derecho administrativo

FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA EJÉRCITO NACIONAL ESCUELA DE ARMAS COMBINADAS DEL EJÉRCITO MATERIA DERECHO ADMINISTRATI

Views 185 Downloads 5 File size 347KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA EJÉRCITO NACIONAL

ESCUELA DE ARMAS COMBINADAS DEL EJÉRCITO

MATERIA

DERECHO ADMINISTRATIVO

Presentado A: CLAUDIA DEL PILAR CAMPOS FIQUITIVA Instructora Principal de la Materia

Presentado Por: SS. IMI. SERGIO FAVIAN LAGUNA DAVILA SS. INF. FREDDY HERRERA TEJEDOR SS. INF. LUIS MARCEDONIO LEDESMA MOZQUERA SS. INF. MAURICIO LEIVA SANDOVAL SS. COM. CARLOS ANDRES LADINO RODRIGUEZ

TEMA DESARROLLO PUNTOS LEY 1476 DEL 2011

BOGOTA DC. AGOSTO DEL 2019

INTRODUCCIÓN

El Derecho Administrativo es un complejo de principios y normas del derecho público interno que regula: la organización y comportamiento de la administración pública, directa e indirectamente; las relaciones de la administración pública con los administrados; las relaciones de los distintos órganos entre sí de la administración pública; a fin de satisfacer y lograr las finalidades del interés público hacia la que debe tender la Administración.

ESTUDIO DE CASO DERECHO ADMINISTRATIVO Responda los siguientes ítems y preguntas teniendo en cuenta lo estipulado en clase de la Ley 1476 del 2011 del “Derecho Administrativo”, así: 

Reseña: Ley 1476 DE 2011, por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.

Desarrollo del Tema: 1. Hashsahshj RTA:

2. Ddjkdlñ RTA: 3. Kdkdklsds RTA: 4. Jdskjdkjds RTA: 5. Dsdjllsjdl RTA: 6. Sdihadsohod RTA: 7. Explique los factores de competencias plasmados en el articulo 19 de la Ley 1476 del 2011. RTA: 1Artículo 19. Factores que Determinan la Competencia. La competencia para fallar se determinará teniendo en cuenta la cuantía del daño o la pérdida y la unidad o dependencia donde se encuentre en inventario el bien. Cuando el bien no se encuentre en inventarios, pero esté al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública, conocerá y fallará la

1

Ley 1476 del 19 de julio de 2011, Articulo 19 “Factores de determinan la competencia”.

autoridad administrativa competente de la unidad que tenga la administración, custodia o uso del bien. Explicación: Dentro de los factores de competencias toda autoridad tiene sus competencias definidas por el ordenamiento jurídico y debe ejercerlas dentro del principio de la legalidad, a fin de que los derechos e intereses de los administrados cuenten con las garantías frente a eventuales actuaciones abusivas, realizadas por fuera de los mandatos constitucionales, legales y reglamentarios, asimismo, se analiza cada uno de los procedimientos que se aplican ya que se considera importante determinar un paso a paso de dicho de los procedimientos para los funcionarios responsables del daño o perdida del material de inventarios, de igual manera se muestran las causas que dan lugar a la apertura de un proceso administrativo y se miran los diversos factores que influyen al respecto como son los grados donde más afectados con la apertura de procesos administrativos y los tipos de bienes que más se afectan ya sea por perdida o por daño, esto con la intención de que se puedan tomar decisiones al respecto. Por último, ir un poco más allá de la aplicación de los procedimientos y mostrar realmente lo que ocasiona la pérdida o daño de un bien independientemente de que el funcionario responda o lo reponga ya que un bien que se daña mientras se repone se sufre una carencia absoluta, que afecta el servicio de las instituciones en todos los aspectos 8. Describa 2cuando se debe apertura el procedimiento ordinario y cuando se apertura el procedimiento abreviado según la cuantía en la3 Ley 1476 del 2011. RTA: Para la apertura de una investigación de un Procedimiento Ordinario, es decir que sus tiempos, plazos o términos procesales son muchos más amplios y demandan una mayor atención, esta figura no fue analizada de fondo, debido a que no es el objeto de estudio central del trabajo presentado, sin embargo, se trae a relación para conocer las diferencias entre las clases de procedimientos. Por su parte en el estudio y análisis abordado en el capítulo primero del desarrollo temático, se abordaron aspectos generales y específicos importantes que rodean la figura jurídica del procedimiento abreviado, desde las ópticas de bien público, patrimonio público, y responsabilidad administrativa y fiscal. Respecto de la naturaleza del bien, por la cual se adelantan las investigaciones por pérdida o daño de bienes de propiedad del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas a la Fuerza Pública, los cuales son considerados por la legislación civil como bienes fiscales, es decir a diferencia de los bienes públicos o de uso público, estos si pueden ser sujetos de medidas jurídicas como embargos, secuestros y otras afectaciones que contempla la ley, toda vez que dichos bienes a pesar de pertenecer al Estado, no tienen el carácter o categoría de imprescriptibles, inalienables e 102 inembargables, como si se establece normativamente para los bienes de uso público. Para la apertura de una investigación de un Procedimiento Abreviado, es preciso mencionar de entrada que es mucho más oneroso para el Estado investigar a través de esta figura jurídica, toda vez que muchos de los bienes no logran superar los dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo cual contrasta con los altos precios que se le pagan a los funcionarios además de correr con el sostenimiento de las actividades de los entornos administrativos para poner en marcha dicha labor, lo que comúnmente se conoce como coste fijo, no obstante el análisis visto, se estableció de igual forma que existe un coste variable en lo que tiene que ver con los ingresos de investigaciones bajo los radicados por año, lo cual 2 3

Ley 734 de 2002. Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. Ley 1476 del 19 de julio de 2011.

significa que la tendencia al respecto es cambiante, en tal sentido como se manifestó en líneas anteriores la mejor decisión en materia de coste de oportunidad es continuar adelantando dichas investigaciones, toda vez que de no hacerlo se estaría enviando un mensaje negativo a los funcionarios de las entidades que conforman el ramo de la defensa nacional, situación que podría repercutir categóricamente en las finanzas de la Entidad y en la actitud de los agentes que la conforman. 9. Ljadskldkd RTA:

10. kjlasdjljd RTA: