SEMEJANZA ETICA

Semejanza de la Profesion del Derecho con otras profesiones ITEM/PROFESION El DEBER PROFESIONAL. ABOGADO El abogado deb

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Semejanza de la Profesion del Derecho con otras profesiones ITEM/PROFESION El DEBER PROFESIONAL.

ABOGADO El abogado debe tener presente que es un servidor de la justicia y un colaborador de su administración; y que la esencia de su deber profesional es defender empeñosamente, con estricto apego a las normas jurídicas y morales, los derechos de su cliente.

CONTADOR El Contador tiene un papel importante en la sociedad. Los inversionistas, acreedores, empleadores y otros sectores de la comunidad de negocios, además del gobierno y público en general, confían en los contadores para tener una sólida información financiera, y consejo competente acerca de una variedad de materias en negocios e impuestos. La actitud y comportamiento de los contadores al proporcionar tales servicios, tiene un impacto en el bienestar económico de su comunidad y país.

LA HONRADEZ.

El abogado debe obrar con honradez y buena fe. No ha de aconsejar actos fraudulentos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas o tendenciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de justicia.

El profesional Contador deberá mantener incólume su integridad moral cualquiera que fuere el área en que practique el ejercicio profesional. Conforme con ello se espera de él, rectitud, probidad, dignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia.

DIGNIDAD PROFESIONAL.

El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesionales. No solamente es un derecho, sino un deber, combatir, por todos los medios

El Contador tiene la obligación de contribuir, de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión,

COMUNICADOR Los periodistas están al servicio de la verdad, los principios democráticos y los derechos humanos. En su quehacer profesional, el periodista se regirá por el principio de la veracidad, entendida como una información responsable de los hechos. El ejercicio del periodismo no propiciará ni dará cabida a discriminaciones ideológicas, religiosas, de clase, raza, sexo, discapacidad, ni de ningún otro tipo, que lleven a la ofensa o menoscabo de personas naturales o jurídicas. El periodista difundirá sólo informaciones fundamentadas, sea por la correspondiente verificación de los hechos en forma directa o con distintas fuentes, sea por la confiabilidad de las mismas. Una fuente es considerada confiable por su conocimiento y experiencia en el tema tratado y/o por su independencia respecto de intereses ajenos a la finalidad esencial de divulgar la verdad. Los profesionales de la Orden lucharán para que los directores, editores y otros directivos periodísticos de diarios, revistas, agencias de

MEDICO Los médicos en su Código de ética señalan todos sus deberes profesionales ya sea generales, hacia los enfermos o entre sí.

INGENIERO Los ingenieros en su código de ética, el cual consta de veinticinco (25) Artículos, se refieren a su deber profesional.

El médico debe tratar con honestidad a pacientes y colegas... (De los deberes generales del médico)

El ingeniero debe dedicar toda aptitud y atender con la mayor diligencia y probidad los asuntos de su cliente.

Los médicos, en su declaración de Ginebra, prometen ejercer su profesión a conciencia y

El ingeniero debe contribuir con su conducta profesional para que se forme y mantenga en la

Semejanza de la Profesion del Derecho con otras profesiones lícitos, la conducta moralmente censurable de jueces y colegas.

tanto en el ámbito institucional como en cualquier otro campo que, como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles.

noticias, estaciones de radio y televisión y demás medios de comunicación, sean periodistas.

dignamente.

sociedad, un exacto concepto del significado de la profesión, de la dignidad que la acompaña y del alto respeto que merece.

El SECRETO PROFESIONAL.

Guardar el secreto profesional constituye un deber y un derecho del abogado. Es hacia los clientes un deber que perdura en los absoluto, aún después de que les haya dejado de prestar sus servicios; y es un derecho del abogado ante los jueces, pues no podría aceptar que se le hagan confidencias, si supiese que podría ser obligado a revelarlas.

El Contador está obligado a guardar la reserva profesional en todo aquello que conozca en razón del ejercicio de su profesión, salvo en los casos en que dicha reserva sea levantada por disposiciones legales.

El periodista que se haya comprometido a mantener en forma confidencial (off the record) hechos, informaciones u opiniones, no debe darlos a conocer ni pública ni privadamente. Esto implica que tampoco podrá compartirlos con persona alguna que pudiera divulgarlos.

El médico debe guardar absoluto secreto de todo lo que se le haya confiado, incluso después de la muerte del paciente.

El ingeniero debe mantener secreto y reserva respecto de toda circunstancia relacionada con el cliente y con los trabajos que para él efectúa, salvo obligación legal.

SOLIDARIDAD ENTRE COLEGAS.

Entre los abogados debe haber fraternidad que enaltezca la profesión, respetándose recíprocamente sin dejarse influir por la animadversión de las partes...

Entre los abogados debe haber fraternidad que enaltezca la profesión, respetándose recíprocamente sin dejarse influir por la animadversión de las partes...

El periodista debe prestar solidaridad activa a los colegas que sufran persecuciones o agresiones por causa de su ejercicio profesional, como asimismo a aquellos que sean juzgados

El médico debe considerar a sus colegas como hermanos (Declaración de Ginebra)

No emitir públicamente juicios adversos sobre la actuación profesional de colegas, menoscabando su personalidad...

El médico debe en todos los tipos de práctica médica, dedicarse a proporcionar un servicio médico competente, con plena independencia técnica y moral, con compasión y respeto por la dignidad humana.

El código de los ingenieros tampoco cuenta con un artículo en el que se mencione claramente este principio.

en virtud de disposiciones legales que el Colegio estime lesivas a la libertad de expresión.

PROTECCIÓN Y APORTE AL DESARROLLO DE LA SOCIEDAD.

El código de los abogados no cuenta con un artículo en que esté explícito este principio.

La responsabilidad de un contador no es exclusivamente satisfacer las necesidades de un cliente o empleador en particular, sino que es una responsabilidad de interés público, entendiendo por tal, el bien común de la comunidad de personas e instituciones a las cuales sirve el profesional.

El derecho a informar deberá ser ejercido con resguardo de todas las consideraciones y normas éticas establecidas en este Código y, en consecuencia, jamás deberá ser usado en detrimento de la comunidad o de las personas.