Citation preview

I.

Pliego de peticiones.

Según El código Del trabajo en su artículo número trescientos setenta y tres establece una definición del pliego de peticiones y lo que tiene que contemplar. “Cuando un sindicato de trabajadores plantee un conflicto colectivo de carácter económicosocial, deberá presentar en la Inspectoría Departamental del Trabajo respectiva, un pliego de peticiones, con original y tres copias, que contenga: a)Autoridad a quien se dirige; b)Identificación del sindicato; c)Las peticiones que se hacen y contra quién o quiénes se dirigen; y, si se pide la celebración de una convención colectiva, el pliego de peticiones deberá ir acompañado del proyecto correspondiente; d)La lista de los trabajadores que apoyan las peticiones, con sus nombres, apellidos y firmas; e) Las quejas concretas que se presentan; f)Señalamiento del lugar para recibir notificaciones en la población donde tiene asiento la inspectoría departamental del trabajo respectiva; g)Breve relación de los hechos que motivan el conflicto colectivo de carácter económico-social; yh)Petición de que se tenga por planteado el pliego.

Cuando un sindicato (grupo de personas encabezadas por una persona para que vele por los derechos de los trabajadores) está en algún conflicto económico u otro dentro del centro de trabajo, este mismo mandara un pliego de peticiones planteando el problema que pasa, como por ejemplo: En momento de suspensión del contrato de trabajo para no perjudicar mucho al trabajador se le indemnice el tiempo que no esté laborando con comida, canasta básica ou objetos de petición. ¿Pero en sí que es un pliego petitorio? Es un documento, en el cual se pactan peticiones por parte del trabajador hacia el patrón, para mejorar el nivel de vida y el desarrollo en el trabajo. II.

Naturaleza Jurídica.

La naturaleza jurídica del pliego de peticiones contempla caracteres sui generis (de su propio género o especie )en el derecho Nicaragüense se ajusta a una concepción formalista que otras legislaciones no han aceptado, pero que entre nosotros ha tomado, podríamos decir en términos comunes, escrito de obligación, esto es, se ha impuesto por un sentimiento elemental de seguridad tanto para el tratamiento de las cuestiones que contiene como para apremiar las posibles soluciones que puedan presentarse antes de llegar a la” huelga”. Del

mismo arrancan las bases de toda conciliación de intereses, pero al mismo tiempo las propiamente procesales. III.

Características del pliego petitorio.

Ya sabiendo la definición de lo que contempla el código del trabajo con lo referido al pliego petitorio definiré ciertas Características fundamentales, entre las que se encuentran las siguientes:

-

1. Posee una vigencia concreta, que concluye en el momento en el que se resuelve la negociación que permitió que se pusiera sobre la mesa. 2. -Entre los datos que debe incluir se encuentran los datos de los trabajadores que lo suscriben. 3. -El conjunto de peticiones que se realizan así como los argumentos y las pruebas que vienen a avalar a aquellas. 4. Por supuesto, debe incluir también las firmas de todos los empleados que solicitan las mejoras para que quede constancia de que respaldan las mismas, en pro de sus puestos y de los de todos sus compañeros IV. Elementos del pliego de peticiones En el artículo 373 del código del trabajo establece cuales son los elementos que integran un pliego petitorio el cual son: a) Autoridad a quien se dirige; b) Identificación del sindicato; c) Las peticiones que se hacen y contra quién o quiénes se dirigen; y, si se pide la celebración de una convención colectiva, el pliego de peticiones deberá ir acompañado del proyecto correspondiente; d) La lista de los trabajadores que apoyan las peticiones, con sus nombres, apellidos y firmas; e) Las quejas concretas que se presentan; f) Señalamiento del lugar para recibir notificaciones en la población donde tiene asiento la inspectoría departamental del trabajo respectiva;

g) Breve relación de los hechos que motivan el conflicto colectivo de carácter económico-social; y h) Petición de que se tenga por planteado el pliego. Así mismo esto deberá integrar al tenor del artículo 374 del código del trabajo la original y tres copias El original del pliego de peticiones formará parte del expediente respectivo; una copia del mismo se entregará a la parte contra quien se dirige el pliego; otra se devolverá a la parte que plantea el conflicto con la razón de haberse recibido; y la última quedará en el archivo de la respectiva inspectoría departamental del trabajo. IV.

Procedimiento.

El arto. 373 CT, faculta a los sindicatos de trabajadores plantear un o varios conflictos de carácter socio económico , ante la inspectoría Departamental del trabajo, el cual deberá de presentar la solicitud del pliego de peticiones original y tres copias el cual deberá integrar todo los dispuesto en el mismo artículo. Ya una vez presentando el pliego petitorio con su original y tres copias, la inspectoría departamental del trabajo en acatamiento a lo dispuesto en el arto. 374 CT., devolverá una copia a la parte que plantea el conflicto con la razón de haberse recibido, otra copia le entregara a la parte contra quien se dirigió el pliego., y la última quedara en el archivo de la inspectoría departamental y el original formara parte del expediente.

Referencia http://riul.unanleon.edu.ni:8080/jspui/retrieve/4455