Demanda Ordinario Laboral COMPLETA

ORDINARIO LABORAL.NUEVO. SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE HUEHUETENANGO, DEPARTAMENTO DE

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ORDINARIO LABORAL.NUEVO. SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE HUEHUETENANGO, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.YESENIA GABRIELA LUCAS VILLATORO, de treinta y dos años de edad, soltera, guatemalteca, perito contador,de este domicilio,actúa bajo el Auxilio, Dirección y Procuración de la abogadoMAYCOL ANTONY DANIEL OROZCO TELLOy señala como lugar para recibir notificaciones la oficina profesional, ubicada en la primera calle y segunda avenida, dos guion treinta y uno de la zona uno de esta ciudad, por este medio comparece a promover JUICIO ORDINARIO ORAL LABORAL POR DESPIDO DIRECTO E INJUSTIFICADO Y PARA RECLAMAR EL PAGO DE PRESTACIONES LABORALES, en contra de: LA MUNICIPALIDAD DE HUEHUETENANGO DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, a través de su representante legal MELISSA GUADALUPE MARTINEZ SOBERANIS, quien puede ser notificado en su residencia ubicada en la segunda calle dieciséis guion cincuenta y ocho de la zona diez, de esta ciudad. En base a los siguientes hechos. HECHOS A. DE LA RELACION Y LA EXISTENCIA DEL CONTRATO LABORAL: Inicie mi relación laboral con LA MUNICIPALIDAD DE HUEHUETENANGO el uno de agosto del año dos mil dos, habiendo firmado un contrato individual de trabajo otorgado por la MUNICIPALIDAD DE HUEHUETENANGO, en donde se estipulo que ocuparía el cargo de COORDINADORA DE LA OFICINA MUNICIPAL DE LA MUJER ejerciendo funciones puramente administrativas. En dicho contrato se manifestaba que devengaría un salario de TRES MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS más una bonificación incentivo de

DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS, como también mi horario de trabajo.-----------------------------------------------------------------------------------B. DEL TRABAJO DESEMPEÑADO: Durante los doce años laborados mantuve una relación laboral de manera directa e ininterrumpida. En el tiempo laborado no existió ningún tipo de llamada de atención verbal o escrita por parte de la MUNICIPALIDAD DE HUEHUETENANGO. C. DE

LA

JORNADA

DE

TRABAJO:Con

la

MUNICIPALIDAD

DE

HUEHUETENANGO, se convino que laboraríade lunes a viernes, de ocho de la mañana a veinte horas, teniendo cuarenta y cinco minutos para ingerir sus alimentos, teniendo una remuneración mensual de TRES MIL SEISCIENTOS QUETZALES- (Q. 3,600.00). D. DE LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: Manifiesta que su despido fue directo e injustificado, por medio de una decisión unilateral el día treinta y uno de julio del año dos mil catorceaduciendo que por reorganización del personal sin más explicación alguna.-------------------------------------------------E. DE LA VÍA CONCILIATORIA: Dimos por agotada la vía conciliatoria el día ocho de agosto del año dos mil catorce, en la Inspección General de Trabajo de ésta ciudad, tal como consta en adjudicación número C guion ciento cincuenta y tresguion dos mil catorce (C-153-2014),

a cargo de la inspectora de

TrabajoYULIANA MONTEJO, en la cual no llegamos a ningún

acuerdo

satisfactorio para ambas partes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - F. DE LA INDEMNIZACIÓN POR EL TIEMPO LABORADO: Por la relación laboral sostenida y por el despido directo e injustificadoque se realizó, la cual deberá calcularse sobre la base del período de tiempo que duró la relación laboral, misma que fue de doce años, comprendida desde el uno de agosto del año dos

mil dos, al treinta y uno de julio del año dos mil catorce, la cual asciende a la cantidad

de

CINCUENTA

MIL

CUATROCIENTOS

ONCE

CON

CINCUENTACENTAVOS. (Q 50411.50).- - - - - - - - - - G. DAÑOS Y PERJUICIOS: Reclama a título de daños y perjuicios los salarios que ha dejado de percibir,el pago de indemnización en el cual no podrá desempeñar su trabajo, hasta un máximo de doce meses de salario, si el proceso se ventila en una instancia y dos meses de salario en caso de apelación de la sentencia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - H. VACACIONES: Reclama el pago de sus vacaciones desde el uno de agosto del año dos mil trece, al treinta y uno de julio del dos mil catorce, porque durante este tiempo la municipalidad no le otorgo vacaciones, lo cual asciende a la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS QUETZALES EXACTOS. (Q 2400.00).---------------------------------------------------------------------------------------------PRUEBAS a. CONFESIÓN JUDICIAL: Que en la primera audiencia que para el efecto se señale, deberá presentar el señor VICENTE ABRAHAM BARILLAS VELÁSQUEZ, en forma personal y no por medio de apoderado, sobre las posiciones que en dicha audiencia se le articularán, bajo apercibimiento de ser declarada confesa en su rebeldía si dejare de comparecer sin justa causa. Posiciones que adjunto en sobre cerrado. b. DOCUMENTAL: DOCUMENTOS: Qué obran en poder de la entidad demandada, mismos que deberá exhibir. a). Recibos firmados por mi persona, donde conste que se me pagaron todas las prestaciones laborales que reclamo; b). Copias de las planillas del seguro social (IGSS), que cubra mi tiempo de servicio y que

servirá para demostrar el tiempo que duro la relación laboral y consecuentemente, la continuidad del servicio prestado de parte de mi persona a la entidad demandada; c). Contrato individual de trabajo, suscrito por las partes el que deberá estar debidamente registrada por la autoridad administrativa correspondiente. DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑO A LA PRESENTE DEMANDA: a). Fotocopia simple del acuerdo número 998-2014 DRH, de fecha 31 de Julio del dos mil catorce, suscrito por el Alcalde y secretario de la Municipalidad de Huehuetenango, Departamento de Huehuetenango, por medio del cual se acordó mi destitución en el cargo por cancelación de Contrato de trabajo. c. PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que de los hechos se deriven. Con base a lo anteriormente expuesto, al señor Juez formulo las siguientes: PETICIÓNES: DE TRÁMITE: I). Que se admita para su trámite el presente memorial y se forme el expediente respectivo. II). Que se tome nota del lugar señalado para recibir notificaciones a las partes y del Abogado director y procurador. III). Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el apartado documental de pruebas de la presente demanda. IV). Que se aperciba a las partes para que comparezcan a la primera audiencia que el tribunal señale con sus respectivos medios de prueba, a efecto de que las rindan en dicha audiencia bajo apercibimiento que si no comparecieren se seguirá el juicio en rebeldía del ausente sin más citarle ni oírle.

V). Que se prevenga a la parte demandada a que deberá presentar en la primer audiencia los documentos indicados en el apartado de pruebas de esta demanda, bajo apercibimiento de que si no los presenta se le impondrá una multa de cincuenta a quinientos quetzales y se tendrá por ciertas mis afirmaciones. DE FONDO: Que se declare CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia se condene a la entidad

demandada

Municipalidad

de

Huehuetenango,

del

Departamento

de

Huehuetenango, a pagarme al estar firme el fallo, las prestaciones laborales siguientes: A). INDEMNIZACIÓN: Por la relación laboral sostenida con la entidad demandada, comprendida del unode agosto del año dos mil dos al treinta y uno de Julio del dos mil catorce, que constituye un total de doce años, reclamación que asciende a la suma de CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS ONCE QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q. 50,411.50). B). VACACIONES: Correspondiente al periodo del uno de agosto del dos mil trece al treinta y uno de julio del dos mil catorce, que equivale a la suma de DOS MIL CUATROCIENTOSQUETZALES (Q. 2,400.00). C). AGUINALDO Y BONO CATORCE: Correspondiente al último periodo laborado, reclamación que asciende a la suma de TRES MIL SEISCIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q. 3,600.00). D). DAÑOS Y PERJUICIOS: Que reclamo a título de daños y perjuicios que he dejado de percibir desde el día de mi despido hasta el día de pago de mi respectiva indemnización, hasta por un máximo de doce meses de salario. E). COSTAS JUDICIALES. Que se certifique lo conducente a donde corresponda si se comprobaré que existió infracción a las leyes de trabajo y previsión social o común.

Acompaño duplicado y tres copias del presente memorial. Huehuetenango, nuevede agosto de dos mil doce.

EN SU AUXILIO, DIRECCIÓN Y PROCURACIÓN: