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Sec. : Exp. Nº : Esc. Nº 01 DEMANDA CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR Señor Juez Especializado de Trabajo TIFF

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Sec.

:

Exp. Nº : Esc. Nº 01 DEMANDA CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR Señor Juez Especializado de Trabajo TIFFANY

ANGHY

YARLEQUÉ

CERNA,

identificada con DNI Nº 71466621, con DOMICILIO REAL en Av. Larco 274, distrito de Víctor

Larco,

provincia

de

Trujillo,

departamento de La Libertad, con DOMICILIO PROCESAL en Jr. Pizarro Nº 150 oficina 105, con CASILLA ELECTRÓNICA Nº 50238, a Ud. digo: I.

NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDADO PRODUCTOS RAZZETO & NESTOROVIC S.A.C., identificada con RUC Nº 20132218472, con DOMICILIO PROCESAL en Av. Túpac Amaru Nº 1168 Urb. Santa Leonor de esta ciudad.

II.

PETITORIO Cese de actos de hostilidad del empleador por traslado a lugar distinto en el que se presta habitualmente los servicios con el propósito de ocasionar un perjuicio.

III.

HECHOS EN QUE SE FUNDE EL PETITORIO 1. El 10 de marzo de 2005 ingresé a laborar para la demandada en calidad de secretaria de ventas tras la suscripción del contrato de trabajo en el cual no se estableció cláusula alguna de movilidad laboral. 2. El día 23 de julio del 2018 mi empleadora remitió a nueve (09) trabajadores y a mi persona el memorándum N° XX-XX-XXXX en el cual se nos informó que, por motivos económicos, la empresa cesaría a un número determinado de trabajadores, y, además, se nos propuso, si así lo quisiéramos, a presentar nuestra renuncia inmediata al cargo, a cambio de un incentivo de S/. 20, 000 soles. Cabe señalar que, dicho memorándum no fue remitido a todos los trabajadores de la empresa, sino solo a algunos de ellos. 3. El día 27 de agosto del 2018 mi empleadora me remite el memorándum N° XX-XX-XXXX por el cual se me informó que la empresa había decidido mi traslado de mi lugar habitual de trabajo, ubicado en la sucursal de la empresa PRODUCTOS RAZZETO & NESTOROVIC S.A.C en la ciudad Trujillo, a la sede principal ubicada en la ciudad de Lima, para que desempeñe el cargo de asistente de Gerencia de Logística.

IV.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DEL PETITORIO Fundamento la presente demanda en los siguientes dispositivos legales:

 Constitución Política del Perú: Art. 1º que garantiza la dignidad de la persona humana, art. 2º inciso 15 que establece a trabajar libremente con sujeción a ley y art. 23º que determina que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos consitucionales.  Decreto Supremo Nº 01-97-TR: Artículo 30º, literal c, que establece como actos de hostilidad c) El traslado del trabajador a lugar distinto de aquel en el que preste habitualmente servicios, con el propósito de ocasionarle perjuicio; y el art. 35º literal a) que me faculta a accionar para que cese la hostilidad.

V.

MONTO DEL PETITORIO Inapreciable en dinero.

VI.

VIA PROCESAL Proceso Ordinario Laboral.

VII.

MEDIOS PROBATORIOS Ofrezco el mérito de los siguientes: 1. Documentos: 1.1.

Contrato de trabajo suscrito por ambas partes que acredita el inicio del vínculo laboral y demuestra la ausencia de cláusula alguna que posibilite la movilidad del trabajador (Anexo 1-B).

1.2.

Boletas de pago correspondientes al mes de abril de 2005 y al mes de agosto del 2018 que acreditan la vigencia del vínculo laboral (1-C/1-D).

1.3.

Memorándum N° XX-XX-XXXX del 23 de julio del 2018, dirigido a algunos trabajadores de mi empleadora y a mi persona, que acreditan la propuesta a nuestra renuncia e incentivo para ello (anexo 1-E).

1.4.

Memorándum N° XX-XX-XXXX del 27 de agosto del 2018, dirigido a mi persona que, acredita mi traslado a la sede principal de PRODUCTOS RAZZETO & NESTOROVIC S.A.C, ubicado en la ciudad de Lima (anexo 1-F).

1.5.

Carta notarial que solicita el cese de actos de hostilidad ante mi empleador con fecha 3 de setiembre del presente año, que acredita el requerimiento a mi empleadora para que adopte las medidas correctivas necesarias (1-G).

VIII.

ANEXOS 1-A. Copia legible de mi D.N.I. 1-B. Contrato de trabajo. 1-C. Copia de boleta de pago correspondiente al mes de abril del 2005. 1-D. Copia de boleta de pago correspondiente al mes de agosto del 2018. 1-E. Memorándum N° XX-XX-XXXX de fecha 23 de julio del 2018. 1-F. Memorándum N° XX-XX-XXXX de fecha 27 de agosto del 2018.

1-G. Carta notarial de cese de actos de hostilidad de fecha 3 de setiembre del 2018. 1-H. Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas 1-I. Cédula de notificación 1-J. Constancia de habilitación de mi defensora.

Trujillo, 17 de setiembre del 2018

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ROMINA ALEXANDRA CHÁVEZ ALAMA

TIFFANY ANGHY YARLQUÉ CERNA

ABOGADA

D.N.I. Nº 71466621

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