Alegato de Apertura

CAPITULO II: PLAN TÁCTICO 1.- ALEGATO DE APERTURA FRASE: Señor Juez “Brindar con un compañero de trabajo no significa q

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CAPITULO II: PLAN TÁCTICO

1.- ALEGATO DE APERTURA FRASE: Señor Juez “Brindar con un compañero de trabajo no significa que quiera tener relaciones sexuales con él”. Por ello, señor juez, estamos ante un caso de violación sexual. HECHOS: El día 08 de Septiembre del 2006, se encontraba laborando como secretaria en la sucursal de la empresa mensajería CORAL S.A.C la señorita Karen Martínez, cuando alrededor de las 10 am el encargado de Recursos Humanos le informo que había sido trasladada a la oficina central. Aproximadamente a las 12:00 pm Ricardo Rojas, quien es el Supervisor de la Empresa, ingresa a la oficina donde ella labora felicitándola por su trasladado, y él le propone realizar un brindis de despedida, es así que ella accede, pero la agraviada le informa que también invite a este brindis al gerente de la empresa Henry Rosas, es debido a esta invitación que Henry Rosas les comunica que la reunión se podía organizar en su oficina. Luego a las 18:30 horas Karen Martínez, Ricardo Rojas y Henry Rosas, se encontraron en la oficina de gerencia, después fue Ricardo Rojas quien mandó a comprar vino a su tío Gabriel Torres quien trabajaba como vigilante de la empresa, iniciándose así la reunión. Al promediar las 20:30 horas Henry Rosas decide retirarse de la reunión. Quedándose a solas Karen Martínez con Ricardo Rojas, es que entablaron una conversación la cual duro una hora y media aproximadamente; debido a que ya era tarde la agraviada decidió abandonar el lugar, es así que el señor Ricardo Rojas se precipito sobre ella, la tomó por los brazos, la empujó contra el escritorio y la tiró al piso, ella en todo momento pide ayuda, gritó, pero nadie la auxilio, Ricardo Rojas la sostuvo boca arriba para poder penetrarla vaginalmente, mientras Karen continuaba gritando y pidiendo ayuda de manera reiterada. Cuando la víctima intentó salir de la oficina, luego de la violación sexual, Ricardo Rojas la tomó del brazo y la jaló llevándola hasta la salida de la empresa, ahí se encontró Ricardo Rojas con el vigilante Gabriel Torres, y aquel le pide a su tío que embarque en un taxi a Karen Maartínez. Posteriormente la señorita Karen no asiste a su último día de trabajo en la sucursal debido a lo sucedido, al día siguiente recibe llamadas insistentes del dueño de la empresa Rolando Rojas quien además es hermano del imputado, dichas llamadas no fueron contestadas, es así que el día 14 del mismo mes Rolando Rojas va a la casa de Karen Martínez, manifestándole que no

denuncie los hechos porque perjudicaría a su empresa y a su familia (a su hermano), entregándole unos documentos entre los cuales se encontraba un contrato laboral y un documento privado; en ese mismo instante el amigo de la agraviada Juan Prieto se encontraba a 5 casas de dicho lugar, es por eso que pudo observar cuando Rolando Rojas se alejaba de la casa de Karen. Al llegar el amigo a la casa de Karen este le preguntó qué es lo que estaba pasando, debido a la insistencia de Juan ella le terminó contando entre lágrimas la violación de la que había sido víctima. Siendo aconsejada por su amigo, ella denunció los hechos.

Señor juez tendremos en cuenta el Acuerdo Plenario 02-2005, mediante el cual estableceremos como testigo único a la agravia Karen Martínez, es así que procederemos a la presentación de las pruebas. PRUEBA DIRECTA  Presentaremos la Declaración de la señorita Karen Martínez, quien a lo largo del juicio se comprobará la violación sexual de la cual fue víctima teniendo como agresor al señor Ricardo Rojas. PRUEBA INDICIARIA Señor juez a lo largo del juicio comprobaremos lo siguiente: Con el CERTIFICADO MÉDICO LEGAL, Se acreditará las lesiones provocadas por la violencia a la cual fue sometida la victima KAREN MARTÍNEZ al momento de la violación sexual. Estableciendo que la víctima no miente. Con la DECLARACIÓN DE JUAN PRIETO, se comprobará la insistencia del señor ROLANDO ROJAS, dueño de la empresa, para que la señorita KAREN MARTINEZ acepte el documento privado y el contrato laboral. Esto es, se comprobará que el señor Rolando Rojas fue el 14 de setiembre a la casa de la señorita Karen Martínez a entregarle un documento privado en el cual le ofrece hacerse cargo del tratamiento que necesitará (tanto el psicológico y médico) por lo sucedido el 08 de setiembre; así mismo la entrega del contrato laboral, donde le ofrecía mejores beneficios laborales.

Con todo lo anterior ya mencionado, señor juez, solicitamos que se declare autor del delito de Violación Sexual al señor Ricardo Rojas, ya que un acto tan repudiable no puede quedar impune.