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SUMILLA: FORMULA DESCARGO. SEÑORA: DIRECTORA DEL HOSPITAL VI “AUGUSTO HERNANDEZ MENDOZA” Presente. -  Ref. Resolución

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SUMILLA: FORMULA DESCARGO.

SEÑORA: DIRECTORA DEL HOSPITAL VI “AUGUSTO HERNANDEZ MENDOZA” Presente. -

 Ref. Resolución de Inicio de Procedimiento Trilateral Sancionador fecha 13.11.19

LAS ABAJO FIRMANTES LICENCIADAS EN ENFERMERIA DEL SERVICIO DE UCI - UCIN del Hospital IV Augusto Hernández Mendoza - ESSALUD, ante usted con el debido respeto nos presentamos y decimos: Con la facultad que me confiere el artículo 235º de la Ley N° 27444 TUO Ley de Procedimiento Administrativo Sancionador1, procedemos a efectuar el descargo respectivo, frente al inicio del Procedimiento Trilateral Sancionador en contra de la IPRESS Seguro Social de Salud “Augusto Hernández Mendoza, con motivo de la atención brindada a la paciente TERESA ANGÉLICA HIDALGO DE MUÑOZ, la cual fuera atendida en el servicio de UCIN desde el día 15 de setiembre al 12 de Octubre del 2017, pasando a detallar:

I.

FUNDAMENTOS DE HECHO. -

15 de Setiembre del 2017 a horas 9:00 pm transferida del servicio de Observación 1

Artículo 235.- “Decidida la iniciación del procedimiento sancionador, la autoridad instructora del procedimiento formula la respectiva notificación de cargo al posible sancionado, la que debe contener los datos a que se refiere el numeral 3 del artículo precedente para que presente sus descargos por escrito en un plazo que no podrá ser inferior a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación.”

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La paciente Teresa Angélica Hidalgo de Muñoz ingresa al servicio de UCIN el día

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1. DEL DIAGNOSTICO MEDICO DEL AREA DE EMERGENCIA. -

del Área de Emergencia., y es instalada en la unidad de UCIN asignándola en la cama 205 – Aislados, dicho paciente es traída por personal de enfermería y técnico de enfermería.  Dx. Médico del Área de Emergencia Paciente presenta:  Insuficiencia respiratoria aguda  Sepsi Foco Urinario.  Neumonía  Sepsi Foco Respiratorio.  HTA  D/ ECV. Antecedentes:  ECV  HTA en tratamiento  Enfermedad de Parkinson en tratamiento a la fecha.  Fractura en cadera derecha con prótesis.  Padeció de Neumonía hace 6 meses.  ITU.  Presenta cuadro de desnutrición.

2. DEL ESTADO DE SALUD DEL PACIENTE AL INGRESO AL AREA DE UCIN. La paciente se encuentra somnolienta, no responde al llamado realizado por el personal asistencial, solo responde a estímulos dolorosos.  Presenta escala de Glasgow: Apertura Ocular 2, Respuesta Verbal=1, Respuesta Motora= 4 Puntaje 7/15.  Con TET y ventilación espontánea con FIO2 al 50% y Saturación de Oxigeno

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 Presenta frecuencia respiratoria de 16 a 30 por minuto.

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92%.

 Moviliza secreciones bronquiales amarillas purulentas por TET y secreciones espumosas por boca.  Control de funciones vitales: 

198/67 mmHg



Frecuencia cardiaca 106 por minuto.



Presenta Taquicardia e hipertensión arterial.

 Con 2 dispositivos intravenosos:  El primero con CINA 9% más agregados a 30 gotas por minuto  El segundo con infusión de Nitroglicerina a 10 microgotas por minuto por bomba infusora.  Se observa la piel con palidez marcada, delgada, caquexia, presenta además lesiones equimóticas en ambos antebrazos.  Con UPP con eritema y esfacelación de piel de 6.5 cm por 6.5 cm en región sacra. Así mismo se señala que al recibir al paciente proveniente del área de emergencia, se procedió a realizar el oscultamiento pertinente en presencia del personal de enfermería del servicio de emergencia que reporta a paciente, y se hizo de su conocimiento la presencia de la UPP en región sacra, pero extrañamente no consta en las notas de enfermería de dicho personal. Durante el día de ingreso a la Unidad de UCIN, la paciente presento paro cardiorespiratorio y se le brindo RCP avanzado con éxito, por lo que a la paciente se le inicia Ventilación mecánica en A/C por volumen y FiO2 100%. Además se inicia tratamiento inotrópico: Noradrenalina a 10 microgotas por minuto por bomba infusora por hipotensión Post Paro cardiorespiratorio; asi como la medicación indicada por el medico tratante. La paciente estuvo hospitalizada por un total de 27 dias en el servicio de UCIN siendo dada de alta y trasladada al servicio de medicina del mismo hospital el dia 12 de Octubre a las 3:30 pm.

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ENFERMERIA DE UCIN. -

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3. DE LA ATENCIÓN BRINDADA POR PARTE DEL PERSONAL DE

La paciente en mención recibió todos los cuidados pertinentes por parte del personal de enfermería asignado a dicha área, como son administración de terapia, movilizaciones programadas de acuerdo al estándar del servicio, alimentación y confort, pasando a detallarlos:  Se brindó atención eficiente, oportuna y especializada a la paciente durante los días de estancia en UCIN.  Se administró el tratamiento médico y farmacológico en el modo y forma que fuera prescrito por el médico, integrando el conocimiento científico y juicio crítico de acuerdo a las situaciones presentadas en el estado de salud de la paciente.  Se brindó apoyo emocional al paciente y familia según lo requerían.  Se participó en la aplicación de técnicas de Reanimación Cardiopulmonar mediante procedimientos mecánicos, uso de equipos y medicamentos a la paciente, cuando sufriera para cardiorrespiratorio.  Se realizaron las acciones pertinentes para la satisfacción de las necesidades básicas de la paciente como son: higiene, confort, alimentación y tratamiento de la UPP.  Se administró, controló y valoró la administración de oxigenoterapia desde la iniciación de ventilación mecánica de la adecuada.  Se realizó y valoró el monitoreo cardiorrespiratorio y neurológico de la paciente, así mismo se comunicó de forma oportuna al médico tratante los signos de alarma cada vez que estos se presentaban.  Se realizó el balance hídrico estricto de la paciente, informado las características y alteraciones de los patrones normales cada vez que era necesario.  Se realizaron las movilizaciones de la paciente de acuerdo al protocolo:  Cambios posturales cada 2 horas y lubricación de la piel de la paciente.  Colocación de almohadas de protección en zonas de presión.

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 Curación de la UPP según protocolo.

4. DE LA CONDICION FISICA DE LA PACIENTE. –

 Se trata de una paciente de 85 años de edad, la cual es considerado un paciente Adulto mayor (personas mayores de 60 años, en los países más desarrollados son los mayores de 65 años); se debe tener presente el proceso de envejecimiento humano el cual es progresivo, dinámico e irreversible, el cual involucra la disminución de las capacidades de los diferentes órganos y sistemas para responder a cambios en el medio ambiente o en el medio interno. Los numerosos cambios que se producen en la persona durante la vejez pueden provocar problemas de salud o agravarlos si es que ya los presenta.

 Paciente con ACV y Fractura de cadera derecha; dicha condición de saluda conlleva al síndrome de Inmovilidad o Síndrome de dismovilidad. El síndrome de inmovilidad puede deteriorar enormemente la calidad de Vida (consecuencias sociales, físicas y psicológicas) y requiere de una atención inmediata porque propicia un alto riesgo en la aparición de complicaciones médicas. Las causas de inmovilidad en el adulto mayor son frecuentemente la falta de fuerza o debilidad muscular, la rigidez, el dolor, alteraciones del equilibrio y problemas psicológicos. Pero este síntoma se agrava frente a enfermedades agudas, sobre todo tras las hospitalizaciones a causa de estas. Las siguientes causas son las más frecuentes y afectarán a la forma de presentación del síndrome, su tratamiento y pronóstico:  Enfermedades reumatológicas, por el dolor y la deformidad articular.  Enfermedades musculoesqueléticas (osteoporosis, artritis...)  Accidente cerebrovascular (infarto o hemorragia cerebral).  Fracturas (la más frecuente es la de cadera).  Enfermedades crónicas (Parkinson, Alzheimer, Osteoartrosis, neoplasias).  Demencias en fases avanzadas.  Neuropatías periféricas, sobre todo en diabéticos.

 Mala nutrición.

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resistencia al ejercicio.

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 Enfermedades cardiacas y respiratorias que van limitando progresivamente la

 Trastornos de la marcha, vértigo posicional, síndrome postcaida.  Ciertos factores extrínsecos como son la prescripción de reposo, la sobreprotección, ciertos fármacos, la hospitalización o la falta de apoyo social. En el tratamiento del síndrome de inmovilidad, la fisioterapia tiene un papel imprescindible, utilizando todas sus herramientas para disminuir las secuelas y actuando en colaboración con las personas de su entorno, para la prevención de caídas y complicaciones por la inmovilidad. Este tratamiento tendrá como objetivo alcanzar el nivel de movilidad anterior en la medida de lo posible.  Paciente presenta cuadro de desnutrición; de acuerdo al diagnóstico dado por el Área de Emergencia, por lo que se debe tener en cuenta los factores fisiológicos, psicológicos y sociales asociados al envejecimiento porpio del desarrollo de la persona, los mismos que afectan la ingesta de alimentos, aspecto vital en la salud nutricional del adulto mayor, situación que aumenta la exposición a padecer desnutrición u obesidad. Algunos cambios fisiológicos propios del envejecimiento hacen que el metabolismo de los alimentos cambie y que sea necesario un aporte adecuado para mantener un equilibrio nutricional, es preciso que las enfermeras conozcan los cambios que atraviesan los adultos mayores durante el envejecimiento, para brindar una educación acertada que permita mejorar el bienestar de los mismos, además de, asegurarse de que el adulto mayor reciba atención centrada y adaptada a las necesidades individuales. Un adulto mayor con cuadro de mal nutrición presenta deficiencia de micronutrientes como calcio, vitamina D, vitamina B12 y folato puede inducir a una disminución de reacción del sistema inmune y provocar peligro para la vida.  Paciente con prescripción de Inotrópicos: Los medicamentos vasoactivos son agentes farmacológicos que inducen cambios vasodilatación), generando cambios en la presión arterial media (hipertensión ó hipotensión). Los medicamentos vaso activos comprenden: Vasopresores, inotrópicos e

significativas, además de poseer varias interacciones con otras drogas. ipoperfusión:

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Los vasopresores e inotrópicos tienen el potencial de causar complicaciones

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hipotensores.

Una vasoconstricción excesiva (>1300 dinas x seg/cm5) en respuesta a la hipotensión y a los vasopresores puede producir una perfusión inadecuada a las extremidades, órganos mesentéricos o riñones. Ocurre en pacientes que tienen inadecuado GC o tuvieron una resucitación con fluidos inapropiada. Los hallazgos iniciales que pueden sufrir los pacientes que le son suministrados este tipo de medicación son cambios en la piel de la punta de los dedos de manos o pies, de color oscuro, que puede progresar a auto amputación digital.  Necrosis franca Ulcera por presión: En la UCIN, las enfermeras intensivistas nos enfrentamos día a día a patologías severas, pacientes con alteraciones fisiológicas agudas que ponen en riesgo sus vidas y que necesitan de una atención inmediata, humana y tecnológica que brinde la posibilidad de recuperación; la cual requiere de procedimientos diagnósticos y terapéuticos intensivos, monitoreo invasivo y no invasivo empleándose materiales de ayuda terapéutica inevitable que en contacto prolongado con el cuerpo del paciente puede presentar UPP o agravarse si ya las presentaban. Durante las prácticas hospitalarias, nosotras como profesionales de enfermería nos preocupa principalmente estabilizar las funciones fisiológicas de los pacientes que tenemos a nuestro cargo; a través de procedimientos de urgencia, aplicación de medicinas, monitoreo invasivo y no invasivo; una vez se encuentre estable el paciente, realizamos los cambios posturales, cuidados de la piel a través de prácticas adecuadas, pero aún así en nuestro medio suelen observarse laceraciones en la piel de los pacientes, como son en la cara, zona naso geniana, mucosa oral, fosas nasales, estomas, alrededor de los tubos de drenajes, en ingle en pacientes post cateterismo cardiaco, en extremidades inferiores y superiores (dedos). Pero se debe tener entender que la piel constituye la primera defensa del organismo contra agentes causantes de enfermedades y que en la UCIN existe aumento de la morbilidad de los hospitalizados debido a una serie de factores que ponen en riesgo la vida como: la gravedad del paciente, drogas utilizadas, deterioro del nivel de conciencia,

adelgaza, aun cuando la cantidad de capas celulares permanece sin cambio alguno.

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degenerativas y edad. Con el envejecimiento, la capa extrema de la piel (epidermis) se

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estado hemodinámico, sedonalgesia, sedación, inmovilidad, enfermedades crónicas

Las glándulas sebáceas producen menos aceite a medida que usted envejece, esto hace más difícil mantener la piel humectada, lo que causa resequedad y picazón, aumentando el riesgo de lesión de la piel y reduce la capacidad de conservar la temperatura corporal, por lo que si no se tiene el cuidad adecuado, el simple hecho de frotar o jalar la piel pueden causar desgarros cutáneos, e incluso los vasos sanguíneos son ya tan frágiles que se pueden romper fácilmente, formándose moretones y acumulaciones de sangre planas (púrpura) después de una lesión menor. Por tal motivo son fáciles de surgir las úlceras de decúbito, pudiendo ser provocadas por cambios en la piel, pérdida de la capa de grasa, una disminución de la actividad, mala nutrición y enfermedades, por lo que suelen observarse llagas principalmente en la superficie externa de los antebrazos, pero pueden aparecer en cualquiera otra parte del cuerpo "Hay muchos factores que inciden en la formación, evolución y cura de úlceras, tales como la incontinencia, la movilidad, la nutrición, las infecciones y el verano”. La curación de una herida puede ser hasta 4 veces más lenta. Esto contribuye a la generación de úlceras de decúbito e infecciones. 5. DE LAS CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS EN EL SERVICIO DE ENFERMERIA EN UCI -UCIN

 Se solicita a los familiares de todos los pacientes que ingresan al servicio UCI - UCIN los útiles de aseo primordiales, incluidas cremas hidratantes para la piel del paciente, almohadas para protección de zonas de presión y si pudieran adquirir colchones neumáticos ya que la unidad cuenta con un solo colchón neumático.  A pesar de que no está incluido en el petitorio de material para la Unidad de UCI UCIN los parches hidrocoloides para la curación de las UPP, se nos provee en forma restringida de dicho material, pero no nos exime de realizar las curaciones respectivas usando cremas y apósitos de gasa para cubrir las UPP, realizando cada enfermera la valoración pertinente en cada turno y curación diaria de las UPP.  Se debe tener en cuenta que en la actualidad las UPP han sido catalogadas como

enfermera de la unidad de UCI-UCIN comunica al médico de turno sobre la curación

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aparecen como diagnóstico en las hojas de evolución o en los informes médicos. La

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patologías sin mucha importancia o patología sumergida, ya que casi nunca

y evolución de la UPP en los pacientes hospitalizados en la unidad, lo cuál debería ser informado por el médico a los familiares en el informe diario de la evolución de pacientes.  El paciente cuando ingresa a una Unidad de Cuidados Intensivos pierde su autonomía, convirtiéndose en un ser dependiente de la atención que le ofrece el Equipo de salud, en este equipo se encuentra la enfermera, quien tiene la Responsabilidad de proporcionar el cuidado asistencial como es: la administración De medicamentos, el cuidado corporal que va desde el baño en cama hasta el cuidado de la piel para prevenir deterioro en la misma, la administración de la dieta, la fisioterapia respiratoria entre muchas otras; por lo que la enfermera que labora en la unidad de cuidados intensivos se convierte durante su práctica profesional en una "madre sustituta", puesto que está ayudando a solucionar las alteraciones que se encuentran presente en este enfermo. Estas actividades las realizamos para la atención de los 5 pacientes que se encuentran hospitalizados en la UCIN con grado de dependencia III y IV.  Dotar de material e insumos necesarios para realizar nuestra labor de manera adecuada.

II.

DE LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO:

 Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, que señala en el Artículo 165.- Hechos no sujetos a actuación probatoria: “No será actuada prueba respecto a hechos públicos o notorios, respecto a hechos alegados por las partes cuya prueba consta en los archivos de la entidad, sobre los que se haya comprobado con ocasión del ejercicio de sus funciones, o sujetos a la presunción de veracidad, sin perjuicio de su fiscalización posterior.  Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, que señala en el Inciso 9 del art. 230 Presunción de licitud: “Las entidades deben presumir que los

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evidencia en contrario.”

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administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no cuenten con

 Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, que señala en el Inciso 4 del art. 234 Caracteres de Procedimiento Sancionador: “Otorgar al administrado un plazo de cinco días para formular sus alegaciones y utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico conforme al numeral 162.2 del Artículo 162, sin que la abstención del ejercicio de este derecho pueda considerarse elemento de juicio en contrario a su situación.”  Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, que señala en el Inciso 3 del art. 235 Del Procedimiento Sancionador: “Decidida la iniciación del procedimiento sancionador, la autoridad instructora del procedimiento formula la respectiva notificación de cargo al posible sancionado, la que debe contener los datos a que se refiere el numeral 3 del artículo precedente para que presente sus descargos por escrito en un plazo que no podrá ser inferior a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación.”

III.

MEDIOS PROBATORIOS. –

1. Ofrecimiento de medios probatorios del descargo: Ofrezco y adjunto los siguientes documentos: 1.1

Nota de Ingreso al servicio de UCIN de la paciente TERESA ANGÉLICA HIDALGO DE MUÑOZ, con fecha 15.09.17, en el cual se ha reportado el estado de salud real con el cual ingreso dicha paciente por parte del Medico a cargo de dicha área.

1.2

Hoja de Intervención Terapéutica de la paciente TERESA ANGÉLICA HIDALGO DE MUÑOZ, con fecha 15.09.17, en el cual se ha reportado el estado de salud real con el cual ingreso dicha paciente por parte del personal de enfermería del área de UCIN.

Nota de Ingreso al servicio de UCIN de la paciente TERESA ANGÉLICA HIDALGO DE MUÑOZ, con fecha 15.09.17.

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1.

ANEXOS:

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IV.

2.

Hoja de Intervención Terapéutica de la paciente TERESA ANGÉLICA HIDALGO DE MUÑOZ, con fecha 15.09.17.

POR TANTO:

Solicito se tenga por formulado mi descargo por parte de los suscribientes, el mismo que tiene como pretensión la absolución de los cargos que se nos pudieran imputar.

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Ica, noviembre del 2019.