Ejercicos de Economia (Resueltos)

Las funciones de demanda y oferta de zapatos (z) en el país A son QDAz = 100 – 20PAz y QOAz = 20 + 20PAz y en el resto d

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Las funciones de demanda y oferta de zapatos (z) en el país A son QDAz = 100 – 20PAz y QOAz = 20 + 20PAz y en el resto del mundo son QDRz = 80 – 20PRz y QORz = 40 + 20PRz. Obviamente el país A es grande en relación al resto del mundo. Con tales datos, determínense: 

Los precios de autarquía de los zapatos en el país A y en el resto del mundo.

Pais A (sin comercio) QDAz = QOAz ……. 100 – 20PAz = 20 + 20PAz ………… 100 – 20 = 20 PAz + 20 PAz 80 = 40 PAz…... PAz = 80/40…….. PAz = 2………… QDAz = 100 – 20(2) = 60 QOAz.= 20 + 20 (2) = 60 Resto del mundo (sin comercio) QDRz = QORz ……. 80 – 20PAz = 40 + 20PAz ………… 80 – 40 = 20 PRz + 20 PRz 40 = 40 PRz…... PRz = 40/40…….. PRz = 1………… QDRz = 80 – 20(1) = 60 QORz.= 40 + 20 (1) = 60

La función de demanda de importaciones del país A (su demanda interior menos su oferta interior) y la función de oferta de exportaciones del resto del mundo (su oferta interior menos su demanda interior).

Demanda Importaciones: QMAz = 100 – 20 PAz - 20 - 20PRz = 80 - 40 P Oferta de exportaciones: QXAz = 40 + 20PRz.- 80 + 20 PAz = -40 – 40 P 

El equilibrio en el comercio internacional de zapatos. 

Q = QXAz ……. 80 – 40P = -40 + 40P ………… MA z





80 + 40 = 40 P + 40 P  

120 = 80 P…...  P = 120/80 PRz = 1,5…………

QMAz = 80 – 40(1,5) = 20 QXAz.= -40 + 40 (1,5) = 20 

El equilibrio en dicho comercio si el país A impusiese un arancel de 0,5 u.m. por unidad importada.

Precio de zapatos importados con arancel = 1,5 + 0,5 = 2,0. No existe equilibrio en ese mercado, ya que el precio para que esto ocurra es 1,5 por lo que se produce una contracción de la demanda interna tanto de zapatos importados como nacionales. 

La variación de la cantidad demandada del país A provocada por el arancel (efecto consumo).

Al precio de 1,5 que es el de libre comercio, internamente se demanda: QDA = 100 – 20PAz = 100 – 20 (1,5) = 70 Al precio de 2,0 que incluye el arancel, internamente se demanda: QDA = 100 – 20PAz = 100 – 20 (2) = 60 La demanda se contrae en 10 unidades. 

La variación de la cantidad ofrecida por los productores del país A provocada por el arancel (efecto producción).

A nivel interno, el precio del zapato importado es 2,0 con el arancel (aunque el productor solo recibe 1,5) y los productores nacionales venderán los suyos en 2,0 también, por tanto la oferta interna es la de los productores de A mas la residual para exportaciones del resto del mundo QOAz (quien percibe 2,0 por su producto) mas QXAz. que cobra 1,5 por su oferta.

Los productores nacionales producen QOAz = 20 + 20P = 20 + 20 (1,5) = 50 sin arancel y con arancel QOAz = 20 + 20P = 20 + 20 (2) = 60, incremento de 10. Los fabricantes extranjeros producen QXAz = -40 + 40P = -40 + 40 (1,5) = 20 sin

arancel o con él. Por lo que el efecto total es

QOTAz = 20 + 20P – 40 + 40P =20 + 20(1,5) – 40 + 40(1,5) = 50 + 20 = 70 sin arancel y con este, 20 + 20P – 40 + 40P =20 + 20(2) – 40 + 40(1,5) = 60 + 20 = 80, la producción se incrementa en 10 con el arancel. 

La variación de las importaciones del país A provocada por el arancel (efecto comercio).

Ya que la demanda interna con el arancel es 60, el comercio podría reducirse a cero ya que los productores nacionales satisfacen esa cantidad de producto. Sin el arancel la demanda interna era 70 y la producción nacional 50, por lo que había importaciones de 20 pares de zapatos. 

Los ingresos arancelarios (efecto ingreso).

Ingresos arancelarios antes del arancel = 0 Posterior al arancel podrían ser nulos igual si el comercio se suprime, al ser satisfecho el mercado interno por producción nacional. 

Las variaciones de los excedentes del consumidor y del productor en el país A provocadas por el arancel.

Perdida bienestar por el consumidor que podía demandar 70 unidades a 1,5 y con el arancel demanda 60 a 2. EC = 70 (1,5) – 60(2) EC= 105 – 120……. EC = -15…………… En cambio el productor nacional vendía 50 a 1,5 y ahora venden 60 a 2. Su excedente de bienestar es EP = 60(2) – 50 (1,5) EP= 120 – 75……. EP = 45………….. 

El efecto neto total del arancel en el bienestar del país A EN = 45 – 15 = 30 a favor de los productores.

Sean dos países A y B, el primero de los cuales tiene un impuesto proporcional sobre la renta del 10% y aplica el principio de residencia. Un residente en A obtiene una renta de 300 euros, 250 de los cuales en el propio país A y los otros 50 en B. Sabiendo además que en B se le practicó una retención del 15%: 

¿Cuántos impuestos pagaría en A si para corregir la doble imposición este país aplicara el método del crédito fiscal?

Por principio de residencia: 300 x 0,1 = 30 Impuesto causado en país B: 50 x 0,15 = 7,5 Total a pagar sin corrección: 30 + 7,5 = 37,5 Crédito fiscal sin tope : 7,5 Total a pagar corregido: 37,5 – 7,5 = 30 

¿Cómo cambiaría tu respuesta a la pregunta anterior si A aplicara el método del crédito fiscal con tope máximo?

El crédito fiscal con tope máximo suele usar como referencia el tipo impositivo vigente en el país A, en este caso es 10%, por lo que el crédito fiscal no puede ser superior a este porcentaje. Crédito fiscal con tope máximo: 50 x 0,1 = 5 Total a pagar corregido: 30 + 7,5 – 5 = 32,5 

¿Y si A aplicara el método de la deducción?

En esta modalidad se asume el impuesto pagado en el país B como una reducción de la base imponible en A. Base imponible en A: 300 – 7,5 = 292,50 Impuesto por principio de residencia: 292,50 x 0,1 = 29,25 Total a pagar con deducción: 29,25 + 7,50 = 36,75 

Supongamos ahora que las 50 unidades de renta obtenidas en el exterior proceden de dividendos y que estos dividendos han sido obtenidos de una empresa que en B está sujeta a un impuesto de Sociedades del 30%. El país A, por su parte, aplica el método del crédito fiscal sin topes. ¿Cuál será ahora la respuesta a la primera pregunta?

Por principio de residencia: 300 x 0,1 = 30 Impuesto causado en país B: 50 x 0,3 = 15 Total a pagar sin corrección: 30 + 15 = 45 Crédito fiscal sin tope : 15 Total a pagar corregido: 45-15 = 30

Supuesto práctico numérico. Impuestos directos sobre la renta de las personas físicas y de las sociedades Un ciudadano del país A recibió, durante el año 2013, una retribución bruta por su trabajo en una oficina bancaria de la capital del país de 24.000 u.m. y unos dividendos brutos de 12.000 u.m. de una sociedad del país B que no tiene presencia de ningún tipo en A y sobre los que se practicó una retención en origen del 30%. En A se aplica el principio de residencia y en B el de origen. La tarifa del IRPF del país A es: Base hasta

Cuota

Resto hasta

Tipo resto

0

0

4.000

15

4.000

600

9.800

24

13.800

2.952

12.000

28

25.800

6.312

19.200

37

45.000

13.416

En 45 adelante

Con tales datos, determínense: a) La carga impositiva soportada por el ciudadano si no existe en el país A ningún mecanismo para evitar la doble imposición internacional. Principio de residencia (Base imponible) = 24.000 + 12.000 = 36.000 t = 30% = 0,3 T = Cuota + Resto = 6312 + (36.000 – 25.800) x 37% = 6.312 + 10.200 (0,37) TA = 6.312 + 3774 = 10.086 TB = 12.000 x 0,3 = 3.600 Ttotal = 10.086 + 3.600 = 13.686 b) El pago total de impuestos realizado por el ciudadano si en el país A se adopta como método corrector de la doble imposición: 

la exención en destino;

Se asume que los dividendos generados en el país B no son gravables: TA = Cuota + Resto = 2.952 + (24.000 - 13.800) x 28% = 2.952 + 10.200 (0,28) TA = 2.952 + 2.856 = 5.808



el crédito fiscal sin tope;

Crédito fiscal es lo pagado en el país B = 3.600 Ttotal = 13.686 + 3.600 = 10.086 

el crédito fiscal con tope máximo;

Asumiendo como tope máximo el impuesto que pagarían esos dividendos en el país B Crédito Fiscal = Cuota + Resto = 600 + (12.000 - 4.000) x 24% = 600 + 8.000 (0,24) Crédito Fiscal = 600 + 1920 = 2.520 Ttotal = 13.686 – 2.520 = 11.166 

la deducción.

Tomando los 3.600 pagados en el país B como deducible de la base imponible BI = 36.000 – 3.600 = 32.400 T = Cuota + Resto = 6312 + (32.400 – 25.800) x 37% = 6.312 + 6.600 (0,37) TA = 6.312 + 2.442 = 8.754 Ttotal = 8.754 + 3.600 = 12.354 Dados dos países A y B, se sabe que el PIBA = 100 y el PIBB = 80, y que sus consumos son CA = 70 y CB = 110. Considerando además que el país A tiene un impuesto indirecto uniforme del 10% y el país B lo tiene del 20%: 

¿Cuánto recaudaría cada país si el criterio aplicado fuese el de destino?

Considerando un impuesto al consumo calculado al tipo impositivo del país destino (donde se consume): TCA = 70 x 0,20 = 14 TCB = 110 x 0,10 = 11 Considerando un impuesto a la producción calculado al tipo impositivo del país destino (donde se produce): TYA = 100 x 0,20 = 20 TYB = 80 x 0,10 = 8 

¿Y si se aplica el criterio origen?

Considerando un impuesto al consumo calculado al tipo impositivo del país de origen: TCA = 70 x 0,10 = 7 TCB = 110 x 0,20 = 22

Considerando un impuesto a la producción calculado al tipo impositivo del país origen: TYA = 100 x 0,10 = 10 TYB = 80 x 0,20 = 18 

¿Qué país tendría que pagar una compensación y de cuánto, aplicando el criterio de origen?

El país B debería pagar una compensación a los contribuyentes del país A cuando paguen impuesto por flujos económicos que no se originan en B ya que establece un impuesto más alto. 

¿Qué problemas habría a la hora de pagar esta compensación y por qué?

Estas compensaciones son poco viables en la práctica, por la dificultad de circunscribir los flujos económicos a una fase especifica del proceso, por la existencia de bienes intermedios y diferentes eslabones en la cadena de comercialización, que van de un país a otro de forma fluida. Sean dos bienes, Y y Z, con precios internacionales PY = 25 y PZ = 100, que supondremos fijos. En el país A se produce y exporta el bien Z y se produce e importa el bien Y; en el resto del mundo (R) al revés, se produce e importa Z y se produce y exporta Y. Supongamos también que la oferta de trabajo es fija e inmóvil entre países, mientras que la oferta de capital, aunque fija, es móvil entre países. Esta libre circulación del capital asegura que el tipo de interés vigente, r = 0,1, sea el mismo en el país A y en el resto del mundo. Con tales datos, determínense: 

La RMSAYZ, la RMTAYZ, la PMKAY, la PMKAZ, la PMKRY y la PMKRZ en la situación eficiente.

En una situación eficiente RMSAYZ = RMTAYZ = Py/Pz que en este caso es igual a 25/100 = 0,25. Asimismo, en este escenario, la PMK en ambos países para todos los bienes (Y, Z) es la misma, en caso contrario, habría diferencias para la movilidad del capital de una industria a otra o de un país a otro, la cual equivale al tipo de interés devengado por el capital, por lo que: PMKAY = PMKAZ = PMKRY = PMKRZ = r = 0,10 

La RMSAYZ, la RMTAYZ, la PMKAY, la PMKAZ, la PMKRY y la PMKRZ si el país A establece un impuesto sobre la producción de Z al tipo tZ = 0,15.

En esta situación igualmente RMSAYZ = RMTAYZ = Py/Pz que en este caso es igual a 25/(100 x 1,15) = 0,22. Asimismo, en este escenario, la PMK en ambos países para todos los bienes (Y, Z) es la misma, en caso contrario, habría diferencias para la

movilidad del capital de una industria a otra o de un país a otro, la cual equivale al tipo de interés devengado por el capital, por lo que: PMKAY = PMKAZ = PMKRY = PMKRZ = r = 0,10 

La RMSAYZ, la RMTAYZ, la PMKAY, la PMKAZ, la PMKRY y la PMKRZ si el país A establece un impuesto tanto sobre la producción de Z como sobre la de Y, al mismo tipo t = 0,15 para ambas.

En esta situación igualmente RMSAYZ = RMTAYZ = Py/Pz que en este caso es igual a (25 x 1,15)/(100 x 1,15) = 0,25. Asimismo, en este escenario, la PMK en ambos países para todos los bienes (Y, Z) es la misma, en caso contrario, habría diferencias para la movilidad del capital de una industria a otra o de un país a otro, la cual equivale al tipo de interés devengado por el capital, por lo que: PMKAY = PMKAZ = PMKRY = PMKRZ = r = 0,10 

La RMSAYZ, la RMTAYZ, la PMKAY, la PMKAZ, la PMKRY y la PMKRZ si el país A establece un impuesto sobre el consumo de Y al tipo tY = 0,2.

En esta situación igualmente RMSAYZ = RMTAYZ = Py/Pz que en este caso es igual a (25 x 1,20)/100 = 0,30. Asimismo, en este escenario, la PMK en ambos países para todos los bienes (Y, Z) es la misma, en caso contrario, habría diferencias para la movilidad del capital de una industria a otra o de un país a otro, la cual equivale al tipo de interés devengado por el capital, por lo que: PMKAY = PMKAZ = PMKRY = PMKRZ = r = 0,10 

La RMSAYZ, la RMTAYZ, la PMKAY, la PMKAZ, la PMKRY y la PMKRZ si el país A establece un impuesto tanto sobre el consumo de Y como sobre el de Z, al mismo tipo t = 0,2 para ambos.

En esta situación igualmente RMSAYZ = RMTAYZ = Py/Pz que en este caso es igual a (25 x 1,20)/(100 x 1,20) = 0,25. Asimismo, en este escenario, la PMK en ambos países para todos los bienes (Y, Z) es la misma, en caso contrario, habría diferencias para la movilidad del capital de una industria a otra o de un país a otro, la cual equivale al tipo de interés devengado por el capital, por lo que: PMKAY = PMKAZ = PMKRY = PMKRZ = r = 0,10



El capital invertido en las producciones de Z e Y en el país A en las tres primeras situaciones, sabiendo que en dicho país se aplican cuatro unidades de trabajo a la producción de Z y dieciséis a la de Y, y que en él el producto marginal del capital es PMK = 0,5K–0,5L0,5 en cualquiera de ambos sectores productivos.

LAy = 16 ; LAz = 4; KAy = ?; KAz = ?; PMK = r = 0,1 PMK = 0,5 K-0,5L0,5 0,1 = 0,5 K-0,5160,5 0,1 = 0,5 K-0,54 0,1 = 2 K-0,5 K0,5 = 2/0,1 K0,5 = 20 KAy = 400 PMK = 0,5 K-0,5L0,5 0,1 = 0,5 K-0,540,5 0,1 = 0,5 K-0,52 0,1 = 1 K-0,5 K0,5 = 1/0,1 K0,5 = 10 KAz = 100