Cuestionario Derecho Aduanero

DERECHO ADUANERO CUESTIONARIO 1 1. ¿POR QUÉ SE DICE QUE EL RECURSO ADMINISTRATIVO ES UN LITIGIO? Porque es una defensa d

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DERECHO ADUANERO CUESTIONARIO 1 1. ¿POR QUÉ SE DICE QUE EL RECURSO ADMINISTRATIVO ES UN LITIGIO? Porque es una defensa de los intereses del promovente ante el estado. 2. ¿CUÁL ES LA FUNCIÓN DEL RECURSO ADMINISTRATIVO? Es hacer un nuevo examen del acto impugnado, que bien puede que bien puede hacerlo ante los imperativos de la norma legal o ante la realidad. 3. ¿CUÁL ES LA DEFINICIÓN DEL RECURSO ADMINISTRATIVO? Es un procedimiento desarrollado en la esfera de la administración y no un proceso promovido ante un tribunal. 4. MENCIONA LOS DIFERENTE RECURSOS ADMINISTRATIVOS a) Recurso de inconformidad. b) Recurso de revisión de la LFPA c) Recursos previstos en el código fiscal de la federación. d) Revisión fiscal e) Condonación de multas. 5. EXPLICA EL RECURSO DE INCONFORMIDAD Dice que se podrá enderezar por las personas que se consideren afectadas por la entidad, por que no haya cumplido con las disposiciones del sistema nacional de coordinación fiscal y que se podrá presentar en cualquier tiempo ante la secretaria de hacienda y crédito publico. 6. ¿ANTE QUIEN SE DEBE PRESENTAR EL RECURSO DE INCONFORMIDAD EL RECURSO DE INCONFORMIDAD Y POR QUIENES? Se debe presentar ante la secretaria de Hacienda y Crédito Publico; por las personas que resulten afectadas por incumplimiento de las disposiciones del sistema nacional de coordinación fiscal. 7. EXPLIQUE EL RECURSO DE REVISIÓN SEGÚN LA LFPA Nos dice que este recurso no será aplicable para aquellos actos relacionados con el procedimiento administrativo en materia Aduanera el cual podrá ejercer en términos del referido anexo de convenio de coordinación fiscal. 8. MENCIONA CUALES SON LOS REQUISITOS PARA LOS RECURSOS PREVISTO EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN I. Constar por escrito. II. El nombre, la denominación o razón social y el domicilio fiscal manifestando al Registro Federal de Contribuyentes, para el

DERECHO ADUANERO efecto de fijar la competencia de la autoridad y la clave que le correspondió en dicho Registro. III. Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción. IV. El domicilio para oír y recibir notificaciones y el nombre de la persona autorizada para recibirlos. 9. ¿QUÉ SUCEDE SI EL PARTICULAR AFIRMA CONOCER EL ACTO ADMINISTRATIVO? Pues la impugnación contra la notificación se hará valer mediante la interposición del recurso administrativo que preceda contra dicho acto, en el que manifestara la fecha en que lo conoció. 10. ¿QUÉ MANIFESTARA EL PARTICULAR SI NIEGA CONOCER EL ACTO? Manifestara tal desconocimiento interponiendo el recurso administrativo ante la autoridad fiscal competente para notificar dicho acto. 11. ¿CUÁL ES EL PLAZO PARA AMPLIAR EL RECURSO ADMINISTRATIVO? De cuarenta y cinco días a partir del siguiente en que la autoridad se las haya dado a conocer. 12. EN QUE MOMENTO SE DESECHARA DICHO RECURSO Cuando se resuelve que la notificación fue practicada y, como consecuencia de ello, la impugnación contra el acto se interpuso extemporánea. 13. ¿QUÉ PROCEDE A LA FALTA DE NOTIFICACIÓN DE UN ACTO O RESOLUCIÓN? Anula dichos procesos. 14. ¿CONTRA QUIENES PROCEDE EL JUICIO CONTENCIOSO FEDERAL? Contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la ley orgánica del tribunal federal fiscal administrativa. 15. MENCIONA LAS PARTES DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO I. El demandante. II. Los demandados. III. El tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante. 16. EXPRESA LO DISPUESTO PO EL ARTICULO 1º Dice que los juicio que se promueven ante el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa, se regirán por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea parte.

DERECHO ADUANERO

17. ¿COMO DEBEN PRESENTARSE TODA PROMOCIÓN SEGÚN LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 4º? Debe estar firmada por quien formule la promoción y en caso del que el promovente no pueda firmar se imprimirá su huella digital y firmara otra persona a su ruego. 18. EXPLICA SEGÚN LAS COSTAS QUE ESTIPULA EL ARTICULO 6º • Cada parte será responsable de sus propios gastos y los que originen las diligencias que promuevan. • Únicamente habrá lugar a condena en costas a favor de la autoridad demandada, cuando se controviertan resoluciones con propósitos notoriamente dilatorios. 19. MANIFIESTA CUALES SON LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBERÁ REUNIR EL RECURSO ADMINISTRATIVO • Que sea definitiva • Que sea personal y concreta • Que cause agravio • Que conste por escrito • Que sea nueva 20. ADVIERTE COMO ADMINISTRATIVA Por escrito

DEBE

PRESENTARSE

LA

DEMANDA

21. SEGÚN EL ARTICULO 14 DE LA MATERIA MENCIONA LO QUE DEBE INDICAR LA DEMANDA I. El nombre del demandante y su domicilio para recibir notificaciones. II. Las resoluciones que se impugna. III. La autoridad o autoridades demandadas o el nombre y domicilio del particular demandado. IV. Los hechos que den motivo a la demanda. V. Las pruebas que ofrezca. VI. Los conceptos de impugnación. VII. El nombre y domicilio del tercero interesado, cuando lo haya. VIII. Lo que se pida, señalando en caso de solicitar una sentencia de condena, las cantidades o actos cuyo cumplimiento se demanda. 22. CITA LO QUE DEBE ADJUNTAR EL ACTOR A SU DEMANDA SEGÚN EL ARTICULO 15º I. Una copia de la misma y de los documentos anexos para cada una de las partes. II. El documento que acredite su personalidad. III. El documento en que conste la resolución impugnada

DERECHO ADUANERO IV.

V. VI.

VII. VIII.

En el supuesto de que se impugne una resolución negativa ficta, deberá acompañar una copia en la que obre el sello de recepción de la instancia no resuelta expresamente por la autoridad. La const6ancia de la notificación de la resolución impugnada. Cuando no se haya recibido constancia de la notificación o la misma hubiere sido practicada por correo así se hará constar en el escrito de la demanda. El cuestionario que debe desahogar el perito, el cual deberá ir firmado por el demandante. El interrogatorio para el desahogo de la prueba testimonial, el que debe ir firmado por el demandante.

23. MENCIONA LAS REGLAS QUE DEBEN APLICARSE PARA IMPUGNAR EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. I. Si el demandante afirma conocer la resolución administrativa, los conceptos de impugnación contra su notificación y contra la resolución misma, deberán hacerse valer en la demanda en la que manifestara la fecha en que la conoció. II. Si el actor manifiesta que no conoce la resolución administrativa que pretende impugnar, así lo expresa en su demanda, señalando la autoridad a quien la atribuye, su notificación o su ejecución. III. El tribunal estudiara los conceptos de impugnación expresados contra las notificaciones, en forma previa al examen de los agravios expresados en contra de la resolución administrativa. 24. MENCIONA EL TÉRMINO PARA AMPLIAR LA DEMANDA. Dentro de los veinte días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del acuerdo que admita su contestación. 25. Menciona El Termino Para Dar Contestación A La Demanda Según El Articulo 18º. Dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquel en que corra traslado de la demanda. 26. EXPLICA LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA. Admitida la demanda se correrá traslado dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a que surta efectos el emplazamiento. El plazo para contestar la ampliación de la demanda será de veinte días siguientes en que surta efectos la notificación del acuerdo que admita la ampliación. 27. BREVEMENTE INTERPRETA Y MENCIONA LOS REQUISITOS PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVOCACIÓN. • El recurso de revocación se interpondrá dentro de los cuarenta y cinco días hábiles a que se ha hecho referencia. • Deberá señalar y acompañar la resolución impugnada.

DERECHO ADUANERO • •

La constancia de notificación, deberá señalar los agravios. Señalar las pruebas y acompañar los documentos con lo que acrediten su personalidad.

28. EXPLICA CON TUS REVOCACIÓN Dejar sin efecto una resolución

PROPIAS

PALABRAS

QUE

ES

29. ¿CUÁLES SON LOS DOCUMENTOS QUE DEBE ACOMPAÑAR EL PROMOVENTE EN EL RECURSO DE REVOCACIÓN? I. Los documentos que acrediten su personalidad cuando actué a nombre de otro o de personas morales. II. El documento en que conste el acto impugnado III. Constancia de notificación del acto impugnado, excepto cuando el promovente declare bajo protesta de decir verdad que no recibió constancia. IV. Las pruebas documentales que ofrezca y el dictamen pericial en su caso. 30. PARA QUE SE LE DA AL PROMOVENTE EL TÉRMINO DE LOS CINCO DÍAS DESPUÉS DE HABER INTERPUESTO EL RECURSO DE REVOCACIÓN. Para que presente los documentos que le hayan hecho falta al presentar el escrito de dicho recurso.