Huaralino Final

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD Sub Gerencia de Gestiona Ambiental “AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”

INFORME N° 002542012/MDLO/GSC/SGGA/DMASCCO A

:

Lic. Graciela Castañeda Vega Sub Gerente de Gestión Ambiental

De

:

Asunto

:

Medición sonora del COMPLEJO HUARALINO; solicita derivar a la Sub Gerencia de Licencias y Control de Actividades Comerciales.

Referencia

:

Expediente Nº I-0022441-2012

Fecha

:

Los Olivos, Jueves, 29 De Noviembre De 2012

Mascco Escobar Diana Tecnico

Por medio de la presente, me dirijo a usted para saludarlo e informarle lo siguiente; en mi condición de encargada de Temática de Aire y Ruidos de la SGGA. 1.

ANTECEDENTES 1.1 Se procedió a realizar la inspección en referencia del FUT I-00215982012 dirigido por la Subgerencia de Licencias y Control de Actividades Comerciales por el INFORME N° 002032012/MDLO/GSC/SGGA/DMASCCO. En el cual se denota la necesidad de efectuar la MEDICION del ruido de fondo. 1.2 Por derivación de la documentación dirigida a mi persona por la SUB GERENTA DE GESTION AMBIENTAL se procedió a realizar la siguiente medición.

2. BASE LEGAL

2.1. Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”. 2.2. Ley Nº 28976 “Ley Marco de Licencia de Funcionamiento” 2.3. Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM “Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido”, En el Anexo Nº 1, establece los niveles máximos de ruido en el ambiente, tomando en cuenta las zonas de aplicación. 2.4. Reglamento Nacional de Edificaciones. 2.5. La Ordenanza Municipal Nº 1015-2007-MML “Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos de Suelo de los distritos de San Martin de Porres, Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac que son parte de las áreas de tratamiento normativo de I y II de Lima Metropolitana”

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2.6. La Ordenanza Municipal Nº 015-1986-MML “Supresión y Limitación de los Ruidos Nocivos y Molestos”, establece los Niveles Máximos de emisión de ruidos de acuerdo a la zonificación, en la Provincia de Lima. 2.7. La Ordenanza Municipal Nº 017-1996-MDLO “Limitaciones y Sanciones a personas que produzcan ruidos molestos y/o nocivos al vecindario” 2.8 La Ordenanza Municipal Nº 304-2008-CDLO “Procedimientos de Fiscalización y Control del Cumplimiento de las disposiciones administrativas y de la aplicación de sanciones en el distrito de los Olivos”. 3. INSPECCION 3.1 Lugar, fecha y hora de Inspección: Con fecha 24/11/2012 a horas 21:36 horas. Nos apersonamos los suscritos del Área de Temática de Aire. 3.2

Personal de la Sugerencia de Gestión Ambiental (SGGA).



Municipalidad Distrital de Los Olivos, Gerencia de Servicios a la Ciudad Sub Gerencia de Gestión Ambiental, representada por la Tec. Diana Mascco Escobar encargada de la Temática de aire y Ruido. MDLO-GSC-SGGA- Apoyo en la Medición y otros Practicante. Flora Arévalo Quispe.



3.3 Personal de la Sugerencia de Licencias y Control de Actividades Comerciales  Municipalidad Distrital de Los Olivos, representada por la Fiscalizadora Mabel García Aparicio.  Municipalidad Distrital de Los Olivos, representada por el Fiscalizador Jorge Tejada Campos.  Municipalidad Distrital de Los Olivos, representada por el Fiscalizador Ricardo Aguirre. Grafico Nº 1: Ubicación del Centro de espectáculos “HUARALINO”

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Centro de espectáculos el “HUARALINO” Hospital Municipal Presuntos afectados por contaminación sonora

Centro de espectáculos el “Complejo Mi Perú”

4. Procedimiento de la Medición Sonora Se procedió a realizar la medición sonora teniendo en consideración antes y durante el concierto realizado, afín de establecer si existe un incremento de los niveles sonoros en el ambiente. Tabla Nº 1: Medición realizada en el frontis de la vivienda presuntamente afectada en la Av. Alfredo Mendiola Nº 5177.

Lugar de toma de medición de ruidos

Frontis de la vivienda presuntamen te afectada Frontis de la vivienda presuntamen te afectada

Leq A (dB)

Lectura o Nivel Sonoro permitid o* (dB) Horario Diurno/N octurno

Observación

60.4

65.5

70

Antes de inicio del concierto

66.1

68.2

60

Durante el concierto

Inicio de medició n sonora

Distancia aproximad a a la fuente de generación de ruidos (m.)

Tiempo de Medición (minutos )

Lectura Máxima (dB)

Lectur a Mínim a (dB)

21:15

300 m.

5

76.4

300 m.

5

83.0

23:14

*Decreto Supremo N° 085 -2003 PCM – Estándares Nacionales de Calidad Ruido.

Grafico Nª 2: Plano de Zonificación Ordenanza Nº 1015-2007-MML

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Av. Alfredo Mendiola cdra.51

Fotografía Nº 1: Medición de ruido ambiental

Análisis de las mediciones: La presión sonora registrada durante la inspección, en condiciones antes del evento con intervención del flujo vehicular de la Panamericana Norte y del centro de espectáculos Complejo Mi Perú no sobrepasa los Niveles Máximos de Emisión de Ruidos en decibeles en horario diurno, sin embargo está muy cercano al Nivel Máximo permitido según ordenanza Municipal. Mientras que en horario nocturno con la intervención del flujo vehicular, el centro de espectáculos complejo mi Perú y el Huaralino sobrepasa en 8.2 decibeles, para una zona comercial en horario nocturno. Tabla Nº 2: Medición realizada en la vivienda en Av. Alfredo Mendiola Nº 5177.

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Lugar de toma de medición de ruidos

Dentro de la vivienda con la puerta y ventana abierta. Dentro de la Vivienda con puerta y ventana cerrada Dentro de la vivienda con la puerta y ventana abierta. Dentro de la Vivienda con puerta y ventana cerrada

Leq A (dB)

Lectura o Nivel Sonoro permitid o* (dB) Horario Diurno/N octurno

Observació n

46.4

52.8

45

Antes de inicio del evento

59.8

32.0

43.3

45

Antes de inicio del evento

5

66.8

47.5

55.1

35

Durante el evento

5

57.5

51.8

47.9

35

Durante el evento

Inicio de medició n sonora

Distancia aproximada a la fuente de generación de ruidos (m.)

Tiempo de Medición (minutos )

Lectura Máxima (dB)

Lectura Mínima (dB)

21 :23

500 m.

5

66.2

21:29

500m

5

23.29

500m

23:31

500m

*Organismo Mundial de Salud Fotografía Nº 2: Medición realizada en el dormitorio de la vivienda bajo las condiciones de puerta cerrada antes y durante el concierto realizado el 24 de Noviembre de 2012.

Análisis de las mediciones: Respecto a la incidencia de la presión sonora registrada dentro de la vivienda los resultados obtenidos demuestran un incremento de los niveles sonoros durante el funcionamiento del local Huaralino, este incremento de niveles sonoros sobrepasa los niveles sonoros para interiores según lo establece el Organismo Mundial de Salud. (Ver tabla Nº 2). Tabla Nº 3: Medición realizada en el frontis del Hospital Municipal

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Lugar de toma de medición de ruidos

Frontis del Hospital Municipal Frontis del Hospital Municipal

Leq A (dB)

Lectura o Nivel Sonoro permitid o* (dB) Horario Diurno/ Nocturn o

Observación

61.1

66.6

50

Antes de inicio del evento

70.6

77.3

40

Durante el evento

Inicio de medici ón sonora

Distancia aproxima da a la fuente de generació n de ruidos (m.)

Tiempo de Medició n (minuto s)

Lectura Máxima (dB)

Lectu ra Míni ma (dB)

21:35

100 m.

5

74.4

23:12

100 m

5

85.9

*Decreto Supremo N° 085 -2003 PCM – Estándares Nacionales de Calidad Ruido.

Grafico Nª 3: Plano de Zonificación Ordenanza Nº 1015-2007-MML

HOSPITAL MUNICIPAL

Fotografía Nº 3: Medición en el Frontis del Hospital Municipal

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Análisis de las mediciones: También se realizo una medición en el frontis del Hospital Municipal de Los Olivos, obteniéndose que el resultado con flujo vehicular y el funcionamiento del local Mi Perú, es de 66.6 dB. Con el funcionamiento del el local El Huaralino (Eventos musicales), mas las condiciones mencionadas anteriormente se vio una predominancia del nivel sonoro proveniente del local El Huaralino, el cual arrojo como resultado de la medición 77.3 dB este equivale un incremento de 10.3 dB con respecto a las mediciones realizadas en ausencia del funcionamiento del Local El Huaralino. Tabla Nº 4: Medición realizada en el frontis del Centro de espectáculos el Huaralino

Lugar de toma de medición de ruidos

Frontis del centro de espectáculo s el Huaralino Frontis del centro de espectáculo s el Huaralino

Inicio de medición sonora

Distancia aproximad a a la fuente de generació n de ruidos (m.)

Tiempo de Medición (minutos )

23:05

3 m.

23:12

3m

Leq A (dB)

Lectura o Nivel Sonoro permitido * (dB) Horario Diurno/noct urno

Observación

62.1

67.5

70

Con la fuente apagada

71.2

78.2

70

Con la Fuente encendida

Lectura Máxima (dB)

Lectur a Mínim a (dB)

5

81.5

5

87.5

Análisis de las mediciones: Respecto a la incidencia de la presión sonora registrada durante la inspección, en horario nocturno los niveles sonoros también aumentaron sin funcionamiento y con funcionamiento del local Huaralino, siendo ese incremento de 10.7 dB. Fotografía Nº 5: Medición en el Frontis del centro de espectáculos el Huaralino

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Grafico Nª 2: Plano de Zonificación Ordenanza Nº 1015-2007-MML

Presuntos Afectados

Ubicación de la fuente Generadora de ruido

Hospital Municipal

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5. Análisis de las mediciones y resultados realizados: Las condiciones encontradas para este evento fueron en con flujo normal de vehículos en la Av. Naranjal y la Panamericana Norte. Cabe señalar que desde que se iniciaron las mediciones a las 09:15 am se tuvo emisión sonora del centro de espectáculos Complejo Mi Perú ubicado dentro de la jurisdicción del distrito de Independencia incrementándose considerablemente a las 22:00horas. Las condiciones atmosféricas en el momento de la inspección fueron las adecuadas tal como lo señala la Norma Técnica Peruana para medición de ruido urbano. Respecto a la incidencia de la presión sonora registrada durante la inspección, en las condiciones antes y durante el concierto indica que hay un incremento de la presión sonora en las mediciones realizadas con intervención de la emisión del centro de espectáculos el Huaralino. 6. Conclusión Se evidencio un incremento de niveles sonoros en el momento del funcionamiento del local El Huaralino, esto se pudo evidenciar al realizarse mediciones antes y durante el inicio de las actividades del local El Huaralino. El local Huaralino realiza sus actividades a cielo abierto, lo cual demuestra que no tiene medidas mitigatorias para el control de emisiones sonoras al ambiente. Existe otras fuentes como la del Complejo Mi Perú y el tránsito vehicular las cuales también demostraron su incidencia en las mediciones sonoras pero en menor intensidad con respecto al local El Huaralino. Se evidencio el incremento superaba los limites sonoros para interiores en viviendas (OMS), este exceso se debió al funcionar el local El Huaralino, el cual incremento las condiciones de ruido en ausencia del funcionamiento del local de ruido. Los niveles sonoros fueron incrementados con respecto a la medición realizada en el frontis del Hospital Municipal de Los Olivos, este incremento fue influenciado por el funcionar del local El Huaralino. 7. Recomendaciones La Municipalidad de Los Olivos a través de su área legal deberá exigir a la Municipalidad de Independencia y las instancias competentes la regulación sonora del Local Mi Perú, por ser fuente generadora de ruido que afectaría a los vecinos de Los Olivos y el Hospital Municipal de Los Olivos. Corresponderá a la Subgerencia de Licencias y control de Actividades Comerciales realizar las acciones para el cumplimiento de las normativas

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fiscalizadora del control de ruido, siendo necesario que el local cuente con un sistema acústico para su funcionamiento.

Es todo cuanto informo a Usted, para su conocimiento y atención. Atentamente,

Mascco Escobar Diana Tecnico