FILIACION

Expediente : Especialista: Materia :Filiación Cuaderno :Principal Sumilla :Demanda Extramatrimonial. Extramatrimonial.

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Expediente : Especialista: Materia :Filiación Cuaderno :Principal Sumilla :Demanda Extramatrimonial.

Extramatrimonial. de

Filiación

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE YANAHUARA. Maria Del Rosario Márquez Andía, con DNI. 46365158, con dirección domiciliaria Complejo Habitacional Deán Valdivia ENACE Sector 13 Mz M lote 08, Alto Cayma, del distrito de Cayma, Departamento y Provincia de Arequipa, señalando domicilio procesal sitio en la calle colon Nº 217 of. 02 Cercado de Arequipa, a Ud. Digo: I. PETITORIO: Que, teniendo legítimo interés SOLICITO LA DECLARACION DE PARTENIDAD EXTRAMATRIMONIAL, para que el demandado Jesús José Márquez Soto, reconozca a la recurrente su hija Maria Del Rosario Márquez Andía, y en caso de que no formule oposición el demandado, su despacho expedirá la resolución de declaración judicial de paternidad con costos y costas. II. FUNDAMENTOS DE HECHO: 1 La recurrente es hija del demandado y mi Sra. madre Guillermina Andia Huamani, a la fecha cuento con 18 años de edad

he sido procreada en el periodo de

enamoramiento de mis padres y e nacido el 7 de febrero de mil novecientos noventa, durante toda mi vida hasta la mayoría de edad e estado a cargo de mi madre y mi padre me ha empezado a acudir desde el mes de mayo de 1997 con una pensión alimenticia fijada en sentencia en el proceso de alimentos llevado por ante su despacho, expediente Nº 329- 97 Tramitando por el especialista Dr. Pomar. Durante

todos estos años mi madre a solicitado que mi padre me reconozca legalmente y se comprometió a firmar y reconocerme cuando se realizo la audiencia Única de fecha 6 de octubre de 1997 expediente Nº 329- 97 Tramitando ante su despacho ha cargo del especialista Dr. Pomar, sin embargo a la fecha que ya soy mayor de edad no lo hace. 2. Como no tenia,

conocimiento de la existencia de esta nueva ley no hice

oportunamente la demanda de filiación y es que ahora acudo a su despacho ya que me veo obligada a presentar la presente demanda en vista de que el demandado no cumple con lo prometido. III. FUNDAMENTACION JURIDICA: 1. Aparo la demanda en la ley Nº 28457, ley que regula el proceso de filiación de paternidad extramatrimonial, publicado el 08 de enero del 2005, en el diario oficial el Peruano. El articulo 1.- Dice: quien tenga legitimo interés en obtener una declaración de Paternidad puede pedir a un juez de paz letrado que expida resolución declarando la Filiación demandada. Si el emplazado no formula oposición dentro del plazo de 10 días de haber sido notificado validamente, el mandato se convertirá en declaración Judicial de paternidad. El articulo 2.- Dice: la oposición suspende el mandato si el demandado se obliga a realizarse la prueba biológica del ADN. Será realizado con muestras del padre, la madre y el hijo. Artículo 4.- Oposición infundada, si la prueba produjera resultado negativo la oposición será declara infundada, el mandato se convertirá en declaración judicial de paternidad y el emplazado será condenado a las costas y costos. El articulo 402.- Del Código Civil, sobre la procedencia de la declaración judicial de paternidad extramatrimonial, puede ser judicialmente declarada.

Articulo 57.- inc. 8 de la LOPJ modificada por la ley 28457, en la forma que sigue: Los Juzgados de Paz Letrados conocen, en materia civil. De la acciones de Filiación extramatrimonial prevista en el articulo 402 inc 6 del código Civil. IV. VIA PROCEDIMENTAL: Corresponde tramitarse en la vía del proceso especial. V. MONTO DEL PETITORIO: Por la naturaleza del proceso es indeterminable en dinero. VI. OFREZCO MEDIOS PROBATORIOS: 1.-La partida de nacimiento de la recurrente Maria Del Rosario Márquez Andía, Nº 12365 inscrita en la fecha 8 de marzo de mil novecientos ochenta, por ante la Municipalidad Provincial de Arequipa. 2 .- Copia certificada de la audiencia realizada ante su juzgado con fecha 6 de octubre de 1997 expediente Nº 329- 97, con lo que acredito que el demandado se comprometió a regularizar mi reconocimiento en la partida de nacimiento y hasta la fecha no lo hizo. 3. Otorgo como medio probatorio el expediente Nº 329- 97, especialista Dra. Rosa Chalco Medina, Primer Juzgado de paz Letrado de Yanahuara, que en la actualidad se encuentra en su juzgado con lo que acredito que el demandado dice estar llano hacer las gestiones necesarias para reconocerme como a su hija . 4.- La prueba del ADN, que se realizara con las muestra tomadas del demandado, de la recurrente, y de mi Sra. Madre Guillermina Andia Huamani que deberá realizarse en el laboratorio de Biología Molecular del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Publico de Lima. VII. ANEXOS: 1-A Copia de mi documento de identidad DNI.

1- B La partida de nacimiento de la recurrente. 1- C Copia certificada de la audiencia. 1- D Arancel Judicialpor medios probatorios. 1- E Cedulas de notificación.

POR LO TANTO: Sírvase admitir la presente demanda, y tramitarlo con arreglo a ley. OTROSI DIGO: Arequipa 06 de octubre del 2008