Gastos Deducibles y Reparables

Gastos deducibles y reparables Gastos deducible Los gastos deducibles son aquellos egresos necesarios para el desempeño

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Gastos deducibles y reparables Gastos deducible Los gastos deducibles son aquellos egresos necesarios para el desempeño de una actividad profesional o empresarial, esta reconocido por el fisco apara que puedan restarse del pago de impuesto, estos también tienen que estar contabilizados y justificados a través de una factura, son válidos incluso si se hicieron en el tiempo en que la empresa no se encontraba en fase de producción.

*Los Medios de Pago son los siguientes:       

Depósitos en cuenta. Giros. Transferencia de fondos. Órdenes de Pago. Tarjetas de débito. Tarjetas de crédito. Cheques” no negociables”, “intransferibles”, “no a la orden” u otra equivalente emitidos al amparo de la ley de títulos y valores.

¿Cuáles son los gastos deducibles? Algunos gastos deducibles son el alquiler de bienes, gastos por retribuciones a socios, gastos de vehículos asignados a actividades de dirección o ventas y transporte; gastos por aguinaldos y bonificaciones; gastos otorgados como estímulo a trabajadores; gastos de transporte y gastos de movilidad, entre otros. Dentro de los gastos deducibles existen algunos que siembran dudas a la hora de ser declarados como tales, como por ejemplo: los gastos desplazamiento y es que, en el caso de estos, solo son válidos si, por ejemplo, vienen acompañados que especifique el motivo del viaje y que este esté en relación con la actividad empresarial. Los gastos por comida también presentan controversias y se validan solo sí son necesarios para la actividad empresarial y representan un importe razonable. Ejemplos de gastos deducibles         

Consumos de explotación: Todo aquello que sea imprescindible para realizar el trabajo, es decir, materias primas y material de oficina. Sueldos y salarios: Se incluyen las cotizaciones sociales, también las propias. Se incluyen los cursos de formación, indemnizaciones por rescisiones de contratos y seguros. Arrendamientos: Alquileres de locales, leasing y renting. Reparaciones y conservación. Servicios de profesionales independientes: Abogados y servicios de asesoría. Tributos que sean fiscalmente deducibles. Amortizaciones: Se definen como el importe que se puede desgravar por el deterioro o la depreciación de los bienes que adquieres para desempeñar una actividad profesional. Se calculan en base a unas tablas. Gastos de considerados difícil justificación. Otros gastos deducibles: Adquisición de libros, suscripciones a revistas profesionales, gastos de asistencia a eventos, cuotas de asociaciones empresariales o colegios profesionales.

¿Cómo identificar gastos deducibles y evitar penalizaciones? Los gastos deducibles se rigen por el principio de causalidad. 1.Los gastos de desplazamiento: Se admiten como gastos deducibles siempre que: - Esté acompañado de una hoja de gastos que especifique el motivo del viaje - El motivo del viaje esté relacionado con la actividad empresarial - Haya el desglose de cada partida individualizada junto a su factura correspondiente 2.Las comidas: Se admite el gasto si cumple los siguientes requisitos: - Es necesaria para la actividad empresarial

- Se produce en una localidad distinta a la que se desarrolla el negocio - El importe de la comida es razonable, no siendo un gasto desmesurado 3.Los vehículos y los gastos asociados a los mismos (mantenimiento, seguros, etc.): Se consideran gastos deducibles si cumplen con los siguientes puntos: - Los vehículos deben estar afectos a la actividad - La afectación debe ser total y el vehículo no podrá utilizarse para fines privados 4. Arrendamientos y cánones: alquileres, cánones, asistencia técnica, cuotas de arrendamiento financiero (leasing) que no tenga por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables. 5. Servicios de profesionales independientes: honorarios de economistas, abogados, auditores, notarios, así como las comisiones de agentes comerciales o mediadores independientes. 6. Cuotas de asociaciones empresariales 7. Adquisición de libros, suscripción a revistas profesionales, gastos de asistencia a eventos relacionados con la actividad (cursos, congresos, conferencias). 8. Local u oficina específico para la actividad. 9. Gastos de vestuario: sólo se admiten como gastos deducibles los gastos en vestuario profesional como uniformes u otras prendas con el anagrama del negocio. En el caso de una persona autónoma, muchas veces resulta complicado diferenciar los gastos deducibles y no deducibles, debido a que su actividad laboral puede llevarse a cabo en su propia vivienda.

¿Qué son los gastos no deducibles? En cuanto los gastos no deducibles, estos son aquellos que entran dentro de la categoría de gastos personales, tanto del contribuyente como de sus allegados. Por ejemplo no podría ser validado un gasto deducible una cena familiar, compra de alimentos para el hogar, entre otros. Debido a lo anterior, es necesario evitar la solicitud de facturas en este tipo de gastos, para los cuales solo es necesaria la solicitud de tickets o boletas. Si se llegara a solicitar facturas para estos fines se generarían multas por uso indebido del crédito fiscal . Tipos de gastos no deducibles Y aquí la otra parte más fea y que no gusta: los gastos que hay que no se pueden deducir por mucho que quieras. Como no voy a ponerme a decir todos y cada unos de ellos, ya que son miles y no tiene sentido que los diga todos, voy a comentar tres que suelen causar más confusión:    

Sanciones o multas: los recargos de apremio, multas de circulación y todo lo relacionado con las sanciones no son deducibles. Olvídate de deducir esa multa por aparcar mal yendo a ver a un cliente o por pagar tarde tus impuestos. Gastos realizados con personas o entidades residentes en paraísos fiscales: si tienes negocios con Gibraltar o Andorra, que son paraísos fiscales, no vas a poder deducir nada de nada aunque tenga relación con alguno de los gastos del apartado anterior. Donativos y regalos: todos los regalos que hagas, sean a clientes o a empleados, no suelen ser deducibles. Tan solo lo son si, según los usos y costumbres de tu empresa, se hacen de manera regular. Por ejemplo, la típica cesta de Navidad si se hace cada año puede ser deducible gracias a este uso y costumbre. El IVA que hayas soportado pero ya deducido en las declaraciones trimestrales.

Articulo 37 y 44 Ley del IR Articulo 37

Así como existe el artículo 37º de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual consagra el principio de causalidad, donde se verifican los gastos que sean necesarios para producir o mantener la fuente productora de la renta. También existe el artículo 44º de la misma Ley, donde se detallan de manera expresa aquellos gastos que no se consideran deducibles para la determinación de la renta neta de tercera categoría, los cuales serán materia de análisis en el presente informe. Cabe indicar que esta lista es del tipo cerrada, lo cual en doctrina se le conoce como “numerus clausus”, toda vez que no permite la inclusión de nuevos supuestos sino solamente los que allí se señalan de manera expresa. Situación que es diametralmente opuesta1 a lo que determina el texto del artículo 37º de la misma Ley, el cual consagra el denominado principio de causalidad y es una lista abierta, ya que responde al concepto de “numerus apertus”

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