SUNAFIL - monografia completoooooooooooooooooo

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UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIATEGUI FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS EMPRESARIALES Y PEDAGÓGICAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN (SUNAFIL)

PRESENTADO POR: CARBONELL CASTILLO, Celeste CALATAYUD CALLOMAMANI, Deysi CCAHUANA CRUZ, Claudia HUANCA CONDORI, Wenberly MONTOYA TEJERINA, Cristina Elizabeth

DOCENTE: CPC Patricia Janett Centurión Yáñez

ILO – MOQUEGUA – PERÚ 2019- I

índice Resumen ................................................................................................................................... 1 Palabras claves: .................................................................................................................. 1 Introducción .............................................................................................................................. 2 Objetivos ................................................................................................................................... 2 Objetivo General .................................................................................................................. 2 Objetivos Específicos.......................................................................................................... 2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN (SUNAFIL) ........................... 3 CAPITULO I.............................................................................................................................. 3 Marco Teórico .......................................................................................................................... 3 1.

CREACIÓN ................................................................................................................. 3

2.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA LEY? ................................................................ 3

3.

VISIÓN......................................................................................................................... 3

4.

MISIÓN ........................................................................................................................ 3

5.

POLÍTICA .................................................................................................................... 3

6.

FUNCIONES ............................................................................................................... 4

7.

HORARIO DE ATENCIÓN ....................................................................................... 5 SUNAFIL SEDE CENTRAL ........................................................................................... 5

8.

ORGANIGRAMA- SUNAFIL .................................................................................... 6

9.

CONSEJO DIRECTIVO ............................................................................................ 7

10.

TRIBUNAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL ......................................................... 7

11.

CÓDIGO ÉTICO DE LA FUNCIÓN PUBLICA ...................................................... 8

Fines de la Función Pública ........................................................................................... 8 Empleado Público............................................................................................................ 8 Principios .......................................................................................................................... 8 Deberes ............................................................................................................................. 9 Prohibiciones .................................................................................................................... 9 12.

INTENDENCIA REGIONAL DE MOQUEGUA .................................................... 10

13.

LA RUTA DE LA FORMALIZACIÓN LABORAL ................................................. 11

¿Cómo registrar una micro y pequeña empresa en el Perú? ................................ 11 ¿Cómo sé si mi empresa es MICRO o PEQUEÑA? ............................................... 11 ¿Cómo registrar una MICRO y PEQUEÑA empresa en el Perú? ......................... 12 BENEFICIOS DE ESTAR REGISTRADO EN EL REMYPE .................................. 13 14.

DE LA INFORMALIDAD A LA FORMALIDAD LABORAL ................................. 13

MYPE .............................................................................................................................. 14 BENEFICIOS DE FORMALIZARSE ........................................................................... 14 RECUERDA ................................................................................................................... 15 EXCLUSIONES ............................................................................................................. 15 REMYPE ......................................................................................................................... 15 BASE LEGAL ................................................................................................................. 15 15.

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO .......................................................... 15

Objeto de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) ................................. 16 Obligaciones y derechos de la Ley de SST .............................................................. 16 Responsabilidades del Empleador en el SGSST ..................................................... 16 REPORTE DE ACCIDENTES DE TRABAJO, INCIDENTES PELIGROSOS Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES .......................................................................... 16 RECUERDA: .................................................................................................................. 16 ASPECTOS SANCIONADORES ................................................................................ 17 16.

DERECHOS LABORALES DE LAS MADRES TRABAJADORAS .................. 17

Obligaciones del empleador con la madre trabajadora ........................................... 17 Descanso PRE y POS NATAL .................................................................................... 18 Lactancia materna ......................................................................................................... 18 Subsidio por maternidad .............................................................................................. 18 ¿Qué sucede en caso de despido por embarazo? .................................................. 18 17.

INSPECCIÓN DEL TRABAJO ............................................................................... 19

ACTUACIÓN INSPECTIVA ......................................................................................... 19 Inicio de la actuación inspectiva: ................................................................................ 19 PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO ..................................................................... 20 Infracción ........................................................................................................................ 22 Multas .............................................................................................................................. 22 Escala de Multas y máximos ....................................................................................... 23 18.

DENUNCIA VIRTUAL ............................................................................................. 23

19.

RECOMENDACIONES PARA SUPERAR UNA FISCALIZACIÓN LABORAL 25

CAPITULO II .......................................................................................................................... 26 1.

Casuística.................................................................................................................. 26

Conclusión .............................................................................................................................. 30 Linkografía .............................................................................................................................. 31 ANEXOS ................................................................................................................................. 33

Índice de tabla

Tabla N°01: Intendencias Regionales .................................................................................. 5 Tabla N° 02: ¿Cómo sé si mi empresa es MICRO o PEQUEÑA? ................................ 11 Tabla N°03: Beneficios Sociales e Indemnización de MYPE ......................................... 12 Tabla N°04: Beneficios Laborales - Régimen Especial MYPE ...................................... 14 Tabla N°05: Escala de multas y máximos ......................................................................... 23 Tabla N°06 : Casuística de Sanciones .............................................................................. 26 Tabla N°07: Relaciones Laborales - periodo enero 2019 - intendencia de Lima Metropolitana .............................................................................................................................. 27

Índice de figuras

Figura N°01: Organigrama SUNAFIL ................................................................................... 6 Figura N°02: Organigrama SUNAFIL ....................................................................................... 7 Figura N°03: Organigrama SUNAFIL ....................................................................................... 8 Figura N°04: Organigrama SUNAFIL ..................................................................................... 10 Figura N°05: Régimen Tributario ........................................................................................ 13 Figura N°06: Organigrama SUNAFIL ..................................................................................... 29

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

1

Resumen En el presente trabajo de investigación realizado de la asignatura de “Legislación Laboral” con el tema de: “SUNAFIL”, realizado de una investigación, tuvo como objetivo conocer este proceso el concepto, funciones, objetivos y ventajas que realiza la SUNAFIL.

En esta investigación conoceremos más sobre las funciones que realiza dicha oficina de trabajo como: la formalización de una micro y pequeña empresa, sanciones si estas en clara falta, lo derechos que tienen las madres trabajadoras. etc.

Palabras claves: Trabajo y funciones

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

2

Introducción La SUNAFIL es una entidad pública mediante la cual el Estado Peruano cumple el compromiso de garantizar el respeto de los derechos de los trabajadores, busca promover empleos formales con acceso a derechos laborales y cobertura de seguridad social en coordinación con diferentes Gobiernos Regionales a nivel nacional, así como generar las condiciones adecuadas para el desarrollo de las actividades económicas de las empresas, promoviendo su formalidad y productividad. A través de la Ley Nº 29981 (15.01.2013), el Congreso de la República creó SUNAFIL como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Actualmente SUNAFIL cuenta con 16 intendencias: Lima Metropolitana, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, Ica, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Piura, Moquegua, Puno y Tumbes. Además de una Oficina Zonal en Chimbote

Objetivos Objetivo General 

Es conocer el concepto, características, función, ventajas y desventajas de la SUNAFIL



Dar a conocer los beneficios sociales que el trabajador debe exigir a su empleador.

Objetivos Específicos 

conocer sobre la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL)

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

3

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN (SUNAFIL) CAPITULO I Marco Teórico 1. CREACIÓN Organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable del promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico socio laboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias. El 15 de enero de 2013 se promulgó la Ley N° 29981, ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). 2. ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA LEY? Esta nueva entidad creada es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que cumplirá el rol de autoridad central y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de conformidad con las políticas y planes nacionales y sectoriales, así como con las políticas institucionales y los lineamientos técnicos del MTPE, tal como lo viene haciendo la Dirección General de Inspección de dicha entidad. 3. VISIÓN Ciudadanía altamente empleable, protegida en sus derechos laborales, que se desenvuelve en un entorno que contribuye al desarrollo sostenible e inclusivo del país, el cual garantiza el empleo digno y productivo, la práctica de relaciones laborales armoniosas y de responsabilidad social. 4. MISIÓN Promover, fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las normas sociolaborales y las de seguridad y salud en el trabajo, en beneficio de los trabajadores, de la manera más adecuada para lograr condiciones de trabajo digno.

5. POLÍTICA LINEAMIENTOS DE POLITICA INSTITUCIONAL Orientar sus servicios de promoción, fiscalización y supervisión del cumplimiento de las normas sociolaborales y las de seguridad y salud en el trabajo, hacia el logro del trabajo digno para los trabajadores, en el marco de la política nacional de modernización de la gestión pública. Mejorar la gestión por procesos, identificando y definiendo los servicios necesarios y suficientes para el logro de los resultados deseados en beneficio de los trabajadores y los procesos más adecuados de producción y oferta. Aplicar la gestión del conocimiento para la mejora continua, sobre la base de un seguimiento de los indicadores de insumo, proceso y producto, así como la evaluación de los resultados e impactos de las actividades desarrolladas con el propósito de mejorar o garantizar la provisión de servicios a los ciudadanos.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

4

Mejorar la gestión institucional mediante el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), orientándola hacia un gobierno abierto, accesible a la ciudadanía, capaz de responder a las necesidades y demandas de sus usuarios y que rinda cuentas de sus acciones y resultados Fortalecer la imagen de la SUNAFIL, de modo que se la identifique como un organismo promotor de la cultura del cumplimiento de las normas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo. Ampliar la cobertura de los servicios mediante la implementación de nuevos órganos ejecutores y el fortalecimiento de los servicios de promoción, que incluya la promoción propiamente dicha, el asesoramiento y la asistencia técnica, definiéndolos con precisión y estableciendo los procesos más adecuados de su producción y oferta. Mejorar la calidad de los servicios mediante el desarrollo de capacidades de funcionarios y servidores, realizando acciones de capacitación permanente. Establecer una estrecha articulación interinstitucional multisectorial e intergubernamental, y con actores sociales, con el fin de lograr sinergias que posibiliten una mejor efectividad de las actividades que realiza. Motivar a los funcionarios y servidores de la SUNAFIL que lo más importante, es el brindar el mejor servicio a los trabajadores y ciudadanos en general, con honestidad y buen trato. Evaluar el desempeño de las unidades orgánicas que integran la SUNAFIL en términos de eficacia en el cumplimiento de los objetivos, la eficiencia en el uso de los recursos y la calidad o el grado de satisfacción percibida por los ciudadanos atendidos.

6. FUNCIONES 

Supervisar el cumplimiento de la normativa sociolaboral, ejecutando las funciones de fiscalización dentro del ámbito de su competencia.



Aprobar las políticas institucionales en materia de inspección del trabajo, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales.



Formular y proponer las disposiciones normativas de su competencia



Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales reglamentarias, convencionales y las condiciones contractuales, en el orden sociolaboral que se refieran al régimen de común aplicación a regímenes especiales.



Imponer las sanciones legalmente establecidas por el incumplimiento de las normas sociolaborales, en el ámbito de su competencia.



Fomentar y brindar apoyo para la realización de actividades de promoción de las normas sociolaborales, así como para el desarrollo de las funciones inspectivas de orientación y asistencia técnica de los gobiernos regionales.



Prestar orientación y asistencia técnica especializada dentro de su ámbito de competencia.



Ejercer la facultad de ejecución coactiva, respecto de las sanciones impuestas en el ejercicio de sus competencias.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN



5

Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y las condiciones contractuales en el régimen laboral privado, en el orden sociolaboral.



Suscribir convenios de gestión con los gobiernos regionales en materia de su competencia.



Prestar orientación y asistencia técnica especializada dentro de su ámbito de competencia

7. HORARIO DE ATENCIÓN SUNAFIL SEDE CENTRAL 

Recepción de Documentos - Mesa de Partes - 1er Piso. De lunes a viernes de 08:30 a.m. a 04:30 p.m.



Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública - Mesa de Partes - 1er Piso (Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública) De lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.



Documentación - Despacho del Procurador Público - 2do Piso. Documentación remitida por el Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional y del Fuero Extrajudicial (Conciliación y Arbitraje) De lunes a viernes 8:30 a.m. a 4:30 p.m.

Tabla N°01: Intendencias Regionales INTENDENCIAS REGIONALES

TELÉFONOS

HORARIOS DE ATENCIÓN

043-426810

Lunes a viernes 08:30 am a 4:30 pm

Áncash

Jr. José de Sucre N° 1226, Urb. Soledad Baja - Huaraz Ancash

Arequipa

Mz. E, Lote 9, Cooperativa de Vivienda de Trabajadores Sidsur Palomar - Arequipa

054-478420

Cajamarca

Jr. Silva Santiesteban N° 183 Cajamarca

076-507033

Huánuco

Jr. Huánuco N° 756 - Huánuco

062-517629

Av. San Martín C19 - Ica

056-237456

Calle Jorge Chávez N° 211Trujillo

044-223361

Ica

La Libertad

Mesa de Partes: 08:30 am a 4:30 pm. Atención al Ciudadano: 08:30 pm a 5:30 pm 08:30 am a 05:30 pm, Atención al Público. 08:30 am a 04:30 pm, Atención en Mesa de Partes Lunes a viernes de 8:30 am a 1:00 pm y de 2:00 pm a 5:30 pm Lunes viernes 08:30 am a 5:30 pm Lunes a viernes de 08:30 am a 5.30 pm Atención al Público, 8:30 am a 4:30 pm, Atención en Mesa de Partes

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

Loreto

Jr. La Condamine N° 173, Iquitos, Maynas - Loreto

065-235792

Moquegua

Av. Andrés Avelino Cáceres L5 - Moquegua

053-463261

Tumbes Chimbote (Oficina Zonal)

Calle Mayor Novoa N° 607 Tumbes Av. Bolognesi N° 815 Chimbote (provincia del Santa - Áncash)

072-506431 43467056

Fuente: SUNAFIL 8. ORGANIGRAMA- SUNAFIL Figura N°01: Organigrama SUNAFIL

Fuente: SUNAFIL

6

Lunes a viernes 08:00 am a 5:00 pm Lunes a Viernes 08:30 am a 1:00 pm y 2:00 pm - 5:30 pm Lunes a viernes 08:30 am a 5:30 pm Lunes a viernes 08:30 am a 4:30 pm

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7

9. CONSEJO DIRECTIVO

Figura N°02: Consejo Directivo

Fuente: SUNAFIL

10. TRIBUNAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL

Es un órgano resolutivo con independencia técnica para resolver en las materias de su competencia, constituye la última instancia administrativa en los casos que son sometidos a su conocimiento, poniendo fin a la vía administrativa; expide resoluciones que constituyen procedentes de observancia obligatoria que interpretan de modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación bajo su competencia. La competencia del TFL es sobre todo el territorio nacional, respecto a los procedimientos sancionadores en los que proceda la interposición del recurso de revisión, conforme lo establecido en la normatividad vigente.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

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Figura N°03: Tribunal de Fiscalización Laboral

Fuente: SUNAFIL 11. CÓDIGO ÉTICO DE LA FUNCIÓN PUBLICA Fines de la Función Pública: Los fines de la función público son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la constitución política, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal de manera que se logró una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. Empleado Público: Se considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Publica, en cualquiera de los niveles jerárquicos sea este nombrado, contratado, designado de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado, no importando el régimen jurídico de la entidad en la que preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que este sujeto. Principios 

Respeto. - Adecua su conducta, hacia el respeto de la Constitución y las leyes, garantizando el cumplimiento de los procedimientos administrativos.



Probidad. - Actúa con justicia, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general.



Eficiencia. - Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN



9

Idoneidad. - El servidor Público, debe proponer una información solida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones.



Veracidad. - Autenticidad de las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y ciudadanía, contribuye a esclarecer los hechos.



Lealtad y Obediencia. - Actúa con lealtad con todos los miembros de su institución, cumpliendo las ordenes que le encomienda su superior competente. Excepto en casos de ilegalidad, debe poner en conocimiento con su superior.



Justicia y Equidad. - Otorga a cada uno funciones, en su relación con el Estado, administración, superiores, subordinados y ciudadanía en general.



Lealtad al Estado de Derecho. – El funcionario ocupa cargos de confianza, debe ser leal a la constitución y al Estado de derecho, en caso contrario es cesado de inmediato de su función público.

Deberes 

Neutralidad. - Actúa con imparcialidad política, económica o de cualquier otro caso, demostrando independencia en sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones.



Transparencia. - Servidor Público, debe brindar y facilitar información digna, completa y oportuna a toda persona natural o jurídica, por ser carácter público y accesible a su conocimiento.



Ejercicio adecuado del cargo. – Servidor público, no debe adoptar represalias de ningún tipo contra otros servidores públicos u otras personas.



Uso adecuado de los bienes del Estado. - Protege y conserva los bienes del Estado, que fueron asignado para el desempeño de sus funciones de manera adecuada, evitando abuso, o permitir que otros empleen los bienes para sus propósitos.



Responsabilidad. - Asume las funciones en forma íntegra con respeto, ante situaciones extraordinarias. Puede realizar tareas que no están afecto a su cargo, siempre si es necesario superar las dificultades que se enfrenten.

Prohibiciones 

Mantener intereses de conflicto. – Sus intereses personales, laborales o económicos puedan estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.



Obtener ventajas indebidas. - Mediante el uso de su cargo, autoridad o influencia.



Realizar actividades de proselitismo político. – A través de utilización de sus funciones, bienes o recurso públicos, sea favor o en contra de partidos y organizaciones políticas o candidatos.



Hacer mal uso de información privilegiada. – Participar en operaciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad que pertenece, ni debe permitir el uso impropio de información para su beneficio.

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Presionar, amenazar y/o acosar. – No debe ejercer presión, amenazas o acoso sexual contra otros servidores públicos, subordinados que afectan la dignidad de la persona.

12. INTENDENCIA REGIONAL DE MOQUEGUA

Figura N°04: Intendencia regional de Moquegua

Fuente: SUNAFIL

PRINCIPALES FUNCIONARIOS Intendente

:

Gloria Dóris Valdivia de Chavez

Correo

:

[email protected]

Teléfono

:

Sub Intendente Administrativo

:

Guido Romel Mamani Romero

Correo

:

[email protected]

Teléfono

:

(053) 463261 Anexo: 5302

Sub Intendente de actuación inspectiva

:

José Luis Coronado Perez

Correo

:

[email protected]

Teléfono

:

(053) 463261

Sub Intendente de Resolución

:

Guillermo Enrique Alcala Blanc

Correo

:

[email protected]

Teléfono

:

(053) 463261

(053) 463261 (511) 390-2800 Anexo: 5300

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

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13. LA RUTA DE LA FORMALIZACIÓN LABORAL ¿Cómo registrar una micro y pequeña empresa en el Perú? Para registrar una micro y pequeña empresa en el Perú debe contar con RUC, usuario y clave SOL. Asimismo, colocar los datos de su empresa y sus trabajadores. Podrá hacerlo a través del Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), que cuenta con un procedimiento de inscripción web y cuya administración se encuentra a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Esto le permitirá acceder a los beneficios de la Ley MYPE. Pueden entrar en REMYPE las micro y pequeñas empresas constituidas por personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades como extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. Asimismo, deben tener como mínimo un trabajador. En tanto, las empresas del rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de azar no pueden acceder a este registro. Requisitos y pasos a seguir para registrar una Micro y Pequeña Empresa (MYPE) en el Perú. Puede realizar el registro de micro o pequeña empresa online y para ello solo necesitas tener: 

Número de RUC



Usuario SOL de la micro o pequeña empresa



Clave SOL de la micro o pequeña empresa

¿Cómo sé si mi empresa es MICRO o PEQUEÑA? A partir de julio 2013 las empresas que se constituyan como micro y pequeñas empresas deben ubicarse en alguna de las siguientes categorías empresariales, establecidas en función sus de sus ventas anuales: Tabla N° 02: ¿Cómo sé si mi empresa es MICRO o PEQUEÑA?

N° total de trabajadores

Microempresa

Pequeña empresa

Ya no se exigen número

Ya no se exigen número máximo

máximo de trabajadores. Niveles

de

anuales

ventas

Hasta un monto máximo de 150

unidades

impositivas

tributarias (UIT). Se entienden por ventas anuales los ingresos brutos generados en un ejercicio fiscal. Fuente: SUNAFIL

de trabajadores. Ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 UIT.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

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¿Cómo registrar una MICRO y PEQUEÑA empresa en el Perú? Estos son los pasos que debe seguir si quiere registrar su micro y pequeña empresa: 1.

Debe ingresar a la página web del Ministerio de Trabajo http://www.mintra.gob.pe/

2.

Aparecerá una ventana donde debe ingresar el RUC, usuario y clave SOL.

3.

confirmar los datos de la empresa.

4.

Ingresar los datos de los trabajadores y su modalidad contractual.

Como se señaló, una vez registrado en el REMYPE, podrá acceder a los beneficios laborales propios de una MYPE, los cuales implican el pago de menos costos laborales. Tabla N°03: Beneficios Sociales e Indemnización de MYPE INDICADOR/ REGIMEN

MICROEMPRESA

PEQUEÑA EMPRESA

BENEFICIOS SOCILAES

Remuneración mínima vital. Jornada máxima, descanso semanal y en feriado. Vacaciones 15 días. Sistema pensionario obligatorio

-Remuneración mínima vital.

indemnización por despido arbitrario4

Equivalente a 10 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios. Tope máximo de 90 remuneraciones diarias.

Equivalente a 20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, tope máximo de 120 remuneraciones diarias. Las fracciones de año se abonan por dozavos.

-Jornada máxima, descanso semanal y en feriado. -Vacaciones1: 15 días. Posibilidad de reducción de 15 a 7 días calendario. -CTS2: 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. -Dos gratificaciones al año3: fiestas patrias y navidad, equivalentes a 1/2 remuneración cada una. sistema pensionario.

Fuente: Elaboración propia 5. Elección del régimen tributario5 La persona puede optar por uno u otro régimen dependiendo del tipo y el tamaño de su negocio y estos pueden ser:

1

En el régimen general equivalen a 30 días remunerados por cada año completo de servicios. En el régimen general equivalen aproximadamente, a una remuneración por cada año de servicios. 3 En el régimen general son iguales a una remuneración mensual cada una. 2

4

En el régimen general equivale al pago de una remuneración y media por cada año de servicios con el tope de 8 años.

5

Régimen tributario conjunto de categorías para registrar un negocio.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

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Figura N°05: Régimen Tributario

Fuente: SUNAT 6. Inscripción de los trabajadores en ESSALUD BENEFICIOS DE ESTAR REGISTRADO EN EL REMYPE 

Podrán participar de las compras estatales y acceder al 40% reservado a las MYPE.



Capacitaciones como: la creación de empresas, la organización y asociatividad empresarial, la producción y productividad, la comercialización y mercadotecnia.



Financiamientos: Acceso al mercado financiero y al mercado de capitales.



Reducción de tasas y multas laborales.

14. DE LA INFORMALIDAD A LA FORMALIDAD LABORAL

Al formalizar tu micro o pequeña empresa puedes acceder a un régimen laboral especial en el que se reducen los costos laborales.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

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MYPE La MYPE es una unidad económica constituida por persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. BENEFICIOS DE FORMALIZARSE Si tu nivel de ventas anuales es no mayor a 150 UIT, puedes formalizarte como una

MICRO

EMPRESA. Si tu niel de ventas anuales es mayor a 150 UIT y hasta 1700 UIT, puedes formalizarte como una PEQUEÑA EMPRESA Tabla N°04: Beneficios Laborales - Régimen Especial MYPE BENEFICIOS DE LOS TRABAJADORES REMUNERACION MINIMA VITAL ASIGNACION FAMILIAR COMPENSACION SERVICIOS -CTS

POR

GRATIFICACIONES PATRIAS Y NAVIDAD

No

No

DE

No

FIESTAS

No

Sí (15dias al año) Sí

Sí (15 remuneraciones diarias por año completo de servicios, hasta 90 remuneraciones diarias) Sí (media remuneración en cada oportunidad) Sí (15 días al año) Sí





8 horas diarias o 48 horas semanales Sí

8 horas diarias o 48 horas semanales

Sí (Se aplica sobretasa si la jornada es habitual) No

Sí (sobretasa del 35% de la RMV)

No



Si (ESSALUD o SIS) Sí (AFP u ONP) No

Sí (ESSALUD o SIS) Sí (AFP u ONP) Sí

TIEMPO

DE

VACACIONES DESCANSO SEMANAL OBLIGATORIO FERIADOS NO LABORALES JORNADA DE TRABAJO TRABAJO EN SOBRETIEMPO JORNADA NOCTURNA

PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES SEGURO COMPLEMENTARIO CONTRA TRABAJO DE RIESGO SEGURO SOCIAL DE SALUD SISTEMA PENSIONARIO SEGURO DE VIDA

REGIMEN ESPECIAL MYPE MICRO EMPRESA PEQUEÑA EMPRESA Sí Sí





SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

INDEMNIZACION ARBITRARIO

POR

DESPIDO

Si (10 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios completos con un máximo de90 remuneraciones diarias)

15

Sí (20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios completos con un máximo de 120 remuneraciones diarias)

Fuente: SUNAFIL RECUERDA Ingresar a la formalidad permitirá tu acceso a los mercados internos y externos, ampliando tu campo empresarial. Obtendrás beneficios laborales y tributarios y serás más competitivo ante los ojos de los demás EXCLUSIONES No pueden acceder a los beneficios del régimen laboral MYPE las empresas que: 1.

Constituyan grupo económico o vinculación económica.

2.

Tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros,

que no cumplan con dichas características. 3.

Consignen información falsa.

4.

Dividan sus unidades empresariales

5.

Se dediquen al rubro de bares, discotecas, juegos de azar y afines. Las actividades afines son

determinadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo REMYPE Para que una empresa califique como micro o pequeña empresa debe estar inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña empresa (REMYPE). La inscripción se realiza a través de la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y únicamente se requiere el numero RUC del empleador y su clave sol para tal efecto. BASE LEGAL Decreto Supremo Nº 007-008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE: Ley Nª 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial.

15. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El establecimiento e implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST, tiene por finalidad contribuir a la mejora de las condiciones y factores que pueden afectar el bienestar de todas las personas que se encuentren dentro de las instalaciones de una empresa, a través de la inserción de todas aquellas medidas de prevención y protección que permitan salvaguardar la ocurrencia de accidentes laborales y enfermedades ocupacionales.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

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El empleador deberá adoptar un enfoque del sistema de gestión en el área de seguridad y salud en el trabajo, el cual es obligatorio para los empleadores de todos los sectores económicos y de servicios; comprende, asimismo, a todos los empleadores y los trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada a nivel nacional; trabajadores y funcionarios del sector público; trabajadores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como a trabajadores por cuenta propia. Objeto de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Para ello, cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales. Obligaciones y derechos de la Ley de SST Son aplicables a todos los empleadores y los trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada en todo el territorio nacional, trabajadores y funcionarios del sector público, trabajadores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y trabajadores por cuenta propia. Responsabilidades del Empleador en el SGSST6 1. Entregar al trabajador copia del reglamento interno de SST 2. Realizar no menos de 4 capacitaciones al año en materia de SST 3. Adjuntar al contrato de trabajo las recomendaciones en SST 4. Brindar facilidades para la participación de los trabajadores en cursos de formación en la materia Elaborar un mapa de riesgos, el cual debe exhibirse en un lugar visible

REPORTE DE ACCIDENTES DE TRABAJO, INCIDENTES PELIGROSOS Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES En caso de accidentes no mortales, leves o graves con atención médica, debe informarse al centro médico y efectuar la respectiva anotación en el registro obligatorio. En caso de un accidente de trabajo mortal, se debe reportar dentro de las 24 horas ocurrido el hecho, en el portal institucional del MTPE

RECUERDA: Empleador con más de 20 trabajadores: Debe contar con un Comité de Seguridad y Salud en el trabajo (CSST). Debe elaborar el reglamento interno de SST. Empleador con menos de 20 trabajadores: Debe contar con un Supervisor SST. El Reglamento Interno de SST es facultativo.

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Sistema de Gestión y Salud en el Trabajo

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ASPECTOS SANCIONADORES La imposición de una multa por el incumplimiento de la normativa en Seguridad y Salud en el Trabajo se realiza en función de la gravedad de la infracción y del número de trabajadores afectados, la cual puede ser equivalente hasta 45 UIT. ¿Qué hacer en caso de incumplimiento del empleador? Quien considere que se ha cometido una infracción en materia de SST, puede presentar una denuncia ante SUNAFIL para que se proceda a las investigaciones pertinentes y, de ser el caso, se imponga la multa pertinente El incumplimiento de algunas obligaciones relacionadas con SST, las cuales hayan ocasionado la muerte o incapacidad permanente del trabajador en un accidente de trabajo, constituyen una infracción muy grave.

16. DERECHOS LABORALES DE LAS MADRES TRABAJADORAS La Constitución y las normas internas, amparan los derechos laborales de las madres trabajadoras, otorgándoles la protección adecuada, a fin que no se ponga en riesgo su salud ni el desarrollo normal del embrión o feto durante el período de gestación y posterior al alumbramiento. Como organismo técnico responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa socio laboral y de seguridad y salud en el trabajo, verifica el cumplimiento de la normativa laboral sobre la madre trabajadora.

Obligaciones del empleador con la madre trabajadora 1.Ante situaciones de riesgo deberá asignar, a la mujer gestante, laborares que no pongan en riesgo su salud o el desarrollo normal del embrión y/o feto. 2.Otorgar licencia de 7 días, con goce de haber, en los casos de tener un hijo enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en riesgo su vida. 3.Otorgar una asignación familiar equivalente al 10% de una remuneración mínima vital de forma mensual hasta que el menor de sus hijos cumpla 18 años ó 24 años en caso de estudios. 4.Deberá cumplir con el pago del subsidio por maternidad, el cual posteriormente será reembolsado por Essalud. 5.Deberá reincorporar a la madre trabajadora en el mismo puesto al término de su descanso por maternidad. 6.Si laboran 20 o más mujeres en edad fértil, deberá proporcionar un área apropiada para el lactario. 7.Gozar de una licencia para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación que requieran sus hijos menores con discapacidad, hasta por 56 horas consecutivas o alternas anualmente, las cuales serán tomadas a cuenta del descanso vacacional.

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Descanso PRE y POS NATAL La trabajadora tiene el derecho de gozar de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal El goce del descanso prenatal podrá ser diferido, total, parcial o totalmente, y acumulado al postnatal, a decisión de la trabajadora gestante. Tal decisión debe ser comunicada al empleador con una anticipación no menor a dos meses a la fecha probable del parto.

Lactancia materna Es el derecho que tiene la madre trabajadora, al término del período post natal, para dar de lactar a su hijo por una hora diaria, hasta que cumpla un año. Este permiso: 

Puede ser fraccionado en dos tiempos iguales.



Es otorgado dentro de la jornada laboral.



Su horario podrá ser acordado.



En caso de parto múltiple el tiempo de lactancia se extenderá por una hora más.

Subsidio por maternidad Es el derecho que tiene la madre trabajadora, afiliada al Seguro Social de Salud, de percibir una suma de dinero como contribución económica ante la situación de incapacidad temporal por el embarazo y el cuidado del recién nacido*. Se busca que la trabajadora gestante pueda gozar de un período de descanso previo al alumbramiento, a fin de no arriesgar su salud ni la del concebido. Para tener derecho al pago del subsidio se deberá estar inscrita en Essalud con tres meses de aportación consecutivos o con cuatro no consecutivos dentro de los 6 meses calendario anteriores al mes en que inicia el subsidio. ** Si el total de los meses de afiliación es menor a 12, el promedio se determinará en función del tiempo de afiliación del asegurado. ¿Qué sucede en caso de despido por embarazo? Es nulo el despido que tenga por motivo el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si se produce en cualquier momento del periodo de gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento. Para considerar un despido como nulo, el empleador debe ser notificado documentalmente sobre el embarazo de forma previa al despido; ello no enerva la facultad del empleador de despedir por causa justa.

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17. INSPECCIÓN DEL TRABAJO La inspección laboral es el mecanismo a través del cual el Estado Peruano asegura el cumplimiento de la normativa sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo. Para cumplir con estos objetivos implementa mecanismos de control a fin de velar por el total cumplimiento de obligaciones de los empleadores y para que los trabajadores conozcan sus derechos. El inicio y desarrollo de las actuaciones inspectivas se rigen por lo dispuesto en las normas especiales sobre inspección del trabajo, siendo aplicables las disposiciones del procedimiento administrativo general contenidas en el título II de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en todo aquello no regulado por la norma inspectiva laboral y siempre que no se desnaturalice la especialidad de los procesos inspectivos.

ACTUACIÓN INSPECTIVA La actuación inspectiva es la diligencia que la Inspección del Trabajo sigue de oficio, y previa al inicio del procedimiento administrativo sancionador, para comprobar el cumplimiento de la normativa sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, a fin de que se adopten las medidas inspectivas que procedan para garantizar el cumplimiento de estas.

Inicio de la actuación inspectiva: 1. ¿Cómo solicitar una inspección del trabajo?  La denuncia puede ser presentada por: -

Trabajadores

-

Organizaciones sindicales

-

Cualquier persona que conozca algún incumplimiento laboral

-

Autoridades del sector público y jurisdiccional

 Debe contener: -

Nombre, DNI y domicilio del denunciante (Se guardará reserva)

-

Descripción de los hechos denunciados, fecha y lugar donde se produjeron

-

RUC, Razón Social y dirección de la empresa (domicilio fiscal)

 Puede presentarse en: -

Mesa de partes de la SUNAFIL.

-

Aplicativo “Denuncias virtuales” de la web: www.sunafil.gob.pe

2. Orden de inspección Contiene:  Designación del inspector que realiza las actuaciones inspectivas en los centros de trabajo o en las oficinas de la SUNAFIL.  Materias a inspeccionar

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 Plazo a observar 3. Designación del inspector Recibida la orden de inspección, el inspector tiene 10 días hábiles para iniciar la actuación inspectiva.  En caso de: -

Despido arbitrario

-

Accidente de trabajo

-

Huelgas

-

Cierre de centro de labores

-

Terminación colectiva de los contratos de trabajo

-

Otras materias que requieran una inmediata intervención

Se inician las actualizaciones inspectivas en el DIA DE RECIBIDA LA ORDEN DE INSPECCION O DESDE QUE SE TOME CONOCIMIENTO DEL HECHO. 4. Actuaciones inspectivas  Actuaciones de investigación que realiza el inspector de trabajo y puede desarrollarlas mediante estas modalidades: -

Visitas de inspección al centro de trabajo

-

Comparecencia (En ella se presenta los documentos y/o aclaraciones requeridos por el inspector a la empresa)

-

Comprobación de datos

 Actuaciones de consulta o asesoramiento técnico -

Orientación sobre el cumplimiento de las normas socio laborales.

-

No dan merito a procedimientos sancionar.

5. Al final de la inspección Finalizadas las actuaciones de investigaciones de investigación el inspector de trabajo emitirá: INFORME: No se ha incurrido en infracciones o estas fueron subsanadas oportunamente. ACTA DE INFRACCION: Se ha incurrido en infracciones y estas no fueron subsanadas oportunamente.

PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO Fase instructiva 6. Imputación de cargos Se declara de oficio el inicio del procedimiento y se encuentra a cargo de la autoridad instructora.  La notificación debe señalar:  La identificación del(os) sujetos(s) responsable(s)  Medida de carácter provisional, en caso corresponda

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 Calificación de la infracción  Posibles sanciones  Normas que otorgan competencia  Antecedentes y documentos que dieron lugar al inicio del procedimiento  Se adjunta el acta de infracción: en caso tenga todos los elementos indicados. 7. Notificación al sujeto responsable Se otorga 5 DÍAS hábiles para que realice su descargo y lo presente a la autoridad. 8. Acciones de instrucción Vencido el plazo el instructor (si lo considera) realiza las investigaciones necesarias para determinar la existencia de responsabilidad susceptible de sanción. 10 días hábiles desde el día siguiente del vencimiento del plazo para la presentación del descargo, salvo los casos de prórroga. 9. Informe final de instrucción La autoridad instructora elabora el informe. 

El informe determina: -

La absolución (no existencia) o la existencia de infracción.

-

Debidamente motivado.

-

Conducta infractora.

-

Pruebas de conducta infractora.

-

La norma vulnerada.

-

La sanción propuesta o la absolución.

Fase de sanción o resolución 10. Notificación del informe final La autoridad sancionadora recibe el INFORME FINAL DE INSTRUCCIÓN y puede disponer: 

Notificación del informe final de instrucción al sujeto responsable.



Se otorga un plazo de 5 días hábiles para que realice su descargo.



Actuaciones complementarias (si las considera indispensables).

De ser necesario: Se dispondrá la realización de una AUDIENCIA ESPECIAL, a fin que quien lo haya solicitado en la fase de instrucción haga uso de la palabra. (Es facultativo, a criterio de la autoridad). 11. Resolución primera instancia La dicta la autoridad sancionadora. 

La resolución dispone: Aplicar sanción o Archivar procedimiento.



Pone fin al procedimiento en primera instancia

15 días de recibido el encargo.

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RECURSOS IMPUGNATIVOS: Recurso de reconsideración (Exige nueva prueba) y Recurso de apelación. 12. Resolución segunda instancia La intendencia Regional resuelve el recurso de apelación. 13. Recurso de revisión El tribunal de fiscalización laboral resuelve el recurso. Plazo para impugnar: 15 días hábiles de notificada la resolución que se impugna. Se podrá ejercer cuando se implemente el tribunal. Infracción 

Clasificación de Infracciones -

LEVE: No se cumplen obligaciones meramente formales.

-

GRAVE: Son actos contrarios a los derechos de los trabajadores o se incumplen obligaciones que trascienden lo formal. Se consideran también las infracciones referidas a la obstrucción de la labor inspectiva.

-

MUY GRAVE: Cuando los incumplimientos tienen una especial trascendencia por la naturaleza del deber infringido o cuando afectan derechos esenciales de los trabajadores.



Criterios para determinar la gravedad de las infracciones -

Incidencia en el riesgo del trabajador respecto de su vida, integridad física y salud.

-

Incumplimiento de obligaciones esenciales respecto de los trabajadores.

-

Posibilidad de los trabajadores de disponer de sus beneficios de carácter irrenunciable • Cumplimiento de las obligaciones dentro de los plazos legales y convencionales.



Conducta dirigida a impedir o desnaturalizar las visitas de inspección.

Criterios de graduación de las sanciones

Las sanciones a imponer por las infracciones en materia de relaciones laborales, de seguridad y salud en el trabajo, se graduarán en relación de: -

Gravedad de la falta cometida.

-

Número de trabajadores afectados.

Multas Las infracciones detectadas son sancionadas con una multa máxima de: 

Muy Graves 200 UIT



Graves 100 UIT



Leves 50 UIT

La multa máxima por el total de infracciones detectadas no podrá superar las trescientos (300) UIT vigentes en el año en que se constató la falta.

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Escala de Multas y máximos La SUNAFIL obtiene multas haciendo uso de la siguiente escalde sanciones por número de trabajadores afectados Tabla N°05: Escala de multas y máximos

Fuente: Jurisprudencia SUNAFIL y Responsabilidades del Empleador (JLT) UIT 20197: S/ 4,200.00, al momento de imponer una multa tenemos que tomar en cuenta que tipo de empresa es Micro o Pequeña empresa

18. DENUNCIA VIRTUAL PASO 1 Ingresar a la página web WWW.SUNAFIL.GOB.PE y SELECCIONAR la opción APLICATIVO DE DENUNCIA VIRTUAL. PASO 2 El aplicativo mostrará los TERMINOS GENERALES para realizar una denuncia virtual en SUNAFIL. PASO 3

7

BASE LEGAL: D.S. N° 298-2018-EF

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Deberá ingresar el Régimen laboral 728, el cual significa que está en la actividad privada ya que es el único donde la SUNAFIL tiene competencia y datos del empleador. PASO 4 Ingresar el número de DNI y su código verificador en el cual se encuentra en el extremo derecho superior de su DNI PASO 5 Ingrese sus datos para registrar su solicitar de inspección. PASO 6 Ingrese los datos de:  Departamento  Provincia  Distrito  Dirección actual  Teléfono fijo/o celular Ingrese datos laborales:  Colocar si se encuentra o no en la empresa denunciada.  Fecha de ingreso.  Cargo  Remuneración  Si recibe boletas de pago  Jornada de trabajo Y si desea mantener la reserva de su identidad Ingrese datos del empleador: 

Dirección



Referencia de la ubicación del centro de trabajo.

Agregar las materias a denuncia y sustente el motivo de su denuncia, adjunte archivos en PDF de la copia del contrato, boletas de pago y otros documentos 8 PASO 7 Una vez ingresada toda la información requerida, se deberá hacer clic al botón ENVIAR el aplicativo mostrará un mensaje con el REGISTRO DE LA SOLICITUD, que servirá para hacer seguimiento a la denuncia a través de la página web. Al terminar recibirá en su correo electrónico la constancia de su solicitud de inspección.

8

Estos archivos no deben pesar más de un MEGA

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19. RECOMENDACIONES PARA SUPERAR UNA FISCALIZACIÓN LABORAL 

No olvidar la presentación de los contratos de trabajo ante el ministerio de trabajo, dicha obligación recae para los contratos sujetos a modalidad y a tiempo parcial.



El pago de beneficios.



No olvidar entregar a los trabajadores sus boletas de pagos.



Toda empresa que cuente con trabajadores debe implementar un control de asistencias, esto puede ser computarizado, mecanizado o en un cuaderno. El objetivo es tener un registro de la hora de entrada y salida de los trabajadores.



La reducción de costos laborales no significa contratar a trabajadores bajo la modalidad de recibos por honorarios, ya que es muy fácil poder demostrar la relación laboral encubierta tan solo analizando los pagos, los conceptos del servicio, el puesto, etc.

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CAPITULO II 1. Casuística Durante el año 2014 Tabla N°06 : Casuística de Sanciones

Fuente: Jurisprudencia SUNAFIL y Responsabilidades del Empleador (JLT)

Tenemos que tomar en cuenta el UIT que estaba en vigencia el año que se produjo la infracción, en los años 2013 y 2014 en los casos de la tabla N°06 observamos que la multa mas grave a pagar se cometió por la acción lesiva de no adoptar las medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo de los que se derive u riesgo grave o inminente para la seguridad de los trabajadores pagando un monto de S/. 380,000.00 siendo perjudicados 2369 trabajadores.

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Tabla N°07: Relaciones Laborales - periodo enero 2019 - intendencia de Lima Metropolitana



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REGIÓ N

SERI 5

GRAVED AD

MUY GRAVE

79

SIRE 1

GRAVE

14 0

SERI 4

GRAVE

NOMBRE DE LA EMPRESA/ PERSONA NATURAL CON NEGOCIO

FECHA SECTOR DE MONT DE MULTA O DE DNI/RUC ACTIVIDAD CONSENT MULT ECONOMIC IDA Y A S/. A CONFIRM ADA

OTRAS ACTIV. SERV. CONSEJO COMUNITA 20168737 DISTRITAL RIOS, 565 DE COMAS SOCIALES Y PERSONAL ES OTRAS ACTIV. SERV. COMUNITA G4S PERU 20422293 RIOS, SAC 669 SOCIALES Y PERSONAL ES ACTIVIDAD CIA DE INMONILIA SEGURIDA RIA, 20100148 D EMPRESA 162 PROSEGU RIALES Y R S.A. DE ALQUILER

Fuente: SUNAFIL, elaboración propia

TOTALDE EMPRESAS INVOLUCRADAS: 66 TOTAL DE MONTO DE MULTAS: S/. 1,319,359.90 TOTAL, DE TRABAJADORES AFECTADOS: 941

ACCIÓN LESIVA

EL SUJETO INSPECCIO NADO 29/01/201 38,272. COMETIO 9 50 ACTOS DE DISCRIMINA CIÓN POR NO ACTUALIZA R LA SITUACION 16,643. 9/01/2019 ECUCATIVA 73 DE LAPLANILLA ELECTRONI CA NO ACREDITAR ELPAGO 28/01/201 20,737. ULTIMO DE 9 50 LAS REMUNERA CIONES

N° DE TRABAJAD ORES AFECTADO S

188

61

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CASO 1

El denunciante -

Nilo Villa Zamata, con DNI 04650201

-

Relación laboral: trabajador

-

Recha de ingreso: 15/12/2017

-

Fecha de cese: con vinculo

-

Cargo: vigilante

-

Ultima remuneración percibida: S/: 2,080.00

-

Distrito/provincia: Ilo/Ilo

Datos del empleador denunciado: -

PROTECCION RESGUARDO S.A.

-

RUC: 20100313124

-

Actividad: seguridad y vigilancia

-

Días y horas sugeridos para ir a inspeccionar: L-V 7:00 a.m. – 7:00 p.m.

-

Dirección: Aeropuerto Corpac, cerca de la playa Pozo de Lisas

El señor Amata denuncia que su contrato a sido desnaturalizado ya que en el contratado celebrado por ambas partes s edetalla que las labores a realizar son de chofer sin embago en su boleta de pago se consigna el cargo de vigilante, lo cual causa perjuicio remunerativo al denunciado según lo que el mismo describe, adjuntado: -

copia de DNI.

-

copia de contrato de trabajo.

-

copia de boleta de pago.

Recibiendo la denuncia el 09/01/2019 La SUNAFIL el 14/03/2019 se presentó el informe de ACTUACIÓN INSPECTIVA, yendo a la empresa en distintas fechas para realizar una investigación y corroborara la información otorgada por el denunciado.

Esta denuncia está en proceso.

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Figura N°06: Organigrama SUNAFIL

Fuente: Poder Judicial - Ilo

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Conclusión

En este presente trabajo realizado, se llegó a la conclusión que el organismo de Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral(SUNAFIL), es responsable de promover, supervisar y fiscalizar el ámbito laboral de un trabajador de una empresa, para asegurar que este cumpla con todos los beneficios de ley, por ser un derecho laboral, resaltando las funciones que nos brinda en asesoría, cumple un rol de autoridad. Teniendo en cuenta la información recaudada que extraíamos de la página web oficial y de volante que nos brindaron llegamos al punto que es importante que todos los trabajadores tengan conocimiento sobre sus derechos laborales y las funciones que realiza la SUNAFIL

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Linkografía

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ANEXOS

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Anexo n° 01: de la denuncia expuesta en el caso 1

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Anexo N°02: fotos tomadas en él viaja de recopilación de información a la ciudad de Moquegua

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