Informe Pericial

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Universidad Andina Néstor Cáceres

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Velázquez. Facultad de Ciencias Contables y Financieras Escuela Profesional de Contabilidad Filial – Ilave

INFORME PERICIAL

Presentado por:

Ana Marybel Limachi Mamani. Eda Luz Inquilla Condori. Dennis Angel Inquilla Condori.

Semestre:

IX

Curso:

Peritaje Contable Judicial.

Docente:

MG. Meliton Huacasi Gonzales 2019 – I

INDICE INFORME PERICIAL ..................................................................................................... 3 DEFINICION ............................................................................................................... 3 OBLIGACIONES SUSTANCIALES Y FORMALES ................................................ 3 TIPOS DE IMFORME PERICIAL .............................................................................. 4 INFORME MANCOMUNADO .............................................................................. 4 INFORME INDIVIDUAL ...................................................................................... 4 PARTES DEL INFORME PERICIAL. ...................................................................... 4 INTRODUCCION ........................................................................................................ 5 ANTECEDENTES ....................................................................................................... 6 OBJETO DE LA PERICIA .......................................................................................... 7 EXAMEN ..................................................................................................................... 7 CONCLUSIONES ........................................................................................................ 8 PLAZO PARA LA PRESENTACION DEL INFORME PERICIAL ......................... 9 EXAMEN PERICIAL A FECHA DETERMINADA. EL INFORME EN ACTA .... 10 LAS OBSERVACIONES AL INFORME PERICIAL .............................................. 10 PROCEDENCIA ........................................................................................................ 10 OBLIGACIONES ANTE LAS OBSERVACIONES ................................................ 11 EJEMPLO DE UN INFORME PERICIAL ................................................................... 12

INFORME PERICIAL DEFINICION El informe pericial es aquel documento que contiene todos los documentos examinados y apreciados técnicamente por el perito que le ha permitido formarse una opinión, la misma que expresara a través de sus conclusiones sobre los hechos sometidos a su conocimiento. Desde el punto de vista del derecho, Florencio Mixan OBLIGACIONES SUSTANCIALES Y FORMALES El informe pericial debe tener una correcta presentación tanto en el aspecto en el aspecto sustancial tanto en el aspecto formal. En el aspecto sustancial debe emplearse expresión clara, segura, sin asomo alguno de implicancias que desluzcan la explicación, se expondrá todo asunto con la mayor objetividad posible haciéndolo

de fácil

comprensión y apoyando siempre toda

conclusión en fuente d información valida y vigente. El informe pericial debe destacarse por ser claro, preciso y objetivo, al juzgador le interesa la opinión del experto cuando la puede hacer suya, llegando al convencimiento de que esa opinión sea justa ala verdad demostrada y demostrable por los medios que habiendo sido utilizados por el perito son accesibles al juez. En el aspecto formal se tendrá cuidado de presentar el informe en papel de buena calidad y en tamaño uniforme (Bond 80 gr. A4) y con escritura a espacio y medio, con márgenes de 3cm. Al lado izquierdo y 2cm. Al lado derecho esto es con la finalidad que al momento que se cosa el informe al expediente se pueda leer sin ninguna dificultad lo escrito en el. También es recomendable que la numeración de las páginas del informe pericial se efectué en el centro de cada una de ellas,

para que esta no se confunda con la

numeración del expediente judicial que va en el Angulo superior derecho. En el proceso civil se deberán presentar una original para el juzgado y 3 copias 1 copia para cada litigante y 1 copia para el perito.

En el proceso penal se presentara un original para el juzgado y 2 copias, una para cada perito. TIPOS DE IMFORME PERICIAL INFORME MANCOMUNADO Cuando los peritos nombrados de oficio hayan concordado en el examen y sus conclusiones podrán presentar un solo informe pericial, firmado por ambos. INFORME INDIVIDUAL Si los peritos pese a haber realizado el examen conjuntamente discrepara en una o todas sus conclusiones, cada uno tiene la posibilidad de presentar su informe por separado en forma individual, por lo cual ante esta situación el juez podrá citarlos a una confrontación o a un debate pericial, según se trate de un proceso civil o penal, para que cada uno exponga los motivos o sustentación de sus conclusiones discrepantes. PARTES DEL INFORME PERICIAL. De acuerdo ala resolución nº 26 aprobada en el XI congreso nacional de contadores públicos del Perú realizada en la ciudad de cusco en noviembre de 1988 el informe pericial contable debe tener la siguiente estructura. 

Introducción



Antecedentes



Objeto



Examen pericial



Conclusiones

INTRODUCCION Tal como lo indica el trabajo de la primera convención nacional de peritos contables judiciales, esta parte constituye la presentación del informe pericial como tal debe tener datos referenciales de la autoridad judicial, el secretario, de los litigantes y del perito. La resolución administrativa nº 014-93-CE-PJ del 1 de julio del 1993 establece las características obligatorias que deben contener los escritos, donde se indica que el Angulo superior derecho de la pg. De debe indicar la siguiente información.



El numero del expediente judicial



Los nombres y apellidos del secretario o especialista legal



El cuaderno del expediente, ( principal, anexos)



El numero de escritorio que se presenta (1, 2,3 etc.)



La sumilla del documento (escrito, demanda, informe pericial etc.)



Dejando un espacio de 1.5 cm. Al margen izquierdo del siguiente reglón debe indicarse en letras mayúsculas el cargo del magistrado a quien se dirige el documento.

Ejemplo: 

SEÑOR JUEZ DEL XXX JUZGADO ESPECIALIZADO EN LA (civil, penal, laboral, agraria etc.) DE (indicar la jurisdicción) o



SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA (civil, penal, laboral, agraria) DE LA CORTE SUPERIOR DE (indicarla jurisdicción) o



SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA (civil, penal, de derecho constitucional y social) DE LA CORTE SUPREMA DE LA REPUBLICA.

El siguiente renglón

debe iniciarse con los nombres y apellidos delos peritos, su

profesión, el numero de matricula del colegio profesional al que pertenecen, el numero de su documento nacional de identificación, el numero de su carnet asignado como perito inscrito en el REPEJ y su domicilio, señalaran luego su condición de peritos haciendo mención

de la resolución de nombramiento

emitida por el juzgado,

seguidamente consignaran los nombres de los litigantes y el motivo del juicio o el tipo de delito según sea el caso. Para concluir con esta parte se manifestara que en cumplimiento del mandato judicial se realizo la pericia correspondiente expuesta en el siguiente informe contable judicial esta frase deberá rotularse al centro de la pagina. ANTECEDENTES En esta parte se expondrá una reseña de los hechos a base de la información obtenida del expediente judicial, a fin de hacer constar que sea tomado el debido conocimiento de las aspiraciones de los litigantes, en lo civil, o de la comisión del delito atribuido al inculpado en lo penal. Respecto a esta parte del informe pericial es impórtate que se tenga en consideración que cuando se dice “la información obtenida del expediente judicial “ no se esta refiriendo a todos los documentos que en el se encuentran, si no a los documentos que desde el punto de vista del perito tiene importancia para tomar conocimiento de las aspiraciones de los litigantes. Si estuviéramos realizando una pericia en proceso civil consideramos que los documentos de importancia estarán referidos a: la demanda, la contestación de la demanda, la presentación de pruebas, la resolución de fallo, la resolución de nombramiento. Si el proceso fuera penal los documentos de importancia estarían referidos a: la denuncia del agraviado, el atestado policial, la denuncia del fiscal, la resolución de apertura de instrucción, la declaración preventiva, la declaración instructiva, la resolución de nombramiento etc. Como verán no se trata pues de hacer mención de un gran numero de documentos, si no de reseñar los necesarios, sin tener tampoco que detallarlos al pie de la letra si no realizando un resumen del contenido de ellos, desde el entendimiento del perito, sin inmiscuirnos en el aspecto de derecho. La extensión de esta parte debe ser tal, que permita que el juez a través de la lectura de ella se de cuenta que el perito conoce de q se trata el caso.

OBJETO DE LA PERICIA En esta parte debe establecerse claramente el objeto del a pericia obtenido del enfoque que el perito hace del caso. Debe tenerse presente la conveniencia de exponer que para determinar tal objeto se ha tenido en cuenta lo ordenado por el juzgado en la resolución de nombramiento, tal como lo dispone el código procesal civil cuando en su art. 263. Indica “al ofrecer la pericia de indicaran con claridad y precisión, los puntos sobre los cuales versara y que se pretende esclarecer con el resultado de la pericia. Sin embargo cuando el administrador de justicia no a especificado el objeto de la pericia en la resolución de nombramiento, el perito deberá determinarlo atreves de la lectura y estudio del expediente judicial. La pericia debe estar orientada a los requerimientos del juzgado o al enfoque del perito, cuando el juez no haya determinado el objeto. EXAMEN Es la parte más importante del informe pericial, ya que en ella se reflejan la investigación realizada por el perito. Esta parte se debe iniciar indicando con que fuente de información o medios ha contado el perito, (expediente judicial, registros y libros d contabilidad, información de las partes y terceros) con el objeto de que tanto las litigantes como el juzgador puedan efectuar un análisis de aquella. Cuando el perito hubiera recibido documentación durante la labor de campo y dichos documentos no se encuentren en el expediente judicial, teniendo relación directa con los hechos investigados, esto deberá tener la precaución de adjuntarlos como anexos al informe, referenciándolos con un número al momento de mencionarlos, indicando también cual de los litigantes fue el que proporciono dicho documentación. También debe hacerse referencia de los dispositivos legales que sustentan los procedimientos empleados o reglamentan algunas actividades o aspecto especializado.

La información proporcionada, debe ser verificada por el o los peritos con el objeto de establecer su legitimidad, vigencia, y validez atreves de una serie de procedimientos, los cuales serán explicados tanto en su aplicación con sus resultados. En algunos casos es necesario que el o los peritos basándose en su especialidad expliquen al administrador de justicia de forma como se a realizado los derechos relacionados con al investigación antes de exponer los resultados obtenidos. En cuanto alos anexos estos también podrán utilizarse cuando la información a exponer sea muy extensa o se trate de cuadros resúmenes. Adicionalmente esta parte puede contener otros aspectos de acuerdo al criterio del perito y a la complejidad del caso que se investiga. La investigación realizada por elperito no es para que solamente la entiendan, si no que tal comola establece la sentencia de casación nª 460-98 del 11 de mayo de 1999, expedida por las salas del derecho constitucional y social del a corte suprema de la república, en el punto tercero de la parte considerativa que la pericia contable no pueda ser una mera presentación de resultados, si no que debe contener precisiones sobre su objeto, el método de calculo empleado y los documentos que le sirven como base, de manera que tanto las parte como el órgano jurisdiccional puedan efectuar un análisis de estos. CONCLUSIONES Las conclusiones representan la opinión del profesional, como resultado de la labor de investigación realizada, estas deben tener una relación directa con el objeto de la pericia y nunca deben inmiscuirse en la cuestión de derecho. Las conclusiones deben ser concretas y precisas, deben ser verificables por cualquiera de las partes en el proceso así como también por el juzgador y no deben ser muy extensos en su explicación, ya que e los argumentos o sustentos de estas se encuentran en ele examen. Terminando de exponer las conclusiones el perito deberá cerrar su informe expresado: “ Por tanto sírvase usted señor juez tener por cumplido su mandato” LUEGO SE CONSIGNARA la fecha; sello y firma del perito o los peritos autores del

informe: según al art. 178. Del código procesal penal el informe pericial contendrá: 1. Los nombres, apellidos, domicilio y libreta electoral de cada uno de los peritos asi como el numero de su registro en caso de colegiación obligatorio 2. La descripción de la situación o estado de hecho, sea persona o cosa, sobre lo que se hizo peritaje. 3. La exposición detallada de los que se ha comprobado en relación al cargo. 4. La motivación o fundamentación del examen técnico. 5. La indicación de los criterios científicos o técnicos, métodos y reglas de los que se sirvieron para hacer el examen. 6. Las conclusiones 7. La fecha, sello y firma PLAZO PARA LA PRESENTACION DEL INFORME PERICIAL La pericia contable al constituir un medio de prueba dentro de un proceso judicial, debe ser presentada cumpliendo con los plazos establecidos en los dispositivos legales pertinentes para poder contribuir con la pronta administración de justicia. El código procesal civil establece que la pericia será presentada cuando menos 8 días antes de la celebración de la audiencia de pruebas, por tal motivo el perito debe tomar todas las precauciones del caso para cumplir con dicho plazo, y de no ser así tendrá que comunicarlo al juez para que le proporcione el plazo adecuado. El código del procedimiento penal es determina que en el mismo decreto en que se nombre peritos deberá determinarse el plazo en que han de presentar su dictamen cuidándose de que este plazo sea suficiente. En la practica el juez penal nombra los peritos pero no establece ningún plazo en la resolución pertinente, ya que deja a criterio del perito que este plazo sea en menor tiempo posible, y de no ser así a percibirá al perito para que cumpla con la presentación. En el código de justicia militar se indica que los peritos presentaran su informe dentro del término que el juez les señale.

La ley procesal del trabajo establece que el informe pericial debe ser emitido en un pazo no mayor a 30 días. El código tributario establece que en el plazo para ofrecer la prueba pericial es de 30 días hábiles contados a partir e la fecha en que se interpone en el recurso de reclamación y apelación. EXAMEN PERICIAL A FECHA DETERMINADA. EL INFORME EN ACTA Existen determinadas circunstancias en la que el juez requiere contar con la opinión del perito en forma urgente, por tal motivo puede disponer que el o los peritos presenten sus informes en una fecha indicada. En el código procesal civil se establece que los peritos de la inspección judicial realizaran las verificaciones pertinentes y presentaran un resumen de sus observaciones, esta opinión de los peritos sele conoce como informe o dictamen de acta. Elcódigo de procedimientos penales indica que si las circunstancias exigen un inmediato reconocimiento por temor de que se borren las huellas del delito, el juez instructor puede ordenar que se practique la pericia por uno o dos peritos. En este caso no es necesaria citación alguna y la pericia debe presentarse dentro de las 24 horas. LAS OBSERVACIONES AL INFORME PERICIAL La observación u objeción es un argumento que se opone a una afirmación u oposición. Las observaciones al informe pericial de oficio, entendido como desacuerdos de las partes como con la opinión de los peritos de oficio, se pueden producir tanto en el fuero civil, como el fuero penal. PROCEDENCIA En el fuero civil, se establece que los dictámenes periciales pueden ser observados en la audiencia de pruebas, las observaciones y las correspondientes opiniones de los peritos se harán constatar en el acta. (Art. 266 CPC.)

En el fuero penal, las observaciones pueden realizarse mediante las participaciones de los peritos de parte, no pudiéndose los peritos negarse a dar las explicaciones que el juez les pide. OBLIGACIONES ANTE LAS OBSERVACIONES El juez como director del proceso tienen la potestad de ordenar ya sea de oficio o a petición de parte que estas observaciones sean atendidas por el los peritos de oficio. De acuerdo de l as observaciones planteadas el perito tiene las siguientes obligaciones: EXPLICAR: cuando alguna parte del examen del informe pericial no estuviera lo suficiente mente claro o entendible, las partes podrán solicitar que los peritos realicen una mayor explicación sobre este punto. Esta explicación no deben de dar lugar al variación de sus conclusiones, ya que solo se trata de exponer con un mayor detalle en tema motivo de la observación. AMPLIAR: cuando la observación de las partes este referida a que losperitos no hayan tenido en cuenta alguno documento o asuntos de importancia dentro del desarrollo del examen del informe pericial, se considera de que la investigación a sido incompleta. Esta observación dan lugar a que el juez exija a los perito realicen la ampliación de del informe pericial, modificando las conclusiones iníciales. Es importante que los peritos dirijan un escrito a cada una de las partes solicitándoles toda la información pertinente con la finalidad de que su informe no sea observado como incompleto. REHACER: cuando el informe pericial sea observado u objetado tanto en su desarrollo como en sus conclusiones por las partes en juez podrá mandar a rehacer el informe. De igual forma si los peritos hubieran realizado la investigación sin tener en cuenta lo dispuesto por el juez en la resolución de nombramiento (objetivo de la pericia) también podrá mandar se rehaga el informe. El juez esta facultado a mandar rehacer el informe por los propios peritos o por otros peritos, en cuyo caso los peritos que realizando el peritaje están en la obligación de devolver los honorarios percibidos al litigante que los cancelo.

EJEMPLO DE UN INFORME PERICIAL – FUERO CIVIL. EXPEDIENTE Nº 1024-2013 IV JUZGADO CIVIL DEL CUSCO SECRETARIO: SR. JOSE LOPEZ SUMILLA: ELEVAN DICTAMEN PERICIAL SEÑOR JUEZ DEL IV JUZGADO CIVIL DEL PODER JUDICIAL DEL CUSCO Juan Alva Castro y Walter Ccahuana Espinoza; ambos peruanos Contadores Públicos Colegiados bajo los Nº 1254 y Nº70494 identificados con DNI Nº45678912 y Nº 45678932 peritos contables adscritos al REPEJ domiciliados en: Calle los Alebries Nº 26 distrito de Santiago; Av. de la cultura Nº 3038 provincia y departamento Cusco; ante Usted manifestamos lo siguiente: Que mediante Resolución Nº24568 remitido por su despacho y notificado mediante cedula de notificación Nº 3035 y fecha 15 de agosto de 2013 hemos tomado conocimiento de nuestra designación como peritos en el expediente Nº 1024-2013 IV Juzgado del Poder Judicial del Cusco. Por lo que el representante del Banco de Crédito del Peru Sr. Juan Paliza Garmendia demanda al Sr. Juan Pérez Ríos sobre: Cobro ejecutivo de soles. Por lo que elevamos a Usted el Dictamen Pericial correspondiente que contiene los siguientes Ítems: 1) Antecedentes 2) Objetivos de la Pericia 3) Examen Pericial 4) Conclusiones 1. ANTECEDENTES Según escrito Nº 2025 de fecha 24/09/2013 presentado por el representante del Banco de Crédito se interpone demanda contra el Sr. Juan Pérez por el concepto de cobro ejecutivo de soles que corre a fojas 1 al 20 del expediente con los siguientes argumentos de hecho:

1. Mi representante del Banco de Crédito ha prestado el monto de $150 000 al Sr. Juan Pérez. 1.1. El Banco de Crédito otorgo un préstamo de $150 000 al Sr. Juan Pérez sustentado con un pagare Nº 000256 con fecha 15/12/2012 1.2. Señala además que en dicho pagaré se comprometió a pagar el interés de 3% y en caso d incumplir un interés compensatorio de 2.5% mensual y moratorio de 1.5% mensual. 1.3. Indicando que se ha agotado la vía administrativa y habiendo solo pagado 2 cuotas, adeudando 8 cuotas solicita que el juez determine la cobranza de $150 000 menos las 2 cuotas depositadas más intereses compensatorios e intereses moratorios que el total ascienden a $210 000, el demandante adjunta liquidación, copias de cartas notariales, copia de pagaré. 2. El Sr. Juan Pérez con escrito Nº 00254 en respuesta a la demanda que corre a fojas 25 al 30 del expediente de fecha 24/09/2013 señala que: 2.1. En efecto obtuvo un préstamo de $150 000 que se comprometió a pagar en 10 cuotas y pago 2. 2.2. Vista la liquidación presentada por el Banco de Crédito se está aplicando tasas de interés compensatorio que no fueron pactados 3%, así como intereses moratorios de 5% por encima de los intereses permitidos por ley. 2.3. No está de acuerdo con el monto liquidado por el Banco de Crédito según el cual adeudaría $210 000. Adjunta vouchers de pago de las 2 cuotas, copia del contrato. 3. El demandado Juan Pérez con fecha 15/10/2013 solicita la entrega por parte del Banco de Crédito de la base legal emitida por la Superintendencia de Banca y Seguros respecto a la tasa del interés moratorio, documento que ha sido adjuntado que consta a fojas 30 al 35 del expediente Nº20232. Además en este mismo escrito solicita que se practique la pericia contable para esclarecer los hechos de la controversia. II.    III.

OBJETIVOS Comprobar y verificar la liquidación presentada por el Banco de Crédito en base al capital insoluto Determinar los intereses compensatorios Determinar los intereses moratorios

EXAMEN PERICIAL 3.1. Cálculo del capital insoluto en base a las resoluciones de la Superintendencia de Banca y Seguros 3.2. Cálculo de los intereses compensatorios 3.3. Cálculo de los intereses moratorios

4. INDICACION DE CRITERIOS 4.1. Los criterios utilizados en el cálculo del capital insoluto son los siguientes:

a)

Revisión del contrato, vouchers de pago así como el pagare firmado por el Sr Juan Pérez. b) Comparación de las resoluciones de la Superintendencia de Banca y Seguros con el Capital c) Según ley Nº 28587 Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de Servicios Financieros. establece que el Capital Insoluto debe ser el capital acordado entre las dos partes en el contrato. 4.2. Para el cálculo de los intereses compensatorios se ha utilizado el siguiente método: I=Kxi Donde: I = Monto de interés i = Tasa de interés mensual K = Capital o Monto del Préstamo Ley Nº 28587.- Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de Servicios Financieros.Artículo 6º.- Cobro de intereses, comisiones y gastos Los intereses, comisiones y gastos que las empresas cobran a los usuarios son determinados libremente de acuerdo al ordenamiento vigente. Las comisiones o gastos deben implicar la prestación de un servicio efectivo, tener justificación técnica e implicar un gasto real y demostrable para el proveedor del servicio. 4.3. Para el cálculo de los intereses moratorios se ha utilizado las siguientes formulas financieras. 1/360 IM = (((1+ im) – 1) x Días de mora) x SC). Donde: IM = Monto del interés moratorio. im = Tasa Interés moratorio anual. SC = Saldo capital de la cuota

5. CONCLUSIONES Del examen pericial practicado se concluye que: 5.1. En el préstamo recibido por el Sr. Juan Pérez del Banco de Crédito del Perú por un monto de $150 000. Se ha considerado el capital insoluto real, pues ambas partes acordaron en el contrato dicho monto, y el Sr. Juan Perez recibió el dinero. 5.2. Para el cálculo del interés compensatorio se emplearon las formulas financieras cuyo resultado arroja $1704.61, por lo tanto, el monto que exige el Banco de Crédito es muy elevado. 5.3. Para el cálculo del interés moratorio se tomó en cuenta el tiempo que dejo de pagar el Sr. Juan Pérez a una tasa moratoria de 1.5% mensual dando como resultado un monto de $626, siendo el monto que exige el Banco muy usurero. Es todo cuanto manifestamos a Ud. Sr. Fiscal en honor a la verdad.

PERITO PERITO CONTABLE CONTABLE

Walter Ccahuana Espinoza

Juan Alva Castro