Mandato General

Número tres (3) En la Ciudad de Guatemala el veintisiete de agosto de dos mil dieciocho ANTE MI: JOSUE DAVID DE LEÓN CAS

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Número tres (3) En la Ciudad de Guatemala el veintisiete de agosto de dos mil dieciocho ANTE MI: JOSUE DAVID DE LEÓN CASTRO, Notario comparecen: el señor JOSE CASTAÑON, de veintinueve años de edad, soltero, Abogado y Notario, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación (DPI), con Código Único de Identificación (CUI) número cuatro mil setecientos ochenta y nueve espacio setenta y cuatro mil ciento doce espacio cero ciento uno (4789 74112 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien actúa en su calidad de MANDATARIO JUDICIAL, de la entidad LAS ESTRELLAS, SOCIEDAD ANONIMA, calidad que acredita con el Testimonio de la Escritura Pública Número once (11), de fecha once de marzo de dos mil diecisiete autorizada por el Notario José Antonio Aparicio, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Electrónico de Poderes del Archivo General de Protocolos, bajo la inscripción uno (1) del poder quinientos E (500E) de mandatos; y HUGO GIOVANNI GONZALEZ de veintitrés años de edad, soltero, Abogado y Notario, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación (DPI), con Código Único de Identificación (CUI) número dos mil quinientos treinta y cuatro espacio cero mil doscientos treinta y seis espacio cero ciento uno (2534 01236 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; HAGO CONSTAR: a) que tuve a la vista los documentos de identificación de los comparecientes; b) que tuve a la vista el documento que acredita el mandato judicial correspondiente c) que se encuentran en el libre ejercicio de sus derechos civiles d) que a mi juicio y al de la ley la documentación es suficiente para otorgar SUSTITUCIÓN DE MANDATO JUDICIAL, bajo las siguientes

condiciones: PRIMERA: manifiesta el señor JOSE CASTAÑON que otorga el presente la SUSTITUCIÓN DE MANDATO JUDICIAL al señor HUGO GIOVANNI GONZALEZ para que lo represente en las audiencias y demás actividades de carácter judicial en materia laboral, en favor de su poderdante. SEGUNDA: procedo a transcribir la parte conducente del mandato «SEGUNDA: DE LAS ATRIBUCIONES: el mandatario judicial tendrá como principales atribuciones: I) Actuar en representación del mandante, en las actuaciones judiciales; II) Presentar escritos de demanda en los diversos tipos de procesos de carácter Penal, Civil, Administrativo, Laboral, Constitucional, etc. III) Prestar Confesión Judicial en los diversos procesos donde el mandante sea parte; IV) Ofrecer medios de Prueba establecidos en ley, en los procesos donde el mandatario intervenga en favor del mandante; V) sustituir el mandato parcial o totalmente con su respectiva reserva, dentro de las facultades que le fueren permitidas». TERCERA: Continua manifestando que ante la imposibilidad de atender dos audiencias a la vez en el presente caso se reserva la sustitución parcial del Mandato detallado en la presente escritura, al señor HUGO GIOVANNI GONZALEZ. CUARTA: por su parte manifiesta el señor HUGO GIOVANNI GONZALEZ, que acepta el presente mandato que le ha sido sustituido, y bajo apercibimiento del infrascrito Notario declara: que es abogado colegiado activo, por lo cual no posee impedimento alguno para el ejercicio del mandato otorgado. QUINTA: presente mandato tendrá una duración por tiempo indefinido, empezando a iniciar desde el momento de inscripción en el Registro Electrónico de Poderes del Archivo General de Protocolos de la República de Guatemala, además de ser gratuito y sin reserva. SEXTA: no habiendo más que constar. DOY FE: a) todo lo expuesto en la presente escritura b) Que tuve a la

vista el documento que acredita la representación c) que tuve a la vista la documentación de identificación d) que advertí a los partes lo relacionado a las obligaciones registrales y fiscales que emanan del presente contrato; d) Que leí el contrato a los requirentes quienes bien enterados de lo anterior mencionado, aceptan, firman y ratifican.

ANTE MÍ: