Absuelvo Acusacion Homicidio Culposo - Ofrezco Pruebas

“Año de la Promoción de la Industria responsable y del compromiso climático” Expediente Especialista Delito Cuaderno Su

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“Año de la Promoción de la Industria responsable y del compromiso climático”

Expediente Especialista Delito Cuaderno Sumilla

: 358–2014–72-1412–JR–PE–01. : Marcelino Flores Espino. : V.L.S. : Control de Acusación. :Absuelvo Acusación, ofrezco pruebas y Otros.

AL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PARCONA NICOLAS MOLINA CRISOSTOMO, en el proceso seguido en mi contra por la comisión del delito contra la libertad – en la modalidad de violación sexual en agravio de mejor de identidad reservada, ante vuestro despacho, con respeto me presento y digo: Que dentro del plazo de ley y al amparo del Artículo 350° inciso 1 literales a).- g).- e).- y f).- del Código Procesal Penal, acudo a vuestro respetable Despacho, con la finalidad de Absolver el traslado de la Acusación Fiscal formulada por el Representante del Ministerio Público, la misma que efectúo en los siguientes términos: I.- OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO : La defensa ofrece los siguientes medios probatorios los cuales serán valorados oportunamente en el juicio oral: 5.1.- DOCUMENTOS: 5.1.1.- constancia de trabajo de fojas 176 expedida por Benedicto Espichan Muñoz con la cual acredito que el procesado tiene trabajo conocido. 5.1.2.- constancia de estudios de fojas 175, del acusado Nicolás Molina Crisóstomo expedida por

Armando Rodríguez Espino con la cual acredito que el

acusado viene cursando estudios secundarios. 5.1.3.- las copias de las conversaciones via faceboock

existentes entre el

acusado y la presunta agraviada, de fojas 182 y siguientes a dfin de acreditar que existía una relación de amistad entres estas personas. 5.1.4.- el certificado domiciliario de fojas 215 expedido por nate la notaria publica de Parcona, con el cual acredito que el acusado cuenta con domicilio conocido. 5.2.- DECLARACIONES.MAGS

5.2.1.- la declaración de la menor

agraviada de iniciales

S.M.Q.A.

domiciliada en Avenida Berna 173 La Tinguiña, quien depondrá sobre la forma y modo en que ocurrieron los hechos y si tenía relación de amistad con el acusado. 5.2.2.- la declaración de Cesar Brabdo Hernández Aroni domiciliado en Avenida Panamá y Roma N° 860 La Tinguiña, quien depondrá sobre la forma y modo en que ocurrieron los hechos y si

tenía

relación de amistad entre la

agraviada con el acusado.

POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud. Señor Juez, tenga por absuelta la Acusación Fiscal en los términos expuestos, donde sustentaré oralmente los extremos de mi absolución. OTROSI DIGO.- Que, vengo en designar como mi abogado defensor al Defensor Publico Dr. Miguel Ángel Guerrero Silva – fijando mi domicilio procesal en la Oficina de la Defensa Publica de Parcona

cito en la

Avenida Jhon F. Kennedy N° 1480 del distrito de Parcona. Parcona, 16 de junio del 2014

MAGS

Expediente : 432–2014–96-1412–JR–PE–01. Especialista : Marcelino Flores Espino. Delito : robo agravado. Cuaderno : Control de Acusación. Sumilla : Absuelvo Acusación, ofrezco pruebas y Otros.

AL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PARCONA JOSE ALEXANDER LEVANO TORRES, en el proceso seguido en mi contra por la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado en agravio de Gary Roger Rodríguez Chacón, ante vuestro despacho, con respeto me presento y digo : Que dentro del plazo de ley y al amparo del Artículo 350° inciso 1 literales a).- g).- e).- y f).- del Código Procesal Penal, acudo a vuestro respetable Despacho, con la finalidad de Absolver el traslado de la Acusación Fiscal formulada por el Representante del Ministerio Público, la misma que efectúo en los siguientes términos: I.- OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO : La defensa ofrece los siguientes medios probatorios los cuales serán valorados oportunamente en el juicio oral: 5.1.- DOCUMENTOS: 5.1.1.- copia del DNI del recurrente a fin de acreditar mis datos personales. 5.1.2.- la copia del DNI de mi menor hija Nahomy Alessandra Lévano Quispe, con la cual acredito que tengo arraigo y carga familiar, obrante en la carpeta fiscal a fojas

.

5.1.3.- la copia del DNI de mi madre Alicia Torres Pecho, con la cual acredito que tengo arraigo y carga familiar, obrante en la carpeta fiscal a fojas

.

5.1.4.- el certificado domiciliario del recurrente expedido por el Juez de Paz del distrito de Los Aquijes - J. Alfredo Hinostroza Cárdenas, con la cual acredito que tengo arraigo domiciliario y familiar, obrante en la carpeta fiscal a fojas

.

5.1.5.- la declaración jurada con firma legalizada notarialmente suscrita por el agraviado GARY ROGER RODRIGUEZ CHACON, con fecha 25 de setiembre MAGS

del 2014, al día siguiente de los hechos materia de investigación, con la cual se acredita

que el agraviado no sabe quiénes fueron

los que le robaron, ni los

conoce, y que su especie ya ha aparecido, obrante en la carpeta fiscal a fojas 67. 5.1.6.- acta de registro personal del recurrente a fojas 5 con la cual acredito que no se me encontró ninguna especie del agraviado, ni ningún arma. 5.1.7.- acta de registro y verificación domiciliaria de fojas 34 con la cual acredito tener domicilio conocido a si como que en mi vivienda no se encontró ninguna especie de procedencia ilícita ni los bienes del agraviado. 5.2.- DECLARACIONES.5.2.1.- la declaración del agraviado Gary Roger Rodríguez Chacón, quien domicilia en calle Cesar Vallejo N° 402 del distrito de Parcona, quien depondrá sobre la forma y modo como es que fue víctima del delito de robo agravado, asimismo depondrá sobre si fue el recurrente uno de las personas que cometieron el delito en su agravio. POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud. Señor Juez, tenga por absuelta la Acusación Fiscal en los términos expuestos, donde sustentaré oralmente los extremos de mi absolución. OTROSI DIGO.- Que, vengo en designar como mi abogado defensor al Defensor Publico Dr. Miguel Ángel Guerrero Silva – fijando mi domicilio procesal en la Oficina de la Defensa Publica de Parcona

cito en la

Avenida Jhon F. Kennedy N° 1480 del distrito de Parcona. Parcona, 16 de junio del 2014

MAGS

“Año de la Promoción de la Industria responsable y del compromiso climático”

Expediente Especialista Delito Cuaderno Sumilla

: 31–2014–761412–JR–PE–01. : Marcelino Flores Espino. : homicidio culposo. : Control de Acusación. : Absuelvo Acusación, ofrezco pruebas y Otros.

AL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PARCONA MIGUEL

ANGEL

GUERRERO

SILVA,

Abogado

Defensor Público, a cargo de la defensa del acusado JULIO EDUARDO VILCAS MITMA en el proceso seguido en su contra por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud - en la modalidad de HOMICIDIO CULPOSO, en agravio de BILLY BRAYAN ANDRADE PALOMINO, ante vuestro despacho, con respeto me presento y digo : Que dentro del plazo de ley y al amparo del Artículo 350° inciso 1 literales a).- g).- e).- y f).- del Código Procesal Penal, acudo a vuestro respetable Despacho, con la finalidad de Absolver el traslado de la Acusación Fiscal formulada por el Representante del Ministerio Público, la misma que efectúo en los siguientes términos: I.- OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO : La defensa ofrece los siguientes medios probatorios los cuales serán valorados oportunamente en el juicio oral: 5.1.- DOCUMENTOS: 5.1.1.- boleta de venta N° 059461

de fecha 12 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos por s/. 118.88 nuevos soles. MAGS

5.1.2.- boleta de venta N° 059595

de fecha 14 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos, por s/. 240.00 nuevos soles. 5.1.3.- boleta de venta N° 001702

de fecha 12 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos por s/. 20.00 nuevos soles. 5.1.4.- boleta de venta N° 001708

de fecha 13 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos por s/. 14.00 nuevos soles. 5.1.5.- orden de servicio N° 001111 de fecha 12 de enero del 2014 por tomografías por la suma de s/. 710.00 nuevos soles. 5.1.6.- recibo de pago de fecha 15 de enero del 2014, por la suma de s/. 1500.00 nuevos soles, recibido por Saúl Andrade Palomino. 5.1.7.- certificado contra accidentes de tránsito de fojas 25, con el cual se acredita que el vehículo

contaba con el respectivo seguro contra accidentes de

tránsito. 5.1.8.- licencia de conducir del acusado de fojas 26 con el cual se acredita que este contaba con su respectiva licencia de conducir. 5.1.9.- carta de garantía N° 01-14-2 el AFOCAT EL ANGEL de fojas 103, con la cual el AFOCAT se constituye como responsable del gasto medico por el monto de s/. 2.000.00 5.1.10.- oficio N° 002-214-RDC-CSJI

de fojas 161

mediante el cual se

informa que el acusado no cuenta con antecedentes penales. 5.1.11.-

transacción extrajudicial

de fojas 184

mediante el cual se

acredita que las partes han transado el monto de la reparación civil en la suma de s/. 33.000.00 n nuevos soles y los términos de pago de la misma. 5.1.12.- comprobante de pago por la suma de s/. 15.200 nuevos soles, con el cual se acredita que se ha cancelado por indemnización a los representantes legales del agraviado la suma de s/. 15.200.00 nuevos soles. 5.1.13.- certificado domiciliario de fecha 13 de enero del 2014 otorgado por la Municipalidad distrital de La Tinguiña. 5.1.14.- contrato de trabajo sujeto a modalidad intermitente a plazo fijo de fecha 18 de enero del 2008. 5.1.15.- contrato de trabajo sujeto a modalidad intermitente a plazo fijo de fecha 18 de octubre del 2007.

MAGS

5.1.16.- copia del título profesional técnico en tecnología de análisis químico del Julio Eduardo Vilcas Mitma de fecha 05 de abril del 2005. 5.1.17.- copia del diploma de honor

otorgado por

el INPE

por haber

aprobado satisfactoriamente el Primer Taller de Beneficios Penitenciarios de fecha 03 de febrero 2014. 5.1.18.- acta de constatación domiciliaria de fecha 14 de enero del 2014, con la cual se acredita el domicilio del acusado. 5.1.19.- declaración jurada otorgada por Máxima Mitma de Vilcas, con el cual acredito condiciones personales del acusado. 5.1.20.- constancia otorgada por la empresa de taxi Latino Tours S.R.L: con el cual acredito que el acusado laboraba para dicha empresa.

POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud. Señor Juez, tenga por absuelta la Acusación Fiscal en los términos expuestos, donde sustentaré oralmente los extremos de mi absolución. OTROSI DIGO.- Que suscribo el presente escrito, al amparo del Art. 290º de la LOPJ, modificado por Ley Nº 26624. Parcona, 04 de agosto del 2014

Expediente : 31–2014–761412–JR–PE–01. Especialista : Marcelino Flores Espino. Delito : homicidio culposo. Cuaderno : Control de Acusación. MAGS

Sumilla

: Absuelvo Acusación, ofrezco pruebas y Otros.

AL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PARCONA MIGUEL

ANGEL

GUERRERO

SILVA,

Abogado

Defensor Público, a cargo de la defensa del acusado JULIO EDUARDO VILCAS MITMA en el proceso seguido en su contra por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud - en la modalidad de HOMICIDIO CULPOSO, en agravio de BILLY BRAYAN ANDRADE PALOMINO, ante vuestro despacho, con respeto me presento y digo : Que dentro del plazo de ley y al amparo del Artículo 350° inciso 1 literales a).- g).- e).- y f).- del Código Procesal Penal, acudo a vuestro respetable Despacho, con la finalidad de Absolver el traslado de la Acusación Fiscal formulada por el Representante del Ministerio Público, la misma que efectúo en los siguientes términos: I.- OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO : La defensa ofrece los siguientes medios probatorios los cuales serán valorados oportunamente en el juicio oral: 5.1.- DOCUMENTOS: 5.1.1.- boleta de venta N° 059461

de fecha 12 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos por s/. 118.88 nuevos soles. 5.1.2.- boleta de venta N° 059595

de fecha 14 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos, por s/. 240.00 nuevos soles. 5.1.3.- boleta de venta N° 001702

de fecha 12 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos por s/. 20.00 nuevos soles. 5.1.4.- boleta de venta N° 001708

de fecha 13 de enero del 2014 por la

compra de medicamentos por s/. 14.00 nuevos soles. 5.1.5.- orden de servicio N° 001111 de fecha 12 de enero del 2014 por tomografías por la suma de s/. 710.00 nuevos soles. 5.1.6.- recibo de pago de fecha 15 de enero del 2014, por la suma de s/. 1500.00 nuevos soles, recibido por Saúl Andrade Palomino.

MAGS

5.1.7.- certificado contra accidentes de tránsito de fojas 25, con el cual se acredita que el vehículo

contaba con el respectivo seguro contra accidentes de

tránsito. 5.1.8.- licencia de conducir del acusado de fojas 26 con el cual se acredita que este contaba con su respectiva licencia de conducir. 5.1.9.- carta de garantía N° 01-14-2 el AFOCAT EL ANGEL de fojas 103, con la cual el AFOCAT se constituye como responsable del gasto medico por el monto de s/. 2.000.00 5.1.10.- oficio N° 002-214-RDC-CSJI

de fojas 161

mediante el cual se

informa que el acusado no cuenta con antecedentes penales. 5.1.11.-

transacción extrajudicial

de fojas 184

mediante el cual se

acredita que las partes han transado el monto de la reparación civil en la suma de s/. 33.000.00 n nuevos soles y los términos de pago de la misma. 5.1.12.- comprobante de pago por la suma de s/. 15.200 nuevos soles, con el cual se acredita que se ha cancelado por indemnización a los representantes legales del agraviado la suma de s/. 15.200.00 nuevos soles. 5.1.13.- certificado domiciliario de fecha 13 de enero del 2014 otorgado por la Municipalidad distrital de La Tinguiña. 5.1.14.- contrato de trabajo sujeto a modalidad intermitente a plazo fijo de fecha 18 de enero del 2008. 5.1.15.- contrato de trabajo sujeto a modalidad intermitente a plazo fijo de fecha 18 de octubre del 2007. 5.1.16.- copia del título profesional técnico en tecnología de análisis químico del Julio Eduardo Vilcas Mitma de fecha 05 de abril del 2005. 5.1.17.- copia del diploma de honor

otorgado por

el INPE

por haber

aprobado satisfactoriamente el Primer Taller de Beneficios Penitenciarios de fecha 03 de febrero 2014. 5.1.18.- acta de constatación domiciliaria de fecha 14 de enero del 2014, con la cual se acredita el domicilio del acusado. 5.1.19.- declaración jurada otorgada por Máxima Mitma de Vilcas, con el cual acredito condiciones personales del acusado. 5.1.20.- constancia otorgada por la empresa de taxi Latino Tours S.R.L: con el cual acredito que el acusado laboraba para dicha empresa. MAGS

POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud. Señor Juez, tenga por absuelta la Acusación Fiscal en los términos expuestos, donde sustentaré oralmente los extremos de mi absolución. OTROSI DIGO.- Que suscribo el presente escrito, al amparo del Art. 290º de la LOPJ, modificado por Ley Nº 26624. Parcona, 04 de agosto del 2014

“Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria”

Expediente Especialista Delito Cuaderno Sumilla

: 248–2013–33–1412–JR–PE–01. : Marcelino Flores Espino. : Lesiones. : Control de Acusación. : Absuelvo Acusación, Observo la misma, ofrezco pruebas y Otros.

AL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PARCONA MIGUEL

ANGEL

GUERRERO

SILVA,

Abogado

Defensor Público, a cargo de la defensa del acusado CESAR AUGUSTO GUARDIA CHANCO en el proceso seguido en su contra por la comisión del delito MAGS

contra el patrimonio - en la modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de JUAN MARIANO RIOS ANAYA, ante vuestro despacho, con respeto me presento y digo : Que dentro del plazo de ley y al amparo del Artículo 350° inciso 1 literales a).- g).- e).- y f).- del Código Procesal Penal, acudo a vuestro respetable Despacho, con la finalidad de Absolver el traslado de la Acusación Fiscal formulada por el Representante del Ministerio Público, la misma que efectúo en los siguientes términos: I.- OBSERVACIÓN A LA ACUSACIÓN: Amparado en el literal a).- Inc. 1 del Art. 350º del Código Procesal Penal, vengo a su despacho a formular Observación de la Acusación planteada por el señor fiscal, la misma que efectúo en los siguientes términos: 1.1.- La acusación escrita no cumple lo dispuesto por el articulo 349 inciso 1 literal b) vale decir la relación clara y precisa de los hechos imputados.. II.- OBJETO LA REPARACION CIVIL : Objeto el monto de la reparación civil solicitada por el Ministerio Público, en la suma de S/. 500.00 quinientos nuevos soles, por considerarla excesiva. III.- OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO : La defensa ofrece los siguientes medios probatorios los cuales serán valorados oportunamente en el juicio oral: 5.1.- DOCUMENTOS: 5.1.1.- Acta de registro personal de fojas 16, practicada al acusado, en la cual se concluye negativo

para todo,

por lo que se advierte que no se

ha encontrado en su poder ninguna especie de la parte agraviada. 5.1.2.- Acta de constatación domiciliaria domicilio del acusado

de fojas 18,

realizada en el

mediante la cual se puede verificar

que el acusado

Guardia chanco vive en Micaela Bastidas A - 10 del distrito de Parcona.

MAGS

5.1.3.- El merito del oficio Nº 1086-2013-INPE de fecha 05 de junio del 2013 de fojas 33, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con antecedentes judiciales. 5.2.2.- El merito del oficio Nº 021-2013-RDC de fecha 05 de junio del 2013 de fojas 32, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con antecedentes penales. 5.2.3.- El merito del oficio Nº 350-2013, de fecha 04 de junio del 2013 de fojas , con el cual se informa que el agraviado Juan Mariano Ríos Anaya no ha sido atendido en la oficina médico legal de Ica. POR LO EXPUESTO : Solicito a Ud. Señor Juez, tenga por absuelta la Acusación Fiscal en los términos expuestos, donde sustentaré oralmente los extremos de mi absolución. OTROSI DIGO.- Que suscribo el presente escrito, al amparo del Art. 290º de la LOPJ, modificado por Ley Nº 26624. Parcona, 18 de noviembre del 2013

MAGS

“Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria”

Expediente Especialista Delito Cuaderno Sumilla

: 167–2013–98–1412–JR–PE–01. : Marcelino Flores Espino. : Lesiones. : Control de Acusación. : Absuelvo Acusación, Observo la misma, Pido Aplicación Criterio Oportunidad y Otros.

AL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PARCONA MIGUEL

ANGEL

GUERRERO

SILVA,

Abogado

Defensor Público, a cargo de la defensa del acusado EDWIN FLORES HUAMANI, en el proceso seguido en su contra por la comisión del delito de LESIONES, en agravio de ANGELO RAFAEL DONAYRE CUSIATADO, ante vuestro despacho, con respeto me presento y digo : Que dentro del plazo de ley y al amparo del Artículo 350° inciso 1 literales a).- g).- e).- y f).- del Código Procesal Penal, acudo a vuestro respetable Despacho, con la finalidad de Absolver el traslado de la Acusación Fiscal formulada por el Representante del Ministerio Público, la misma que efectúo en los siguientes términos: I.- OBSERVACIÓN A LA ACUSACIÓN : Amparado en el literal a).- Inc. 1 del Art. 350º del Código Procesal Penal, vengo a su despacho a formular Observación de la Acusación planteada por el señor fiscal, la misma que efectúo en los siguientes términos: 1.1.- La pena solicitada por el representante del Ministerio Público en el extremo de los 90 días multa sin indicar el valor de cada dia multa. MAGS

II.- OBJETO LA REPARACION CIVIL : Objeto el monto de la reparación civil solicitada por el Ministerio Público, en la suma de S/. 300.00 trescientos nuevos soles, por considerarla excesiva toda vez que como se advierte se trata de un delito de LESIONES SIMPLES Y RECIPROCAS. III.- OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO : La defensa ofrece los siguientes medios probatorios los cuales serán valorados oportunamente en el juicio oral: 5.1.- EXAMENES Y DECLARACIONES: 5.1.1.- Examen Pericial del perito médico legal Zoila Mendoza Zavala, a quien se le notificará en su centro laboral sito en Calle Garcilaso de la Vega 394 – Parcona, a efectos de que explique el procedimiento y las conclusiones del examen médico legal Nº 604, 605 y 616, practicado al agraviada y al investigado, la utilidad, conducencia y pertinencia es que a través de la aplicación del principio de inmediación y contradicción se pueda generar la prueba en juicio oral. 5.2.- DOCUMENTALES 5.2.1.- El merito del oficio Nº 4107-2013-INPE de fecha 24 de abril del 2013 de fojas 185, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con antecedentes judiciales. 5.2.2.- El merito del oficio Nº 1187-2013 de fecha 24 de abril del 2013 de fojas 175, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con bienes propios. 5.2.3.- El merito del oficio Nº 3058-2012-REGPOL de fecha 22 de junio del 2012 de fojas 83, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con requisitorias vigentes. 5.2.4.- El merito del oficio Nº 041-2012-INPE de fecha 24 de mayo del 2012 de fojas 31, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con antecedentes judiciales. POR LO EXPUESTO : Solicito a Ud. Señora Juez, tenga por absuelta la Acusación Fiscal en los términos expuestos y oportunamente sírvase señalar día y

MAGS

hora a efecto de que se realice la Audiencia Preliminar de Control de Acusación, donde sustentaré oralmente los extremos de mi absolución. OTROSI DIGO.- Que suscribo el presente escrito, al amparo del Art. 290º de la LOPJ, modificado por Ley Nº 26624. Parcona, 18 de noviembre del 2013

“Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria”

Expediente Especialista Delito Cuaderno Sumilla

: 131–2013–19–1412–JR–PE–01. : Marcelino Flores Espino. : Lesiones. : Control de Acusación. : Absuelvo Acusación, Observo la misma, Pido Aplicación Criterio Oportunidad y Otros.

AL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PARCONA MIGUEL Defensor Público,

ANGEL

GUERRERO

SILVA,

Abogado

a cargo de la defensa del acusado ALEXANDER OCAÑA

CORDERO en el proceso seguido en su contra por la comisión del delito de LESIONES, en agravio de HUGO JEAN PISCONTE LENGUA, ante vuestro despacho, con respeto me presento y digo : Que dentro del plazo de ley y al amparo del Artículo 350° inciso 1 literales a).- g).- e).- y f).- del Código Procesal Penal, acudo a vuestro respetable Despacho, con la finalidad de Absolver el traslado de la Acusación Fiscal formulada por el Representante del Ministerio Público, la misma que efectúo en los siguientes términos: I.- OBSERVACIÓN A LA ACUSACIÓN : Amparado en el literal a).- Inc. 1 del Art. 350º del Código Procesal Penal, vengo a su despacho a formular Observación de la Acusación planteada por el señor fiscal, la misma que efectúo en los siguientes términos:

MAGS

1.1.- La pena solicitada por el representante del Ministerio Público en el extremo de los 90 días multa sin indicar el valor de cada dia multa. II.- OBJETO LA REPARACION CIVIL : Objeto el monto de la reparación civil solicitada por el Ministerio Público, en la suma de S/. 300.00 trescientos nuevos soles, por considerarla excesiva toda vez que como se advierte se trata de un hecho de LESIONES RECIPROCAS. III.- OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO : La defensa ofrece los siguientes medios probatorios los cuales serán valorados oportunamente en el juicio oral: 5.1.- EXAMENES Y DECLARACIONES: 5.1.1.- Examen Pericial del perito médico legal Zoila Rosa Mendoza Zavala, a quien se le notificará en su centro laboral sito en Calle Garcilaso de la Vega 394 – Parcona, a efectos de que explique el procedimiento y las conclusiones del examen médico legal Nº 1379 y 1417-PF-AR, practicados al agraviado, la utilidad, conducencia y pertinencia es que a través de la aplicación del principio de inmediación y contradicción se pueda generar la prueba en juicio oral y verificar los causantes de las lesiones sufridas por el agraviado. 5.1.2.- declaración testimonial de Leandro Yañez Lloclla, a quien se le notificará en su domicilio real ubicado en hogar de Cristo Mza. “A” 12 del distrito de San Jose De Los molinos, a efectos de que explique los detalles, circunstancias y demás datos que pudo observar el dia de los hechos entre el agraviado y el acusado. 5.2.- DOCUMENTALES 5.2.1.- El merito del oficio Nº 3904-2013-INPE de fecha 22 de abril del 2013 de fojas 114, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con antecedentes judiciales. 5.2.2.- El merito del oficio Nº 134-2013-REGPOL de fecha 28 de marzo del 2013 de fojas 92, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con requisitoria vigente. MAGS

5.2.3.- El merito del oficio Nº 274-2013-REGPOL de fecha 27 de marzo del 2013 de fojas 102, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con antecedentes policiales. 5.2.4.- El merito del oficio Nº 25-2013-RDC, de fecha 26 de marzo del 2013 de fojas 103, con el cual se acredita que mi defendido no cuenta con antecedentes penales. POR LO EXPUESTO : Solicito a Ud. Señora Juez, tenga por absuelta la Acusación Fiscal en los términos expuestos y oportunamente sírvase señalar día y hora a efecto de que se realice la Audiencia Preliminar de Control de Acusación, donde sustentaré oralmente los extremos de mi absolución. OTROSI DIGO.- Que suscribo el presente escrito, al amparo del Art. 290º de la LOPJ, modificado por Ley Nº 26624. Parcona, 18 de noviembre del 2013

MAGS