Entrega 2 Pliego de Peticiones

PLIEGO DE PETICIONES ENTREGA N°2 SANDRA EUNICE RESTREPO CALLE CÓDIGO: 1911021264 CINDY VANESSA LOPEZ LOPEZ- CODIGO 1811

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PLIEGO DE PETICIONES ENTREGA N°2

SANDRA EUNICE RESTREPO CALLE CÓDIGO: 1911021264 CINDY VANESSA LOPEZ LOPEZ- CODIGO 1811021757

INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA POLITÉCNICO GRAN COLOMBIANO PROFESORA: MARÍA FERNANDA GARCÍA DERECHO LABORAL COLECTIVO Y TALENTO HUMANO POLITECNICO GRAN COLOMBIANO

2020

ACTA DE REUNION DE LA ASAMBLEA GENERAL Medellín, 07 de abril de 2020 Doctor JURGEN CHARI ESCOBAR Representante Legal Politécnico Gran Colombiano En nuestra condición de Presidente y Secretario del Sindicato ROBERTO MEJIA CORREA y KARLA PEREZ PORRAS, en cuya representación actuamos, nos permitimos hacer entrega, dentro del término legal, del pliego de peticiones aprobado por la Asamblea General del Sindicato con fecha 25 de marzo de 2020, con el siguiente llamado del día: 1. Registro y verificación de quórum 2. Aprobación de estatutos 3. Designación del Presidente, Secretario y Tesorero Lo anterior con el fin de dar inicio a la negociación colectiva que reemplace la convención suscrita por las mismas partes, vigente desde 01 de mayo de 2007 con expiración el día 25 del mes marzo de 2020, la cual fue comunicada en su oportunidad. Respetuosamente solicitamos nos sea notificada la fecha y hora en que se iniciarán las respectivas conversaciones para aprobación del Pliego de Peticiones. Informamos que han sido designados como negociadores por parte del Sindicato las siguientes estudiantes sindicalizados CINDY VANESSA LOPEZ y SANDRA EUNICE RESTREPO.           Anexamos copia del pliego de peticiones y copia del acta de la Asamblea General del Sindicato aprobatorio de dicho pliego.   Atentamente,   ROBERTO MEJIA CORREA Presidente

  KARLA PEREZ PORRAS Secretaria PLIEGO DE PETICIONES El Sindicato Gremial de estudiantes del programa Profesional en Seguridad y Salud laboral con Registro Sindical N° 004964 del 25 de marzo de 2020, que para los efectos del presente documento se denominará el Sindicato, Representante de los estudiantes Sindicalizados y no Sindicalizados, presenta a la Administración del Politécnico Gran Colombiano, Departamento de Antioquia, que para los efectos del presente documento se denominará, Facultad de Salud y Seguridad Laboral, el Pliego de Peticiones aprobado en la Asamblea realizada el día 25 de marzo de 2020. En desarrollo de la Constitución Política de Colombia, donde se consagra en el artículo 39 la protección especial al derecho de asociación sindical y de los Convenios de la O. I. T., presenta el Pliego de Peticiones que da comienzo con el único fin de mejorar las condiciones de estudio para quienes deben beneficiarse del acto jurídico que resuelva el presente acuerdo Colectivo. PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL DEL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO CON DOMICILIO EN CARRERA 74 # 52- 20, O A QUIEN EL PROPIETARIO Y/O RESPONSABLE DE LA FUENTE DE ESTUDIO UBICADA EN OTRA SEDE ADMINISTRATIVA Y QUE SE DEDICA A LABOR DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA, PRESENTE. En mi carácter de Secretario (a) General del Sindicato estudiantes del programa Profesional en Seguridad y Salud laboral con Registro Sindical N° 004964 del 25 de marzo de 2020, registrado ante el Ministerio de Trabajo, personalidad que acredito la conformación de un Sindicato de estudiantes del programa Profesional en Seguridad y Salud laboral, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones Carrera 50 N° 18-89 Barrio Manzanares, Bello, Antioquia, y autorizando para oírlas a los delegados asignados por asamblea, ROBERTO MEJIA CORREA, presidente y KARLA PEREZ PORRAS, secretaria, se manifiesta lo siguiente: Que a nombre y en representación de los los estudiantes del programa Profesional en Seguridad y Salud laboral, miembros de este sindicato que estudian en el Politécnico Gran Colombiano, se presenta el pliego de peticiones con objeto de consolidar unos acuerdos de enseñanza idóneos, con la pertinencia que el medio laboral exige. En los términos señalados adjunto, en virtud de que los estudiantes miembros de este sindicato constituyen la mayoría de los que estudian en dicho centro educativo. P E T I C I O N E S: Artículo 1: Normas Rectoras.- el Convenio Colectivo o gremial que se firme entre las partes como resultado de la negociación del presente Pliego de Peticiones, se funda en los Principios Consagrados en la Constitución Política y Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo; su finalidad es el

mejoramiento de las condiciones de estudio de los profesionales en Seguridad y Salud Laboral, por consiguiente su texto debe interpretarse de tal manera que nunca menoscabe la Libertad, Dignidad Humana, los Derechos de Asociación, Contratación y Negociación Colectiva, Huelga, y los Principios Mínimos Fundamentales que consagra el Artículo 53 de la Constitución Política. Artículo 2: Designación de las Partes. - Para efectos del presente Pliego de Peticiones, se entiende por patrono o empleador a la Administración del Politécnico Gran Colombiano representada legalmente por el Doctor JURGEN CHARI ESCOBAR o quien haga sus veces en el momento de la notificación del Petitorio y en representación de los estudiantes de Profesional en Seguridad y Salud Laboral, el Sindicato Gremial de estudiantes en Seguridad y Salud Laboral. Artículo 3: Reconocimiento Sindical.- La Administración de Politécnico Gran Colombiano, reconoce y acepta al Sindicato Gremial de estudiantes en profesional en Seguridad y Salud Laboral como representante de todos los estudiantes, afiliados, beneficiarios de dicho Sindicato y de aquellos que lo soliciten y acepta que uno de sus principales fines es asesorar a estos estudiantes en la defensa de sus Derechos Fundamentales, Laborales, Humanos y Convencionales, emanados entre otros, del Contrato de Trabajo, Actividad Profesional Correspondiente, Convenio colectivo de trabajo, Relación Laboral o Administrativa, Reglamento Interno de Trabajo; y representar estos mismos intereses ante los empleadores, ante la autoridades administrativas y ante terceros. En consecuencia, La Administración del Politécnico Gran colombiano, reconoce al Sindicato, el Derecho de Asesoría directa a través de la Federación o Confederación a la cual este afiliado, o a través de aquella Organización Sindical o persona (as) que por mandato de su Asamblea General se designe como asesor. Igualmente, la Administración del Politécnico Gran Colombiano garantiza a los Directivos y Representantes del Sindicato, a los Representantes Federales, Confederados y a los Asesores que el Sindicato nombre, el libre ejercicio de sus funciones Legales y Estatutarias, quienes podrán efectuar visitas a los sitios de estudio de la entidad para atender directa y personalmente, todas las inquietudes que el personal presente relacionadas a la comunidad académica. Artículo 4: Derecho de Asociación Sindical.- La Administración del Politécnico Gran Colombiano se compromete respetar cabalmente el Derecho de Asociación Sindical previsto en el Artículo 39 de la Constitución Política de Colombia, en los Tratados y Convenios de la Organización Internacional del Trabajo O.I.T. ratificados por Colombia y en consecuencia, se obliga acatar sin condicionamientos la decisión de aquellos estudiantes que libre y voluntariamente ejerzan el Derecho de Asociación Sindical aplicándole de manera inmediata todos los Derechos, Garantías y Beneficios consagrados en la Convención Colectiva de Trabajo que tenga la entidad con el SINDICATO GREMIAL DE ESTUDIANTES EN SEGURIDAD Y SALUD LABORAL. Los beneficiarios de este Convenio Colectivo de Trabajo, estarán amparados especialmente por los principios mínimos Fundamentales consagrados en el Artículo 53 de la Constitución Política de Colombia y en consecuencia dichos Principios, quedan incorporados de manera

concreta al Acto Jurídico por medio del cual se solucione el presente Pliego de Peticiones. Así mismo reconoce como Derechos Fundamentales los de Asociación, Negociación y Huelga. CAPITULO I CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: Artículo 5: foro permanente sobre vida, salud y seguridad laboral. - La educación superior deberá concentran en su personal docente la mayoría de la comunidad académica las opiniones calificadas por su quehacer investigativo deben disponer de adecuados canales de interlocución alrededor de temas de interés para la vida laboral, para ello mensualmente deberá generarse un Foro Permanente sobre actualidad laboral, riesgos laborales, estadísticas y demás temas de actualidad para el Profesional de la Seguridad y Salud Laboral. Artículo 6: Ampliación de la cobertura. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, se compromete a ampliar la cobertura y acceso a la educación superior en el departamento del Chocó, y aumentar los cupos presenciales en los programas académicos regulares en los departamentos de Antioquia, Cundinamarca y Santander por lo menos en un diez (10) por ciento anual, durante la vigencia de este acuerdo. Artículo 7: Planta docente. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, apropiará los recursos presupuestales necesarios para que la institución de educación superior pueda ajustar sus plantas de personal docente de la Profesional en Salud Laboral, según lo solicitado en este artículo:  Profesionales que hayan culminado sus estudios de educación superior debidamente acreditada por el Gobierno Nacional.  Profesionales que tengan mínimo 10 años de experiencia laboral comprobada en un sector productivo, de bienes y servicios o comercial.  Profesional que no presente a la fecha de vinculación a la institución educativa, sanciones disciplinarias, administrativas o penales. Artículo 8: Plan de estudio pertinente. - Es necesario que se estructure y desarrolle un plan de estudio nivel nacional a partir de la iniciativa de los estudiantes sindicalizados, donde se establezca las áreas de máximo interés académico y se supriman aquellos módulos de conocimiento general, basados en este Plan académico y ajustados a la necesidad del sector productivo, de bienes y servicios o comercial, todos aquellos estudiantes que estén matriculados en la institución educativa deberán tener aprobado la lecto escritura del idioma español. CAPITULO II BIENESTAR DEL ESTUDIANTE

Artículo 9: garantía de acceso a la educación. - El GOBIERNO NACIONAL, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 57 de la Carta Fundamental y en desarrollo del Estado Social de Derecho garantiza el libre acceso a la universidad pública a los sectores sociales más desprotegidos. Por ello estarán exentos de pagos económicos las personas que se ubiquen en los estratos socioeconómicos inferiores al cuatro (2), en la institución universitaria Politécnico Gran Colombiano. Artículo 10: De la defensa de los estudiantes de educación superior. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, asumirá y pagará durante la vigencia del presente acuerdo 25 de marzo de 2020 al 25 de marzo de 2025, un sostenimiento monetario equivalente al 20% del valor de la matrícula a los estudiantes que demuestren que estuvieron desempleados por más de tres meses y por ese motivo no pueden pagar en su totalidad el valor de la matrícula. Artículo 11: seguro de vida colectivo.- Ante la situación de riesgo que hoy se presenta al laborar en las instituciones de educación superior, éstas se obligan a suscribir una póliza de vida colectiva, con las coberturas siguientes: Vida (muerte por cualquier causa), Incapacidad Total y Permanente, Incapacidad Total y Permanente por Accidente y Muerte Accidental (amparos de vida, más muerte accidental); por lo tanto todo estudiante matriculado en la institución educativa del Politécnico Gran Colombiano, gozará de este beneficio. Artículo 12: bienestar universitario.- Para mejorar las condiciones de bienestar universitario se propone ejecutar:   

Dotar o actualizar a los docentes de computadores y su conexión a redes de Internet, como mejora en las condiciones materiales de trabajo para elevar la calidad de la actividad académica. Crear, dotar y/o mejorar las sedes sociales para el esparcimiento y descanso de los docentes y estudiantes, en cada una de las sedes de la institución educativa. Mejorar los programas de bienestar universitario para mejorar no solo las condiciones laborales de sus servidores, sino las condiciones materiales, deportivas y culturales necesarias para elevar el rendimiento de los estudiantes y la calidad de su formación.

CAPITULO III RECURSOS Artículo 13: Bibliotecas para estudiantes de educación superior. - Se dispondrá de recursos cercanos a los cien millones de pesos entre el año 2020 y 2025, con destino a inversión en material bibliográfico impreso y en medio digitalizado para mantener actualizadas las bibliotecas y hemerotecas de la institución educativa de educación superior. Además de ser necesario la interconectividad con otras instituciones por redes electrónicas internamente, entre ellas y con universidades, bibliotecas y centros de investigación extranjeros.

Artículo 14: laboratorios de higiene. - Se dispondrá de recursos cercanos a los cien millones de pesos entre el año 2020 y 2025, con destino a inversión en laboratorios virtuales para innovar en el aprendizaje de las mediciones de higiene laboral, tales como ruido, vibraciones, material particulado, que le permitan al estudiante de la Profesional en Salud Laboral, conocer el comportamiento de los factores físicos que pueden causar enfermedades laborales. CAPITULO IV BENEFICIOS PARA LOS AFILIADOS DE LA ASOCIACION SINDICAL Artículo 15: Capacitación. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, dispondrá de capacitación y actualización legal a los estudiantes afiliados al sindicato de estudiantes de la Profesional en Salud Laboral y proporcionará los recursos necesarios para adelantar seminarios de profundización relacionados con la participación democrática y el compromiso con la Asociación Sindical. Artículo 16: Reuniones y desplazamientos. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, proporcionará el 100% para tres (3) afiliados por cada evento anual que se realice a nivel nacional, para lo cual asumirá el costo de inscripción, gastos de viaje, alojamiento y alimentación hasta por ocho (8) días. Artículo 17: Incentivo por matricula. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO , reconocerá el descuento del 10% del valor correspondiente de la matricula a los representantes y directivos de la junta del sindicato, durante la vigencia del presente pacto colectivo. Artículo 18: Incentivo por reciclaje. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO , reconocerá el valor correspondiente del 30% de los ingresos generados por venta de reciclaje generados en las diferentes sedes de la institución educativa, dinero que será utilizado para gastos y funcionamiento del sindicato.

Para constancia firman negociadoras delegadas:

CINDY VANESSA LOPEZ LOPEZ CODIGO 1811021757 SANDRA EUNICE RESTREPO CALLE CÓDIGO: 1911021264

Fecha de presentación: 18 de Abril de 2020.

ACTA DE ACUERDO PARCIAL La presente acta contiene los acuerdos y los desacuerdos parciales a los que se llegó en desarrollo de la negociación del PLIEGO DE PETICIONES presentado el 18 de abril de 2020 por la Asociación Sindical Gremial de estudiantes de la Profesional de Salud Laboral de la Universidad Politécnico Gran Colombiano, pliego presentado en el marco de la Constitución Colombiana artículo 39 y de los convenios con la O.I.T., cuya discusión se inició el 18 de abril de 2020. En la fecha se procedió a suscribir los acuerdos y desacuerdos parciales a los que llegó la mesa de negociación con el desarrollo del Pliego de Peticiones. A continuación, se relacionan las peticiones analizadas en cada capítulo, punto por punto, así como los acuerdos y desacuerdos alcanzados en cada punto: ACUERDO: correspondiente a los artículos del 1 al 4: - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, se compromete a respetar, mantener y no desmejorar los acuerdos pactados en la negociación 2020 a 2025 y formalizados por medio de principios de favorabilidad, progresividad y no regresividad en materia académica, reconociendo la normatividad vigente, y el derecho a la libre asociación sindical. CAPITULO I CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: Acuerdo Artículo 5: foro permanente sobre vida, salud y seguridad laboral. La educación superior deberá concentran en su personal docente la mayoría de la comunidad académica las opiniones calificadas por su quehacer investigativo deben disponer de adecuados canales de interlocución alrededor de temas de interés para la vida laboral, para ello mensualmente se realizará un Foro sobre actualidad laboral, riesgos laborales, estadísticas y demás temas de actualidad para el Profesional de la Seguridad y Salud Laboral. Desacuerdo Artículo 6: Ampliación de la cobertura. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, no podrá garantizar y ampliar la cobertura y acceso a la educación superior en el departamento del Chocó, dado a las deficiencias de conectividad tecnología con las que no cuenta este departamento. Acuerdo Artículo 7: Planta docente. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, apropiará los recursos presupuestales necesarios para garantizar la idoneidad de los profesionales que imparten educación. Acuerdo Artículo 8: Plan de estudio pertinente. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, conformará un equipo elite para estructurar un plan de estudio pertinente para la carrera Profesional en Salud Laboral, basados en las necesidades del sector productivo, de bienes y servicios o comercial.

CAPITULO II BIENESTAR DEL ESTUDIANTE Acuerdo, Artículo 9: garantía de acceso a la educación. - El GOBIERNO NACIONAL, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 57 de la Carta Fundamental y en desarrollo del Estado Social de Derecho garantiza el libre acceso a la universidad pública a los sectores sociales más desprotegidos. Desacuerdo: Por ello estarán exentos de pagos económicos las personas que se ubiquen en los estratos socioeconómicos inferiores al cuatro (2), en la institución universitaria Politécnico Gran Colombiano, entrará a analizar la viabilidad de esta medida, dado que la naturaleza de la institución es de carácter privada y no pública. Desacuerdo, Artículo 10: De la defensa de los estudiantes de educación superior. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, no podrá asumir y pagar durante la vigencia del presente acuerdo 25 de marzo de 2020 al 25 de marzo de 2025, un sostenimiento monetario equivalente al 20% del valor de la matrícula a los estudiantes que demuestren que estuvieron desempleados, debido a que las obligaciones contractuales y de favorabilidad académica no le permite garantizar este pago o auxilio. Acuerdo Artículo 11: seguro de vida colectivo. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, contratará una póliza de seguro de vida ante las situaciones de riesgo que hoy se presenten en la institución de educación superior, por lo tanto, todo estudiante matriculado en la institución educativa del Politécnico Gran Colombiano, gozará de este beneficio. Acuerdo Artículo 12: bienestar universitario. - Para mejorar las condiciones de bienestar universitario se propone ejecuta la universidad acogerá las peticiones presentadas. CAPITULO III RECURSOS Acuerdo Artículo 13: Bibliotecas para estudiantes de educación superior. Se dispondrá de recursos cercanos a los cien millones de pesos entre el año 2020 y 2025, con destino a inversión en material bibliográfico impreso y en medio digitalizado para mantener actualizadas las bibliotecas y hemerotecas de la institución educativa de educación superior. Además analizará la viabilidad de negociar la interconectividad con otras instituciones por redes electrónicas internamente, entre ellas y con universidades, bibliotecas y centros de investigación extranjeros. Acuerdo Artículo 14: laboratorios de higiene. - Se dispondrá de recursos cercanos a los cien millones de pesos entre el año 2020 y 2025, con destino a inversión en laboratorios virtuales para innovar en el aprendizaje de las mediciones de higiene laboral, tales como ruido, vibraciones, material particulado,

que le permitan al estudiante de la Profesional en Salud Laboral, conocer el comportamiento de los factores físicos que pueden causar enfermedades laborales. CAPITULO IV BENEFICIOS PARA LOS AFILIADOS DE LA ASOCIACION SINDICAL Acuerdo Artículo 15: Capacitación. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, dispondrá de capacitación y actualización legal a los estudiantes afiliados al sindicato de estudiantes de la Profesional en Salud Laboral y proporcionará los recursos necesarios para adelantar seminarios de profundización relacionados con la participación democrática y el compromiso con la Asociación Sindical. Acuerdo Artículo 16: Reuniones y desplazamientos. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, proporcionará el 100% para tres (3) afiliados por cada evento anual que se realice a nivel nacional, para lo cual asumirá el costo de inscripción, gastos de viaje, alojamiento y alimentación hasta por ocho (8) días. Desacuerdo Artículo 17: Incentivo por matricula. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, reconocerá el descuento del 2% del valor correspondiente de la matricula a los representantes y directivos de la junta del sindicato, durante la vigencia de la presente negociación colectiva. Desacuerdo Artículo 18: Incentivo por reciclaje. - EL POLITECNICO GRAN COLOMBIANO, no reconocerá el valor correspondiente del 30% de los ingresos generados por venta de reciclaje generados en las diferentes sedes de la institución educativa. El presente acuerdo parcial se firma en Bogotá D.C. por las partes intervinientes los días veintitrés (18) de abril de (2020), y se citará de nuevo a negociación el día 30 de abril de 2020.

JURGEN CHARI ESCOBAR

MARIA CLARA ALCARAZ LORA

Rector Politécnico Gran Colombiano

Secretaria designada para la negociación Politécnico Gran Colombiano

CINDY VANESSA LOPEZ LOPEZ CALLE

SANDRA EUNICE RESTREPO

Estudiante negociadora Sindicato

Estudiante negociadora Sindicato

de estudiantes de la Profesional de Salud Laboral

de estudiantes de la Profesional de Salud Laboral