Derecho Civil Vi (Obligaciones) - Tema-Caso 4

FACULTAD DE DERECHO DERECHO CIVIL: OBLIGACIONES TEMA 4 CASOS 1. PRIMUS es propietario de un perro de raza labrador, col

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FACULTAD DE DERECHO DERECHO CIVIL: OBLIGACIONES TEMA 4 CASOS 1.

PRIMUS es propietario de un perro de raza labrador, color hueso, de tres años de edad, de nombre ARGOS. ARGOS ha salido campeón en una serie de torneos caninos nacionales e internacionales. Una mañana, en un descuido de la empleada de PRIMUS, ARGOS escapa de a casa. PRIMUS desesperado pone un aviso en el periódico que dice: SE BUSCA Perro de raza labrador, color hueso, de tres años de edad, responde al nombre de ARGOS. Se ofrece como recompensa la suma de US $ 5,000 (cinco mil dólares). Comunicarse con PRIMUS al teléfono 345-2356. SECUNDUS que ha encontrado al animal, el 15 de enero de 2001 llama por teléfono a PRIMUS y le comunica que ha encontrado a ARGOS y que acepta la recompensa. SECUNDUS entrega a ARGOS pero hasta la fecha PRIMUS no ha cumplido con pagar la recompensa ofrecida. SECUNDUS demanda a PRIMUS por incumplimiento del contrato. Él alega que el aviso de PRIMUS constituye una oferta al público conforme lo dispone el artículo 1388 del Código Civil y de acuerdo al artículo 1374 del Código Civil el contrato se ha celebrado el 15 de enero de 2001 con su aceptación. PRIMUS por su parte contesta diciendo que no existe contrato entre él y SECUNDUS y que, por tanto, a lo sumo correspondería que lo demanden por daños y perjuicios en la responsabilidad extracontractual. Se le consulta ¿quién tiene razón? ¿Por qué?

2.

PRIMUS es un joven ejecutivo trujillano que se encuentra en Lima de vacaciones. Luego de viajar al Cusco y visitar los diferentes restos arqueológicos, incluyendo Machu Picchu, ha decidido quedarse tres días en Lima para conocer algunos lugares turísticos de la ciudad. Un día, regresando del centro de Lima a su hotel en Miraflores deja olvidado en el taxi un bolso que contenía papeles sin importancia y, además, una billetera con US $ 5,000 (cinco mil dólares de los Estados Unidos de América).

SECUNDUS, chofer del taxi, al percatarse del olvido, vuelve al hotel donde dejó a PRIMUS para devolverle el bolso. SECUNDUS reclama una recompensa. PRIMUS se niega aduciendo que él nunca ofreció recompensa alguna. Se le consulta: a) ¿Existe obligación de PRIMUS de pagar recompensa a SECUNDUS? b) Si su respuesta fuera afirmativa ¿cuál es la fuente? c) Si sus respuestas anteriores son afirmativas y PRIMUS se negara a pagarla ¿qué tipo de responsabilidad se genera? 3.

PRIMUS III acaba de salir del colegio y se está preparando para ingresar a la Universidad, pero todavía no tiene decidido si estudiará Derecho como su abuelo PRIMUS I o si estudiará diseño de interiores como su papá PRIMUS II. PRIMUS I, abuelo de de PRIMUS III, es un prestigioso jurista ya retirado de la profesión que vive de sus rentas en Hawai dedicado al surf. Al enterarse que PRIMUS III ha acabado el colegio le envía una carta (que llega al domicilio de PRIMUS III el 15/9/2004) donde le señala: “PRIMUS III si ingresas a la Universidad para estudiar Derecho y obtienes el título de abogado te entregaré la suma de US $ 1’000,000 (un millón de dólares de los Estados Unidos de América”. Se le consulta: 1) ¿Existe una relación obligatoria entre PRIMUS III y PRIMUS I? ¿Cuál es su fuente? (¿será una donación?) ¿Desde cuándo? 2) PRIMUS III ha estudiado Derecho y ha obtenido el título de abogado ¿puede exigir de PRIMUS I la entrega de la suma de dinero? Si su respuesta fuera afirmativa ¿qué puede hacer si PRIMUS I se niega a pagar?

4.

PRIMUS es un estudiante tacneño que estudia derecho en una prestigiosa universidad privada de la capital. Con ocasión de las fiestas patrias suele viajar a Tacna para pasar sus vacaciones de medio año con su familia. PRIMUS celebra un contrato de transporte terrestre de pasajeros con TRANSPORTES EL BRUJO S.A. En virtud de este contrato TRANSPORTES EL BRUJO S.A se obliga a transportar a PRIMUS hasta la ciudad de Tacna ida y vuelta. Las partes acuerdan que la retribución sería pagada al regreso en la ciudad de Lima. TRANSPORTE EL BRUJO S.A cumple con su obligación pero PRIMUS se niega a pagar, por lo que es demandado judicialmente por la empresa de transportes. En el proceso se ha declarado de oficio la nulidad de dicho contrato por una causal prevista en el artículo 219 del Código Civil. TRANSPORTE EL BRUJO S.A le consulta a usted si puede reclamarle la retribución a PRIMUS o si la nulidad del contrato implica que PRIMUS ha viajado gratuitamente.

5.

El Ministerio del Interior publica en diversos diarios de Lima un aviso donde se lee: “Se ofrece una recompensa de S/ 100,000 a quien proporcione información que permita la captura del camarada PRIMUS, un peligroso terrorista perteneciente al grupo Sendero Brillante”. Se le consulta a) ¿Se ha generado una obligación? ¿Se trata de una promesa pública de recompensa? b) Si en el aviso no se indicara el monto de la recompensa (Sólo se dice: “Se recompensará a quien brinde información”) ¿se habría generado una obligación? Nota: Revisar el Decreto Supremo No. 004-2002-IN

6.

Supermercado Galax, con ocasión de celebrar un año de su inauguración, ha organizado un sorteo entre sus clientes de un automóvil Toyota Corona del año, 0 Kms. Por la cada S/ 10 de compras les entrega un cupón que luego de ser llenado con los datos personales del cliente es depositado en un ánfora situada en la entrada de su única tienda en San Juan de Lurigancho. El día 28 de junio, día central del aniversario de Supermercado Galax, se realiza el sorteo en presencia del Notario Público de Lima, el Dr. Rudecindo Marmanillo, resultado ganador PRIMUS. Se le consulta: 1) ¿Supermercado Galax se encuentra obligado a entregar el automóvil? De ser afirmativa su respuesta, señale cuál es la fuente (¿promesa unilateral, juego y apuesta, donación o alguna otra fuente?) 2) Si se determinara que Supermercado Galax no cuenta con la autorización del Ministerio del Interior ¿cuál sería la consecuencia? Nota: Revisar artículo 23 del Decreto Legislativo No. 716 (TUO aprobado mediante Decreto Supremo No. 039-2000-ITINCI); Decreto Supremo No. 006-2000-IN (1 junio de 2000)

7.

PRIMUS es propietario de un perro de raza labrador, color hueso, de tres años de edad, de nombre ARGOS. ARGOS ha salido campeón en una serie de torneos caninos nacionales e internacionales. Una mañana, en un descuido de la empleada de PRIMUS, ARGOS escapa de a casa. PRIMUS desesperado pone un aviso en el periódico que dice: SE BUSCA Perro de raza labrador, color hueso, de tres años de edad, responde al nombre de ARGOS. Se dará buena gratificación. Comunicarse con PRIMUS al teléfono 345-2356. ¿PRIMUS está obligado a pagar a SECUNDUS la recompensa?

8.

PRIMUS es propietario de un perro de raza labrador, color hueso, de tres años de edad, de nombre ARGOS. ARGOS ha salido campeón en una serie de torneos caninos nacionales e internacionales. Una mañana, en un descuido de la empleada de PRIMUS, ARGOS escapa de a casa. PRIMUS desesperado pone un aviso en el periódico que dice: SE BUSCA Perro de raza labrador, color hueso, de tres años de edad, responde al nombre de ARGOS. Se ofrece como recompensa la suma de US $ 5,000 (cinco mil dólares). Comunicarse con PRIMUS al teléfono 345-2356. SECUNDUS que ha encontrado al animal, el 15 de enero de 2001 llama por teléfono a PRIMUS y le comunica que ha encontrado a ARGOS y que acepta la recompensa. SECUNDUS tiene doce (12) años. ¿PRIMUS está obligado a pagar a SECUNDUS la recompensa?

9.

SECUNDUS se despierta una mañana. Mientras toma desayuno lee el periódico y encuentra el siguiente anuncio. SE BUSCA Perro de raza labrador, color hueso, de tres años de edad, responde al nombre de ARGOS. Se ofrece como recompensa la suma de US $ 5,000 (cinco mil dólares). Comunicarse al teléfono 345-2356. Se le consulta si, en la medida que no es posible identificar a quien ofrece la recompensa, existe una relación obligatoria.

10. El 12 de junio de 2008 se publica en el Diario El Tumi de Lima el aviso convocando al 1er Concurso de Cómics: “Buscando al superhéroe peruano”. Se señala: Participantes:  Una sola categoría abierta al público en general.  Se puede participar de manera individual o en dupla creativa.  Cada inscrito podrá participar enviando como máximo 3 historietas, ya sea individual o en dupla. Formato:

 Los materiales deben tener como máximo 4 páginas A4.  Es potestad del participante diseñar a full color o en blanco y negro.  El material se debe entregar en formato digital. Fechas y lugar de entrega:  Inicio de recepción de propuestas: lunes 9 de junio.  Cierre de recepción de propuestas: lunes 11 de agosto.  Los trabajos deberán ser enviados a Jirón Miró Quesada 247, piso 6, Lima. De lunes a viernes entre las 9:30 am y 5.30 pm  Decisión del jurado: 21 de agosto de 2008. Premios:  Ganador: S/ 1,500  Segundo puesto: S/ 500 en efectivo.  Tercer puesto: Diploma de honor  Bases completas del concurso en: www.tumi.com (sección de promociones) PRIMUS presenta su propuesta conforme lo establecían las Bases del Concurso. De la misma forma presentan propuestas más de 500 personas. El concurso nunca se llega a realizar. PRIMUS le consulta qué puede hacer al respecto.