Trabajo Como Hecho Social

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVA

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVADA “GRAN MARISCAL DE AYACUCHO” ESCUELA DE INGENIERÍA DE MANTENIMIENTO

Integrantes: Milagro Salazar Yamina

Tabata

C.I

Calderón

C.I

20547413 Jesús 18999544

El Tigre, Enero del 2012 1.- ANALISIS DE 2 CONCEPTOS DE TRABAJO COMO HECHO SOCIAL:

TRABAJO: Toda actividad manual o intelectual realizada por el hombre en forma libre por cuenta ajena o bajo la dependencia de otra persona, con el fin de recibir a cambio una remuneración. TRABAJO: Es un derecho fundamental y un bien útil para el hombre con una finalidad determinada donde transforma su energía y sabiduría en alguna actividad específica.

2.- CONCEPTO DE TRABAJO (Milagro Salazar) “El Trabajo como hecho social refiere a todas las actividades realizadas por el hombre, donde expresa su capacitación y creatividad manifestándose como esfuerzos con el fin de recibir algo a cambio.”

(Yamina Tabata) “El trabajo es una actividad humana que desempeña el hombre para subsistir dignamente, realizando acciones que hacen prevalecer una institución, un bien propio o ajeno, aplicando los conocimientos adquiridos y necesarios para obtener un beneficio lucrativo.”

(Jesús Calderón) “Es la puesta en práctica de todas aquellas habilidades, conocimientos y pericias que a través de una profesión o de forma empírica aportan un beneficio a la sociedad, a cambio de una satisfacción personal o remuneración financiera.”

3.- EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO AL TRABAJO A lo largo de la historia, la forma predominante del trabajo fue la esclavitud en el campo (trabajo forzoso, donde un hombre domina a otro y le impide tomar decisiones en libertad). A partir de mediados del siglo XIX, la esclavitud comenzó a disminuir y fue declarada ilegal. Desde entonces, el trabajo asalariado pasó a ser la forma dominante del trabajo. En la cuidad nació un régimen artesanal, luego cuando se desarrollo la gran industria se dejó de aplicar el régimen artesanal y los campesinos acudieron a la ciudad, donde se les ofrecía la oportunidad de trabajar en las máquinas, sin necesidad de aprendizaje previo. Las mujeres y los niños participaron en el mercado de trabajo y se aplicaron normas para regir de modo más uniforme las relaciones jurídicas laborales de cada trabajador.

Gráficamente:

Para intentar mejorar las condiciones de los trabajadores aparecen los sindicatos. Estas asociaciones perseguían mejorar las condiciones económicas y sociales de los trabajadores La industrialización ha causado una enorme mejora en el nivel de vida de la humanidad, y a la vez ha causado que aparezcan grandes zonas subdesarrolladas. La progresiva introducción de las máquinas en el mundo del trabajo ha contribuido a aumentar la producción. Pero una de las desventajas es que la más perjudicada de todos es la naturaleza. Es contaminada por el progreso recibiendo miles de millones de toneladas de basura y gases, destruida para conseguir materias primas. 4.-PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN EL DERECHO DE TRABAJO EN VENEZUELA:

LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA Algunos Artículos que refieren al DERECHO AL TRABAJO SON: Artículo 87. Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. Artículo 88. El Estado garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo. Artículo 89. El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Artículo 90. La jornada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatro horas semanales. Artículo 91. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Entre otros…

LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO Artículo 1. Esta Ley regirá las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del trabajo como hecho social. Artículo 2. El Estado protegerá y enaltecerá el trabajo, amparará la dignidad de la persona humana del trabajador y dictará normas para el mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad. Artículo 3. En ningún caso serán renunciables las normas y disposiciones que favorezcan a los trabajadores. Entre otros…

5.- ANÁLISIS COMPARATIVO DE LA LEY Y LA REALIDAD DEL DERECHO DEL TRABAJO: El Derecho al Trabajo en Venezuela, establecido en el Art. 87 de la Constitución, queda muy lejos de cumplirse, cuando más del 15% de la población activa está sin empleo, las causas son muchas.

Según el Art.90 de la Constitución la jornada de trabajo diurna no excederá de ocho horas diarias, existen muchas empresas donde explotan a los trabajadores por conseguir una mayor producción. Comparando el Art.91 de esta misma y comparándolo con la realidad, dice así: “Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo”, no todas las organizaciones o empresas compensan equitativamente el trabajo realizado por sus trabajadores. El Art.129 de la Ley Orgánica del Trabajo, dice: “El salario se estipulará libremente, pero en ningún caso podrá ser menor que el fijado como mínimo por la autoridad competente y conforme a lo prescrito por la Ley”, no todos los patronos pagan a sus empleados igual o más de lo q la Ley estipula como salario mínimo. Al momento de querer realizar un trabajo en el menor tiempo posible, existen casos donde no se cumplen con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica que rige la materia. El Art.236. señala: “El patrono deberá tomar las medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales”.