Banca Hipotecaria

Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Alejandro De

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Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Alejandro De Humboldt Carrera: Comercio Internacional Cátedra: Contrato de Servicios Bancarios Sección: DCM 0903

Banca Hipotecaria

Profesor:

Alumnos:

Pulido Humberto

Flores Heilyn

C.I: 25.771.765

López Nohelia

C.I: 21.601.476

Sousa María

C.I: 26.750.063

Caracas, Octubre de 2017

Contenido Introducción ............................................................................................................. 3 Banca hipotecaria .................................................................................................... 4 Funcionamiento .................................................................................................... 5 Antecedentes........................................................................................................ 7 Las operaciones activas que realizan los bancos hipotecarios son los siguientes: ................................................................................................................ 8 Operaciones Pasivas de la Banca Hipotecaria. ................................................. 9 Operaciones Pasivas ........................................................................................ 9 Atribuciones Legales .............................................................................................. 10 De las Prohibiciones de La Banca Hipotecaria ...................................................... 12 Cambios en las Normas Bancarias para Otorgar Créditos .................................... 14 Indicadores que aplica la Banca Hipotecaria ......................................................... 15 ¿Cuándo utilizar los servicios del banco hipotecario? ........................................... 15 ¿Cómo identificar el banco hipotecario ideal? ....................................................... 16 Conclusión ............................................................................................................. 21 Referencias Bibliográficas ..................................................................................... 22

Introducción

Dentro del mercado financiero existen distintas entidades, siendo la de mayor relevancia, los bancos, puesto

que es una institución de tipo

financiero que, por un lado, administra el dinero que les deja en custodia sus clientes y, por el otro, utiliza éste para prestárselo a otros individuos o empresas aplicándoles un interés , lo que consiste en una de las variadas formas que tiene de hacer negocios e ir ampliando el dinero de sus arcas, teniendo como principal principal función y razón de existencia es la captación de clientes que depositen allí su dinero y a través de esos depósitos poder realizar préstamos a terceros e incluir otros servicios. Dentro de la clasificación de los bancos, se encuentra el banco hipotecario. El cual queremos abordar con la finalidad de tener y dar una mejor panorámica de qué son, como funcionan, sus antecedentes y sus atribuciones legales, de forma que se pueda identificar las aplicaciones que dicha banca aporta a la vida cotidiana.

Banca hipotecaria Una hipoteca es la garantía que se ofrece al solicitar un crédito. Esa garantía consiste en bienes de cierto valor que logran cubrir o exceder el valor que se solicita en préstamo (casas, apartamentos, automóviles, maquinarias, bodegas, etc.). Los bancos hipotecarios son instituciones de crédito que se procuran de fondos, aparte de su capital social, por medio de la emisión de títulos hipotecarios, depósitos de ahorro y otras operaciones secundarias. Su objeto es otorgar créditos con garantía hipotecaria, dirigidos hacia el sector dela construcción, adquisición de viviendas y liberación de hipotecas, así como realizar las operaciones y servicios financieros compatibles con su naturaleza, con las limitaciones previstas en la Ley. Al igual que existen bancos comerciales, de inversión y privados, los bancos hipotecarios están orientados a la producción y no al consumo como los anteriores, y tienen entre sus principales objetivos el negocio de obtención de ahorro y prestación de créditos que tengan como garantía una hipoteca, es decir, que presten respaldo con un activo de tipo inmobiliario (tierras, casa, industria…). La forma de operar de estas instituciones financieras es a través de la emisión de cédulas hipotecarias, bonos de ahorro y aceptaciones de depósitos de ahorro, con los que consiguen liquidez y capital procedente del mercado dando como garantía a éstos el bien hipotecado por el prestatario o el valor nominal de éste. De esta forma, se puede decir que el banco hipotecario es un intermediario financiero puro entre los excedentes de ahorro y los necesitados de financiación, poniendo como garantía un activo inmobiliario.

Como antes mencionamos, los Bancos Hipotecarios se especializan en el otorgamiento de préstamos para la compra de una vivienda, con una hipoteca como garantía.

Sin embargo, dichos bancos a su vez pueden

realizar las siguientes operaciones:



Recibir depósitos de participación en préstamos hipotecarios y en cuentas especiales.



Emitir obligaciones hipotecarias.



Conceder créditos para la adquisición, construcción, ampliación, reforma, refacción y conservación de inmuebles urbanos o rurales, y la sustitución de gravámenes hipotecarios constituidos con igual destino. Otorgar garantías vinculadas con operaciones en que intervinieren.

 

Efectuar inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente liquidables.



Obtener créditos del exterior



Actuar como intermediarios de créditos obtenidos en moneda nacional y extranjera.

Como ejemplos de estos bancos encontramos a los gigantes hipotecarios norteamericanos, Fannie Mae y Freddy Mac. De los cuales ninguno

termino con final feliz sus centenarias vidas: tuvieron que ser

rescatados por el Gobierno Norteamericano, a raíz de la colocación de títulos y obligaciones con garantía de las hipotecas subprime.

Características del Banco Hipotecario



Reciben depósitos de participaciones de préstamos hipotecarios y en cuentas especiales.



Su principal objetivo es la concesión de créditos para adquirir, construir, ampliar, reformar y mejorar activos inmuebles de todo tipo.



Otorgan garantías que tienen vinculación con operaciones en las que intervienen.



Pueden obtener créditos del exterior.



Por la razón anterior, pueden actuar como intermediarios financieros de créditos obtenidos en moneda extranjera y nacional.



Pueden emitir obligaciones o cédulas hipotecarias.



Están capacitados para realizar inversiones temporales en colocaciones de fácil liquidación.

Actualmente, en la práctica ya no existen bancos únicamente de tipo hipotecario, sino que éstos han ido diversificando sus actividades hacia bancos comerciales o han sido fusionados o absorbidos por éstos últimos, constituyendo la parte o división hipotecaria de un grupo bancario.

Funcionamiento

Estas encargan de recibir ahorros de personas (esta actividad se denomina captación de fondos) y de hacer préstamos a estos mismos (esta actividad se denomina colocación de fondos). Es importante resaltar que estos préstamos tienen como garantía hipotecas sobre bienes. Los préstamos hipotecarios generalmente son a largo plazo, siendo muy común utilizarlos en adquisiciones o mejoras de vivienda. En este caso,

es usual respaldarlos con la misma vivienda que se está comprando o mejorando. El sector de la construcción hace un uso importante de este sistema de crédito para poder desarrollar sus proyectos, los cuales se caracterizan por necesitar grandes cantidades de dinero. Si no existiera este tipo de crédito, sería muy difícil desarrollar este tipo de proyectos: Los créditos de los constructores, en la mayoría de los casos, están garantizados con hipotecas sobre los mismos proyectos que desarrollan.

Antecedentes

El día 28 de mayo de 1898 el Congreso expide una ley creando un Banco de Crédito Territorial. Por cierto que el Club Agrícola de Caracas promovió un Congreso Agrícola, el cual fue electo por las municipalidades de la República y se instaló el 2 de mayo de 1898 en Caracas. Como consecuencia, en diciembre de ese año fue presentado un proyecto ampliado por Francisco Hernández Ustariz. Un ciudadano norteamericano llamado Geo W. Upton propone, el 22 de abril de1899, la creación del Banco Bolívar que sería de circulación e hipotecario con quince millones de bolívares de capital. El gobierno atiende la petición y otorga franquicias con una Resolución del 22 de octubre de ese año; pero el Banco no llega a crearse por causa de la guerra que hizo desaparecer al Gobierno del General Ignacio Andrade. También en 1899 varios diputados presentan a la Cámara un proyecto de ley sobre Bancos populares para cada capital de distrito y con un Banco Central de Liquidación en Caracas que sería para emisión, circulación y préstamos hipotecarios; pero el Senado negó su aprobación. El 22 de mayo de 1900 el doctor Rafael Domínguez da a conocer un proyecto de un Banco Nacional con sucursales en toda la República y con

una sección de Crédito Hipotecario a la manera del Crédito Territorial Francés. Además publica una serie de artículos que trataban sobre el tópico de los Bancos Hipotecarios. Así pues, no obstante la preocupación y el gran interés observado durante el siglo pasado, al igual que en el actual, el establecimiento de un Banco de Crédito Hipotecario se hace esperar hasta hace algunos pocos años y Venezuela es adelantada, en ese aspecto, por casi todos los países americanos en la creación de un instituto de tal categoría.(Fue publicado, inicialmente, en la revista Banca y Seguros, Nº 91 Estas operaciones activas son de carácter esencialmente comercial; de aquí las estrechas relaciones que existen entre la banca y el comercio.

Las operaciones activas que realizan los bancos hipotecarios son los siguientes:

1. Conceder préstamos hipotecarios destinados a financiar proyectos deconstrucción, adquisición y la mejora de inmuebles. 2. Conceder préstamos hipotecarios para cancelar créditos garantizados con hipotecas ya existentes. 3. Financiar obras de urbanismo promovidas por el sector privado. 4. Administrar los inmuebles que adquieran en resguardo de sus intereses, por dación en pago o por la adjudicación en remate judicial y enajenarlos, de acuerdo a lo previsto en la ley. 5. Actuar como mandatarios y administradores de bienes ajenos y como fiduciarios con arreglo a las disposiciones legales vigentes.6. Cualquier otra clase de inversión de carácter reproductiva.

Operaciones Pasivas de la Banca Hipotecaria.

Son operaciones pasivas de la banca aquellas mediante las cuales los bancos procuran dinero suficiente para sus necesidades en el mercado.

Operaciones Pasivas

1. Emitir cedulas hipotecarias con garantía especial o con garantía global. La garantía especial está constituida por uno o varios préstamos hipotecarios, otorgados a favor del banco antes de la respectiva emisión (dichos prestamos deberán identificarse en el acta de la emisión de las cedulas, con determinación precisa de los inmuebles que le sirven de garantía). La garantía global está constituida por el resto de los préstamos hipotecarios otorgados a favor del banco emisor y que no hayan sido afectados a alguna emisión de cedulas. Las emisiones de cedulas hipotecarias, en ningún caso deberán ser superiores a20 veces el capital pagado y fondos de reserva del banco emisor. 2. Tomar dinero en préstamo, con o sin garantía, por un plazo no menor de 90días. 3. Recibir depósitos de dinero a plazo, con o sin interés, reembolsables a un plazo no menor de 90 días. 4. Recibir depósitos de ahorro, que podrán combinarse con planes de venta y de administración por cuenta de terceros de la cedulas hipotecarias de su emisión. 5. Emitir bonos de ahorro.

6. Hacer operaciones de reporto, solo como reportador, con respecto a cedulas hipotecarias emitidas por el propio banco. 7. Recibir en depósitos para su custodia, valores en papel o en metálico, lingotes y alhajas, así como prestar el servicio de caja de seguridad. 8. Emitir otros títulos valores compatibles con su naturaleza de bancos hipotecarios, conforme a los términos y condiciones que fije el ejecutivo Nacional. 9. Las demás que sean compatibles con su naturaleza de bancos hipotecarios, con las limitaciones que establezca el Ejecutivo Nacional.

Atribuciones Legales

Los Bancos Hipotecarios se rigen por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones de Crédito, siendo controlados y supervisados por la Superintendencia de Bancos. Esta ley define y regula el funcionamiento de los bancos y demás instituciones financieras que tienen su asiento principal en el país, sin menoscabo de que puedan tener representaciones en el extranjero. De igual manera define y regula las atribuciones de los organismos establecidos por el Estado venezolano, quien en ejercicio de su función de supervisión y control, determina y supervisa la actuación y funcionamiento de todas ellas. Así, en cuanto a los organismos de supervisión y control, contempla lo relativo a: Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria Consejo Bancario Nacional

El ámbito de aplicación de esta ley determina las instituciones financieras que deben regirse por la misma. Así el Artículo 2 Numeral 8 establece:

" Se rigen por este Decreto Ley los bancos universales, bancos

comerciales,

bancos

hipotecarios,

bancos

de

inversión, bancos de desarrollo, bancos de segundo piso, arrendadoras financieras, fondos del mercado monetario, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio, grupos financieros, operadores cambiarios fronterizos; así como las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito. Asimismo, estarán bajo la inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras las sociedades de garantías recíprocas y los fondos nacionales de garantías recíprocas”.

También está la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda (G.O. No 38.756 de 28/08/2007) Tiene por objeto:



Establecer un conjunto de normas basadas en el derecho a la vivienda digna y a la protección de ésta como contingencia de la seguridad social, establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social en lo que atañe a vivienda y hábitat, a fin de brindar eficaz protección a todas las personas que poseen o solicitan un crédito hipotecario para la construcción, autoconstrucción, adquisición, ampliación o remodelación de vivienda .



Instrumentar la protección del derecho social a la vivienda digna, especialmente en el caso de las familias afectadas por modalidades financieras que lo pongan en peligro.



Normar las condiciones fundamentales de créditos hipotecarios para vivienda principal, otorgados con recursos fiscales o parafiscales provenientes del Estado o de los ahorros de los trabajadores que estén bajo su tutela.



Normar las condiciones fundamentales de los créditos hipotecarios para vivienda, bien sea ésta principal o secundaria, con recursos propios

de

la

banca,

operadores

financieros

y

acreedores

particulares.

De las Prohibiciones de La Banca Hipotecaria

Según el Artículo 103. Los bancos hipotecarios no podrán: 1. Recibir depósitos a la vista en cuenta corriente. 2. Adquirir más del veinte por ciento (20%) del capital social de una empresa, manteniendo dicha participación por un período de hasta tres (3) años; transcurrido dicho lapso deberán reducir su participación en el capital de la empresa, a un límite máximo del diez por ciento (10%) del capital social. En todo caso, la totalidad delas inversiones antes señaladas no podrá superar en su conjunto el veinte por ciento (20%) del patrimonio del banco.

3. Adquirir obligaciones emitidas por los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras; salvo cuando se trate de la colocación de excedentes en operaciones de tesorería, las cuales no podrán ser a plazos mayores de sesenta (60) días. 4. Otorgar fianzas y cauciones. 5. Otorgar préstamos hipotecarios por plazos que excedan de veinticinco (25) añoso por más del setenta y cinco por ciento (75%) del valor del inmueble dado en garantía, según avalúo que se practique. La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras podrá aumentar el plazo indicado en este numeral. 6. Mantener contabilizados en su balance, como activos, aquellos créditos o inversiones que no cumplan con las disposiciones contenidas en la Ley, o con la normativa prudencial emanada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. 7. analistas financieros, no es tan descabellada, en teoría. Recuerdan que si existe en la economía mayores recursos para la adquisición de un bien con poca oferta (en este caso las viviendas) se genera crecimiento de la demanda, y por ende sus precios suben. Hay otro 5% de la gaveta hipotecaria para construcción que está subdividido; 70% para préstamos para la construcción de viviendas a familias con ingresos de tres salarios mínimos o menos. Otro 30% para el mismo fin, pero para familias con ingresos entre tres y cinco salarios mínimos. En la nueva resolución también se estableció para remodelación de viviendas que la banca debe destinar7,5% del 10% de la gaveta obligatoria. Antes era solo el 6% de esa cartera. Asimismo, se elevó de 4% a 7,5% del porcentaje (10%) que del monto obligatorio para el sector hipotecario debe dirigirse a autoconstrucción.

Cambios en las Normas Bancarias para Otorgar Créditos A la mitad se redujo la proporción obligatoria que los bancos tienen que destinar a las familias con recursos más bajos. Con el aumento de dos puntos porcentuales de la gaveta obligatoria para la vivienda (de 10% pasó a 12%) también se modificó la redistribución de esos préstamos. Lo que se destina ahora para préstamos para familias con ingresos de tres salarios mínimos disminuyó de 46% de la cartera dirigida a vivienda, a solo 28% de esa gaveta obligatoria. Anteriormente para estos grupos familiares se dirigía el 80% del 58% de la gaveta obligatoria hipotecaria.

En la nueva resolución, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.664, se estableció que para préstamos de adquisición de viviendas se destinará el 35% de esa cartera dirigida para las familias que ganen hasta cinco salarios mínimos. De esa porción 80% para los que ganan hasta tres salarios mínimos y 20% para los que ganen entre tres y cinco salarios mínimos. Es decir, entre Bs.F. 4.200 a Bs.F.7.000. Pero en la normativa anterior (publicada el 4 de mayo de 2010, Gaceta Oficial N° 39.416), vigente hasta ayer, el porcentaje para adquisición de vivienda era mayor, estaba estipulado en 58% de la gaveta obligatoria habitacional; por lo que el 80% de esa porción significaba una cantidad mayor. Las personas con ingresos por encima de los Bs.F. 7000 deberán solicitar préstamos a través de los recursos propios de la banca, según parámetros establecidos en la Ley del Deudor Hipotecario.

El aumento de 10% a 12% en la gaveta obligatoria para vivienda está dirigido exclusivamente a la construcción: "Del 2% de la cartera de crédito bruta anual, deberá destinarse el 100% al otorgamiento de créditos hipotecarios para la construcción de viviendas", según la nueva resolución. Una medida que, según analistas financieros, no es tan descabellada, en

teoría. Recuerdan que si existe en la economía mayores recursos para la adquisición de un bien con poca oferta (en este caso las viviendas) se genera crecimiento de la demanda, y por ende sus precios suben. Hay otro 5% de la gaveta hipotecaria para construcción que está subdividido; 70% para préstamos para la construcción de viviendas a familias con ingresos de tres salarios mínimos o menos. Otro 30% para el mismo fin, pero para familias con ingresos entre tres y cinco salarios mínimos. En la nueva resolución también se estableció para remodelación de viviendas que la banca debe destinar 7,5% del 10% de la gaveta obligatoria. Antes era solo el 6% de esa cartera. Asimismo, se elevó de 4% a 7,5% del porcentaje (10%) que del monto obligatorio para el sector hipotecario debe dirigirse a autoconstrucción.

Indicadores que aplica la Banca Hipotecaria Índice de morosidad (Cartera de créditos): es un indicador de la calidad de la cartera de créditos de una institución bancaria, medida a través de la relación entre Cartera de Créditos Inmovilizada (Cartera de Créditos Vencida y en Litigio) y la Cartera de Créditos Bruta. Por tanto, mientras haya menos créditos morosos en relación a la cartera total bruta (sin deducir la provisión para préstamos inmovilizados o de difícil cobro) la cartera será de mayor calidad.

¿Cuándo utilizar los servicios de los Banco Hipotecarios?

Por uso y costumbre este tipo de instituciones financieras se tienden a enmarcar en préstamos hipotecarios vinculados al mundo inmobiliario, tanto viviendas como locales comerciales. A razón de que la garantía prendaria es el mismo inmueble.

Por lo que, si ha ponderado adquirir un bien inmobiliario, entonces, este tipo de banco es una alternativa viable de negocios; ya que, como mencionamos anteriormente, la especialización del tema hipotecario, le hace tener prácticamente una solución para cada situación y que ella signifique una ventaja competitiva para quien asume el crédito.

¿Cómo se puede identificar el Banco Hipotecario ideal?

La evaluación de las entidades financieras, para el público en general, está estrechamente vinculada al gusto y al servicio que se ha recibido de dicha institución. Sin embargo, uno de los principales elementos que se deben tomar en cuenta es la comparativa con otras entidades bancarias similares. Esto se logra haciendo una pequeña investigación de mercado, pero no se deje impresionar por éste último término. Para hacer esto lo único que tiene que hacer es llamar a los diferentes bancos hipotecarios disponibles y preguntándole sobre algunas cosas básicas como:  ¿Qué

productos financieros ofrece?

 ¿Qué

tiempo que tiene en el mercado?

 ¿Cuáles

son sus tasas activas (préstamos) y pasivas (certificados de

depósito, Ctas de ahorro, etc)?  ¿Cuáles

son los plazos en sus diferentes productos?

Sobre la base de las respuestas recibidas, y las expectativas creadas, entonces se podrá tener una panorámica más amplia relativa al mercado y por ende le permitirá identificar el banco hipotecario ideal. Aquel que se ajuste más a sus intereses y planificación financiera.

Tipos de Créditos Hipotecarios: De acuerdo con el tipo de cliente, los créditos hipotecarios se pueden clasificar en créditos individuales de vivienda y créditos para los constructores. Dependiendo del sistema de financiación, los créditos hipotecarios se clasifican en créditos a cuotas fijas durante toda la vida de la financiación, créditos de cuota inicial mínima y luego de montos mensuales crecientes, o créditos de cuota inicial alta y luego de montos mensuales decrecientes. Según el tipo de bien inmueble que se financia, los créditos hipotecarios pueden destinarse para vivienda nueva, vivienda usada, remodelación de la vivienda, compra de terreno, financiación de local comercial, vivienda de interés social subvencionada por el gobierno. Los créditos hipotecarios pueden exigir el ahorro programado previo a la solicitud del préstamo, de un determinado monto de dinero utilizable como cuota inicial para la compra de la vivienda y medio para verificar la capacidad de pago y disciplina del cliente.

Beneficios Para la entidad financiera, los beneficios de los créditos hipotecarios serán el desembolso del dinero por el cual obtienen un ingreso por comisiones e intereses, así como el menor riesgo de no pago por parte del deudor, al encontrarse garantizado con el mismo bien que se financia. Para el cliente o deudor de los créditos hipotecarios, los beneficios serán el poder adquirir su vivienda o local comercial, el obtener una financiación de largo plazo y con menores intereses respecto de los créditos comerciales tradicionales, y en algunos casos poder deducir de los impuestos el pago de la financiación e intereses.

Cuando los intereses de los créditos hipotecarios son bajos y las viviendas que se adquieren se valorizan, se convierten los créditos hipotecarios en una alternativa y fuente de inversión. Igualmente, los créditos hipotecarios pueden beneficiarse de políticas de subsidio, en tasa de interés o en capital para la cuota inicial de la vivienda, otorgadas por los gobiernos a ciertos sectores económicos en determinadas épocas.

Importancia de los créditos hipotecarios Los créditos hipotecarios son muy importantes para la economía y finanzas de las personas, constructores, y comerciantes, ya que les facilita el dinero necesario para poder construir su patrimonio, sea en la compra de la vivienda o del terreno o del local para su negocio. Para los gobiernos, el sector de la construcción genera empleo y desarrollo, y los créditos hipotecarios permiten al sector de la construcción su crecimiento y venta de sus proyectos, al otorgarles financiación y capacidad de compra y pago a los clientes. Diferencia entre los créditos hipotecarios y los de libre destinación: Los créditos hipotecarios utilizan la garantía hipotecaria y personal para el pago de la financiación realizada, mientras que los créditos de libre destinación solo la garantía personal y en algunos casos de un codeudor solidario. Por tal motivo, los créditos hipotecarios son más económicos para el cliente y para el Banco más seguros y confiables. Modalidades de préstamos hipotecarios El tipo de interés es el precio que las entidades cobran por prestar su dinero. Los bancos pueden conceder préstamos hipotecarios a un tipo de interés fijo, variable o mixto.



Tipo de interés fijo: El tipo de interés y por lo tanto la cuota mensual a pagar permanecen fijos durante toda la vida del préstamo. La ventaja de esta modalidad es que usted conocerá de antemano cuánto tendrá que pagar cada mes, sin preocuparse por las subidas y bajadas de tipos. Como inconveniente, en el momento de la contratación se suele establecer un tipo superior que para las hipotecas de tipo variable. Los plazos de amortización permitidos también son más cortos; se suele fijar un máximo de 20 años.



Tipo de interés variable: El tipo de interés variable se revisa anual o semestralmente (en ocasiones trimestralmente) y se ajusta a las condiciones de mercado en ese momento, de acuerdo con algún índice de referencia, como el Euribor* (por ejemplo, euribor + 2,1). La ventaja de esta modalidad es que en el momento de contratación el tipo de interés inicial suele ser inferior al de las hipotecas a tipo fijo y se suele ofrecer la opción de plazos de amortización más largos, normalmente entre 20 y 30 años o incluso más. Con un tipo de interés variable, uno corre el riesgo de tener que pagar una cuota mayor si los intereses suben, aunque puede beneficiarse si bajan.

Existen distintos instrumentos financieros que permiten cubrir el riesgo de subidas de tipos. Esto significa que, si los tipos suben, la entidad bancaria pagará al cliente la diferencia entre lo que tenga que pagar y una cuota mensual determinada. Sin embargo, estos productos tienen sus propios riesgos: si los tipos bajan será el cliente quien tenga que pagar al banco, y a veces estos importes pueden llegar a ser muy elevados.



Tipo de interés mixto: En este caso, se cobra un interés fijo durante un período inicial (suele ser de entre tres y cinco años) que luego pasa a ser un tipo variable. Podría subir o bajar la cuota a pagar en función de la evolución del tipo de interés de la referencia utilizada

Conclusión Una vez culminado este trabajo, podemos decir que La banca hipotecaria es el conjunto de entidades, instituciones o corporaciones que se encargan de recibir ahorros de personas (esta actividad se denomina captación de fondos) y de hacer préstamos a estos mismos (esta actividad se denomina colocación de fondos). Es importante resaltar que estos préstamos tienen como garantía hipotecas sobre bienes. Siendo la hipoteca la garantía que se ofrece al solicitar un crédito. Esa garantía consiste en bienes de cierto valor que logran cubrir o exceder el valor que se solicita en préstamo (casas, apartamentos, automóviles, maquinarias, bodegas, etc). Por ejemplo, una persona, a quien llamaremos (A), quien otorga un préstamo a otra persona (B), tiene derecho sobre los bienes que la persona (B) puso como garantía de pago de la deuda. Es decir, la persona (B) hipotecó ciertos bienes como garantía de un crédito a la persona (A). Si se presentara el caso de que la persona (B) no le pagara la deuda a la persona (A) en las condiciones que hayan establecido, la persona (A) podría quedarse con los bienes hipotecados, que son los que (B) puso como garantía de pago de su deuda, y venderlos o hacer uso de esos bienes, para de esta forma cubrir la deuda. Adicional a esto, los préstamos hipotecarios generalmente son a largo plazo, siendo muy común utilizarlos en adquisiciones o mejoras de vivienda. En este caso, es usual respaldarlos con la misma vivienda que se está comprando o mejorando.

Referencias Bibliográficas

 Ortiz, J. “¿qué es un banco hipotecario?“. www.finanzasy proyectos.com. 23-01-2015 Octubre de 2017. https://finanzasyproyectos.net/bancohipotecario/  Castillo,

N.

Octubre

de

“Banca

Hipotecaria”.

2017.

www.slideshare.com.

05-11-2016.

https://es.slideshare.net/NiruskaCastillo/banca-

hipotecaria

Referencias Electrónicas 

http://www.ecofinanzas.com/diccionario/B/BANCO_HIPOTECARIO.htm



http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-1296146



https://www.santanderrio.com.ar/banco/online/personas/creditos/super -prestamo-hipotecario-uvas/caracteristicas-y-condiciones



http://www.inversion-es.com/creditos-hipotecarios.html