PROYECTO DERECHO LABORAL COLECTIVO

SINDICATO DE TRABAJADORES DEL GREMIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD “SINTRAVISE” ESTUDIANTES BELTRÁN RODRÍGUEZ VIVIANA PAOL

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SINDICATO DE TRABAJADORES DEL GREMIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD “SINTRAVISE”

ESTUDIANTES

BELTRÁN RODRÍGUEZ VIVIANA PAOLA (Código N° 191198326) CAMPOS ALPISTT JOSÉ MIGUEL ( Código Nº1911021773) CORTINA OSPINO YENIFER (Código N°1912410363) ISAZA HINCAPIE JUAN PABLO (Código Nº 1912410116) SARMIENTO MORENO ADMEDIS YURLIZA (Código N° 1911983517) SARMIENTO RODIRGUEZ NELCY XIMENA (Código Nº 1911983332) YANGUMA CIFUENTES BEDSY JULIETH (Código N°1822410118)

DERECHO LABORAL COLECTIVO Y TALENTO HUMANO PROGRAMA DE PSICOLOGÍA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA POLITÉCNICO GRANCOLOMBIANO SEPTIEMBRE DE 2020

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE SINDICATO

En la ciudad de Montería, siendo las 8:00 a.m del día 25 de septiembre 2020, se reunieron personas abajo relacionadas con el objetivo de fundar el Sindicato de trabajadores en defensa de los intereses de los empleados del sector de Vigilancia y Seguridad. La Asamblea propone el nombramiento de un Presidente y un Secretario para que presidan la reunión y suscriban el acta, siendo elegidos VIVIANA PAOLA BELTRÁN RODRÍGUEZ como Presidente y JUAN PABLO IZASA HINCAPIÉ como Secretario, quienes aceptan la designación. El presidente designado propone el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA 1. Llamado a lista y verificación del Quórum 2. Fundación del Sindicato de trabajadores 3. Elección de miembros de Junta Directiva 4. Aprobación de los Estatutos 5. Aprobación para registro en entes competentes 6. Cierre de la reunión

1. Llamado a lista y verificación del Quórum Se procede al llamado de lista el cual se encuentra representado de la siguiente manera: 1. Admedis Yurliza Sarmiento Moreno

c.c. 1.233.689.549

2.

c.c. 1.020.438.382

Bedsy Julieth Yanguma Cifuentes

3. Viviana Paola Beltrán Rodríguez

c.c 1.033.721.742

4. Juan Pablo Izasa Hincapié

c.c. 1.039.700.820

5. Yenifer Cortina Ospino

c.c. 1.013.629.831

6. José Miguel Campos Alpistt

c.c. 1.052.732.058

7. Nelcy Ximena Sarmiento Rodríguez

c.c. 1.076.626.571

8. Ruby Johanna Acero Troya

c.c. 1033714708

9. Norma Yllam Acevedo Quiñones

c.c. 1.018.410.606

10. Angel Antonio Acosta Cardenas

c.c. 52.711.645

11. Yenny Marley Acosta Cruz

c.c. 79.234.980

12. Eliana Yacxcdi Acosta Gallego

c.c. 52167419

13. Claudia Patricia Acosta Rueda

c.c. 1075659809

14. Leonar Giovanni Aguiar Martinez

c.c. 35450542

15. Diana Alexandra Aguilar Duarte

c.c.88222423

16. Diana Marcela Aguirre Rincon

c.c. 39768508

17. Luz Dary Aleman Pulido

c.c. 52496461

18. Flor Marina Alfonso Acosta

c.c. 33378559

19. Jeimy Eugenia Alfonso Fangua

c.c. 52496051

20. Paula Andrea Alfonso Toquica

c.c. 53116509

21. Maribel Ali Junco

c.c. 52212599

22. Lina Soraya Alvarado Obando

c.c. 1018457689

23. Juliana Alvarez Diaz

c.c. 1030668329

24. Miguel Angarita Paez

c.c. 80426531

25. Maria Paula Angel Triviño

c.c. 1075670981

Luego de realizar el llamado se confirma que se encuentran presentes 25 trabajadores por lo cual existe quórum para deliberar y decidir válidamente, de acuerdo con el código sustantivo de trabajo que establece que se requiere un mínimo de 25 personas para la creación de un Sindicato de trabajo. 2. Fundación del Sindicato La presente Asamblea se reunió con el fin de constituir un Sindicato de Trabajadores del gremio

de

Vigilancia

y

Seguridad

el

cual

se

denominará

SINDICATO

DE

TRABAJADORES DEL GREMIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD “SINTRAVISE”, cuyo domicilio será en la ciudad de Montería en la calle 14 # 6-87 Barrio mundo nuevo y que tendrá como objetivos la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son Propios a los empleados, de conformidad con el art. 7 de la Constitución y ámbito profesional en el sector de la seguridad privada prestada a terceros. El sindicato es fundado por los participantes asistentes el día de hoy a esta asamblea. 3. Elección de miembros de Junta Directiva Se propone la siguiente lista de trabajadores como miembros de la Junta Directiva Admedis Yurliza Sarmiento Moreno

c.c. 1.233.689.549

Bedsy Julieth Yanguma Cifuentes

c.c. 1.020.438.382

Viviana Paola Beltrán Rodríguez

c.c 1.033.721.742

Juan Pablo Izasa Hincapié

c.c. 1.039.700.820

Yenifer Cortina Ospino

c.c. 1.013.629.831

José Miguel Campos Alpistt

c.c. 1.052.732.058

Nelcy Ximena Sarmiento Rodríguez

c.c. 1.076.626.571

Luego de someter a votación la propuesta se define que la misma es aprobada por UNANIMIDAD de los presentes. 4. Aprobación de los Estatutos Se procede con la lectura de los Estatutos y se someten a votación de los afiliados presentes, luego de la votación se establece que se aprueban por UNANIMIDAD. (Anexos) 5. Aprobación para registro en entes competentes Se autoriza a YENIFER CORTINA OSPINO, para que, en nombre y representación de los asistentes a esta reunión, suscriba los escritos y realice las gestiones que sean precisas para obtener la inscripción del Sindicato en la Oficina Pública de Registro, Depósito y Publicidad adscrita a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, incluida la subsanación de deficiencias que pudieran ser advertidas por dicha Oficina Pública. 6. Cierre de la reunión Siendo las once de la mañana (11:00 am) del día 25 de septiembre 2020 se da por terminada la reunión al haber agotado todos los puntos propuestos para el desarrollo de la misma. VIVIANA PAOLA BELTRÁN R.

JUAN PABLO IZASA HINCAPIÉ

Presidente

Secretario ESTATUTOS

SINDICATO DE TRABAJADORES DEL GREMIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD “SINTRAVISE”

CAPÍTULO I: DEFINICIÓN Y NATURALEZA

Artículo 1. Nombre del Sindicato Con el nombre de SINDICATO DE TRABAJADORES DEL GREMIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD “SINTRAVISE”, se constituye una organización sindical de primer grado, que actuará conforme con lo establecido en la Constitución Nacional los Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, las Leyes que los aprueben, el Código Sustantivo de Trabajo, jurisprudencia relacionada y estos Estatutos. Artículo 2. Conformación del Sindicato El Sindicato estará conformado por trabajadores que se encuentren vinculados mediante contrato de trabajo con entidades privadas de Seguridad, ya sea directamente o por medio de temporales o subcontratistas. Parágrafo: Si un trabajador es pensionado no puede ser afiliado a SINTRAVISE y si está afiliado en el momento de pensionarse pierde la calidad de afiliado. Artículo 3. Domicilio del Sindicato El domicilio de SINTRAVISE será en la ciudad de Montería, departamento de Córdoba, República de Colombia.

CAPÍTULO II OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL SINDICATO

Artículo 4. Los objetivos y fines principales del sindicato son: a) Estudiar los salarios, prestaciones, honorarios, sistemas de protección o de prevención de accidentes, bienestar laboral y demás condiciones de trabajo para procurar el mejoramiento de las condiciones de vida y labores de los afiliados, así como la defensa de sus derechos. b) Representar ante las autoridades u organismos correspondientes los intereses colectivos que surjan de la relación laboral y sindical de los afiliados, procurando la conciliación. c) Promover la educación política sindical y el desarrollo educativo de los miembros de la organización. d) Asesorar a los afiliados en la defensa de los derechos laborales, representandolos ante las autoridades administrativas, ante los empleadores y ante terceros. e) Brindar solidaridad a sus afiliados en caso de enfermedad y calamidad. f) Promover la creación y desarrollo de: cooperativas, fondos de empleados, fondos de solidaridad, escuelas, bibliotecas, institutos técnicos o de habilitación profesional,

escenarios deportivos y culturales, y demás organismos adecuados a los fines misionales del sindicato. g) Adquirir y poseer los bienes muebles e inmuebles que se requieran para el cumplimiento de los objetivos y para el desarrollo de las actividades propias del sindicato.

CAPÍTULO III CONDICIONES DE ADMISIÓN, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS Artículo 5. Condiciones de Admisión Para estar afiliado al sindicato se requiere: a) Ser mayor de 18 años b) Estar vinculado laboralmente en cualquier empresa del sector de Vigilancia y Seguridad a nivel departamental, municipal y distrital. c) No pertenecer a otro Sindicato u organización Sindical d) Diligenciar el formulario de inscripción e) Ser admitido por la Junta Directiva f) Comprometerse con el cumplimiento de los objetivos del Sindicato y apoyar las actividades necesarias para lograr dicho objetivo g) Pagar cuota de admisión

Artículo 6. Condiciones de Admisión El ingreso de los afiliados se debe aprobar mediante votación llevada a cabo en una reunión de la Junta Directiva del Sindicato, en caso de no ser aprobado el ingreso por la mayoría de los votantes (50.1%) deberá trasladarse a la Asamblea General.

Artículo 7. Derechos de los afiliados a) Participar en las Asambleas y reuniones con derecho a voz y voto b) Gozar de los beneficios otorgados por el Sindicato c) Conocer la problemática laboral de los afiliados d) Ser informado regularmente de las decisiones tomadas por la junta con respecto al funcionamiento del Sindicato

Artículo 8. Obligaciones de los afiliados a) Cumplir con los Estatutos y reglamentos del Sindicato b) Tener buena conducta con los compañeros c) Pagar puntualmente las cuotas establecidas d) Asistir a las reuniones y asambleas programadas por el Sindicato e) Aportar ideas para el crecimiento y desarrollo del Sindicato

CAPÍTULO IV ESTRUCTURA DEL SINDICATO

Artículo 9. Organismos de dirección Los organismos de dirección del Sindicato Son: a) Asamblea general de afiliados b) Junta Directiva c) Comité Sindical

Artículo 10. Convocatoria a elecciones La Junta Directiva convocará a elecciones de Directivos del Sindicato con dos (2) meses de anticipación. El periodo de desarrollo de actividades de los Directivos será de 4 años, luego de los 4 años deberá citarse a nuevas elecciones. CAPÍTULO V. DE LAS CUOTAS SINDICALES Artículo 11. Los afiliados al SINDICATO estarán obligados a pagar cuotas ordinarias y extraordinarias. Artículo 12. La cuota ordinaria que pagará el afiliado será el equivalente del 1% del salario, las que serán canceladas en la cuenta del sindicato o directamente ante la tesorería del SINDICATO, o por autorización a la empresa o a la entidad bancaria donde tiene su cuenta. CAPÍTULO VI. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SINTRAVISE Artículo 13. Para decretar la disolución del Sindicato se requiere indispensablemente, la aprobación de tres Asambleas Generales de Afiliados o

Nacionales de Delegados en fechas diferentes y con el voto de las dos terceras partes. Artículo 14. El sindicato también se disolverá: a) Por sentencia judicial. b) Por reducción de los afiliados a un número inferior a veinticinco (25) de acuerdo con lo establecido por la Ley. c) En el evento de que el sindicato se encontrare incurso en una de las causales de disolución, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o quien demuestre tener interés jurídico podrá solicitar ante el juez laboral respectivo la disolución y la liquidación del sindicato y la cancelación del registro sindical. Artículo 15. Al disolverse el sindicato, el liquidador designado por la Asamblea general o por el Juez, según el caso, aplicará a los fondos existentes el producto de los bienes que fuere indispensable enajenar, el valor de los créditos que recaude, en primer término, al pago de las deudas de éste, incluyendo los gastos de liquidación. Si en el momento de entrar en liquidación, el sindicato estuviere afiliado a una federación o confederación, el liquidador deberá admitir la intervención simplemente consultiva de un delegado de ella en sus actuaciones. Artículo 16. Si la liquidación del sindicato fuere ordenada por el Juez del trabajo deberá ser aprobada por éste. En los demás casos, por el Ministerio de Trabajo, o quien haga sus veces. Artículo 17. Lo que quedare del haber común una vez pagadas las deudas y hechos los reembolsos, se adjudicará por el liquidador a la Organización Sindical designada para ello en los Estatutos o por la Asamblea General de Afiliados o Nacional de Delegados. Si ninguna hubiere sido designada así, se adjudicará al Instituto de Beneficencia o de utilidad social que señalen las normas correspondientes. CAPÍTULO VII: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 18. Todo integrante del Sindicato, para acreditarse como tal, será quien haya sido aceptado de acuerdo con lo estipulado en los presentes estatutos. Artículo 19. Los presentes estatutos son de obligatorio cumplimiento para todos los afiliados y todas las instancias de dirección de SINTRAVISE.

Montería, Septiembre de 2020

REFERENCIAS https://encolombia.com/derecho/codigos/codigo-sustantivo-trabajo/derechocolectivo-sindicatos/ https://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/leyes-y-decretos-ley/leyes https://leyes.co/codigo_sustantivo_del_trabajo/362.htm#:~:text=Art%C3%ADculo %20362.,sus%20estatutos%20y%20reglamentos%20administrativos.

https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-61043.html

http://paisbipolar.blogspot.com/2014/11/como-crear-un-sindicato-en-colombia.html? m=1

https://sindical.cl/7-pasos-para-constituir-un-sindicato/