ENSAYO VIOLENCIA Y SALUD MENTAL

VIOLENCIA Y SALUD MENTAL Definición de la violencia La Organización Mundial de la Salud define la violencia como: El uso

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VIOLENCIA Y SALUD MENTAL Definición de la violencia La Organización Mundial de la Salud define la violencia como: El uso intencional de la fuerza o el poder físico, de hecho, o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones. Todo acto al que se le aplica una dosis de fuerza excesiva puede ser considerado como violento mientras que la agresión sólo sería una forma de violencia. Tipos de violencia 1. Violencia Psicológica Es toda acción u omisión que daña la personalidad, autoestima, identidad y desarrollo personal. Antecede a los otros tipos de violencia y produce una progresiva debilitación psicológica. Incluye: gritos, insultos, degradación, malos gestos, desprecios, burlas, chantajes, manipulación, amenazas (con golpes, abandono, castigos o quitarle a hijas e hijos, con dejar de aportar económicamente, con matarse, matarla o matar a seres queridos), rechazo, descalificación, recriminaciones, acusaciones falsas, explotación, silencio, indiferencia, ridiculización, humillación y comparaciones (muchas veces en público), críticas constantes, culpabilizar, ejercer control sobre la víctima (encerrarla en la casa), prohibición de ciertas actividades (salir, estudiar, trabajar, recrearse, cuidar de su salud y arreglo personal, tener amistades, relacionarse con su familia, espaciar y controlar embarazos), destrucción de sus objetos, creación de un ambiente de miedo, exigencia de toda la atención (incluso habiendo criaturas recién nacidas), matar mascotas, negligencia (en relación con niñez y personas adultas mayores; por ejemplo, dejar de cuidar su salud, alimentación, higiene y otras). 2. Violencia Física Ocurre cuando una persona infringe daño no accidental dirigido a lesionar la integridad corporal utilizando la fuerza física, armas, objetos o sustancias que pueden causar lesiones externas, internas o ambas. El castigo repetitivo no severo, también se considera violencia física. Este tipo de violencia incluye: jalones de pelo, pellizcos, empujones, sacudidas, bofetadas, puñetazos, patadas, lanzamiento de objetos (convertir en arma cualquier objeto para lastimar), quemaduras, golpes, mordidas, marcas o moretones y tortura, entre otros). 3. Violencia Patrimonial o Económica Son todas aquellas acciones u omisiones de quien violenta, que afectan la subsistencia de la persona o familia. Incluye dejar de aportar los gastos básicos a la familia; desorden, destrucción o despojo de los bienes personales o de la sociedad conyugal (implica la pérdida de la casa de habitación o del lugar de vivienda, los enseres y equipamiento doméstico), expropiación de tierra y de otros bienes, muebles o inmuebles; obligar a entregar sus ingresos, bienes pagados que son acreditados como propiedad de quien violenta, asignación de herencias desiguales (que desfavorecen a hijas, esposas y madres), bienes ajenos administrados por quien violenta, negando su derecho de opinar o decidir al respecto. Las leyes que impugnan la violencia las clasificamos en dos categorías, Nacionales e internacionales.

NACIONALES

1. Constitución Política de la República de Guatemala:  

Artículo 2. Deberes del Estado: Es deber del Estado garantizarles a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. Artículo 4. Libertad e igualdad: En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad.

2. Acuerdos de Paz: Específicamente el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, siendo de cumplimiento obligatorio para el Estado en aplicación de la Ley Marco de los mismos, el promover una legislación que tipifique el acoso sexual como delito y considere como una agravante en la definición de la sanción de todos aquellos delitos cometidos contra la mujer indígena.

3. Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar: Con la que se regula la aplicación de medidas de protección para garantizar la vida, integridad, seguridad y dignidad de las víctimas de violencia intrafamiliar.

4. Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer: Decreto 22-2008, del Congreso de la República, de 9 de abril de 2008, Artículo 19: Asistencia legal a la víctima. El Estado tiene la obligación de brindar la Asistencia Legal en forma gratuita a la víctima o a sus familiares, debiendo proporcionarles los servicios de una abogada Defensora Pública o abogado Defensor Público para garantizar el efectivo ejercicio de sus derechos. INTERNACIONAL

1. Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés): Decreto Ley No. 49-82 se basa en la “Declaración Universal de los Derechos Humanos que reafirma el principio de la no discriminación y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona puede invocar todos los derechos y libertades proclamadas en esa declaración, sin distinción alguna y por ende, sin distinción de sexo”.

2. Declaración y Programa de Acción de Viena: En 1,993 se realizó en Viena, la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos. En ella, los Estados Parte ratificaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptando la Declaración y el Programa de Acción de Viena, reconociendo como una violación de Derechos Humanos la violencia contra las mujeres, tanto en el ámbito privado como en el ámbito público.

3. Resolución 48/104 de Naciones Unidas: En 1,993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que es obligatoria para todos los miembros de Naciones Unidas y debe ser puesta en vigor internacionalmente a través de los Comités de Tratados Relevantes, como el de CEDAW.

4. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer: Llamada también Convención de Belem do Pará, por haberse adoptado en esa ciudad de Brasil, por parte de la Organización de los Estados Americanos, OEA, en 1,994; fue creada específicamente para combatir la violencia contra la mujer en búsqueda de su erradicación.

5. Declaración y Plataforma de Acción de la Conferencia Mundial de la Mujer de Beijing: En 1,995, dedica una sección al tema de la violencia contra las mujeres, reconociendo que su eliminación es esencial para la igualdad, desarrollo y la paz mundial.

Consecuencias de la Violencia Intrafamiliar y doméstica La violencia tiene efectos inmediatos sobre la salud de la mujer, que en algunos casos son mortales. Las consecuencias físicas, mentales y conductuales sobre la salud también pueden persistir mucho tiempo después de que haya cesado la violencia. Cuando niños y niñas viven la violencia doméstica, se vuelven tristes y violentos, no pueden asumir responsabilidades dentro de la familia o la escuela, y se van refugiando en amistades que tienen conductas peligrosas para ellos mismos y reprobadas por la ley como el alcoholismo, la drogadicción y la delincuencia. Debido a que la violencia es la única forma que conocen de convivir y relacionarse, estos niños y niñas se convierten fácilmente en futuros padres y madres violentos con sus hijos e hijas. Dentro de las consecuencias más frecuentes están la desintegración de la familia y la huida de niños y niñas del hogar, quienes se van a vivir a la calle y fácilmente son víctimas de nuevas formas de violencia, esta vez por parte de las autoridades o de las personas que sienten rechazo por ellos. Específicamente, las consecuencias de la Violencia en el seno familiar pueden ser de tipo físico, sexual y reproductivo, mentales y conductuales, como sigue. Físicas: Lesiones físicas agudas o inmediatas por ejemplo hematomas, excoriaciones, laceraciones, heridas punzantes, quemaduras o mordeduras, así como fracturas de huesos o dientes. Lesiones más graves que pueden conducir a discapacidad. Afecciones del aparato digestivo, problemas de salud a largo plazo o mala salud, incluidos síndromes de dolor crónico. Muerte, por ejemplo, por Femicidio o en relación con el Sida. Sexuales y reproductivas: Embarazo no planeado o no deseado. Aborto o aborto inseguro. Infecciones de transmisión sexual, incluida la infección por el VIH. Complicaciones del embarazo o aborto espontáneo. Hemorragias o infecciones vaginales. Infección pélvica crónica. Infecciones de las vías urinarias. Fístulas (desgarros entre la vagina y la vejiga o el recto, o ambos tipos de desgarro). Relaciones sexuales dolorosas. Disfunción sexual. Mentales: Depresión. Trastornos del sueño y de los hábitos alimentarios. Estrés y trastornosde ansiedad (por ejemplo, trastorno por estrés postraumático). Autoagresión e intentos de suicidio. Baja autoestima. Conductuales: Uso nocivo de alcohol u otras sustancias. Múltiples compañeros sexuales. Elección de parejas abusivas en etapas posteriores de la vida. Tasas bajas de uso de anticonceptivos y de condones.

TRATAMIENTO PSICOTERAPÉUTICO DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Los trabajos que se han desarrollado acerca de la intervención en víctima de violencia, concuerdan, a pesar de su diversidad, que los aspectos que deben ser abordados son: garantizar la integridad física de la mujer, favorecer la expresión emocional y la desculpabilización, para finalmente trabajar con la sintomatología que se presenta, las distorsiones cognitivas, los sentimientos de pérdida, la ansiedad, la depresión y el estrés post traumático (Grijalbo, 2004). Terapia de Género La mirada explicativa de género tiene un campo de acción centrado en elestudio del sistema de las relaciones de género a nivel social, cultural, colectivo a diferencia del campo de la psicología clínica que actúa a nivel individual. De este modo, la mujer víctima de Violencia Intrafamiliar, vista como sujeto de estudio, pasa a estar constituida por “las mujeres”. Es esta concepción acerca de las “mujeres en general”, es decir, que la mujer pasa a ser colectivizada, formando parte de un hipotético colectivo. Esta colectivización se fundaría en que todas ellas sufrirían de un mismo proceso de socialización, estarían inmersas en los patrones culturales específicos para la mujer en este orden patriarcal. (Fagalde y Sáez, 1997, pp 37 -52). En las terapias de género no existe unificación en torno a una vertiente en psicología, no existe una serie de técnicas unificadas; pero si existe un sistema de creencias acerca de la condición de opresión de las mujeres y un malestar psicológico que de esta condición se promueve Terapias constructivas y sistémicas La concepción sistémica considera en todo momento que la violencia se perfila como una estrategia relacional, donde permite traer al campo terapéutico el entramado relacional de la violencia y el funcionamiento del mismo dentro del sistema familiar (Guerrero, García, 2008). La idea principal de los teóricos sistémicos es la noción de causalidad circular. Según la perspectiva cognitivo-conductual (Douglas y Strom, J., 1988), la consecuencia de un episodio es resultado de las cogniciones, no del episodio en sí mismo. Orientación Cognitivo-conductista Actualmente se utilizan, sobre todo las terapias de grupo breves de enfoque cognitivoconductual, y están en la base de la mayoría de los enfoques psicoeducativos. Los “procesos” cognitivos consisten principalmente en distorsiones del pensamiento lógico, que intervienen en la interpretación de las informaciones; son reglas usadas para la selección y evaluación de los datos a disposición del sujeto. Técnicas cognitivas/conductuales A menudo se utilizan técnicas conductuales junto a las técnicas cognitivas. Sin embargo, con pacientes muy deprimidos, las técnicas conductuales pueden ser, en principio, la única vía de cambio, puesto que sus capacidades para el pensamiento abstracto y para verbalizar sus pensamientos pueden estar extremadamente limitadas. En estos casos, las intervenciones conductuales suelen ser eficaces para demostrar a los pacientes que no son débiles, incompetentes o inútiles (Caballo, 1993). Son útiles los ensayos cognitivos (ejercicios mentales de previsualización. También reestructurar cognitivamente los pensamientos o las interpretaciones. La Desensibilización Sistémica también se usa y la imaginación proyectada.

Terapia de Grupo La terapia de grupo, básicamente es la aplicación de técnicas psicoterapéuticas a un grupo de pacientes. Sin embargo, esta modalidad tiene una característica particular que le otorga un potencial terapéutico excepcional, que se refiere a que el grupo mismo sirve como instrumento de cambio en las interacciones paciente-paciente. Estas interacciones vienen a sumarse a la aplicación de técnicas específicas e intervenciones por parte del terapeuta (Yalom, 1986). Constructivista-Cognitiva El modo más actual de abarcar al ser humano está representado por este modelo, que pretende poner énfasis en la naturaleza activa y proactiva del conocimiento. Psicoeducación Un tipo de intervención, un instrumento, que puede estar dirigido tanto a la prevención, como a la asistencia y rehabilitación en salud, y que tiene como objetivo proteger a las personas implicadas en la situación, moderando la ansiedad generada a partir del desconocimiento y/o desinformación Expositiva Fomenta la extinción por exposición repetida. Puede requerirse demasiada repetición para que surta efecto. La víctima de violencia Si en el momento de la consulta verbaliza estar pensando en dejar su domicilio, se le darán los siguientes consejos:

1. Recoger documentación necesaria. 2. Fotocopiarla y dejársela a una persona de confianza. 3. No dar indicios de la intención de huída. 4. Pensar previamente el lugar donde acudir y no difundirlo. 5. Evitar los encuentros con el agresor. Si tiene que tratar temas de separación, hacerlo siempre a través de su abogado. Las agresiones machistas más violentas se producen precisamente cuando la mujer decide abandonar el hogar.

Cuando se detecta una alta probabilidad de que la mujer o sus hijos sufran un evento inminente con riesgo cierto para su vida, se debe considerarlo peligro extremo. Esta valoración se realizará conjuntamente con la mujer [CISNS, 2007].

CONCLUSIONES:



La violencia es todo acto al que se le aplica una dosis de fuerza excesiva puede ser considerado como violento mientras que la agresión sólo sería una forma de violencia.



Violencia psicológica que es toda acción u omisión que daña la personalidad, autoestima, identidad y desarrollo personal.



Violencia Física que es cuando se infringe daño no accidental que va con la intención de lesionar la integridad corporal utilizando la fuerza física armas, objetos o sustancias que puedan causar lesiones externas, internas o ambas.



Violencia Patrimonial o Económica que son todas aquellas acciones u omisiones de quien violenta, incluye no aportar gastos básicos a la familia, desorden, destrucción o despojo de los bienes personales o de la sociedad conyugal, expropiación de tierra y otros Bienes, obligar a entregar sus ingresos.



Violencia Sexual que es todo comportamiento que atenta contra la libertad sexual de las personas y constituye una manifestación común de violencia basada en género.



La violencia tiene efectos inmediatos sobre la salud de la mujer que en algunos casos son mortales, las consecuencias físicas , mentales y conductuales sobre la salud también pueden persistir mucho tiempo después de que haya cesado la violencia.



El tratamiento terapéutico tiene que ir dirigido a garantizar la integridad física de la mujer, favorecer la expresión emocional y la desculpabilización, para finalmente trabajar con la sintomatología que se presenta, las distorsiones cognitivas, los sentimientos de pérdida, la ansiedad, la depresión y el estrés post traumático.

RECOMENDACIONES: A) Actuación temprana (evento traumático reciente): Se recomienda mantener una actitud alerta si los síntomas son leves y de menos de 4 semanas de duración [C, Nice] y hacer una revisión de seguimiento en un mes. No debe ser práctica habitual de los servicios. B) Durante los tres primeros meses tras el evento traumático: • Se debe ofrecer terapia cognitivo conductual focalizada en el trauma (TCC-ft) en los tres meses posteriores a partir del evento traumático. [A, Nice] • Si el TEPT presenta síntomas severos se recomienda ofrecer TCC-ft en el primer mes tras el evento traumático en formato individual ambulatorio. [B, Nice] • La duración de la TCC-ft es de 8-12 sesiones, pero si el tratamiento empieza el primer mes tras el evento traumático pueden ser suficiente intervenciones psicológicas de 5 sesiones. [B, Nice] • Cuando se trata el evento traumático la sesión debe ser más larga (p.e. 90’). El tratamiento será regular y frecuente (una sesión a la semana, siempre con el mismo terapeuta). [B, Nice] • No deben ofrecerse de forma rutinaria ni la relajación, ni terapias no dirigidas al trauma. [B, Nice] • Si los tratamientos psicológicos recomendados no obtienen resultado, considerar otros tratamientos psicológicos (dinámicos, sistémicos, etc.) y/o añadirle tratamiento farmacológico. [C, Nice] • Para pacientes que rechazan tratamiento psicológico o que no quieran trabajar el trauma (p.e., porque la violencia doméstica todavía esté presente) se considerará paroxetina, mirtazapina, amitriptilina y fenelcina. [C, Nice] • Cuando el sueño es un problema principal, los hipnóticos pueden ser apropiados a corto plazo y a largo plazo los antidepresivos. [C, Nice] • Cuando existe depresión y/o hiperactivación severa que dificulte las habilidades de la paciente, puede beneficiar el desarrollo del tratamiento psicológico. [C, Nice] • Si se produce respuesta al tratamiento se debe mantener durante 12 meses, procediendodespués a una retirada gradual. [C, Nice] C) Más de tres meses después del evento traumático Son válidas las mismas recomendaciones del apartado anterior añadiendo comotécnica terapéutica en todos los casos la terapia de movimientos oculares y reprocesamiento(EMDR). Además: • La TCC-ft y EMDR pueden ofrecerse independientemente del tiempo transcurrido desde el trauma. [B, Nice] • Cuando se dan eventos traumáticos múltiples o prolongados en el tiempo con síntomas severos, problemas sociales y trastornos co-mórbidos asociados, el tratamiento puede extenderse más de 12 sesiones e integrarse en un plan global de cuidados. [C, Nice] • En aquellos casos con dificultad para relatar el trauma, el/la profesional dedicará sesiones para establecer una alianza terapéutica y permitir la estabilización emocional antes de centrarse en el trauma. [C, Nice]