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EXP. NRO. : SECRETARIO : PRINCIPAL ESCRITO UNO SUMILLA : Interpone demanda de Desalojo por Vencimiento de Contrato. SE

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EXP. NRO. : SECRETARIO : PRINCIPAL ESCRITO UNO SUMILLA

: Interpone demanda de Desalojo por Vencimiento de Contrato.

SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE LINCE. RICARDO OSWALDO SALOMON BARRIOS, identificado con DNI. N°.08187756, con domicilio en la Calle Hualgayoc N° 129, Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima; señalando domicilio Procesal en la Casilla N° 22200 de la Central de Notificaciones del Poder Judicial de Lima, ante Usted con el debido reconocimiento y respeto expongo lo siguiente: I.- VIA PROCEDIMENTAL Y PETITORIO: Que, en VIA DE PROCESO SUMARISIMO, Interponemos demanda de Desalojo por Vencimiento de Contrato contra doña LEONOR MARIELA LEDESMA VILLANUEVA, con domiciliado en el Pasaje San Roberto N° 113, Distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima, a fin de que procedan a realizar de manera inmediata los siguientes actos: 1.Cumplan con restituirme de manera inmediata y en perfecto estado de conservación el inmueble que viene ocupando de manera irregular, sito Pasaje San Roberto N° 113, Distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima, 2.- El Pago total que viene adeudando desde el mes de Octubre del año 2010, hasta la actualidad, monto que asciende a la suma de MIL DOSCIENTOS NUEVOS SOLES (S/ 1, 200.00 NUEVOS SOLES), suma que se incrementará conforme al tiempo que demande su desocupación, con el saneamiento total de pago de los Servicios del inmueble (Luz Eléctrica) arbitrios y serenazgo, asimismo el pago de Costos y Costas del Proceso. II.- FUNDAMENTOS DE HECHO: PRIMERO.- Que, el demandante es propietario del departamento ubicado sito Pasaje San Roberto N° 113, Distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima, adquirido de sus anterior propietaria su madre Dora María Barrios de Salomón; el mismo que por el mes de Junio del 2010, fue objeto de un Contrato de Alquiler a doña LEONOR MARIELA LEDESMA VILLANUEVA, obligándose la misma por el alquiler al pago de una merced conductiva ascendente a CUATROCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES. SEGUNDO.- Que, conforme al Contrato Privado de Alquiler. (ANEXO 1-B), que firmaron las partes, la demandada se obligaba al pago mensual y puntual de la merced conductiva acordada, el pago del servicio eléctrico que utilizaba, por el plazo de 06 meses (Junio 2010 hasta el 31 de Diciembre del 2010) significando que llegado el

tiempo del vencimiento del Contrato la parte demandada no ha entregado el bien inmueble, tampoco viene cumpliendo con el pago de la merced conductiva desde el mes de Octubre del 2010, existiendo un adeudo de S/. 1,200.00 Nuevos Soles monto que seguirá incrementándose si no se cumple con desocupar de manera inmediata el bien solicitado. TERCERO.- Que, la parte demandada ha venido abusando de la voluntad de la parte demandante quien debido a su delicado estado de salud así, al no apersonarse a cobrar, la misma que abusando de esto no ha pagado la merced conductiva, pese a que en forma verbal lo ha requerido, por lo que por ultimo lo ha requerido de manera formal mediante Carta Notarial y Invitación para Conciliar a fin de que desocupe el bien inmueble, haciendo caso omiso a dichos requerimientos teniendo una conducta desafiante y malcriada,. CUARTO.- Que con fecha 30 de Diciembre del 2010, mediante Carta Notarial se le requirió de manera formal a la parte demandada a fin de cumpla su compromiso de desocupar el bien, documento que fue recepcionado por su cónyuge Posteriormente se le requirió a un Centro de Conciliación, a la que asistió sin portar su DNI, lo cual no pudo participar en la diligencia. no obstante encontrarse válidamente notificado y habiéndole manifestado que porte su documento de identidad. QUINTO.- Que, la parte demandada con su actitud viene perjudicando el derecho de propiedad de la parte demandante por las modificaciones realizadas en el bien así como la no entrega de los bienes dejados en calidad de depósito, pues no obstante sus compromisos verbales de desocupar el inmueble a la actualidad todavía se encuentra en posesión del mismo, en donde domicilia, por ello la presente acción de desalojo por vencimiento de Contrato tiene como finalidad obtener la restitución del inmueble descrito en el punto Uno así como el cumplimiento total del petitorio de la demanda. III.- FUNDAMENTACION JURIDICA: Fundamento mi petitorio en lo dispuesto en las siguientes normas legales: CODIGO CIVIL: Art. 1681, que prescribe que el arrendatario esta obligado a devolver el bien arrendado al vencerse el plazo del contrato en el estado en que lo recibió, sin mas deterioro que el de su uso ordinario. Art. 1699, que preceptúa que el arrendamiento de duración determinada concluye al vencimiento del plazo establecido por las partes, sin que sea necesario aviso previo de ninguna de ellas. Art. 1700, que establece que vencido el plazo del contrato (arrendamiento) si el arrendatario permanece en el uso del bien arrendado, no se entiende que haya renovación tácita, sino la continuación del arrendamiento, bajo sus mismas estipulaciones, hasta que el arrendador solicite su devolución, la cual puede pedir en cualquier momento. Art. 1704, que dispone entre otras cosas, que vencido el plazo del contrato (de arrendamiento), si el arrendatario no restituye el bien, el arrendador tiene derecho a exigir su devolución.

CODIGO PROCESAL CIVIL: Art. 585, según el cual la restitución de un predio se tramita con arreglo a lo dispuesto para el proceso sumarísimo y las precisiones del Sub-capítulo 4 (Desalojo) del Capítulo II (Disposiciones especiales) del Título II (proceso Sumarísimo) de la Sección Quinta (Procesos Contenciosos) del indicado Código Adjetivo. Art. 586, del cual se infiere que puede demandar (el desalojo) entre otros, el propietario y el arrendador (como se da en el caso particular) y que puede ser demandado, entre otros, el arrendatario (como ocurre en el caso particular) IV.- MEDIOS PROBATORIO: Sirven de medios probatorios y anexos que sustentan la petición que realizo la documentación siguiente: 1.- Original del Contrato de Alquiler de fecha 01de Junio del 2010, suscrito por las partes y referido al inmueble de propiedad del demandante con el que se acredita el arrendamiento en cuestión y que el plazo del mismo ha vencido el 31 de Diciembre del 2010. 2.- Original de la Carta Notarial de fecha 30 de Diciembre del 2010, en donde se requiere de manera formal a la parte demandada para que desocupe el bien inmueble 3.- Copia Certificada de Acta de Conciliación Nro. 015-2011, por Inasistencia de una de las partes, así como copias de Invitación y Constancia de inasistencia de la parte demandada. 4.- Original de Comprobantes de Pago de Arbitrios del inmueble de propiedad de la parte demandante expedido por la Municipalidad de Lince. V.- ANEXOS: ANEXO 1-A Copia simple de DNI de las partes demandantes. ANEXO 1-B 1.- Original del Contrato de Alquiler de fecha 01de Junio del 2010, suscrito por las partes y referido al inmueble de propiedad del demandante con el que se acredita el arrendamiento en cuestión y que el plazo del mismo ha vencido el 31 de Diciembre del 2010. ANEXO 1-C.- Original de la Carta Notarial de fecha 30 de Diciembre del 2010, en donde se requiere de manera formal a la parte demandada para que desocupe el bien inmueble ANEXO 1-D.- Copia Certificada de Acta de Conciliación Nro. 015-2011, por Inasistencia de una de las partes, así como copias de Invitación y Constancia de inasistencia de la parte demandada. ANEXO 1-E.- Original de Comprobantes de Pago de Arbitrios del inmueble de propiedad de la parte demandante expedido por la Municipalidad de Lince. ANEXO 1-F.- Pliego interrogatorio que deberá absolver de manera personal e indelegable la parte demandada.

POR TANTO:

A Usted Señor(a) Juez, solicito admitir la presente demanda de Desalojo, tramitarla de acuerdo a su naturaleza y en su oportunidad declararla FUNDADA, con expresa condena de Costas y Costos del Proceso por Justicia y Equidad.

Lima, 01 de Febrero del 2011

PLIEGO INTERROGATORIO QUE DEBERA ABOSLVER DE MANERA PERSONAL E INDELEGABLE EN EL PROCESO DE DESALOJO LA DEMANDADA DOÑA LEONOR MARIELA LEDESMA VILLANUEVA 1.- PARA QUE DIGA COMO ES VERDAD QUE CON FECHA 01 DE JUNIO DEL 2010, SU PERSONA CELEBRO CON LA PARTE DEMANDANTE UN CONTRATO DE ALQUILER DEL INMUEBLE SITO EN PASAJE SAN ROBERTO N° 113, DISTRITO DE LINCE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, COMO ES DE VERSE DE SU FIRMA QUE APARECE EN EL INDICADO DOCUMENTO. 2.- PARA QUE DIGA COMO ES VERDAD, QUE EN EL INDICADO CONTRATO SU PERSONA SE ESTABLECE QUE SU VIGENCIA ERA POR SEIS MESES (01JUNIODEL 2010 AL 31DE DIEICIEMBRE DEL 2010) 3.- PARA QUE DIGA COMO ES VERDAD, QUE LA PARTE DEMANDANTE LE HA REQUERIDO EN MAS DE UNA OPORTUNIDAD DE MANERA VERBAL PARA QUE DESOCUPE EL BIEN POR HABER VENCIDO EL PLAZO DEL CONTRATO. 4.- PARA QUE DIGA COMO ES VERDAD QUE ANTE LOS REQUERIMIENTOS VERBALES DE LA PARTE DEMANDANTE SU PERSONA ACEPTABA DESOCUPAR EL INMUEBLE Y NUNCA CUMPLIA SU COMPROMISO 5- PARA QUE DIGA COMO ES VERDAD, QUE HA TENIDO CONOCIMIENTO POR LOS DOCUMENTOS CONSTITUIDOS POR UNA CARTA E INVITACION PARA CONCILIAR PARA QUE DESOCUPE EL INMUEBLE ALQUILADO 6.- PARA QUE DIGA COMO ES VERDAD QUE NO OBSTANTE LOS REQUERIMIENTOS VERBALES Y ESCRITOS SU PERSONA AUN CONTINUA EN EL BIEN Y QUE DESDE EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011, Y NO PAGA LA MENSUALIDAD COMPROMETIDA EN EL CONTRATO DESDE OCTUBRE DEL 2010. Lima, 01 de Febrero del 2011