Asignatura Datos del alumno Fecha Fundamentos de las Técnicas de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámbito Jurídi
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Asignatura
Datos del alumno
Fecha
Fundamentos de las Técnicas de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámbito Jurídico de la Prevención
Caso grupal: Construcciones Altura Preguntas del profesor Con los datos facilitados en la actividad y los que necesites extraer de los diferentes temas de la asignatura, se solicita que contestes a las siguientes cuestiones, justificando convenientemente las respuestas: 1. Señala los diferentes riesgos laborales a los que están expuestos David, Juan, Antonio y Ana en su trabajo, indicando la disciplina preventiva a la cual se asocian de manera preferente. En la tabla 1 se detallan los riesgos y disciplinas preventivas a las cuales están expuestos los trabajadores. Tabla 1. Riesgos y disciplinas preventivas Trabajadores
David
Riesgo
Disciplina preventiva
Caída al mismo nivel
Seguridad
Caída a distinto nivel
Seguridad
Pisadas sobre objetos
Seguridad
Exposición a contaminantes
Higiene
químicos Carga física: posición
Ergonomía
Choque contra objetos inmóviles
Seguridad
Carga física: movimientos
Ergonomía
repetitivos Golpes/cortes por objetos o
Seguridad
herramientas
Juan
Contactos eléctricos
Seguridad
Proyección de fragmentos o
Seguridad
partículas Atrapamiento por o entre objetos
Seguridad
Ruido
Higiene
Atrapamiento por vuelco de
Seguridad
TEMA 4 – Actividades
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máquinas Caída a distinto nivel
Seguridad
Carga física: posición
Ergonomía
Carga física: movimientos
Ergonomía
Antonio
repetitivos Caída de objetos en manipulación
Seguridad
Exposición a contaminantes
Higiene
químicos Relaciones
Psicosociología
Mental: tratamiento de la
Ergonomía
información Ana
Tiempo de trabajo
Psicosociología
Fatiga crónica
Ergonomía
Contenido
Psicosociología
Movimientos repetitivos
Ergonomía
Posición
Ergonomía
2. Califica los diferentes procesos de incapacidad temporal sufridos por los trabajadores de Construcciones Altura, S. L. Tabla 2. Motivo y tipo de incapacidad temporal Motivo de incapacidad
Tipo de incapacidad temporal
temporal Accidente de trabajo, Art 156.1 LGSS se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el Lesión Juan
ocular
por trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del
proyección
de trabajo que ejecute por cuenta ajena. Juan sufre
fragmentos
de una proyección de fragmentos de madera mientras
madera.
usaba el taladro en la fase de acabado en una de las viviendas, producto de la falta de EPI. Accidente de trabajo, Art 156.1 LGSS Pedro sufre una lesión lumbar producto del exceso
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de carga la norma ISO/CD 11228: Ergonomics Pedro
Lesión lumbar.
Mannual handling - Part 1: Lifting and carrying. Determina que cuando una carga supera los 25 kg supone por si misma un riesgo. Por lo general los sacos de cemento se suelen fabricar entre 25 Kg y 50 Kg producto de ello pedro ha sufrido una lesión. Accidente de trabajo, Art 156.2 LGSS apartado e) Las enfermedades, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución de este. En el caso de Ana nos encontramos ante una enfermedad relacionada con el trabajo, teniendo en
Episodios Ana
de cuenta la jornada de más de 9 horas de lunes a
ansiedad y depresión viernes, la situación económica de la empresa, las leve
humillaciones proporcionadas por la directora administrativa frente a clientes y compañeros, que ha provocado en Ana un elevado estrés. Si se demuestra la relación causal entre la enfermedad de Ana y el trabajo por cuenta ajena (la cual tendría respaldo por el registro de horas trabajo e insultos recibidos frente a sus compañeros), el tratamiento jurídico de la enfermedad de Ana será similar al de un accidente de trabajo. Enfermedad profesional art 157. LGSS la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones
Daniel Necrosis semilunar
del correspondientes. Este cuadro se encuentra en el R.D. 1299/2006. Daniel es un empleado que lleva 20 años trabajando
mediante
el
uso
de
un
taladro
neumático, producto de ello sufre una necrosis
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semilunar la cual es un estado clínico debido a la falta de irrigación sanguínea del hueso semilunar del
carpo
(miembro
superior)
que
produce
alteraciones morfológicas del semilunar. Dentro del anexo
I.
Del
R.D.
1299/2006 cuadro
de
enfermedades profesionales. Se clasificaría como afectación vascular. Derivado de aquellos trabajos en los que se produzcan: vibraciones transmitidas a la mano y al brazo por gran
número
de
máquinas
o
por
objetos
mantenidos sobre una superficie vibrante (gama de frecuencia de 25 a 250 Hz), como son aquellos, como martillos neumáticos, punzones, taladros, taladros a percusión. La codificación dentro del anexo I corresponde a 2B0101. 3. ¿Está obligado Mario a someterse al reconocimiento médico? De acuerdo a lo establecido el en el artículo 22 de la Ley 31/1995, Mario no está obligado a someterse al reconocimiento médico debido a que esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento (Ley 31, 1995). Sin embargo, es importante notar que de este carácter voluntario se exceptuarán los siguientes casos:
Cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
Cuando la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
Para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. (Ley 31, 1995).
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En los dos últimos supuestos se requiere de un informe previo de los representantes de los trabajadores. Según lo indicado en el enunciado del caso, Mario realiza las funciones de recepcionista y a pesar de regresar de un proceso de incapacidad temporal de once meses no se establece ninguno de los supuestos descritos anteriormente, si fuese el caso en el que la realización de su trabajo influye sobre su salud o su estado representase un peligro para él y los demás estaría justificado someterse de manera obligatoria al reconocimiento médico. 4. Referencias bibliográficas
Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. Boletín Oficial del Estado, 269, de 10 de noviembre de 1995.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. (2015). Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2015. España.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. (2006). Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la seguridad social y se establecen criterios para su notificación y registro. BOE núm. 302, de 19 de diciembre de 2006. España.
Saldaña Lusarreta A., Hernando Ballesteros L., Nuñez Cordova J. (2015). Fundamentos de las técnicas de mejora de las condiciones de trabajo y ámbito jurídico de la prevención, Tomo I, Universidad Internacional de la Rioja, UNIR, actualizado mayo 2015. España. Unir.
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Indica en la actividad el nombre de todos los componentes del equipo y cumplimenta la siguiente tabla de valoración individual:
Sí Todos los miembros se han integrado al trabajo del grupo
x
Todos los miembros respetan otras ideas aportadas
x
informe Me he preocupado por realizar un trabajo cooperativo con mis compañeros Señala si consideras que algún aspecto del trabajo en grupo no ha sido adecuado
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A veces
x
Todos los miembros participan activamente
Todos los miembros participan en la elaboración del
No
x
x
x
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