Filiacion 52

Aranibar y asociados Expediente: Especialista: Cuaderno: Escrito: 01-12 Sumilla: Interpongo Demanda de filiación judicia

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Aranibar y asociados Expediente: Especialista: Cuaderno: Escrito: 01-12 Sumilla: Interpongo Demanda de filiación judicial extramatrimonial

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TURNO DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA HUNTER

VERONICA

ELENA

CHAVEZ

VALENCIA, identificada con DNI Nº 30862619 domiciliada en Av. la florida 110 Huaranguillo

Distrito

de

Sachaca

y

Procesal calle san José 311 of. 301; a usted respetuosamente digo: Invocando interés y legitimidad para obrar, interés moral cuando se refiere al agente y su familia, acudo a vuestro despacho de fin de

interponer

DEMANDA

FILIACION

JUDICIAL

DE

PATERNIDAD

EXTRAMATRIMONIAL, la misma que la dirijo en contra de CLAUDIO ELMER AMADO VALENCIA, con domicilio Av. la Florida 105 Huaranguillo, y Av. John Kennedy Nº 107, Distrito de Sachaca, en base a los fundamentos siguientes: 1.- PETITORIO Interpongo DEMANDA FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL, en representación d mis menores hijos DIEGO CHAVEZ VALENCIA y YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA en contra de CLAUDIO ELMER AMADO VALENCIA, a efecto que de conformidad con el Art. 1 de la ley 28457, Ley que regula el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial, su despacho expida resolución declarando LA PATERNIDAD BIOLOGICA DEL DEMANDADO CLAUDIO ELMER AMADO VALENCIA sobre los menores DIEGO CHAVEZ VALENCIA y YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA , toda ves que hasta la actualidad no ha reconocido a sus menores hijos, a pesar de que tiene pleno conocimiento de los nacimientos.

Aranibar y asociados 2.- FUNDAMENTACION DE LOS HECHOS 2.1.-Es el caso, que la recurrente conoce al demandante desde que estuvo en el colegio, ya que vivía al frente de su casa y en forma diaria nos frecuentábamos y conversábamos. 2.2.- A los 14 años luego de tener una relación amical empezamos a enamorar hasta que tuvimos nuestra primera relación sexual, relaciones sexuales estas que se daban con frecuencia hasta que resulte embarazada de mi primero hijo lo cual puse en concomiendo del demandado cuando mi periodo de menstruación se había suspendido y fruto de nuestra relación sentimental nació nuestro primer hijo DIEGO CHAVEZ VALENCIA, el 4 de marzo de 1996; respecto el demandado se comprometió en reconocer a nuestro menor hijo en ese entonces no habiéndolo reconocido a la fecha en que nuestro menor hijo cuenta con 16 años de edad. 2.3.- Nuestra relación sentimental continuaba y producto de las relaciones sexuales que sosteníamos quede embarazada de nuestro segundo hijo; YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA, quien nació el 17 de febrero del 1999, en la actualidad tiene 13 años, de lo cual puse en conocimiento del demandado. Al respecto señor Juez debo de indicar que en cuanto a los nombres de nuestro menores hijos al demandado le comunique los nombres que se le iba aponer oportunamente estando de acuerdo el demandado y este de una manera natural se comprometió a reconocerlo a ambos y pasarles una pensión alimenticia. 2.4.- Que ante la promesa del demandado de reconocer a nuestros hijos de manera extemporánea la recurrente los inscribió ante la oficina de Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Arequipa. Posteriormente tome conocimiento que el demandado había contraído matrimonio el 20 de Abril del 2001 y esa era la razón que tenia el demandado para prolongar la promesa del reconocimiento de nuestros menores hijos y la negativa de apoyarlos con una pensión alimenticia.

Aranibar y asociados 2.5.- Ante el incumplimiento de su promesa de pasarles una pensión alimenticia me vi obligada a interponerle una demanda de alimentos el año 2004 la misma que mediante sentencia de fecha 30 de enero del año 2006 se declara fundada la demanda de cobro de alimentos interpuesta por el recurrente en contra del demandado y dispone que el padre de mis menores hijos cumpla con una pensión mensual y adelantada de S/. 280.00 Nuevos Soles a razón de S/. 140.00 Nuevos Soles para cada alimentista conforme se aprecia delos documentos que adjunto. 2.6.- Ante el incumplimiento del pago de las pensiones alimenticias de parte del demandado ordenada por el Juzgado de Paz de Hunter mediante sentencia las cuales fueron debidamente liquidadas se le inicio un proceso penal por Omisión a la Asistencia Familiar ante el Primer Juzgado mixto del Modulo Básico de Justicia de Hunter, expediente 162-2008 hoy expediente 8542-2008 Segundo Juzgado Penal Transitorio en la que el demandado en calidad de procesado con fecha 23 de Setiembre presenta un escrito con firma legalizad ante el notario publico en la cual indica que luego de haber llegado a un acuerdo con la recurrente en calidad de agraviada “MADRE DE MIS MENORES HIJOS” pago a cuenta de pensiones devengadas la suma de S/. 3 500.00 Nuevos Soles con lo cual el demandado esta reconocimiento expresamente en el proceso penal que los menores DIEGO CHAVEZ VALENCIA y YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA, son sus menores hijos; dicho acto jurídico mediante manifestación de voluntad del demandado en el referido proceso penal se repite en un escrito que presenta este en calidad de procesado el 22 de octubre del 2008 tal como se acredita en las copias certificadas que adjunto con eso se entiende que el demandado reconoce que mis menores hijos son sus hijos. 2.7.- Así mismo debo indicar que al demandado se le ha denunciado por segunda vez ante la Fiscalía Provincial Penal de Hunter, Denuncia Nro. CASI SIAFT 509-2009-864, por Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de nuestros menores hijos DIEGO CHAVEZ VALENCIA y YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA, tal como lo acredito con el Acta de Aplicación de Principo de Oportunidad solicitado por el demandado donde reconoce

no haber

pagado el monto de pensiones devengadas ascendiente al monto de S/. 4 584.17 Nuevos Soles desde noviembre del 206, hasta febrero del 2008, dado que no podía

Aranibar y asociados pagar este monto, pues tiene otra familia, pero ahora esta dispuesto a reparar el daño y se compromete a pagar dicha deuda en ocho cuotas.

3.- FUNDAMENTACION JURIDICA SUSTANITIVAMENTE, conforme al Art. 986 del Código Civil, son hijos extramatrimoniales los concebidos y nacidos fuera del matrimonio; a tenor de lo dispuesto por el Art. 402, inc. 6 del código civil modificado por la 28467, la paternidad extramatrimonial puede ser judicialmente declarada (…) cuando se acredite el vínculo parental entre el presunto padre y el hijo a través de la prueba del ADN u otras pruebas genéticas o científicas con igual o mayor grado de certeza. En el presente caso se ofrece la prueba genética del ADN para corroborar os hechos expuestos y se busca la declaración judicial mencionada, por lo tanto se debe aplicar dicho dispositivo legal en toda extensión. ADJETIVAMENTE, en lo establecido en los siguientes Arts. Del C.P.C., Art. 57 Derecho a ser parte material en un proceso; Art. 57, inc. 8 de la ley orgánica del poder judicial, modificado por la ley 28457, es de su competencia conocer l presente proceso. Art. 546. Se tramita como Proceso sumarísimo; Art. 547 primer párrafo son competentes los Jueces de Paz Letrado; Art. 554, admitida a trámites de demanda, traslado al demandado por cinco días, luego se fija la fecha para la audiencia; Art. 560, corresponde el proceso de alimentos al Juez del domicilia del demandante; Art. 563, prohibición de ausentarse de l país

el

demandado; 565, anexo especial a la

contestación; Art. 425, referido a los anexos de la demanda. 4.- VIA PROCEDIMENTAL. De conformidad con la Ley Nro. 28457, la misma que establece el procedimiento para el proceso de filiación 5.-MONTO DEL PETITORIO. Es inapreciable en dinero.

Aranibar y asociados 6.- MEDIOS PROBATORIOS. Ofrezco

como

medios

probatorios

los

siguientes: 6.1.- Acta de nacimiento de mi menor hijo DIEGO CHAVEZ VALENCIA, expedida por la Municipalidad Provincial de Arequipa. 6.2.- Acta de nacimiento de mi menor hijo YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA, expedida por la Municipalidad Provincial de Arequipa. 6.3.- Copias certificadas de la sentencia de alimentos del expediente 382-2004, de folios 4ante el Juzgado Mixto de Hunter hoy Juzgado de Familia 6.4.- Constancia de existencia del proceso de alimentos expediente del 382-2004, Juzgado Mixto de Hunter hoy Juzgado de Familia. 6.5.- Copias Certificadas del Proceso Penal en fojas 2 donde el demandado reconoce la paternidad de mis menores hijos, del expediente 8542-2008 Segundo Juzgado Penal Transitorio. 6.6.- Acta de Aplicación del Principio de oportunidad recaída en la denuncia penal, por Omisión a la Asistencia Familiar, CASO SIAFT 509-2009-864, SEGUNDA FISCALIA PENAL CORPORATIVA de Hunter. 6.7.- Ofrezco como prueba científica del ADN, prueba pericial que tendrá como fin establecer el vínculo biológico de paternidad del demandado respecto al menor. Debiendo su despacho señalar fecha y hora para la toma de las muestras respectivas de los involucrados en la presente acción, así como oficiar a la institución que corresponda a fin de que realice dicha prueba, esto ante la negativa u oposición por parte del demandado

POR LO EXPUESTO: Sírvase admitir a tramite la presente demanda con las formalidades de ley. OTROSI UNO.- Adjunto a la presente demanda los siguientes anexos: ANEXO 1-A.- Copia del DNI.

Aranibar y asociados ANEXO

1-B.-

Acta de nacimiento de

VALENCIA,

mi menor hijo

DIEGO

CHAVEZ

expedida por la Municipalidad Provincial de Arequipa.

ANEXO 1-C.- Acta de nacimiento de mi menor hijo YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA, expedida por la Municipalidad Provincial de Arequipa. ANEXO 1-D.- Copias certificadas de la sentencia de alimentos del expediente 3822004,

de fojas 4 del Juzgado Mixto de Hunter hoy Juzgado de Familia

ANEXO 1-E.- Constancia de existencia del proceso de alimentos expediente del 3822004, Juzgado Mixto de Hunter hoy Juzgado de Familia. ANEXO

1-F.-

Copias

el del ANEXO 1.H.-

Certificadas

del

Proceso

Penal

en

fojas

2

donde

demandado reconoce la paternidad de mis menores hijos, expediente 8542-2008, Segundo Juzgado Penal Transitorio Acta de Aplicación del Principio de oportunidad recaída en la

denuncia penal por Omisión a la Asistencia Familiar, CASO SIAFT 509-2009-864,

SEGUNDA FISCALIA PENAL CORPORATIVA de

Hunter ANEXO 1-G.- Arancel judicial por ofrecimiento de pruebas Arequipa, 23 de mayo del 2012

VERONICA ELENA CHAVEZ VALENCIA DNI Nº 30862619

ALEJANDRO CLAUDIO ARANIBAR CACERES C.A.A 2543

Aranibar y asociados

6.6.- La Prueba genética de acido desoxirribonucleico (ADN), que se efectuara en la demandante VERONICA ELENA CHAVEZ VALENCIA, el demandado LEONEL ELMER AMADO VALENCIA, y los menores DIEGO CHAVEZ VALENCIA y YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA, a fin de determinar que el demandado es el padre biológico de mis menores DIEGO CHAVEZ VALENCIA y YEFERSON VALENTIN CHAVEZ VALENCIA, para lo cual su despacho deberá cursar oficio respectivo al Laboratorio Biológico que corresponda.