Acusacion Particular TRANSITO

SEÑOR JUEZ SEGUNDO PROVINCIAL DE TRANSITO Causa 162 – 2.007 EDISON ARMANDO GORDILLO CORREA, de 37 años de edad, ciudadan

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SEÑOR JUEZ SEGUNDO PROVINCIAL DE TRANSITO Causa 162 – 2.007 EDISON ARMANDO GORDILLO CORREA, de 37 años de edad, ciudadano ecuatoriano, de estado civil casado, de profesión empleado privado, domiciliado en esta ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, ante usted comparezco y digo: Mis nombres y apellidos son los que dejo indicados, y mi domicilio esta ubicado en esta ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua con cedula de ciudadanía N.170935231-2. El nombre y apellidos de los acusados son: Flabio Alfonso Bucheli Ponce y Xavier Israel Bucheli Andrade. La relación circunstanciada de los hechos es como sigue: el día martes 23 de enero del 2.007 a eso de las 19h30 aproximadamente al encontrarme junto con mi hijo en el vehiculo marca Volswagen, modelo Gol, que circulaba en la Av. Guaytambos, cerca del sector del My Friend, en el sentido en el que circulaba hacia el sector de Ficoa súbitamente apareció y me impacto por el lado izquierdo de frente el vehiculo marca Cherokee, modelo Gran Cherokee Laredo, de propiedad del señor Flabio Bucheli Ponce, causándome graves daños no solo materiales sino físicos en mi persona y en mi hijo que en ese momento me acompañaba. El total de los daños tanto materiales como físicos en mi persona como la de mi hijo supera la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL DOLARES, en razón de los graves daños físicos que hemos sufrido, pero en especial mi hijo a quien se le tuvo que intervenir quirúrgicamente y se procedió a la extracción de un órgano vital como es el baso, y debe realizar un largo tratamiento del hígado, por los daños, lo cual lo justificaré en el momento oportuno. Por lo expuesto y como el hecho constituye un delito penal de transito, punible y pesquisable de oficio, me querello civil y penalmente en contra de Flabio Alfonso Bucheli Ponce, por los propios derechos y por los que representa, a fin de que en sentencia sea condenado al máximo de las penas, tipificada y sancionada en el Art. 57, 63, 70, inciso segundo y tercero, 71, 75, 80, 92 de la Ley de Transito y Transporte Terrestre, pago de costas procesales, honorarios de mi Abogado Defensor y los daños y perjuicios que me ha causado. Justifico mi condición de ofendido con mi copia de la cedula de ciudadanía y la copia de la licencia que adjunto al presente escrito. Amparado en el Art. 99 de la Ley de Transito y Trasporte Terrestre en concordancia con el Art. 167 del Código Procesal Civil, solicito de la manera mas comedida se sirva ordenar la prisión preventiva en contra de Flabio Alfonso Bucheli Ponce, ya que se demostrado fehacientemente el atentado sufrido tanto mi persona como la de mi hijo el día del accidente. Mi firma y rubrica constan al pie de la presente acusación. Solicito que se practiquen los actos procesales que se consideren necesarios para justificar lo relatado.

Al acusado se le citara con esta acusación en el casillero judicial que tiene señalado. Protesto formalizar mi acusación particular, reconocer firma y rubrica cuando usted Señor Juez así lo disponga. Adjunto todas las facturas, radiografías, tomografías y demás exámenes realizados tanto a mi como a mi hijo con lo cual demuestro la gravedad del accidente, es decir toda la documentación que amerita para que usted Señor Juez este al tanto de los gastos incurridos por mi persona. Notificaciones que me correspondan las recibiré en la casilla Judicial N.- 117 y designo como mi abogado defensor al Dr. Ernesto Sevilla Callejas, profesional a quien autorizo expresamente a presentar cuanto escrito sea necesario en defensa de mis legítimos derechos en esta causa. Firmo conjuntamente con mi Abogado Defensor.