cuadro excepciones procesales

c c Incompetencia     c  37 CPCDF La competencia se establece por la materia, 144 CPCDF cuantía, grad

Views 94 Downloads 0 File size 40KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

c c Incompetencia

    c  37 CPCDF La competencia se establece por la materia, 144 CPCDF cuantía, grado o territorio, en que una 163 CPCDF autoridad jurisdiccional actúe.

Litispendencia

38 CPCDF

Falta de Personalidad

41 CPCDF

Falta de Capacidad

1798 CCDF 44 CPCDF 45 CPCDF

Son hábiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley. (CS) #          

               $%&

Falta de cumplimiento de plazo o condición EXEPCIONES PERENTORIAS

43 CPCDF

Pago

2062 CCDF

Compensación

2185 CCDF 2185 CCDF

    !   '     !         !                            Pago o cumplimiento es la entrega de la cosa o cantidad debida, o la prestación del servicio que se hubiere prometido. Tiene lugar la compensación cuando dos personas El efecto de la compensación es extinguir por reúnen la calidad de deudores y acreedores ministerio de la ley las dos deudas, hasta la recíprocamente y por su propio derecho cantidad que importe la menor.

                                                 

  à                                              

         

                           à                                                                

                    !                   !                                

                 

Antes de la audiencia previa, mediante la contestación y solo se admitirá prueba documental

cc  En la inhibitoria el superior resolverá la cuestión de incompetencia. En la declinatoria, el juez incompetente se abstendrá del conocimiento del negocio y remitirá los autos al considerado competente.   

     

"                                                         

                à             

   

  

à     !           

      ( 

      à           Cualquiera puede renunciar su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, excepto en aquellos casos en que la ley lo prohíbe.

Confusión de derechos

2206 CCDF 2207 CCDF

Remisión de deuda

2209 CCDF 2210 CCDF

Novación

2213 CCDF 2220 CCDF 2223CCDF

Hay novación de contrato cuando las partes en él interesadas lo alteran substancialmente substituyendo una obligación nueva a la antigua.

Prescripción Negativa

1135 CCDF 1136 CCDF

Prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley. à                                    !            

Condición y termino resolutorios Cesión de deudas

2051 CCDF 2052 CCDF 2055CCDF

La confusión que se verifica en la persona del acreedor o deudor solidario, sólo produce sus efectos en la parte proporcional de su crédito o deuda à           

!                  

          à    !                   

      !     !                      )        

            

!                      *+++





)                     

     !                

                      

        

                                 

                                                                                ( 

    

Inexistencia

2224 CCDF

     !                                     ,                    !           

Nulidad

2225 CCDF 2239 CCDF

La ilicitud en el objeto, en el fin o en la condición del acto produce su nulidad, ya absoluta, ya relativa, según lo disponga la ley

Transacción

2944 CCDF

La transacción es un contrato por el cual las partes haciéndose recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura.

à