto que responde a los valores de los factores considerados. 3.2 OBJETIVO Mitigar los impactos que pueda generar la construcción de la infraestructura de LA INSTITUCION EDUCATIVA Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH.

4

1 2 4

3

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METAS DEL PROYECTO 20. 1° PISO 3 AULAS 21. 1° PISO BATERIA DE SS-HH 22. 1° PISO 1 LABORATORIO 23. 1° PISO 1 AUDITORIO 24. 1° PISO SALA DE PROFESORES 25. 1° PISO SECRETARIA 26. 1° PISO DIRECCION DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

27. 1° PISO ARCHIVOS 28. 1° PISO COCINA 29. 1° PISO DEPOSITO 30. 1° PISO ALMACEN 31. 1° PISO CUARTO DE GAS 32. 1° PISO BOTADERO 33. 1° PISO SS.HH. DOCENTES 34. 2° PISO 2 AULAS 35. 2° PISO 1 AULA TECNICA 36. 2° PISO 1 BIBLIOTECA 37. 2° PISO 1 AREA DE REFORZAMIENTO 38. 2° PISO BATERIA DE SS.HH. 3.3

UBICACIÓN GEOGRÁFICA Y POLÍTICA El proyecto políticamente se encuentra ubicada en: Región

: Ancash.

Departamento

: Ancash.

Provincia

: Huaraz.

Distrito

: Jangas.

Altitud

: 2825 m.s.n.m CUADRO N° 04

Acceso desde del proyecto desde la ciudad de Huaraz (Capital del departamento de Ancash) al distrito de Jangas (Localidad de Mataquita). TRAMO RUTA

LONG. APROX

TIPO DE VIA

VELOCIDA D

TIEMPO

TOPOGRAFI A 3 4

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HUARAZ - JANGAS JANGAS – MATAQUITA LONGITUD TOTAL TIEMPO TOTAL Fuente: Elaboración Propia.

. KM HUARAZ – Mataquita 15.00 Asfaltada 10 Afirmado 25.00 Km 60.00 Minutos

(Km/Hr)

(Minutos)

80 60

30 30

Accidentada Accidentada

3.4. UBICACIÓN DEL PROYECTO: Ancash Jangas

PROVINCIA LOCALIDAD

: :

Huaraz Mataquita

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

REGION: DISTRITO:

Fuente: Elaboración Propia. 3 5

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3.5 NÚMERO Y UBICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS:

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EL Proyecto beneficiará directamente a 44 alumnos del nivel secundaria, entre 11 y 18 años de edad, a la I.E. N°86103, en el 1er años de implementación del Proyecto Características de los Beneficiarios: Población escolar entre 11 y 18 años, provienen de parte de familias campesinas dedicadas a cultivos en pequeñas escalas y en menor proporción de familias dedicados a pequeñas actividades de subsistencia como el comercio; en suma, población en situación de pobreza porque se estima que tienen ingresos per-cápita menos 30 soles diarios. 3.6 METAS MODULO I: Edificación de dos niveles incluye escalera, para el uso netamente nivel secundario compuesto por: Primer Nivel: 03 aulas de 7 x 5.55 m =38.85 m2 Escalera 3.20 x 4.2m =13.44m2 Segundo Nivel: 02 aulas de 7 x 5.55 m=54.05m2 01 aula técnica de 7 x 5.55 m =38.85m2 MODULO II: Primer Nivel: Servicio higiénico: 7.10 x 5.45m = 38.69 m2 Escalera 33.20 x 4.2m =13.44m2 laboratorio: 18.05 x 6.5 = 117.33 m2 sala de docentes: 4.75 x 3.09m = 14.68 m2 Secretaría 4.74 x 3.25m = 15.40 m2 3 6

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Dirección 3.10 x 4.75m =14.73 m2 ss.hh.: 1.26 x 3.25m = 4.09 m2 archivo: 3.35 x 3.35m = 11.22 m2 Segundo Nivel: Servicio higiénico: 7.10 x 5.45m = 38.69 m2 Biblioteca 14.8 x 6.5m = 96.2 m2 Aula de reforzamiento: 2.95 x 6.5 = 19.17 m2

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MODULO III: Primer Nivel: Auditorio: 6.57 x 19.4m = 127.45 m2 MODULO IV: Primer Nivel: Cocina y deposito: 3.62 x 9.2m = 33.30 m2 Cuarto de gas, almacén y botadero: 2.17 x 6.48m = 14.06 m2 SS. HH. Docentes: 3.26 x 2.8m = 9.13 m2

3.7 ACTIVIDADES ESPECIFICAS POR EL COMITÉ DE MANTENIMIENTO DE LA OBRA: 1.-

TRATAMIENTO PAISAJISTICO Esta medida tiene por finalidad de realizar el mantenimiento, poda y recalce de las plantaciones realizadas en las zonas consideradas área verde.

2.-

REVISIONES PERIÓDICAS DEL SISTEMA DE DRENAJE PLUVIAL. Para evitar la obstrucción del Sistema de Drenaje pluvial, será necesario revisiones periódicas.

3.8 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL CUADRO Nº 05 CRONOGRAMA DE EJECUCION DEL PMA PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MESES 1

2

3

4

5

6

7 3 7

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NORMATIVIDAD AMBIENTAL

X

X

X

X

X

X

X

TRATAMIENTO PAISAJISTICO

 

 

 

 

 

X

X

SEÑALIZACION

X

 

 

 

 

 

X

MANEJO DE CAMPAMENTO

X

X

X

X

X

X

X

EDUCACION AMBIENTAL

X

 

X

 

X

 

X

PLAN DE SEGURIDAD

X

X

X

X

X

X

X

MANEJO DE AREAS VERDES

 

 

 

 

 

 

X

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

PROGRAMA DE CIRCULACION OPERATIVIDAD DE I.E. PROGRAMA DE PARTICIPACION CIUDADANA

3 8

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CAPITULO IV DESCRIPCION DE LA LINEA BASE Para la descripción de la Línea Base, se acopio información de diferentes fuentes bibliográficas, cartográficas y estudio de Suelos, se hizo una visita al terreno donde se construirá MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª 86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS - HUARAZ - ANCASH y alrededores anotando las características del entorno como son usos del suelo, potencial, áreas sensibles, áreas críticas, etc., 4.1 COMPONENTE FISICOS AMBIENTALES Recursos Terrestres y Usos de Suelos a)

Geología: La geología del área de estudio se ha determinado en base a los estudios geológicos realizador por INGEMET, para el área de influencia del proyecto. La localidad de mataquita se encuentran ubicado en al lado oriental de la cordillera negra, el cual está conformado por sedimentos del Jurásico Superior al Cretáceo Superior (Margas, Pizarras, Calizas, Clásticos continentales). Los sedimentos están cubiertos por material volcánico del Grupo Calipuy (Andesitas, Decitas, y riodacitas) depositado desde el Eoceno Superior al Mioceno Inferior.

b) Geomorfología: El área del proyecto geormorfológicamente se encuentra en la faja Intracordillerana, de la cordillera oriental, se encuentra en el llamado Callejón de Huaylas; callejón por ser un valle estrecho, por donde recorre el río Santa; y Huaylas por la denominación antigua a esta región, este valle estrecho limitado por las cordilleras Blanca y Negra, ha sido formado por la erosión del río Santa, así como también ha erosionado el cañón del Pato. Este callejón en general es asimétrico porque el glaciar en el Pleistoceno ha erosionado más, la parte este y

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después los ríos producto de los deshielos de la cordillera Blanca y otros procesos también han erosionado más intensamente la parte este del callejón.  c)

Zonificación sísmica: La zona de estudio se encuentra comprendida en la zona III.

d)

CALICATA EN LA ZONA DEL PROYECTO (fuente: Estudio Geotécnico – Suelos: 

CALICATA En la superficie hasta 1.00 mt. se encuentra un material de color marrón cremoso, textura arenosa, de estructura granular, la consistencia desmenuzable, medianamente plástico, arenas arcillosas con presencia de piedras esquistosas propios de la zona. DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

1.00 a 2.50 propiedad del material es impermeable en estado compactado regular resistencia a corte en estado compactado y saturado, baja compresibilidad en estado compactado y saturado, regular flexibilidad de tratamiento en obra. e) CLIMA: Posee un clima de 70% de humedad, conocido como "clima de montaña alta", con una temperatura que oscila entre 5° - 21° durante el año y precipitación media anual de 700 mm/seg. Se trata de un clima ideal para el desarrollo de una agricultura de riego y secano. Se distingue claramente 2 estaciones:  Verano: Desde Mayo a noviembre, caracterizado por un abrasante calor, llegando hasta 23° C por el día y fuertes heladas por la noche.  Invierno: Entre Diciembre y abril caracterizado por las lluvias torrenciales y temperaturas ambientales que oscila entre 5 – 15° C y precipitaciones fluviales en un promedio de 69 mm. La humedad promedio es de 49. Condiciones climatológicas del distrito de jangas. CUADRO Nº 06 RELACIÓN DE TEMPERATURA, PRECIPITACION Y HUMEDAD EN AREA DE INFLUENCIA  

UNIDAD

MAXIMO

MINIMO

PROMEDIO

TEMPERATURA

ºc

23

4

15

PRECIPITACION

Mínimo

192

%

35.5

HUMEDAD

69 52.2

49

4.2 COMPONENTES BIOLOGICOS a)

FLORA: El distrito de Jangas cuenta en sus valles y quebradas y alturas con arbustos y pastos 4 0

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naturales como el Ichu, molle, tara, eucalipto, capulí, quenual. Así como árboles como el quinual, sanco, sauco, huamanripa, También se cultivan variados productos sobresaliendo fundamentalmente el maíz, choclo, papa, habas, cebada, trigo, avena, alverjas, olluco, etc. los que constituyen productos básicos que componen la dieta familiar. b)

FAUNA: En la zona de estudio a nivel del distrito se puede observar las siguientes especies: Aves como la perdiz, gavilán, zorzal, cóndor, picaflor, huachua, gallinazo También forma parte de esta fauna, animales domésticos como vaca, caballo, conejo, cabras, cerdos, perros, etc. y aves gallinas, cuyes y patos.

COMPONENTES SOCIOECONOMICOS

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

4.3

4.3.1 POBLACION POR GRUPOS DE EDAD Y PIRAMIDE POBLACIONAL La población total de área de Jurisdicción del establecimiento de salud para el 2007 es de 1315 habitantes. a) DENSIDAD POBLACIONAL  Densidad Poblacional = 15.2 Hab / Km2 4.3.2 ECONOMIA La población económicamente activa (PEA) en el distrito de cochas es de 576 Habt. de los cuales 385 se encuentra formado parte de la población ocupada a las que se dedican la población son: -

Actividad Agropecuaria 90%

-

Actividad de Agricultura 6%

-

Actividad de Ganadería 4%

En la agricultura el principal producto sembrado corresponde a la papa (37.6%), maíz (20.7%), trigo (12.7%), Olluco (6.6%), Cebada (6.5%). Es importante indicar que el cultivo de estas tierras es difícil debido a que cuenta con escasos recursos en estructuras de irrigación, por lo que más del 50% de los terrenos se cultiva en temporada de lluvias.

4.3.3 SUELOS Es un producto de la erosión de los cerros ubicados de la cumbre. Se puede apreciar en el trayecto material cuaternario (orgánico) con potencia variable producto de proceso aluvial- coluvial, procesos de meteorización e intemperismo de la litología existente en la zona y afloramiento de roca suelta y dura.

4 1

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 Según la clasificación de las tierras en el Perú, por su capacidad de Uso de Mayor de los Suelos, el tramo en estudio presenta en ambas márgenes suelos para cultivos anuales (A), permanentes(C) y pastos (P), suelos Forestales (F). La mayoría de la población no cuenta con título de propiedad solo son posesionarios El uso actual de los suelos, dedicados la mayoría a los cultivos agrícolas (Papa Blanca, Oca y Habas.

4.3.4

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Fuente: Estudio Socio Económico de la Sub Región Huaraz

SERVICIOS: a) SALUD: Las enfermedades más prevalentes en la localidad. de mataquita son las infecciones respiratorias agudas y los grupos poblacionales más afectados son 1 a 4 años y de 6 a 14 años. La población femenina es predominante en la localidad de mataquita 63.46 % del total. La mayor actividad económica del distrito es la agricultura. El poder adquisitivo del poblador de mataquita es bajo, esto se ve reflejado en el uso de los servicios de salud, ya que priorizan otras actividades que según para ellos es más importante. El bajo grado de instrucción del poblador hace que éste no tome conciencia de la atención primaria de salud. La accesibilidad a la localidad de mataquita es regular, es necesaria una buena planificación de periferia para mejorar las coberturas. Los mitos y creencias en el poblado no permiten llegar fácilmente a la población. Es importante respetarlas; pero a la vez la forma de hacer entender a la población lo que es mejor para su salud. La religión distorsionada por muchos pobladores impide el acceso directo a ellos. La Programación de metas para diferentes programas son inexactas ya que no se ajusta a la realidad por tener una población sobre estimada de parte de la DIRESA. A ello se suma la inexistencia de un censo actualizado por parte del INEI. El número de Partos Institucionales es inferior a las metas programas por la DIRESA. Falta pues concientizar a las gestantes de su importancia. Actualmente la Municipalidad distrital Jangas es la encargada de poner el personal técnico para el puesto de salud. La mortalidad infantil (EDA, IRA) ha disminuido, no teniendo muchos casos complicados gravemente. 4 2

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b)

AGUA POTABLE La localidad de mataquita, cuenta con una red de agua potable en casi el 80% de las casas en la red de agua "potable" se usa cloro para potabilizar el agua lo cual está a cargo de la junta de agua de cochas.

c)

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En la zona rural se abastece de los llamados manantiales o puquiales que en su mayoría se encuentran Contaminadas

DESAGUE En la localidad de mataquita se cuenta con líneas matrices de desagüe con instalaciones de desagüe intra domiciliario aproximadamente el 85% de las casas cuenta con este servicio. En las zonas rurales se eliminan sus excretas en silos, letrinas o a campo abierto. La Localidad de mataquita cuenta con un sistema de recojo de basura inadecuado (lo eliminan a exteriores de la localidad. Los desechos que son recogidos son botados al campo abierto u ocasionalmente incinerados, siendo un potencial foco infeccioso.

d)

ELECTRICIDAD La Localidad de mataquita cuenta con servicio eléctrico. La zona periférica de la localidad no cuenta con servicio eléctrico.

e)

MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y ACCESO  Comunicaciones Actualmente mataquita cuenta con comunicaciones telefónicas directa entre mataquita, a nivel nacional o internacional, la cual viene por teléfonos móviles. Acceso El acceso a la ciudad de mataquita desde la carretera longitudinal de la sierra del callejón de Huaylas es muy sencillo pudiendo hacerlo en toda clase de vehículos ya que el estado de conservación de la vía de acceso es bueno. El tiempo de viaje se reduce a 30 minutos.

4.3.5 VIVIENDA: 4 3

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Las viviendas que se encuentran en la zona tanto urbana como rural presentan características propias de la zona que responde a las condiciones climáticas de la serranía y al estado económico del poblador. Las construcciones son de material noble y adobe, las construcciones hechas de abobe los techos son diseñado a dos aguas para que las lluvias no lo inunden, esto por lo general suele ser de calamina o teja, los pisos dentro de la ciudad son de tierra afirmada y uno escasos de cemento, en las zonas periféricas los pisos son por lo general uno solo, utilizándolos como dormitorios comunes donde pueden dormir de 4 a 8 personas ya sea en pellejos y más raramente en colchones.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Suelen pernoctar con animales pequeños como son, perro, gato, etc., además en muchas viviendas se cocina en el mismo cuarto donde se duerme y se utiliza predominantemente la leña por lo que se hace un ambiente muy denso en el interior de ella.

4.3.6 ORGANIZACIONES COMUNALES - comunidad campesina de san Andrés de pacollon- mataquita - Comité de Agua de mataquita - Club de Madres de mataquita - Vaso de Leche de mataquita

4.4

ZONIFICACIÓN AMBIENTAL DEL ÁREA DE INFLUENCIA El área de influencia en la zona de sensibilidad ambiental BAJA.   

No tienen susceptibilidad geológica, geotécnica, hidrológica, etc. Los suelos pertenecen a un grupo que presenta muy bajas limitaciones. Son sistemas con muy buena capacidad de resilencia sin muestras de contaminación.

  4.5

No tienen atributos especiales de biodiversidad, etc. Son sistemas de poco beneficio social

CANTERAS 

Definición de Cantera Cantera es el lugar donde se extrae materiales (piedras, grava, arena de predominancia silícea) y otras sustancias útiles para realizar construcciones de obras, también se denomina así al lugar donde se extrae piedras como calizas, areniscas, granito, mármoles y otros que por su contenido mineralógico tienen valor, o para elaborar productos industriales, como caolín, arena, greda, etc. Las Canteras que se usarán son: 4 4

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- Para agregados como el hormigón del río, piedra, etc. se adquirirán de la cantera del río santa que pasa por la parte baja de la ciudad de Jangas

CAPITULO V

IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 5.1

PROCEDIMIENTO a). Descripción de Actividades del Proyecto que causan impactos. Se describe las actividades más importantes de la Obra que causa impactos a los componentes al Medio Ambiente. Ver cuadro Nº 10 b). Describir los indicadores utilizados para evaluar las alteraciones de los Elementos Ambientales Aquí se describirá los elementos ambientales de los componentes del sistema, en cuanto a su descripción y alteración. Ver cuadro Nº 10 - A c). Desagregar el Proyecto y el Medio Ambiente. Para el caso se utilizó la matriz combinado de Leopold - Columbus, para desagregar las actividades en sus dos fases: Construcción y Operación. Se utiliza el mismo procedimiento con la información del Medio Ambiente desagregándolos en sistemas, componentes y elementos. Ver cuadro Nº 11. d). Usos de la Matriz para identificación de impactos El método utilizado para la identificación de impactos ambientales en las fases de diseño, rehabilitación y operación del proyecto, es el método de la matriz combinado de Leopold Columbus et al,1975 modificada, la que consta esencialmente de dos listas cruzadas entre sí: una lista de las actividades por fases del proyecto, y una lista desagregada de los componentes del ambiente. El cruce de tales listas produce una serie de celdas de interacción 4 5

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entre la acción (proyecto) y componente ambiental (ambiente), marcándolos con un aspa (X) en el casillero donde sucede la interacción proporcionando una síntesis visual de los impactos ambientales del proyecto. Ver cuadro Nº 12. e). Calificación Ambiental La presentación de los resultados se muestra en el cuadro Nº 13 de Calificación Ambiental. g). Análisis de resultados

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Las interacciones, son reemplazadas por su calificación correspondiente (ML, L, LS, S, MS), como resultado del análisis. Ver cuadro Nº 13.

5.2. METODOLOGIA La evaluación se basa en la Significancia Ambiental (SI), que una actividad cualquiera genera sobre un determinado elemento del medio ambiente, puede expresarse de la siguiente manera: SI = M . (I)

Donde: I

= mi ( 0.5 v + 0.5 d )

M

= Magnitud del impacto. Nos da la idea de que tan débil o fuerte es el impacto.

I = Importancia del impacto que tiene en cuenta la velocidad, duración y mitigabilidad del impacto. v

= Velocidad con que se desarrolla el impacto, corresponde al tiempo transcurrido desde que se inicia el impacto hasta su máxima magnitud.

d

= Duración del impacto, tiempo transcurrido entre el inicio del impacto y el final del mismo, es decir cuando recupera sus condiciones iniciales.

mi

= Si los impactos puedan ser o no prevenidos, mitigados y/o controlados con las medidas del Plan de Manejo Ambiental.

El valor asignado a cada uno de estos parámetros se hace mediante una escala de valores CUADRO Nº 07 ESCALA DE VALORES MAGNITUD

MITIGABILIDAD

4 6

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(M) 0.80 – 1.00 -

(mi) Grave

-

Fuerte

-

1.00

0.61 – 0.80

No

mitigable

Poco

mitigable

Medio

mitigable

0.81 – 0.99 Moderada

0.41 – 0.60

0.51 – 0.80

Leve

-

Altamente mitigable

-

0.21 – 0.40

0.00 – 0.50 Muy

-

Leve

VELOCIDAD

DURACIÓN

(v)

(d) Muy rápida (horas) -

0.81 – 1.00 0.61 – 0.80 -

(días) -

Mediana (semanas) -

0.41 – 0.60 0.21 – 0.40 -

0.61 – 0.80

Larga

(años)

Media

(meses)

Corta

(semanas)

0.41 – 0.60 Lenta

-

Muy larga (lustros) 0.81 – 1.00

Rápida

-

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

0.00 – 0.20

(meses) -

Muy lenta (años) -

0.00 – 0.20

0.21 – 0.40

Muy

corta

(días)

0.00 – 0.20

Análisis de resultados Ya que todos los parámetros que participan en la calificación tienen valores que varían entre 0 y 1, el valor de las calificaciones se ubicará en este rango, mientras más se acerque la calificación a 1, más grave será el impacto. En general, se han establecido cinco rangos que nos permite analizar el grado de sensibilidad de un impacto, según el valor de calificación obtenido. Estos rangos que son válidos para analizar cualquier impacto de actividades sobre los elementos y del proyecto sobre componentes, sistemas y medioambiente son: CUADRO Nº 08 CUADRO DE RESULTADOS 

Impactos muy leves (ML)

0.00 – 0.20



Impactos leves (L)

0.21 – 0.40



Impactos ligeramente severos (LS)



Impactos severos (S)



Impactos muy severos (MS)

0.41 –0.50 0.51 – 0.75 0.76 – 1.00

4 7

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5.3. IDENTIFICACION Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS 5.3.1. Elementos del Medio Ambiente A continuación, se presenta la descripción de los elementos específicos del medio natural y cultural de la zona de influencia directa que podrán ser impactados por alguna de las actividades del proyecto, se incluye, además, la descripción de las posibles alteraciones de tales elementos. 5.4

PLAN DE PREVENCION, MITIGACION Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS (SCOPING). Las principales medidas de este Programa de Manejo Ambiental han sido estructuradas de acuerdo a los componentes ambientales. ETAPA DE EJECUCION DEL PROYECTO A.1 Trabajos Preliminares:

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

A.

 Limpieza de terreno manual  Trazo de niveles de replanteo preliminar Acciones de Mitigación de Impactos Negativos  Perdida de especies de vegetales superficiales  Suspensión de MP 10 (entre otros) alterando la composición atmosférica, por acción de viento.  Posibles cortes en trabajadores de mano de obra no calificada  Generación de residuos vegetales entre otros  Posibilidad de inadecuada interpretación de planos respecto al trazo y excavaciones. A.2 Movimiento de Tierras:     

Corte Superficial Excavación Manual de cimientos y zapatas Relleno con Material propio Nivelación interior apisonado manual Eliminación de material excedente

Acciones de Mitigación de Impactos Negativos  Generación de MP 10 suspendido en la atmósfera por acciones directa de remoción y roce del viento  Posibilidad de lesiones menores en personal obrero  Alteración del Medio biótico del sub suelo, especies de flora y fauna  Posible derrame de sustancias tóxicas como combustible y otros  Modificación estructural del suelo por compactación  Propensión de trabajadores a posibles dolores de cabeza y de músculos A.3 Obras de Concreto Simple y Armado: 4 8

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   

Solado para zapatas Cimiento Corrido 1:10 +30% PG Concreto 1:8 + 25 %PM para sobrecimientos Encofrado y Desencofrado de Sobrecimientos

Acciones de Mitigación de Impactos Negativos

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

 Alteración de paisaje natural y urbano (visual)  Presencia de MP 10 suspendido la composición del aire acción del viento  Posibles lisiaduras y cortes en trabajadores de mano de obra no calificada, así como infecciones  Perturbación acústica por operación de maquinarias como mezcladora y otros  Posibles derrames de combustible durante operación de maquinaría alterando la composición orgánica del suelo y sub suelo. A.4 Albañilería, Revoques, Tartajeo, Pisos, Pavimentos y Vereda  Varios

Acciones de Mitigación de Impactos Negativos  Suspensión de Material Particulado alterando la composición del aire por acción de remoción y rozamiento del viento  Posibles accidentes como caídas, lisiaduras y cortes en trabajadores de mano de obra no calificada A.5 Junta Asfáltica, Zócalos, Carpintería de Madera y Metálica Cerrajería, Vidrios y Pinturas Varios Acciones de Mitigación de Impactos Negativos Posible quemaduras y cortes en trabadores de mano de obra no calificada Presencia de MP 10 suspendido y olores en el aire provocando afecciones respiratorias en personal que opera directamente

A.6 Instalaciones Sanitarias (Agua Desagüe) y Eléctricas Varios Acciones de Mitigación de Impactos Negativos 4 9

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Posible enfermedades respiratorias y pulmonares al personal obrero por inhalación directa de adhesivos. Posibles cortes en trabajadores de mano de obra no calificada Posible corto circuitos u electrificaciones A.7 Otros Impactos eminentes dentro de cada etapa Acciones de Mitigación de Impactos Negativos

B.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Ocupación de mano de obra foránea Incumplimiento de rendimientos estipulados en el Expediente Técnico

ETAPA DE OPERACIÓN Acciones de Mitigación de Impactos Negativos Ocupación de mano de obra foránea Incumplimiento de rendimientos estipulados en el Expediente Técnico

ESQUEMA DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL – DIA Identificación de factores ambientales y Sociales Impactables LINEA BASE AMBIENTAL  

Descripción del Medio Físico Descripción del Medio Biológico  Descripción del Medio SocioEconómico y cultural.

PLAN DE MANEJO

DESCRIPCIÓN DE

AMBIENTAL

PRINCIPALES

(PMA)

IMPACTOS

 

Normatividad Ambiental Tratamiento Paisajistico

5 0

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Identificación de Acciones potencialmente impactantes del Proyecto

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

DESCRIPCION DEL PROYECTO  Etapa de Construcción  Etapa de Operación

CAPITULO VI

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL En este capítulo se proponen, de forma sintética, un conjunto de medidas de carácter preventivo, mitigante y correctivo, con el fin de que sean analizadas, adaptadas y diseñadas en posteriores etapas del Proyecto; el Plan de Manejo Ambiental constituye un componente de vital importancia en la estructura del EIA, porque en él se establecen las Estrategias Generales de Manejo y Monitoreo Ambiental. Sobre la base de los resultados del análisis de impactos se ha elaborado el presente Plan de Manejo Ambiental (PMA), el cual constituye un Documento Técnico que contiene un conjunto de medidas estructuradas en Programas, orientadas a prevenir, corregir o mitigar los impactos ambientales adversos que podrían ser ocasionados por la ejecución del proyecto en sus etapas Preliminar, Construcción y Funcionamiento.

6.1 OBJETIVOS

5 1

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- Establecer y recomendar medidas de protección, prevención, atenuación y restauración de los efectos perjudiciales o dañinos que pudieran resultar de las actividades de construcción del proyecto sobre los componentes ambientales.

6.2 ESTRATEGIA El Plan de Manejo Ambiental, se enmarca dentro de la estrategia de conservación del ambiente en armonía con el desarrollo socioeconómico de los poblados influenciados por el proyecto. Éste será aplicado durante y después de las obras de construcción de la infraestructura vial.

6.2.1

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Es oportuno señalar que a efectos de la aplicación del PA, es importante la coordinación sectorial y local a fin de lograr una mayor efectividad en los resultados. El manejo técnico del proyecto, como corresponde, estará a cargo del proyectista y la entidad.

PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD AL PERSONAL DE OBRA -

El contratista Ejecutora deberá cumplir con todas las disposiciones sobre salud ocupacional, seguridad industrial y prevención de accidentes emanadas del Ministerio de Trabajo.

-

Para cumplir las disposiciones relacionadas con la salud ocupacional, la seguridad industrial (SOSI) y la prevención de accidentes en las obras, el contratista presentará a la Supervisión Ambiental un plan específico del tema acompañado del panorama de riesgos, para su respectiva aprobación. Con base en lo anterior deberá implementar las políticas necesarias y obligar a todo su personal a conocerlas, mantenerlas y respetarlas. Para ello designará un responsable exclusivo para tal fin, con una jerarquía tal que le permita tomar decisiones e implementar acciones.

-

El Contratista impondrá a sus empleados, proveedores y agentes relacionados con la ejecución de la obra, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a salud ocupacional, seguridad industrial y prevención de accidentes establecidas en los documentos del contrato y les exigirá su cumplimiento.

-

Cada vez que la Supervisión Ambiental lo requiera, el Residente de la obra deberá revisar y ajustar el programa de salud ocupacional, seguridad industrial y prevención de accidentes. Se podrán suspender las obras si el contratista incumple los requisitos de salud ocupacional o no atiende las instrucciones que la Supervisión Ambiental u otro responsable ambiental lo hiciere al respecto.

-

El Residente de la obra será responsable de todos los accidentes que, por negligencia suya, de sus empleados, o proveedores pudieran sufrir el personal de la Supervisión Técnica, de la Supervisión Ambiental, o terceras personas.

-

El Residente de la Obra deberá informar por escrito a la Supervisión Ambiental cualquier accidente que ocurra en los frentes de obra, además, llevar un registro de todos los casos de enfermedad profesional y los daños que se presenten sobre propiedades o bienes públicos para preparar reportes mensuales del tema. 5 2

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-

A todos los obreros y empleados que vayan a ser vinculados a los trabajos, se les debe exigir un examen médico antes de vincularlos para verificar su estado de salud, especialmente en lo referente a la ausencia de enfermedades infecto - contagiosas. Periódicamente se verificará su estado de salud. El empleo de menores de edad para cualquier tipo de labor en los frentes de obra está estrictamente prohibido.

-

Todo el personal de la obra deberá estar dotado de elementos para la protección personal y colectiva durante el trabajo, de acuerdo con los riesgos a que estén sometidos (uniforme, casco, guantes, botas, gafas, protección auditiva, etc.). Los elementos deben ser de buena calidad y serán revisados periódicamente para garantizar su buen estado.

-

Todo el personal de la obra deberá tener conocimiento sobre los riesgos de cada oficio, la manera de utilizar el material disponible y como auxiliar en forma oportuna y acertada a cualquier accidentado. El contratista debe dotar de un botiquín de primeros auxilios.

-

El Contratista de la Obra suministrará equipos, máquinas, herramientas e implementos adecuados para cada tipo de trabajo, los cuales serán operados por personal calificado y autorizado, sólo para el fin con el que fueron diseñados. Se revisarán periódicamente para proceder a su reparación o reposición y deberán estar dotados con los dispositivos, instructivos, controles y señales de seguridad exigidos o recomendados por los fabricantes.

-

En ausencia total o parcial de luz solar, se debe suministrar iluminación artificial suficiente en todos los sitios de trabajo, si se requiere realizar trabajos en estas condiciones, de forma tal que las actividades se desarrollen en forma segura. La fuente luminosa no debe limitar el campo visual ni producir deslumbramientos.

-

Debido a que el aseo y el orden en la zona de trabajo brindan mayor seguridad al personal y a la comunidad, el contratista contará con personal específico para las labores de aseo y limpieza.

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

ESPECIFICACIONES TECNICAS A. CONSIDERACIONES AMBIENTALES 01.01 NORMATIVIDAD AMBIENTAL 01.01.01 MONITOREO A LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO Descripción: El Ingeniero Ambientalista o residente durante la ejecución de la obra hará de cumplimiento a las Normas Legales Ambientes, desde el inicio hasta la culminación de la obra a fin de involucrar la protección ambiental dentro de las labores de diseño, construcción, mejoramiento y mantenimiento de Obras en general. Dentro de las Normas de Comportamiento, se tiene:  Las Normas Iniciales donde se indica producir el menor impacto ambiental durante la fase de construcción, en cuanto a suelo, agua, calidad del aire.  Las Normas Generales, indica cumplir las normas y velar para que se cumplan, sobre la vegetación, valores culturales, aguas y extracción de materiales. 5 3

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 Las Normas Generales de Comportamiento del Personal, con el fin de prevenir efectos ambientales que usualmente se producen por falta de una adecuada educación ambiental de las personas que laboran en la obra dar a conocer normas sobre la flora y fauna, calidad y uso de agua.  Las Normas de Medidas Sanitarias y de Seguridad Ambiental , se refiere a epidemias de enfermedades infectocontagiosa, problemas sociales y áreas ambientales sensibles, por lo que será necesario hacer conocer normas referidas a los trabajadores de la obra a fin de tener un manejo racional e evitar el deterioro ambiental. Método de medición: Se medirá en mérito al cumplimiento de las normas por parte del personal en el campamento. El trabajo deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor Ambiental.

1.1.2

DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL

Base de pago: Será medida en la forma descrita anteriormente y pagada al precio unitario de la partida APLICACIÓN DE NORMAS DE COMPORTAMIENTO. SEGUIMIENTO A LAS PAUTAS AMBIENTALES Descripción: De acuerdo a las normas ambientales, el asistente ambiental es la responsable de supervisar el cumplimiento de las Normas de Comportamiento en la Rehabilitación de la obra; asimismo, la correcta ejecución del Plan de Manejo Ambiental, considerándose la responsabilidad de su implementación de la obra civil y ambiental al Residente de obra. Procedimiento: El asistente ambiental realizará el seguimiento de las Normas de Comportamiento de la obra, a fin de se cumpla con lo descrito y dar las recomendaciones del caso al residente de Obra; asimismo, el respeto y cuidado a las acciones realizadas en el Plan de Manejo Ambiental. Método de medición: El seguimiento se medirá con los informes quincenales ó alertivo que realizará el asistente ambiental al Residente de obra y debe escribirse en el cuaderno de Obra. El trabajo deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor Ambiental. Base de pago: El seguimiento será medido en la forma descrita

01.02 SEÑALIZACION 01.02.01 LETREROS DE SEÑALIZACION INFORMATIVA Descripción: Son letreros que se colocaran dentro del campamento y obra de identificación a fin de conocer y ubicar donde se encuentran ubicados: (Oficina, Almacén, etc.), a fin que el visitante, personal de obra conozca la función, objetivo que desempeña dentro la obra y que actividad ambiental cumple y que es necesario preservar a fin de tener un impacto ambiental positivo. Asimismo, se colocará letreros con lemas de sensibilización Ambiental y Recomendaciones al cuidado de la Ecología y Medio Ambiente. Procedimiento: Se construirán Ambientales con Plancha Metálica e= 1/40, con bastidores de Madera Tornillo y en ellos estará el nombre de cada ambiente (Oficina Almacén etc) asimismo lemas aludidas al cuidado del medio Ambiente a fin de sensibilizar y tomar conciencia en el cuidado de la ecología 5 4

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A continuación, se detalla los nombres y dimensiones de los letreros a ser colocados en obra como parte del Manejo Ambiental.

LETREROS CON DIMENSIONES DE: 1.00 X 0.50 ( 02)  CAMPAMENTO DE OBRA  PROHIBIDO EL INGRESO A PERSONAS AJENAS A LA OBRA LETREROS CON DIMENSIONES DE 0.50 X 0.30 ( 14) Servicios Higiénicos

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Varones CONTENE Almacén Residuos Orgánicos Residuos Inorgánicos Prohibido hacer fuego a 50 m. de distancia (02) Letreros de sensibilización Ambiental (06)

Método de Medición: Los letreros se medirán en unidades ubicadas en su posición final. El trabajo deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor Ambiental Base de Pago: Las señales serán medidas en la forma descrita anteriormente, será pagada al precio unitario del contrato, por unidad construida, para la partida LETREROS DE UBICACION, entendiéndose que dicho precio y pago constituirá compensación total por toda mano de obra, equipos, materiales e imprevistos necesarios para completar satisfactoriamente el trabajo.

01.03 MANEJO DE CAMPAMENTO 01.03.01 CONTENEDORES DE PLASTICO PARA RESIDUOS SOLIDOS TOXICOS Descripción: A fin de realizar el manejo adecuado de la basura orgánica e inorgánica, dentro del campamento se deberá utilizarse los Recolectores de Plástico tamaño Grande de colores (Azul y Amarillo), rotulado cada uno con los nombres de identificación (orgánico e inorgánico) y estar ubicados en el campamento Procedimiento: El recolector de Residuo Solidos de plástico de tamaño grande, rotulado para la colocación de los residuos orgánicos y inorgánicos

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Método de Medición: El contenedor será medido en unidades construidas. El trabajo deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor Ambiental. Base de Pago: El contenedor construido en la forma descrita anteriormente, será pagada al precio unitario del contrato, por unidad construida, para la partida recolectores de Residuos sólidos, entendiéndose que dicho precio y pago constituirá compensación total por toda mano de obra, equipos, materiales e imprevistos necesarios para completar satisfactoriamente el trabajo.

01.03.02 INSTALACIÓN DE LETRINA PORTATIL Y MANTENIMIENTO (Fibra de Vidrio)

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El servicio higiénico tiene por finalidad evitar la contaminación del medio por las excretas del hombre. Descripción: El baño y/o letrinas es el lugar donde se depositan las deposiciones humanas para evitar focos infecciosos y prevenir de esta manera enfermedades que puedan afectar a la salud humana y al medio ambiente. Debe ubicarse a una distancia de 15 metros de la oficina, fuente de agua etc. Procedimiento: Se adquirirá/alquilará una letrina portátil de fibra de vidrio a fin poder trasladar de un lugar a otro dentro el perímetro y/o ámbito del campamento. Conservación y Mantenimiento: conservar bien limpia y libre de excretas y residuos sólidos diario, limpiar la losa (barrido), verificación del tubo de ventilación, asimismo desinfectar con kreso, salvo de haber con kerosene. Método de Medición: La Letrina será medida en unidad instalada, debiendo con la aprobación del Ingeniero Supervisor Ambiental. Base de Pago: La letrina instalada descrita anteriormente, será pagada al precio unitario del contrato, por unidad en la partida INSTALACION DE LETRINAS, entendiéndose que dicho precio y pago constituirá compensación total por toda mano de obra, equipos, materiales e imprevistos necesarios para completar satisfactoriamente el trabajo.

01.03.03 MICRO RELLENO SANITARIO Descripción: El micro rrelleno tienen por finalidad recepcionar la basura orgánica e inorgánica (según el plano de ubicación de botadero), evitando así la contaminación al medio. Cada vez que se eche la basura orgánica adicionar un poco de cal o ceniza para evitar malos olores y acelerar la putrefacción. Echar agua quincenalmente; al final se obtiene el compost. Procedimiento: Se construirá dos pozas de las dimensiones de 10largox15anchox2.00 alto mt., dicha poza continua a otra poza por una separación de 0.50 mt. Dentro del pozo de relleno inorgánico, al finalizar la demolición de las infraestructuras y su posterior eliminación, se colocará una capa de terreno natural, extraída de la misma excavación para la cimentación de estructuras proyectadas. En cambio, para el pozo de relleno orgánico, cada vez que se eche la basura orgánica adicionar un poco de cal o ceniza para evitar malos olores y acelerar la putrefacción. 5 6

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Echar agua quincenalmente; al final se obtiene el compost, al final del pozo se colocará una capa de terreno propia natural. Método de Medición: El microrelleno será medido en unidad construida y operativo. El trabajo deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor.

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Base de Pago: El microrelleno construido en la forma descrita anteriormente, será pagada al precio unitario del contrato, por módulo de microrelleno, para la partida MICRORELLENO SANITARIO, entendiéndose que dicho precio y pago constituirá compensación total por toda mano de obra, equipos, materiales e imprevistos necesarios para completar satisfactoriamente el trabajo.

Foto: Micro Relleno Sanitario (Imagen REFERENCIAL)

B.

ACCIONES SOCIO CULTURALES

01.04 EDUCACION AMBIENTAL 01.04.01 CHARLA AL PERSONAL DE OBRA Descripción: La capacitación estará destinada a todos los trabajadores que laboran en la Obra, de manera que tomen conciencia de la importancia que tiene la protección del Medio Ambiente en la zona del proyecto, dando mayor énfasis en la difusión de valorar los recursos naturales. Los temas a tratarse son: 1. 2. 3. 4.

Seguridad, Salubridad y Higiene en obra Cuidado del Medio Ambiente y Legislación Ambiental Manejo de Residuos Sólidos y escombros en obra Conservación de los Recursos Naturales y Normas legales

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Procedimiento: Las exposiciones de capacitación se realizarán de manera participativa, fomentando el diálogo y la participación, entre los asistentes, para lo cual se utilizarán equipos de audio visual y en otros casos material didáctico (trípticos). Método de Medición: La capacitación será medida en charla dictada y relación de asistentes. El trabajo deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor Ambiental. Base de Pago: La capacitación en la forma descrita anteriormente, será pagada al precio unitario del contrato, por la charla dictada, para la partida AL PERSONAL DE OBRA, entendiéndose que dicho precio y pago constituirá compensación total por toda mano de obra, equipos, materiales e imprevistos necesarios para completar satisfactoriamente el trabajo.

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01.04.02 CHARLA A LA COMUNIDAD Descripción: La capacitación a los pobladores es con la finalidad de crear conciencia y valorar el cuidado del medio ambiente y el calentamiento global de la tierra. Los temas a tratarse son: 1. Cuidado del Medio Ambiente 2. Conservación de los Recursos naturales 3. Calentamiento global de la Tierra Procedimiento: Las exposiciones se realizarán de manera participativa, fomentando el diálogo y la participación, empleándose equipo audiovisual, proyección de diapositivas Método de Medición: La capacitación será medida en charla dictada y relación de asistentes. El trabajo deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor Ambiental. Base de Pago: La charla se ejecutará de la forma descrita anteriormente, será pagada al precio unitario del contrato, por la charla dictada, para la partida CHARLA A LOS BENEFICIRIOS, entendiéndose que dicho precio y pago constituirá compensación total por toda mano de obra, equipos, materiales e imprevistos necesarios para completar satisfactoriamente el trabajo.

01.04.03 FORMACION DEL COMITE DE MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EN LA ETAPA DE POST - CONSTRUCCION Descripción: Se formara el comité de mantenimiento de la infraestructura y equipos con la finalidad que se encarguen del mantenimiento adecuado tanto de las áreas verdes y Infraestructura. Procedimiento: En una asamblea general se informará referente al proyecto y su importancia que requiere el mantenimiento adecuado para su operatividad. Se nominará a los responsables para los siguientes cargos: Presidente, Secretario, Tesorero, Fiscal y Vocales, para lo cual el proyecto a destinado un presupuesto para la adquisición del Libro de Actas, legalización, redacción del estatuto y inscripción a Registros públicos.

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Método de Medición: El comité de mantenimiento de la infraestructura se medirá cuando se encuentre formado e instalado y en funcionamiento, como operatividad el comité deberá contar con la aprobación del Ingeniero Supervisor

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Base de Pago: Formado e instalado el comité descrita anteriormente, será pagada al precio unitario del contrato, operando esta partida. FORMACION DEL COMITE DE MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EN LA ETAPA DE POST - CONSTRUCCION, entendiéndose que dicho precio y pago constituirá compensación total por toda mano de obra, equipos, materiales e imprevistos necesarios para completar satisfactoriamente el trabajo.

CAPITULO VII

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Que, en concordancia y aplicación a la Ley Nº 27446 “Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental” (SNIA), y su Reglamento; Publicado el 24/09/2009; La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el proyecto “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE LA I.E. Nª86103 CORAZON DE JESUS DE LA LOCALIDAD DE MATAQUITA DISTRITO DE JANGAS HUARAZ - ANCASH “, corresponde a la Categoría I.- Declaración de Impacto Ambiental (DIA), a) CONCLUSIONES

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1. El principal impacto positivo es la generación del empleo temporal durante las diferentes etapas de construcción y operación. 2. El grado de afectación de los componentes ambientales es poco o casi nada de significancia durante la ejecución del proyecto, con excepción de los impactos en el incremento en el nivel de ruidos. 3. El proyecto en mención resulta ser ambientalmente viable, siempre y cuando, se apliquen las medidas recomendadas, de acuerdo a las actividades del proceso constructivo y operacional de la infraestructura.

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b) RECOMENDACIONES Las recomendaciones necesarias para permitir que la construcción de la obra proyectada se realice en armonía con la conservación del ambiente, se indican en el Plan de Manejo Ambiental, el cual forma parte del presente EIA. 1. Se recomienda ejecutar las acciones indicadas en el Plan de Manejo Ambiental a fin de mitigar las alteraciones ambientales causadas durante la ejecución del proyecto que comprende: Cumplimiento y seguimiento a las normas ambientales nacionales, así como: Manejo de Campamento, Educación Ambiental y otros.

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