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HALLAZGOS Y PAPELES DE TRABAJO

CAMI

AUDITORES INDEPENDIENTES SAC

CAMI AUDITORES INDEPENDIENTES SAC

BASES ADMINISTRATIVAS ADQUISICION DIRECTA PÚBLICA N° 001-2018-JQG-MD-NUEVO LEÓN

ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE 2018

COMITÉ ESPECIAL PROCESO DE ADQUISICION DIRECTA PÚBLICA Nº 001-2018-JQG-MDREGION NUEVO LEON ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

BASES ADMINISTRATIVAS 1.

GENERALIDADES

La presente base administrativa tiene como objetivo la Adquisición directa con el proveedor Guilianita SAA, teniendo como referencia todos los productos (suministros) a ser utilizados para la atención en el programa vaso de leche. Así mismo se hace presente que la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2018-JQGRegión Nuevo León, es realizada por la Municipalidad Distrital de José Quiñones Gonzales a solicitud del Programa Vaso de Leche. Cuando en las presente Bases Administrativas, se mencione la palabra Ley, se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Aprobado mediante D.S. N° 0832004-PCM) MODIFICADO POR LEY N° 28267 y cuando se mencione la palabra Reglamento se estará haciendo referencia al Decreto Supremo Nº 344-2018-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

1.1.

ENTIDAD CONVOCANTE:

Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales Dirección: Av. Las Americas s/n Urb. San Juan- Regió Nuevo León RUC.: 20176436021 Teléfono: 421413

1.2.

OBJETO: El presente proceso de selección, tiene por objeto la adquisición suministros alimenticios para atender a 3,160 beneficiarios del Programa del Vaso de Leche desde el mes de 1 de Enero del 2018 hasta el 31 de Diciembre del 2018 (365 días) de acuerdo a lo siguiente:

1.3.

ITEM

PRODUCTO

UNID DE MED.

CANTIDAD

I

Leche Evaporada Entera 410 gr.

Unidad

113,760

II

Hojuelas de avena en envase de bolsa x1 kg.

Kilogramo

18,960

III

Arroz Pilado en bolsa x 1 Kg.

Kilogramo

15,800

IV

Harina de trigo en saco x 50 kg. Peso Neto

Unidad

350.44

SISTEMA DE ADQUISICIÓN El Precio Unitarios han sido determinados sobre la base del requerimiento y los costos determinados por el Programa del Vaso de Leche con una antigüedad no mayor de tres meses anteriores a la convocatoria incluyendo en estos los impuestos de ley, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, certificaciones y cualquier otro que pueda incidir sobre el costo del bien:

1.4.

PRECIO UNITARIO REFERENCIAL Precio Unitario ITEM

PRODUCTO

PRECIO UNITARIO

MONTO TOTAL

I

Leche Evaporada Entera en envase de hojalata de 410 gr.,

S/. 3.84

436,838.40

II

Hojuelas de avena en envase de bolsa x1 kg.

S/. 3.40

64,460.00

III

Arroz Pilado en bolsa x 1 Kg.

S/. 2.92

46,136.00

IV

Harina de trigo en saco x 50 kg. Peso Neto

S/. 70.00

24,531.00

1.4.1 CRONOGRAMA DE ENTREGA Los productos se entregaran por lotes; durante el período comprendido del mes de Enero a Diciembre con la suscripción del contrato hasta el 31 de Diciembre del año 2018, de acuerdo al siguiente detalle de entregas: La entrega se realizara la primera semana del mes en curso incluyendo la factura.

FECHA MESES Enero y 1era Semana de Febrero Abril

CANTIDAD

UND. MED.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

LUGAR

de la 28,440. Tarro Leche Evaporada Entera Almacén Municipalidad Distrital de 410 grs. de JOSE QUIÑONES GONZALES

Marzo

1era Semana de Abril

9,480

Kg.

de la Hojuelas de avena en Almacén Municipalidad Distrital Bolsa de 1 Kilogramo de JOSE QUIÑONES GONZALES

Abril Mayo

y 1era Semana de Junio

de la 28,440 Tarro Leche Evaporada Entera Almacén Municipalidad Distrital de 410 grs. de JOSE QUIÑONES GONZALES

Junio

1ra Semana de Junio

15,800 Kg.

de la Arroz Pilado en bolsa x 1 Almacén Municipalidad Distrital Kg. de JOSE QUIÑONES GONZALES

Julio Agosto

y 1era Semana de Setiembre

de la 28,440 Tarro Leche Evaporada Entera Almacén Municipalidad Distrital de 410 grs. de JOSE QUIÑONES GONZALES

Setiembre

1era Semana de Setiembre

9,480 Kg.

de la Hojuelas de avena en Almacén Municipalidad Distrital Bolsa de 1 Kilogramo de JOSE QUIÑONES GONZALES

Octubre y Noviembre

1era Semana Diciembre

de la 28,440 Tarro Leche Evaporada Entera Almacén Municipalidad Distrital de 410 Gr de JOSE QUIÑONES GONZALES

Diciembre

1era Semana de Diciembre

351 Und

de la Harina de trigo en saco x Almacén Municipalidad Distrital 50 Kilos de JOSE QUIÑONES GONZALES

Los precios propuestos por los postores no podrán tener un incremento mayor al 110% o que fuesen inferiores al 90% del valor referencial serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas como no presentadas, concordante con el Artículo 33° de la Ley. Tomando en cuenta el Acuerdo Nº 017/010 del CONSUCODE publicado el 23 de Septiembre y su correspondiente Fe de Erratas publicado el 26 de Septiembre 2002 los márgenes del Valor Referencial de los productos a licitar son los siguientes:

Los Precios unitarios del Producto, así como el monto total de la oferta, deberán incluir el IGV, transporte, Inspecciones, 04 pruebas de control de calidad, promoción y difusión mediante degustación del producto ofertado entre los beneficiarios, así como cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo del bien (Art. 119° del Reglamento).

1.5.

FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales

1.6.

VALORES NUTRICIONALES MÍNIMOS De conformidad con el numeral 4.6 del Art. 4º de la Ley 27470, el presente proceso de Selección se ejecutará cumpliendo con lo indicado en el numeral 4.1 de la misma norma legal modificada por la Ley Nº 27712, para lo cual el Comité Especial de la Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales ha recibido del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche el requerimiento del producto señalado en el numeral 1.2 de las presentes bases y que como se podrá observar cumple con lo prescrito en la referida norma legal y con las recomendaciones del Instituto Nacional de Salud, en el sentido que la ración alimenticia a consumir debe contener como mínimo 207 kilocalorías y a la vez para efecto de la selección de los productos a adquirir debe necesariamente tenerse en cuenta lo dispuesto en el numeral 4.1 del Art. 4º de la Ley 27712, es decir que éste proceso de selección, a fin de seleccionar los proveedores se debe tener en cuenta como mínimo: Valores nutricionales, Condiciones de Procesamiento; porcentajes de componentes nacionales; Experiencia y preferencia de los consumidores del PVL.

El cumplimiento de estos 5 criterios es de carácter obligatorio y concurrente, es decir que no puede excluirse el cumplimiento de ninguno de estos 5 criterios estrictamente técnicos, tal como lo estipula la referida norma.

2.

BASE LEGAL: 

Ley N° 24059

Ley de creación y financiamiento del Vaso de Leche.



Ley N° 26637

Distritalización del

Programa del Vaso de Leche, de

24/06/1996. 

Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único de la Ley N° 28267, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.



Decreto Supremo Nº 344-2018-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.



Ley N° 27143

Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo

Nacional y la Ley 27633 que modifica la primera mencionada en este párrafo. 

Ley Nº 27470

Ley que establece normas complementarias para la

ejecución del Programa del Vaso de Leche y su modificatoria Ley N° 27712.

3.



Decreto Supremo N° 003-2001-PCM



Directivas de CONSUCODE



Resolución Ministerial N° 711-2002- SA / DM

SOBRE PROPUESTA TÉCNICA: Debe contener en forma obligatoria y en un solo original, con la siguiente documentación vigente a la fecha: 3.1.1. Índice de los Documentos que contiene el sobre, numerados en forma correlativa. 3.1.2. Declaración Jurada señalando el nombre o razón social y de ser el caso, el de su representante legal, domicilio, documento de identidad conforme al Anexo Nº 1 sin variación de términos, suscrito por su representante legal de la empresa Guilianita SAA. 3.1.3. Copia de Licencia de funcionamiento . 3.1.4. Declaración Jurada de Guilianita SAA, conforme al Anexo Nº 2, sin variación de términos, suscrita por el representante legal de la empresa. 3.1.5 Declaración Jurada de ser una pequeña o una microempresa. (*) 3.1.6. Declaración Jurada en la que se manifieste que el bien ha sido elaborado dentro del territorio nacional, de ser el caso. Debiendo presentar su Registro de Productos Nacional (RPIN). 3.1.7. Promesa de Consorcio, de ser el caso. (*) 3.1.8. Carta de Compromiso y Garantía del fabricante, y plazo de validez de la misma.

3.1.9. Copia de Certificado de Fumigación de planta y almacenes con vigencia a la fecha del acto público. 3.1.10. Carta de compromiso donde indique el plazo de entrega, en relación al producto requerido. (*) Documentos que se presentarán de ser el caso. 3.1.11. DOCUMENTACIÓN ADICIONAL QUE DEBERÁ PRESENTAR (LECHE EVAPORADA ENTERA) a) Declaración Jurada suscrita por el Representante Legal de la empresa, conforme Anexo Nº 3 correspondiente al Ítem I sin variación de términos. b)

Copia de Certificado de Calidad o de Conformidad del producto a ofertarse, emitido por una entidad acreditada por INDECOPI. (Microbiológico, Físico - Químico, Organoléptico). Vigente a la fecha del acto privado. c) Copia de Registro Sanitario de alimentos expedido por DIGESA y vigente a la fecha del Acto Privado. d) Copia de Certificado de Aceptabilidad del producto a ofertarse, vigente la fecha del acto privado. Practicado con la población beneficiaria. e) Copia de Certificado de Inspección Higiénico Sanitaria de Planta y Almacén, expedido por una entidad competente. Vigente a la fecha del acto privado. f) Copia de Certificado de Inspección Técnico Productivo de Planta, expedido por una entidad competente. Vigente a la fecha del acto privado. g) Declaración Jurada donde especifique la procedencia u origen de sus productos y de los insumos utilizados, teniendo en consideración lo establecido en el D.S. Nº 03-2001-PCM, de conformidad con el articulo 5 de la Ley N° 27470. h) Copia de Certificados, Constancias de fiel cumplimiento, Contratos y correspondiente al producto que oferta con Municipalidades o Entidades Públicas, como máximo diez (10). i) Copia de la Resolución de Habilitación Sanitaria de fábrica de alimentos de la empresa expedido por DIGESA, Vigente a la fecha del Acto Público. j) Declaración Jurada de Disponibilidad en Stock, Vigente a la fecha del Acto Público. k) Copia de Certificado Condiciones Físicas y capacidad de Almacenamiento. Vigente a la fecha del Acto Público. Expedido por una entidad competente. Vigente a la fecha del acto privado. l) Copia del Certificado donde indique el tipo de envase, empaque, y características de seguridad y resistencia del producto que oferta. m) Copia de Certificado de Micro nutrientes (Vitamina C, Vitamina A, Calcio, Fósforo, Caseína y Lactosa) Vigente a la fecha del Acto Público. Expedido por una entidad acreditada ante INDECOPI. Vigente a la fecha del acto privado.

n) o)

Copia Certificado Nutricional, Vigente a la fecha del Acto Público. Expedido por una entidad acreditada ante INDECOPI. Copia del Certificado de Capacidad Instalada de Producción, Vigente a la fecha del Acto Público. Expedido por una entidad competente. Vigente a la fecha del acto privado.

Los certificados deberán estar actualizados a la fecha de la convocatoria y pertenecer al lote ofertado y expedidos por una institución acreditada por INDECOPI de acuerdo a la Norma Técnica Peruana Vigente, encontrándose dentro de esta condición las siguientes instituciones:      

SAT - SOCIEDAD DE ASESORAMIENTO TÉCNICO S.A.C. SGS DEL PERÚ S.A.C. CERTIFICACIONES DEL PERÚ S.A. - CERPER INTERNATIONAL ANALYTICAL SERVICES S.A.C. – INASA INSTITUTO DE CERTIFICACIÓN, INSPECCIÓN Y ENSAYOS LA MOLINA CALIDAD TOTAL - LABORATORIOS INTERTEK TESTING SERVICES PERÚ SAC (Sólo para productos lácteos)

3.2.

SOBRE PROPUESTA ECONOMICA:

Debe contener en un original la carta oferta expresada en Nuevos Soles, firmada por el representante legal del postor, señalando lo siguiente: Precios unitarios del Producto, así como el monto total de la oferta, incluido el IGV, transporte, Inspecciones, 04 pruebas de control de calidad, promoción y difusión mediante degustación del producto ofertado entre los beneficiarios, así como cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo del bien (Art. 119° del Reglamento). El IGV, debe ser consignado en la oferta económica de forma desagregada en concordancia con el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas.

4.

EL CONTRATO 4.1

Antes de la suscripción del contrato, la empresa Guilianita SAA, deberá presentar una constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, emitido por el CONSUCODE.

4.2.

Consentida la adjudicación, se suscribirá el contrato en un plazo que no podrá exceder a los (5) días siguientes a la fecha en que quedó consentida la Adjudicación y será regulado según lo estipulado en el Título III “Normas de Contratación y Ejecución de Contratos” del Reglamento. El modelo de contrato es el que figura en el Anexo Nº 5.

5.

4.3.

La Empresa Guilianita SAA deberá hacer entrega a la Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales una Carta Fianza o póliza de caución a nombre de la Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales , con carácter de solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática, otorgada por entidad bancaria o financiera y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, como requisito previo para suscribir el contrato, con un plazo y con una vigencia hasta la recepción de la prestación, por una suma equivalente al 10% del monto total del Contrato.

4.4.

Las MYPES pueden presentar como Garantía una Autorización a la Entidad para que proceda a la Retención del 10% del monto de Contrato. La misma que se realizará durante la primera mitad del número de pagos a realizarse en forma prorrateada, y con cargo a ser devuelto a la finalización del Contrato.

4.5

Asimismo el Guilianita SAA, deberá hacer entrega de la documentación necesaria (Ficha Registral y otros que les sean solicitados), que acredite la vigencia y amplitud suficiente del poder del representante que firmará el contrato a nombre del beneficiario de la Buena Pro.

CONDICIONES PARA EL PAGO: La facturación se debe expresar en moneda nacional y emitirse a nombre de la Municipalidad Distrital de JOSE QUIÑONES GONZALES, Programa del Vaso de Leche. La factura se debe presentar con la guía de remisión respectiva luego que el Programa del Vaso de Leche declare haber recibido a satisfacción el producto entregado. Los pagos serán atendidos contra la recepción de las transferencias de fondos que efectúa el Concejo Nacional de Descentralización efectuándose su cancelación en un plazo no mayor de 7 días hábiles de su presentación.

6.

AMPLIACIÓN DEL PLAZO - HECHO FORTUITO O FUERZA MAYOR: 6.1.

El Contratista podrá solicitar la ampliación del plazo contractual mediante comunicación debidamente fundamentada la que será presentada dentro de los siete (07) días siguientes de finalizado el hecho que lo motiva. La Entidad resolverá sobre dicha solicitud en idéntico plazo, computado desde su presentación. De no existir pronunciamiento expreso, se tendrá por aprobada la solicitud del contratista, bajo responsabilidad del titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, según corresponda.

6.2.

Se considera caso fortuito o fuerza mayor a la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución

de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso y las que deberán sustentarse y demostrarse por parte del afectado.

7.

RESOLUCIÓN: Se podrá resolver el contrato, con sujeción al Artículo 224º del Reglamento, si:

7.1 La entrega de producto de mala calidad no apta para el consumo humano, con vencimiento cumplido, o cuyo vencimiento se ha realizado antes de la fecha consignada por el proveedor, motivará la devolución total del producto y su reposición dentro de las 24 horas o la resolución del contrato, además de las acciones legales pertinentes. 7.2 Si de los certificados de calidad - conformidad se evidencia que el producto no cumple con las especificaciones técnicas exigidas en las bases o no sea apto para el consumo humano, se resolverá el contrato de suministro y el producto no será recepcionado por la Municipalidad Distrital de JOSE QUIÑONES GONZALES - Programa del Vaso de Leche.

8.

PENALIDAD DEL CONTRATISTA: PENALIDAD POR MORA: En caso de incumplimiento injustificado de entrega del producto de acuerdo con el cronograma estipulado y en los plazos y cantidades establecidas, sin necesidad de interpelación alguna, dicha penalidad por mora en la ejecución de la prestación se actuará de conformidad con el Art. 222º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

9.

CALIDAD, CANTIDAD Y PESO

Las fallas en el sellado o el uso de material no idóneo para el empaque, así como la falta de peso, motivará la devolución parcial o total del lote y la reposición inmediata del mismo, sin costo adicional para la Municipalidad.

10.

DECLARACIÓN JURADA.

Las Declaraciones Juradas establecidas en las presentes Bases se presentan en hojas simples. Son responsables de su contenido las personas naturales o

los representantes de las personas jurídicas que las suscriban, de conformidad con el Art. 120º del Reglamento.

11.

EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

Las incidencias propias de la ejecución del contrato, tales como modificaciones de cantidades, cronogramas de entregas, determinación de hechos fortuitos o casos de fuerza mayor, destino, distribución del producto, etc., serán resueltas por el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, previa expedición de los informes técnicos sustentatorios respectivos.

12.

DOCUMENTACIÓN FALSA

Los postores que presenten documentación falsa o fraguada serán descalificados llegándose, en cualquier etapa del presente Proceso de selección, llegando inclusive a la Resolución del contrato, si ya fuera suscrito, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales según el caso.

13.

ASPECTOS NO CONTEMPLADOS.

Los aspectos no contemplados en las bases, serán resueltos por el Comité Especial Permanente, teniendo en cuenta las disposiciones expresadas en el Texto Único Ordenado de la Ley y su Reglamento.

El COMITÉ ESPECIAL

ANEXO Nº 1 DECLARACION JURADA

Fecha

:

01/01/2018

SEÑORES:

COMITE ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL JOSE QUIÑONES GONZALES

PRESENTE

De nuestra consideración:

De acuerdo a lo requerido den las Bases detallamos los siguientes datos:

NOMBRE O RAZON SOCIAL

:

Guilianita SAA

RUC. Nº

:

204802383201

NOMBRE DE SU REPRESENTANTE LEGAL:

Alberto Gimenez Yungue

DNI. Nº

48023820

DOMICILIO LEGAL Gonzales

:

:

AV: Las Magnolias #322, Jose Quiñones

Atentamente,

Firma y Sello del Representante Legal

ANEXO Nº

2

DECLARACION JURADA

Fecha

:

SEÑORES VASO DE LECHE

:

01/01/2018

REPRESENTANTES PROGRAMA

COMITE ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PRESENTE.-

De nuestra consideración: Con relación a la Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 001-2018JQG/MD, convocada por Uds. en aplicación de lo dispuesto por las presentes bases, en mi calidad de representante legal de GUILIANITA SAA, declaro bajo juramento lo siguiente:

1. Que no tenemos impedimento para contratar con el Estado conforme al artículo 9° del D.S. Nº 083-2004-PCM. 2. Que conocemos, aceptamos, y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimiento del proceso de selección; 3. Que somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del presente proceso de selección; 4. Que no nos encontramos inhabilitados para contratar con el Estado; 5. Que el producto que ofrecemos, ha sido elaborado dentro del territorio nacional de conformidad con lo establecido en el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM. Reglamento de la Ley N° 27143, Ley de Promoción del Desarrollo Productivo Nacional. 6. Que, conocemos las sanciones contenidas en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y demás disposiciones modificatorias, así como las establecidas en la Ley y el Reglamento.

Atentamente,

Firma y Sello del representante Legal

ANEXO Nº 3

DECLARACION JURADA LECHE EVAPORADA ENTERA

Fecha SEÑORES COMITE ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES Presente.

De nuestra consideración: Con relación a la Proceso de Adjudicación Directa N° 001-2018-JQG-MD, convocada por Uds. en aplicación de las presentes bases, en mi calidad de representante legal de GUILIANITA SAA, declaro bajo juramento lo siguiente respecto al producto ofertado por mi representada: a)

Que cumple con las exigencias, especificaciones técnicas detalladas en las presentes bases, sometiéndose a los análisis y pruebas que pueda hacer el Programa del Vaso de Leche para su verificación correspondiente, que de manera enunciativa se detallan a continuación.

ESPECIFICACIONES TECNICAS: ANÁLISIS FISICO QUIMICO Acidez en gr. de ácido Láctico/100g leche

Máximo

0.450 %

Proteína

Mínimo

6.19 %

Impurezas Macroscópicas Materia Grasa Kcal. (En 100 gr.)

Máximo Grado 0 Mínimo 7.50 % Mínimo 131.5

ANÁLISIS ORGANOLEPTICO – FISICO – SENSORIAL Color

De blanco a cremoso

Olor

Característico. Agradable libre de olores extraños.

Sabor

Característico. Agradable, ligeramente dulce y libre de sabores extraños a su naturaleza

ANÁLISIS MICROBIOLOGICOS Microorganismos aerobios mesó filos (ufc/g): n = 5 m= 100 C= 0 Método de ensayo FIL-IDF100B Fuente: NTP 202.002-2018 b) Que el abastecimiento del producto se hará en envase de 410 gr. Y que dichos envases llevan una impresión con el siguiente texto: PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (LEY 24059) FECHA VENCIMIENTO - DISTRIBUCION GRATUITA - PROHIBIDA SU VENTA"

DE

En la etiqueta, figurarán los datos exigidos por la NTP. 209.038 del 23.08.94 5ta. Edición "Alimentos Envasados - Rotulado".

Atentamente,

Sello y firma del Representante Legal

ANEXO Nº 4

DECLARACION JURADA HOJUEJAS DE AVENA

Fecha SEÑORES COMITE ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES Presente.

De nuestra consideración: Con relación a la Proceso de Adjudicación Directa N° 001-2018-JQG-MDY -REGION NUEVO LEON, convocada por Uds. en aplicación de las presentes bases, en mi calidad de representante legal de GUILIANITA SAA, declaro bajo juramento lo siguiente respecto al producto ofertado por mi representada: a)

Que cumple con las exigencias, especificaciones técnicas detalladas en las presentes bases, sometiéndose a los análisis y pruebas que pueda hacer el Programa del Vaso de Leche para su verificación correspondiente, que de manera enunciativa se detallan a continuación.

ESPECIFICACIONES TECNICAS: ANÁLISIS FISICO QUIMICO Energía

Mínimo 350Kcal en 100Gm

Proteínas

Mínimo 11.8%

Grasas

Máximo 6%

Carbohidratos

La diferencia

Humedad

Máximo 12%

Ceniza (Base Seca)

Mínimo 2.1%

Fibra (Base seca )

Máximo 1.8%

Acidez (exp. En ácd.Sulfurico)

Máximo 0.4%

REQUISITOS DE NICRONUTRIENTES: Volumen Final 250cc

Vitaminas

Cantidad

Vitamina A – Ug de retinol

425

Vitamina C – mg.

41.5

Tiamina – mg.

0.45

Riboflmina – mg.

0.49

Vitamina B6 – mg.

0.60

Vitamina B12 – mg.

0.46

Niacina – mg.

5.85

Acido Fólico – Ug.

41.25

ANÁLISIS MICROBIOLOGICOS N

c

m

Microorganismos aerobios mesó filos Viables (ufc/g): 10 6

5

3

104

Mohos y levadura (ufc/g): 10 5

5

2

103

E. Coli (MNP/g) 10

5

2

3

Bacillus Cereus (ufc/g) 10 5

5

1

103

Detección de Salmonella/25g 0

5

0

0

M

Donde: N: Numero de Unidades de muestra para examinar c: Numero máximo permitido de unidades de muestra defectuosas entre m y M m: Limite mínimo aceptable para determinar C M: Limite máximo permisible para determinar C

Método de ensayo FIL-IDF100B Fuente: NTP 202.002-2001 Que el abastecimiento del producto se hará en envase de 410 gr. Y que dichos envases llevan una impresión con el siguiente texto:

ANÁLISIS ORGANOLEPTICO – FISICO – SENSORIAL Color

Crema

Olor

Característico. Agradable libre de olores extraños.

Sabor

Característico. Agradable, libre de sabores extraños a su naturaleza

PROGRAMA DEL VASO DE LECHE (LEY 24059) FECHA VENCIMIENTO - DISTRIBUCION GRATUITA - PROHIBIDA SU VENTA"

DE

En la etiqueta, figurarán los datos exigidos por la NTP. 209.038 del 23.08.94 5ta. Edición "Alimentos Envasados - Rotulado".

Atentamente,

Sello y firma del Representante Legal

ANEXO Nº O5 DECLARACION JURADA HARINA DE TRIGO

Fecha SEÑORES COMITE ESPECIAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES Presente.

De nuestra consideración: Con relación a la Proceso de Adjudicación Directa N° 001-2018-JQG-MDREGION NUEVO LEON, Primera convocatoria, convocada por Uds. en aplicación de las presentes bases, en mi calidad de representante legal de GUILIANITA SAA, declaro bajo juramento lo siguiente respecto al producto ofertado por mi representada: a)

Que cumple con las exigencias, especificaciones técnicas detalladas en las presentes bases, sometiéndose a los análisis y pruebas que pueda hacer el Programa del Vaso de Leche para su verificación correspondiente, que de manera enunciativa se detallan a continuación.

Descripción: Producto natural elaborado con granos de trigo seleccionado. Ingredientes: Trigo. Forma de Presentación: En bolsas de 50 Kilogramo cada uno Composición Química y Características Nutritivas: HUMEDAD 5.5 % ENERGIA Mínimo 367 Kilocalorias en 100 gr. PROTEINAS Mínimo 12 % GRASAS Mínimo 4.10% CARBOHIDRATOS Mínimo 65 % FIBRA Mínimo 6.89% IMPUREZAS MACROSCÓPICA 00.0%

Características Microbiológicas: ncmM Salmonella / 25 gr. 5 0 0 2

3

Coliformes Totales A 30ºC/g 5 2 10 10 3

4

Hongos y Levaduras 5 2 10 10

n = Número de Unidades que componen la muestra a analizar. c= Número permitido de unidades de muestras defectuosas m= Límite mínimo aceptable M= Límite máximo permisible

ANEXO 6

ADJUDICACION DIRECTA Nº 001-2018-PVL-MDJQG-REGION NUEVO LEON “ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE”

PROFORMA DE CONTRATO Conste por el presente documento el Contrato que celebran de una parte La Municipalidad Distrital de JOSE QUIÑONES GOZALES, con RUC Nº 20176436021, debidamente representada por su Alcalde el Sr. Ing. JHONI TEODOSIO VENTURA RIVADENEIRA identificado con DNI. Nº 48390254, con domicilio legal e la Av. Las Américas S/n – San Juan, que en adelante se denominará “LA MUNICIPALIDAD ”,y de la otra parte la Empresa GUILIANITA SAA, con Registro Único de Contribuyentes (RUC) Nº 20480238201, c Calle Las Magnolias #322, distrito José Quiñones Gonzales, debidamente representado por su Gerente General Doña: Benavides Coronado Sheyla., identificado con DNI. Nº48023820, según poder inscrito en la ficha Nº 001-02 con el Registro de Personas Jurídicas de 2, a quien en adelante se le denominara “EL CONTRATISTA” en los siguientes términos y condiciones:

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES. LA MUNICIPALIDAD, regida por la Ley Orgánica de Municipalidades, está facultada de Acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Presupuesto para el Sector Publico ejercicio 2018 a efectuar las adquisiciones de Bienes y Servicios, de conformidad con lo dispuesto en el D.S.No 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y D.S. No 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que mediante Ley Nº 26637 se distritalizó el Programa del Vaso de Leche, en tal virtud las Municipalidades por imperio de la Ley están obligadas a brindar el servicio del Programa del Vaso de Leche a la población, debidamente presupuestada por el Tesoro Público. "LA MUNICIPALIDAD", para dar cumplimiento a las leyes pertinentes para la provisión de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, por el periodo de 12 meses, autorizó al Comité Especial a llevar a cabo la Adjudicación Directa Nº 001-2018PVL-MDJQG-REGION NUEVO LEON, de conformidad con el D.S. No 083-2004-PCM. EL CONTRATISTA, es una persona jurídica debidamente constituida de acuerdo a Ley, su objeto es el definido en su estatuto y como resultado del proceso de selección de la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2018-PVL-MDJQG-REGION NUEVO LEON, se otorgó la buena pro. EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones establecidas en las bases, la propuesta técnica y económica que forman parte del presente contrato. CLAUSULA SEGUNDA - OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es el suministro de la cantidad de insumos requerido por el programa vaso de leche A favor de la Municipalidad Distrital de JOSE QUIÑONES GONZALES, de conformidad a las especificaciones técnicas establecidas en las Bases de la Adjudicación Directa Nº 001-2018-PVL-MDJQG-RNL la propuesta técnica y económica del CONTRATISTA, que forman parte integrante del presente Contrato en todos sus términos. CLAUSULA TERCERA - MONTO DEL CONTRATO El monto total de la Contraprestación que la MUNICIPALIDAD abonara a favor de EL CONTRATISTA por el suministro materia del presente contrato, ascienden a la suma de S/ 571,965.40 Incluido IGV puesto en el almacén de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES, la cancelación será en cuotas proporcionales a cada entrega de acuerdo al cronograma de entregas dispuesto por la MUNICIPALIDAD, las facturas serán emitidas en moneda nacional a nombre de la Municipalidad Distrital de José Quiñones Gonzales – Programa del Vaso de Leche con todo los requisitos exigido por la SUNAT. CLAUSULA CUARTA: Para el cumplimiento de las Bases “EL CONTRATISTA” presentará Certificados de Control de Calidad específico en cada oportunidad que el programa del Vaso de Leche lo solicite, el mismo que debe ser expedido por una entidad autorizada y acreditada por INDECOPI de acuerdo a las Especificaciones Técnicas detalladas en el anexo correspondiente para el producto y que forma parte del presente contrato. CLAUSULA QUINTA – FORMA DE PAGO Y MECANISMOS DE FACTURACIÓN. Se procederá al pago respectivo previa presentación del comprobante correspondiente emitido con todos los requisitos de Ley. CLAUSULA SEXTA. - PLAZO DE EJECUCION La ejecución del presente contrato se inicia 01 de Enero del 2018 y culmina el 31 de Diciembre del 2018 CLAUSULA SETIMA – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 1. EL CONTRATISTA se compromete cumplir fielmente los términos del contrato bajo causal de aplicación de las penalidades previstas en la cláusula décima tercera del presente contrato. 2. En tal medida EL CONTRATISTA no podrá transferir bajo ningún motivo las obligaciones de índole laboral, civil y/o comercial, generadas frentes a sus proveedores hacia LA MUNICIPALIDAD.

3. EL CONTRATISTA, está en la obligación de atender los requerimientos formuladas por LA MUNICIPALIDAD, de acuerdo a las necesidades del servicio. 4. Las fallas en el sellado o uso del material no idóneo para el empaque, así como la falta de peso en los productos objeto del contrato motivara la devolución del lote o reposición del objeto materia de la Buena Pro, sin costo adicional a la "MUNICIPALIDAD".

5. La entrega de productos de mala calidad no apta para el consumo humano, procesado o envasado en condiciones antihigiénicas y sanitarias no adecuadas, con vencimiento Cumplido o cuyo vencimiento se ha realizado antes de la fecha consignada por el "CONTRATISTA" motivará la devolución del producto y su reposición dentro de las 48 horas siguientes o se resolverá el contrato y el retiro de dicha contratista del Programa del Vaso de Leche, además de las acciones legales pertinentes. 6. El control de todas las entregas y cualquier otro relacionado con el estado óptimo de calidad, cantidad y presentación del producto es de responsabilidad del, Programa del vaso de Leche.

CLAUSULA OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD EL MUNICIPALIDAD se compromete a efectuar los pagos a EL CONTRATISTA en la forma y plazos establecidos en el contrato presente contrato.

CLAUSULA NOVENA - GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO El CONTRATISTA para la firma del Contrato ha presentado Garantía de Fiel Cumplimiento por un monto equivalente al 10% del monto contractual que tiene por objeto garantizar la correcta ejecución y cumplimiento del contrato, sujetándose a los requisitos previstos en el artículo 40 del TUO de la Ley. Asimismo cumple con adjuntar la Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con El Estado, emitido por CONSUCODE. CLAUSULA DECIMA INCUMPLIMIENTO.

-

DE

LA

RESOLUCION

DEL

CONTRATO

POR

Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus Obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo de 02 días, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada, mediante carta notarial, resolverá el contrato en forma total o parcial. La resolución parcial sólo involucrará a aquella parte de contrato afectada por el incumplimiento y siempre que dicha parte sea separable e independiente del resto de las obligaciones contractuales, y que la resolución total del contrato pudiera afectar los intereses de LA MUNICIPALIDAD. En tal sentido el requerimiento que se efectúa deberá precisar con claridad que parte del contrato quedaría resuelta si persistiera el incumplimiento. De no hacerse tal precisión se entenderá que la resolución será total en caso de persistir el incumplimiento. En caso de que surgiese alguna controversia respecto a la resolución del contrato, cualquiera de las partes podrá recurrir a los mecanismos de solución establecidos en el Artículo 53º de la Ley y en las disposiciones pertinentes de su Reglamento.

LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) de Artículo 41º de la Ley en los casos en que EL CONTRATISTA:

a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. b) Haya llegado a acumular el monto máximo de las penalidades por mora en la ejecución de la prestación a su cargo. c) Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación. d) Se determine por parte de la autoridad sanitaria competente que el producto suministrado materia del presente contrato represente riesgo para la salud de los beneficiarios.

CLAUSULA DECIMO PRIMERA - DE LAS PENALIDADES En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por ciento (5%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final. La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: 0.10 x Monto del Contrato Penalidad diaria ----------------------------------------F x Plazo en días Dónde: F= 0.25 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá Resolver el contrato por incumplimiento. CLAUSULA DECIMO SEGUNDA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS Las controversias que surjan entre las partes, desde la suscripción, del contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, según acuerdo de las partes debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación del contrato. Este Plazo es de caducidad. a. Aplicación de la Conciliación.Por la presente cláusula se establece que cualquier controversia sobre la ejecución o Interpretación de este Contrato podrá solucionarse por Conciliación de conformidad al Procedimiento establecido en el artículo 53 del D.S. No 083-2004-PCM y el artículo 272 del D.S. No 084-2004-PCM.

b. Aplicación del Arbitraje.En caso no haya acuerdo para la Conciliación, las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato será resuelta mediante arbitraje,

conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. El arbitraje será resuelto por un Árbitro único. A falta de acuerdo en la designación del mismo, o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje al que se hubiesen sometido las partes. El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. Para el presente caso, serán de aplicación las disposiciones contempladas en Ley y el Capítulo IV del REGLAMENTO (Artículos 272º al 292º). CLAUSULA DECIMO TERCERA.- CONVENIO ARBITRAL Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante arbitraje, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE y de acuerdo a su Reglamento. CLAUSULA DECIMO CUARTA.- DISPOSICIONES FINALES Cualquier punto no considerado en las Cláusulas precedentes se ceñirá a lo que establece el Decreto Supremo No 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y aquellas, disposiciones de derecho común que le sean aplicables. Estando de acuerdo en todas y cada una de las Cláusulas del presente Contrato, firman ambas partes, en la ciudad nuevo león el 01 del mes de enero del año dos mil dieciocho.

............................................ MUNICIPALIDAD

............................................ EL CONTRATISTA

HALLASGO 1 ACTA N°001253 DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE

Yo Benavente Garcia Sara, identificado(a) con DNI No. 56743920, expedida en Perú; vinculado(a) a la municipalidad José Quiñones Gonzales a través de un contrato por prestación de servicios para desempeñarme en el cargo de gerente de contabilidad, en el año 2016 hasta la fecha, hago la entrega formal de documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, del mismo modo certifico mis declaraciones en cuando a mi competencia lo amerita: 1. Como la sociedad auditora ha podido corroborar con respecto a la adquisición de insumos para el programa vaso de leche solo se ha contratado con la empresa Guilianita SAA siendo esta la única prestadora de tales servicios referentes al programa vaso de leche de la Municipalidad Distrital José Quiñones Gonzales, esto debido a que su servicios son de calidad y cuenta con todo los papeles en regla. 2. Lo saludo cordialmente en mi condición de Gerente de Contabilidad, para comunicarle que la cotización G2-3345 llevada a cabo con la empresa Guilianita SAA es legalmente amparadas por la normativa vigente. 3. Como último punto certifico mediante mi declaracion que la apertura de sobres es realizada por el gerente de contabilidad. Observaciones: Los documentos se anexaran en las próximas hojas. Se cierra la presente acta a los 14 días del mes de setiembre del año 2019.

Gerente de Contabilidad

_______________________________________ Firma Nombre : Benavente Garcia Sara DNI : 56743920

HALLAZGO 1 CARTA DE INVITACION N°083-2018 PARA LA ADQUISICION DE INSUMOS PARA EL PROGRAMA VASO DE LECHE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES

Señores: Guilianita SAA Emisor: Municipalidad José Quiñones Gonzales

Mediante la siguiente carta de invitación se solicita sus servicios para contratar con nuestro municipio la adquisición de insumos para el programa vaso de leche, para lo cual se les está anexando las bases y especificaciones técnicas que debe cumplir su empresa.

Gerente de Contabilidad

_______________________________________ Firma Nombre: Benavente Garcia Sara DNI : 56743920

Jefe de Logística

Firma Nombre: DNI :

Vernal Fernandez Rafael

16699754

FECHA:

G2-3345 GUILIANITA SAA

CLIENTE

13/10/2018

.

Dirección: Av. Las Americas s/n MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ QUIÑONES GONZALES Urb. San Juan, TELEFONO: (074) 3847559 [email protected]

PROVINCIA DE TAMAULIPAS REGIÓN NUEVO LEÓN

Dirección

Teléfono

# CODIGO

PRODUCTO

1 001-034

Leche entera 400gm

2 001-456

Hojuela de Quinua

3 001-543

Hojuela de Maca

4 001-611

Leche en polvo

5 001-675

Soya en polvo

074-256845

VALOR TOTAL

CANT.

VALOR UNIT.

1000 cajas/48 unid c/u 8000 BOLSAS 1 kg 6000 BOLSAS 6400 BOLSAS 7900 BOSAS

3.84

184320.00

3.40

27200.00

1.10

6,600.00

1.50

9,600.00

1.20

9,480.00

SUB TOTAL

DESCUENTO 2%

TOTAL

284,640.00

47,440.00

237,200.00

FORMAS DE PAGO Crédito

Firma del Vendedor

D é b i t o

Efectivo

Firma del cliente

Evidencias correos electrónicos con el gerente municipal de Jose Quiñones Gonzales

ACTA N°001243 DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE Yo Peñon Hibraltar Armando, identificado(a) con DNI No.74584938, expedida en peru ; vinculado(a) a la municipalidad Jose Quiñones Gonzales a través de un contrato por prestación de servicios para desempeñarme en el cargo de Administrador, en el año 2017 hasta la fecha, hago la entrega formal de documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, del mismo modo certifico mis declaraciones en cuando a mi competencia lo amerita: 4. Las aperturas de sobres de contratación se hacen única y exclusivamente frente al gerente municipal. 5. Ordenes de compras 6. Comprobantes de pago 7. Asimismo, manifiesto de manera libre y bajo la gravedad de juramento, que toda la información y documentación relacionada y entregada fue verificada y vinculada a la Municipalidad Distrital De José Quiñones Gonzales y que cada proyecto y producto que está en ventana de observación, cuenta con los respectivos soportes1 requeridos en presente auditoria. Igualmente, manifiesto mi disponibilidad para atender las solicitudes de aclaración, ajuste o modificación de la información y documentación entregada. Observaciones: Los documentos se anexaran en las próximas hojas.

Se cierra la presente acta a los 14 días del mes de setiembre del año 2019.

Entrega información y documentación

_______________________________________ Firma Nombre: Peñon Hibraltar Armando No. Documento de identidad: 74584938

Recibe información y documentación Firma Nombre: CAMI AUDITORES INDEPENDIENTES SAC No. Documento de identidad: 20480238201

HALLAZGO 3

RESOLUCION DE ALCALDIA N°00321 MDJQG DE ADMINISTRACION Y ORGANIZACIÓN DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

ALCALDE: PINILLOS GONZALES CARLOMAGNO

La presente resolución se crea para establecer el funcionamiento del programa vaso de leche el cual estará a cargo por el jefe de Logística correspondiente a la gestión presente y el cual contará con un almacenero encargado como responsable del programa y será supervisado por su respectivo jefe, en este caso el jefe de Logística. Por consiguiente los jefes antes mencionados tendrán las responsabilidades de que se lleve a cabo el programa como manda la normativa vigente.

Considerando: Que, de acuerdo al artículo N°194 de la constitución política del Perú, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, echo que se ratifica con lo dispuesto por el articulo II del título preliminar la ley orgánica de municipalidades N° 27972.

José Quiñones Gonzales, Martes 25 de enero del 2015

ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD JOSE QUIÑONES GONZALES

ACTA N°001244 DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE

Yo IMAZA HUARIAPATA ISMAEL, identificado(a) con DNI No.20182939290, expedida en Perú; vinculado(a) a la municipalidad José Quiñones Gonzales a través de un contrato por prestación de servicios para desempeñarme en el cargo de almacenero, en el año 2016 hasta la fecha, hago la entrega formal de documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, del mismo modo certifico mis declaraciones en cuando a mi competencia lo amerita: 8. Lo saludo cordialmente en mi condición de almacenero, para comunicarle que la municipalidad José Quiñones Gonzales no cuenta con un comité administrativo debidamente organizado del programa vaso de leche la cual también no cuenta con un manual o directiva del programa donde se consignan las funciones. Atribuciones, limitaciones y responsabilidades del comité de administración vaso de leche. 9. El único responsable del internamiento y reparto de los productos es mi persona. 10. Todo los respondido en los cuestionarios de preguntas son declaraciones verídicas de mí persona. Observaciones: Los documentos se anexaran en las próximas hojas.

Se cierra la presente acta a los 14 días del mes de setiembre del año 2019.

Entrega información y documentación

_______________________________________ Firma Nombre: IMAZA HUARIAPATA ISMAEL No. Documento de identidad: 20939290

Recibe información y documentación Firma Nombre: CAMI AUDITORES INDEPENDIENTES SAC No. Documento de identidad: 20480238201

HALLAZGOS 4 ACTA N°001246 DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE

Yo IMAZA HUARIAPATA ISMAEL, identificado(a) con DNI No.48023440, expedida en Perú; vinculado(a) a la municipalidad José Quiñones Gonzales a través de un contrato por prestación de servicios para desempeñarme en el cargo de almacenero, en el año 2016 hasta la fecha, hago la entrega formal de documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, del mismo modo certifico mis declaraciones en cuando a mi competencia lo amerita: 11. Todo los respondido en los cuestionarios de preguntas son declaraciones verídicas de mí persona. 12. Siendo las 10 horas de la mañana del día 18 de Setiembre del año 2018, se realizó la revisión de almacén donde se encontraba presente el responsable de dicho puesto de trabajo que es el almacenero IMAZA HUARIAPATA ISMAEL identificado con DNI N°48023404, donde se efectuó la revisión del control de registros de los ingresos y salidas de los insumos del Programa de vaso de leche , mediante esta acta realizada observamos que los registros se realizaban en un cuaderno espira lado de 200 hojas sin número y no estableciendo el control del peso correcto de los productos al momento de ingresar al almacén, se realiza este acta para verificar que se realizó de esta manera los registros de almacén. Observaciones: Los documentos se anexaran en las próximas hojas.

Se cierra la presente acta a los 18 días del mes de setiembre del año 2019.

Entrega información y documentación

_______________________________________ Firma Nombre: IMAZA HUARIAPATA ISMAEL No. Documento de identidad: 20182939290

Recibe información y documentación Firma Nombre: CAMI AUDITORES INDEPENDIENTES SAC No. Documento de identidad: 20480238201

P.T Hecho: Revisado:

A.P.V.L. MEEÑ MEEÑ

FECHA 26/05/2019 26/05/2019

PAPELES DE TRABAJO REFERENTE A LOS REGISTROS DE ENTRA Y SALIDA DEL ALMACÉN EL PROGRAMA VASO DE LECHE “MUNICIPALIDAD JOSÉ QUIÑONES GONZALES CUESTIONARIO DE AUDITORÍA OBJETIVO Comprobar el correcto registro de los productos de ingresos y salidas al almacén

RESPUESTAS COMENTARIO SI NO 1 ¿Existen políticas de compras e ingreso de x El encargado del mercaderías en el área de almacén? almacén las desconoce 2 ¿Existe el MOF en el área de almacén, y los X trabajadores conocen el MOF? 3 ¿Existen problemas en el control interno en x el área de almacén? 4 ¿La recepción de las mercaderías se coteja X Solo se reciben según cantidad, precio, calidad y merma, se no verifican bien informa al área de almacén? el peso de los productos 5 ¿Se da capacitaciones de manejo y control X de inventarios al personal encargado del área de almacén? 6 ¿se hace inventario mensual o trimestral para X llevar un control adecuado de los productos? 7 ¿Se cuenta con programa de cómputo Aún se registran adecuado para el control de los stock de los en cuadernos. productos? 8 ¿el jefe de almacén supervisa al encargado X del almacén los registros de entrada y salida de los productos? 9 ¿Está capacitado el encargado del almacén para asumir el cargo que se le asigno? 10 El responsable del área de Logística supervisa que los documentos de compra estén archivados todos los meses. Respuestas N°

PREGUNTAS

x

x x

SI

2

20%

NO

8

80%

10

100%

Luego de la encuesta realizada llegamos a la conclusión que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES - REGION NUEVO LEON, tiene un defecto en la gestión que está ejecutando, el responsable del área de Logística el Sr. Rafael Vernal Fernández no supervisa al encargado del almacén que se registre correctamente los ingresos y salidas de los productos, ya que no se está controlando los productos y esto le genera pérdidas al PVL y los más afectados serían los beneficiarios del programa.

EVIDENCIAS ENCONTRADAS EN EL ALMACÉN EL PROGRAMA VASO DE LECHE “MUNICIPALIDAD JOSÉ QUIÑONES GONZALES FECHA 1/06/2018 1/06/2018 1/06/2018 1/06/2018 1/06/2018 1/06/2018 15/06/2018 15/06/2018 15/06/2018 15/06/2018 15/06/2018 15/06/2018 15/06/2018 30/06/2018 30/06/2018 30/06/2018 30/06/2018 30/06/2018 30/06/2018

CANTIDAD 150 100 45 150 200 140 100 62 52 125 146 200 177 86 56 32 100 500 100

PRODUCTO Leche evaporada 200 gr Leche evaporada 300 gr Leche evaporada 400 gr Leche evaporada 100 gr Hojuelas de avena 150 gr Hojuelas de avena 400 gr Leche evaporada 200 gr Leche evaporada 300 gr Leche evaporada 400 gr Leche evaporada 100 gr Hojuelas de avena 150 gr Hojuelas de avena 400 gr Leche evaporada 200 gr Leche evaporada 300 gr Leche evaporada 400 gr Leche evaporada 100 gr Hojuelas de avena 150 gr Hojuelas de avena 400 gr Leche evaporada 200 gr

INGRESO 150 100 45 150 200 140 100 62 52 125 146 200 177 86 56 32 100 500 100

SALIDA 120 50 20 150 150 50 80 62 25

SALDOS 30

100 25

46

0

0

12 5 65 25

75

Fuente: elaboración propia de acuerdo al registro en el cuaderno físico.

Se encontró el detalle del registro de entradas y salidas anotado en el cuaderno espiralado de 200 hojas del mes de junio 2018, donde se puede notar que no llevan el registro correcto de las salidas y no tienen actualizado los saldos de los productos, además no está ordenado por productos del mismo peso, por lo cual no se puede llevar un inventario fidedigno ya que habrá faltantes y esto ocasionará falta de productos a los beneficiarios del PVL.

HALLAZGO 6 ACTA N°002345 DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE

Yo Garzel Iñane Carlos Alberto, identificado(a) con DNI No. 76453220, expedida en Perú; vinculado(a) a la municipalidad José Quiñones Gonzales a través de un contrato por prestación de servicios para desempeñarme en el cargo De Jefe del Programa Vaso de Leche, en el año 2017 hasta la fecha, hago la entrega formal de documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, del mismo modo certifico mis declaraciones en cuando a mi competencia lo amerita:

 Las contrataciones con la empresa Guilianita SAA se realizan sin carta fianza por ser un proveedor confiable y siempre cumple con las adquisiciones a tiempo.  Sin más que anexar es todo lo que puedo responder a la solicitud de información N° 033, brindada a la sociedad auditora CAMI.

Se cierra la presente acta a los 18 días del mes de setiembre del año 2019.

JEFE DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

_______________________________________ Firma Nombre : Garzel Iñane Carlos Alberto DNI : 76453220

HALLAZGOS 6 SOLICITUD DE INFORMACION N°0033 DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE

Sociedad auditora CAMI, solicita información documentaria sustentatoria referente a las cartas fianzas con los proveedores de las adquisiciones del programa vaso de leche, así mismo se pide que anexe copias legalizadas de dichas cartas fianzas con el objetivo de verificar su valides legal. Sin otros asuntos que tratar, me despido de usted. Observaciones: Se cierra la presente acta a los 15 días del mes de setiembre del año 2019.

SOCIEDAD AUDITORA CAMI

Firma Nombre : Cotrina Delgado Edgar Alejandro(JEFE DE COMISION) DNI : 48023820

HALLAZGOS 6 ACTA N°001345 DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE Yo Garzel Iñane Carlos Alberto, identificado(a) con DNI No. 76453220, expedida en Perú; vinculado(a) a la municipalidad José Quiñones Gonzales a través de un contrato por prestación de servicios para desempeñarme en el cargo de Jefe del programa Vaso de Leche, en el año 2017 hasta la fecha, hago la entrega formal de documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, del mismo modo certifico mis declaraciones en cuando a mi competencia lo amerita:

 Mediante la documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, anexamos los costes de los insumos del programa vaso de leche, para fines de su competencia.

Se cierra la presente acta a los 19 días del mes de setiembre del año 2019.

JEFE DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

_______________________________________ Firma Nombre : Garzel Iñane Carlos Alberto DNI : 76453220

HALLAZGO 6

SOCIEDAD AUDITORA CAMI

PRECIO UNITARIO REFERENCIAL DE LOS INSUMOS ADQUIRIDOS EN EL PROGRAMA VASO E LECHE DEL MERCADO DE BIENES Y SERVICIOS EN EL AÑO EVALUADO

Precio Unitario ITEM

PRODUCTO

PRECIO UNITARIO

MONTO TOTAL

I

Leche Evaporada Entera en envase de hojalata de 410 gr.,

S/. 2.4

273,024.00

II

Hojuelas de avena en envase de bolsa x1 kg.

S/. 2.9

54,984.00

III

Arroz Pilado en bolsa x 1 Kg.

S/. 2.12

33,496.00

IV

Harina de trigo en saco x 50 kg. Peso Neto

S/. 40.00

14,017.60

REPRESENTANTE, ……

……………………..

MILAGROS ESTEFANY ESQUECHE ÑINGLES JEFE DE SUPERVISION

HALLAZGO 7 ACTA N°0056 DE CUESTIONARIO Y VERIFICACION DE ALMACEN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE Yo Garzel Iñane Carlos Alberto, identificado(a) con DNI: N°76453220, expedida en Perú; vinculado(a) a la municipalidad José Quiñones Gonzales a través de un contrato por prestación de servicios para desempeñarme en el cargo de jefe de almacén, en el año 2016 hasta la fecha, hago la entrega formal de documentación pedida por la sociedad auditora CAMI, del mismo modo certifico mis declaraciones en cuando a mi competencia lo amerita:

Cuestionario: 1. ¿Se deja constancia de los productos recibidos, a través de una firma de recepción por parte del almacenero? a) si b) no 2. ¿El almacén en el que se encuentran los alimentos del PVL es ventilado y separado de productos tóxicos como pintura, cemento, gasolina, kerosene, insecticidas, raticidas etc.? a) si b) no 3. ¿Se mantiene higiene y orden en el almacén, que garantice la integridad del producto del P.V.L. almacenado? a) si b) no 4. ¿Se efectúan fumigaciones continuas al almacén para evitar la presencia de insectos y roedores? a) si b) no 5. ¿El acceso al ambiente del almacén de P.V.L. es restringido, y sólo permitido para el personal autorizado? a) si b) no

Observaciones: Los documentos se anexaran en las próximas hojas. Se cierra la presente acta a los 20 días del mes de setiembre del año 2019.

JEFE DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

_______________________________________ Firma Nombre : Garzel Iñane Carlos Alberto DNI : 76453220

HALLAZGOS 7 ACTA N°0057 DE CUESTIONARIO Y VERIFICACION DE ALMACEN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES PROGRAMA VASO DE LECHE

SOCIEDAD AUDITORA CAMI:

RECONOCIMIENTO DEL ALMACEN DEL PROGRAMA VASO DE LECHE.

Observaciones: Las condiciones en las que se encontró el almacen del programa vaso de leche como se puede observar en las evidencias antes mostradas carecen de orden, limpieza y salubridad. Se cierra la presente acta a los 20 días del mes de setiembre del año 2019.

JEFE DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

_______________________________________ Firma Nombre : Garzel Iñane Carlos Alberto DNI : 76453220



FECHA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES

P-EEE VAGC MEEÑ

PROCEDIMIENTOS 1 Elaborar el cuestionario de control interno. 2 Registro de almacenamiento y revision del lugar verificacion de la gestion del personal 3 administrativo responsable del PVL 4 Distribucion

VAGC VAGC

A4 A5

12/09/2018 13/09/2018

ELABORADO POR FECHA VAGC 10/09/2018 VAGC 11/09/2018

REFERENCIA A1 A2

OBJETIVO 1. Examinar el proceso de gestion del PVL. 2. Verificar si las adquisiciones y la distribucion se lleva a cabo conforme lo establece la ley vigente. 3. Determinar si los procedimientos administrativos son los adecuados 4. Corroborar si el lugar de almacenamiento es el adecuado

CUESTIONARIO DE PREGUNTAS AL PVL

PT HECHO POR: REVISADO POR:

PROGRAMA DE AUDITORIA

09/10/2018 10/10/2018

x

x SI NO

5

6 La atencion del P.V.L se encuentra concentrada en zonas de mayor pobreza?

Existen otras solicitudes de comites y/o club de madres que desean acojerse al programa vaso de leche?

x

La Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales no cuenta con un control interno adecuado debido a la falta de comunicación y organización, con los Clubes de Madres del sector

x

RESPUESTA NO

La municipalidad ha organizaddo y determinado los clubes de madres o 4 comites del vaso de leche que se encargan de la atencion del programa?

SI

x

PREGUNTA

El comité de administracion del P.V.L está constituido por el alcalde, el director municipal y dos representantes de los clubes de madres y/o comites 1 del P.V.L La designacion del mencionado comité fue aprobada en sesion de concejo 2 municipal.

COMENTARIO:



P-EEE VAGC MEEÑ

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO PROGRAMA VASO DE LECHE

A1

PT HECHO POR: REVISADO POR:

OBSERVACIONES

10/10/2018 11/10/2018

no se a encontrado evidencias de tales Clubes, por el contrario carecen de organización en el proceso de distribucion. se pudo constatar por el almacenero que si existes Clubes de madres que quieren acojerse al PVL, pero la falta de gestion no hace posible que se lleve a cabo si bien es cierto la distribucion se lleva a cabo en la zonas mas pobre del distrito pero con una carencia en la gestion administrativa 40% 2 60% 3 100% 5

x

No existe un comité administrativo del PVL debidamente estructurado por ley, sino dos personas encargadas de la gestion del programa vaso de leche, el señor Garzel Iñanes Carlos Alberto (Jefe del P.V.L) e Ymaza Huariapata Ismael (almacenero), designadas por el mismo alcalde.

FECHA

A2

PT HECHO POR: REVISADO POR:

P-EEE VAGC MEEÑ

FECHA 12/10/2018 12/10/2018

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES REGISTRO DE ALMACENAMIENTO Y REVISION DEL LUGAR PROGRAMA VASO DE LECHE N°

PREGUNTA Se deja constacion de los productos recibidos, a travez de una firma de 1 recepcion por parte del almacenero? Cuenta el almacenero con registro de control, para anotar los ingresos y 2 salidas de los insumos del P.V.L Los ingresos de los productos se efectuan mediante la guia de remision del 3 proveedor? 4

RESPUESTA NO

SI x

los registros se hacen en un cuaderno y no se controla el peso.

x x

Se controlan el peso de los productos que ingresan al almacen?

La misma cuenta con la firma y fecha de recepcion por parte de la presidenta 5 del comité del P.V.L, en señal de haber recepcionado el producto? En la entrega de insumos se usa el sistema PEPS (primero en entrar primero 6 en salir) Se mantiene higiene y orden en el almacen, que garantice la integridad del 7 producto del P.V.L almacenado? El acceso al ambiente del almacen de P.V.L es restringido, y solo permitido 8 para el personal autorizado?

OBSERVACIONES

x

no se encontro documentacion de control de peso de los productos

x

No existe presidenta del P.V.L

x

x

se pudo constatar que el lugar se encuentra lleno de polvo y en un ambiente inadecuado para el almacenamiento de los insumos.

x

Se efectúan fumigadores continuas al almacen para evitar la presencia de 9 insectos y roedores?

x

El almacen en el que se encuentran los alimentos del P.V.L es ventilado y separado de productos toxicos como pintura, cemento, gasolina, kerosene, 10 insecticidas, raticidas, etc?

x SI NO

COMENTARIO: La Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales no cuenta con un ambiente adecuado para el almacenamiento de los insumos del PVL

no se pudo constatar mediante documentacion las funigaciones de preveencion contra insectos y roedores. El almacen donde se encuentra los alimentos del P.V.L no está debidamente ventilado y se pudo constatar la presencia de materiales toxicos omo pintura, cemento, kerosene, etc. 4 40% 6 60% 10 100%

A3

PT HECHO POR: REVISADO POR:

P-EEE VAGC MEEÑ

FECHA 11/10/2018 12/10/2018

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES VERIFICACION DE LA GESTION DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO RESPONSABLE DEL PROGRAMA VASO DE LECHE N°

PREGUNTA Los fondos asignados para el P.V.L son recepcionados oportunamente por la 1 municipalidad La municipalidad asigna parte de los ingresos propios para la atencion del 2 P.V.L Las donaciones recibidas por la municipalidad para el P.V.L son utilizadas 3 totalmente en ese programa? La municipalidad cancela mensualmente al proveedor el valor de los 4 insumos?

RESPUESTA NO

SI

OBSERVACIONES

x

no se pudo constatar mediante documentacion

x

no se encontró documentacion que sutente tal echo se pudo apreciar que hay sobrecostos en casi todos los productos adquiridos del PVL

x x

La tesorera exije la presentacion de cartas fianzas previo al pago de adelantos 5 por la adquisicion de productos para el programa sujetos a entrega posterior? 6 Se controla la secuencia numerica de los cheques? 7 Son firmados los cheques cuando menos por dos funcionarios? Se cuenta con un manual y/o directiva interna del programa del vaso de 8 leche? La referida directiva cuenta contempla procedimientos especificos para: 9 organización, direccion, supervicion, distribucion y control? La documentacion original, sobre la ejecucion del P.V.L, se conserva en poder 10 de la municipalidad y se encuentra foliada y archivada?

x x x

No hubo documentacion sustentatoria

x

no existe tal manual

x x SI NO

COMENTARIO: La Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales presenta un deficiente manejo administrativo en la gestion del programa vaso de leche.

2 8 10

la documentacion revisada carecia de foliacion 20% 80% 100%

La municipalidad remite a la CGR dentro de los 15 dias del mes vencido, la 2 informacion del P.V.L? Se registran los datos así mismo las firmas de los beneficiarios al momento 3 de la entrega de los insumos? 4 Las raciones entregadas a cada beneficiarios son las adecuadas? 5 La entrega de los insumos se lleva a cabo en el mismo almacen?

PREGUNTA En el proceso de distribucion se aplican estrictos controles que eviten la 1 sustraccion de los insumos?

SI

x x x SI NO

x

x

RESPUESTA NO

La Municipalidad Distrital de Jose Quiñones Gonzales tiene un sistema de distribucion muy ineficiente y la entrega carece veracidad al no estar firmados todas las entregas de los beneficiarios

COMENTARIO:



P-EEE VAGC MEEÑ

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE QUIÑONES GONZALES DISTRIBUCION PROGRAMA VASO DE LECHE

A4

PT HECHO POR: REVISADO POR:

3 2 10

13/10/2018 14/10/2018

60% 40% 100%

algunos registros carecen de firmas de los beneficiarios

no hay documentacion sustentatoria que permita coroborar la emision de informacion mensual referido al gasto del PVL

OBSERVACIONES por la falta de personal no es posible efectuar tales controles

FECHA