CARPETA GERENCIAL PEDIATRIA

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACIÓN ESTATAL EN YUCATÁN JEFATURA DELEGACIONAL DE PRESTACIONES MÉDICAS COORDIN

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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACIÓN ESTATAL EN YUCATÁN JEFATURA DELEGACIONAL DE PRESTACIONES MÉDICAS COORDINACION DE PLANEACION Y ENLACE INSTITUCIONAL COORDINACION AUXILIAR MEDICA EN EDUCACION EN SALUD ESCUELA DE ENFERMERIA, INCORPORADA A LA U.A.D.Y. REGISTRÓ PROFESIONES 71-XIII-338 7° SEMESTRE

CARPETA GERENCIAL SERVICIO: PEDIATRÍA

RESPONSABLE EN ELABORACIÓN: BR. BETHSUA JANINE AGUILAR LÓPEZ

HOSPITAL GENERAL REGIONAL #1 LIC. IGNACIO GARCÍA TÉLLEZ DOCENTE: ARACELY DE LOS ÁNGELES

COORDINADOR: L.E. LUIS JORGE FUENTES CHAN

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACIÓN ESTATAL EN YUCATÁN JEFATURA DELEGACIONAL DE PRESTACIONES MÉDICAS COORDINACION DE PLANEACION Y ENLACE INSTITUCIONAL COORDINACION AUXILIAR MEDICA EN EDUCACION EN SALUD ESCUELA DE ENFERMERIA, INCORPORADA A LA U.A.D.Y. REGISTRÓ PROFESIONES 71-XIII-338 7° SEMESTRE

CARPETA GERENCIAL

HOSPITAL GENERAL REGIONAL #1 LIC. IGNACIO GARCÍA TÉLLEZ

JEFA DE ENFERMERAS PAMELA PERAZA

CONTENIDO I. Diagnostico Situacional Lista de contenido 1. Introducción 2. Justificación 3. Objetivos 3.1. General 3.2. Específicos 4. Infraestructura 5. Recursos Humanos 6. Productividad 7. Listado de programas y proyectos 8. Estructura Poblacional 8.1. Pirámide de Morbilidad 8.2. Pirámide de Mortalidad 9. Estructura Organizacional 9.1. Organigrama de la unidad 9.2. Organigrama del departamento de enfermería 10. Recursos 10.1. Humanos 10.2. Físicos 10.3. Materiales 10.4. Indicadores 11. Diagnostico estratégico 11.1. Grafica de posicionamiento 11.2. Matriz FODA  Gerencia  Gestión del talento humano/Educación/Capacitación  Recursos materiales  Cuidado Enfermero II. Programa de Trabajo Lista de contenido 1. Introducción 2. Justificación 3. Objetivos 3.3. General 3.4. Específicos 4. Misión 4.1. Del IMSS 4.2. De la Unidad 4.3. Del Departamento de Enfermería 4.4. Del Servicio 5. Visión 5.1. Del IMSS 5.2. De la Unidad

6. 7. 8. 9.

5.3. Del Departamento de Enfermería 5.4. Del Servicio Valores 5.5. Del Servidor Publico 5.6. Del Departamento de Enfermería Políticas del Servicio Priorización de Estrategias de Planeación Planeación Operativa (Planes tácticos) 9.1. Gerencia 9.2. Gestión del talento humano/Educación/Capacitación 9.3. Recursos materiales 9.4. Cuidado Enfermero

INTRODUCCIÓN

La presente carpeta gerencial tiene como principal función mostrarle al trabajador toda la información del servicio de pediatría en forma general, su contenido implica desde su historia, dueños, objetivos, misión, visión, que se pretende como objetivo organizacional, políticas del servicio, organigrama del servicio y debe ser de gran utilidad al trabajador en el servicio de pediatría. El presente producto académico se otorgara a todo el personal trabajador del HOSPITAL GENERAL REGIONAL #1 LIC. IGNACIO GARCÍA TÉLLEZ para que estén informados y actualizados acerca de nuestras funciones como enfermeros.

ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA INSTITUCION

El instituto mexicano del seguro social es una de las instituciones de mayor valor para los trabajadores de México, siendo un logro a nuestras aspiraciones sociales, esta institución se fundó en el año de 1943 e iniciando su operación en el año de 1946. En el IMSS se otorgan servicios y prestaciones a los derechohabientes con calidad, brindando así mejores condiciones de vida a la población.

En Yucatán esta institución esta institución inicia su funcionamiento en noviembre de 1958, en sus inicios durante los primeros meses se subrogaba la atención médica a instituciones privadas, fue hasta agosto de 1959 que este servicio fue proporcionado por el personal propio del instituto.

En el año de 1960 se inicia la construcción del hospital en los ex terrenos de Fénix con el proyecto del ingeniero Gaber, y fue el 16 de enero de 1962 la inauguración como “Clínica Hospital Mérida”, siendo Presidente de la República el Lic. Adolfo López Mateos. El primer director de la unidad fue el Dr. Francisco Blanco Castillo, la primera jefa de enfermeras la C. Enfra. Gral. Josefina Covián Trejo. En ese entonces la unidad ya contaba con 50 camas censables para dar atención a los usuarios. En el año de 1968 se autorizó la primera remodelación y ampliación a cargo del arquitecto Gabriel Gutiérrez. En ese mismo año se creó el grupo de damas voluntarias por la señora Georgina Parra García Sáenz En 1970 se crearon las jefaturas de los departamentos clínicos de las 4 divisiones: cirugía general, medicina interna, gineco-obstetricia y pediatría, además del departamento de enseñanza y de consulta externa.

En 1985, en la ciudad de México, se decide descentralizar los servicios de tercer nivel, creándose 5 centros médicos en el interior de la República: Guadalajara, Monterrey, DF (2) y en Yucatán.

Siendo Yucatán uno de los elegidos que brinde atención médica eficiente con alta capacidad resolutiva, con el nombre de hospital de especialidades Centro Médico Nacional “el fénix” con 243 camas censables, 137 censables y 43 especialidades. En 1992 fue inaugurada la torre de Gineco-Pediatría (tgp). Recibiendo así la calificación de Hospital amigo del niño y de la madre. Nombrado por las autoridades de salud y la UNICEF. EL 21 de marzo de 1997 la unidad médica cambia de nombre por el de Centro Médico Nacional “Lic. Ignacio García Tellez”, creándose 6 divisiones clínicas. En 2000 – 2001 se ha favorecido para otorgar atención de calidad a todo derechohabiente y familia prestando servicios de alta especialidad. El 1 de marzo del 2006, el H.G.R. no. 1 “Lic. Ignacio García Téllez”, conocido como la T-1, sufre nuevamente un cambio. Se divide en dos secciones, una denominada hospital General Regional no. 1 y la segunda como Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE). La estructura se modifica y se adapta para dar atención de alto nivel siendo sus especialidades: Neonatología, Pediatría, Ortopedia, y la Terapia Intensiva. En el mismo año en el mes julio el servicio de admisión continua adultos (Urgencias adultos) se reestructura y se crea el área de choque y triage. El segundo está compuesto por tres subprocesos y operando bajo el sistema del triage. Triage es un término de origen francés que significa clasificación o selección en el área de urgencias, se aplica a pacientes según la magnitud y gravedad del padecimiento que sufre. La cobertura de atención abarca a los todos los derechohabientes provenientes de las UMF. No. 52, 56, 58, 59, 60, así como el Hospital General de Zona No. 12 "Lic. Benito Juárez” clínicas de Tizimín, Motul, Umán, también de las delegaciones de Campeche, Quintana Roo y las del convenio México-Belice-Nicaragua, brindándoles apoyo en las especialidades que se llevan a cabo a través de interconsulta como son: Neurocirugía, Neurología, Oncología, Otorrinolaringología, Urología, Cirugía Reconstructiva, Cirugía Maxilofacial, Ortopedia, lnfectologia, Hematología, Nefrología, Alergología y Cirugía General. El servicio de Medicina Interna actualmente se encuentra en el primer piso del Hospital General Regional No.1, atendiendo las especialidades de neurología, gastroenterología, neumología,

cardiología,

reumatología,

infectología,

Medicina

Interna.

Cuenta

actualmente con 52 camas censables distribuidas en seis cubículos, proporcionando

atención de calidad por el personal de enfermería profesional 5 enfermeras generales, el personal no profesional 5 auxiliares de enfermería general y un jefe de piso. El servicio de medicina interna es una unidad administrativa y laboral, responsable de brindar servicio oportuno, eficaz y de alta calidad a la población derechohabiente demandante, que requieren servicios de enfermería. Se encarga de planear, organizar, integrar, dirigir y evaluar los recursos humanos y materiales con que cuenta el servicio, con la finalidad de satisfacer las necesidades del individuo y familia. El personal que labora en esta área es consciente de que las acciones que realiza deberán estar orientadas al cumplimiento del objetivo del servicio, y la optimización de los recursos para proporcionar una atención de calidad al derechohabiente.

INFRAESTRUCTURA DEL SERVICIO DE PEDIATRIA

Ucin Cunero patológico

Cama 213-216

Cuidados mínimos Cama 206-212

Cama 213-216

Central de enfermería

Cama 201-205

Cama 217-220

RECURSOS HUMANOS

         

EJP Pamela Peraza EEP Tzab Uc Rocio Guadalupe EEP Aguilar Ontiveros Marissa del rosario EEG Cardoz Uc María Beatriz EEG De la cruz Hernández María del pilar EEG Lavadores Moreno Julio Alberto EEG Perez Dzul Paula Anali EEG Cortazar Macias Rosario EEG Ventura Trujeque Verónica Janeth EEG Calderón Loeza Cinthia del socorro

OBJETIVO GENERAL

Capacitar a todo el personal trabajador en pediatría y comprenda claramente la forma en que se encuentra estructurada el servicio del área hospitalaria sus políticas, derechos y obligaciones correspondientes.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Reivindicar las tareas específicas de los trabajadores, dependiendo de las actividades que son asignadas con la calificación optima de poder llevar acabo de manera exitosa su trabajo.  Fortalecer sus debilidades del servicio comprobadas en el formato FODA y estudiadas por los jefes del servicio.  Optimizar el tiempo de espera de los pacientes con actividades de atención psicológica como indican los protocolos de la salud con los pacientes.

ESTRUCTURA POBLACIONAL

ORGANIGRAMA DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERIA

JEFE DE ENFERMERAS

JEFATURA DE ENSEÑANZA

SUBJEFE DE ESTUD. DE LA ESP. ENFERMERAS DE ADMON Y DOCENCIA

JEFE DE PISO

ESTUDIANTE DE LA ESPECIALIDAD

ENFERMERA ESPECIALISTA

ENFERMERA GENERAL

AUXILIAR DE ENFERMERIA GENRAL

ESTUDIANTE DE LA LIC. Y CARRERA BASICA

RECURSOS

FISICOS: Área de pediatría, área de cuidados mínimos, área de ucin, área de cunero patológico, ropería, baños del personal, central de enfermería, cendis, área de nutrición. MATERIALES: medicamentos de alto riesgo, recursos materiales para procedimientos, camas, camillas, cunas, incubadoras, ropa, fototerapia, tomas de succión, tripies, soluciones, bombas, vendas, gasas, sondas, cinta adhesiva, micropore, punzocortantes, normo goteros, jeringas, agujas. INDICADORES: -

Vigilancia y control de hiperbilirrubinemia en el neonato Trato digno Administración de medicamentos vía oral Vigilancia y control de venoclisis instalada Cuidados de enfermería al recen nacido prematuro

DIAGNOSTICO ESTRATETICO INTERPRETACION DE LA TABLA DE POSICIONAMIENTO

El servicio de pediatría cuenta con los documentos administrativos en los que podemos mencionar el programa de trabajo que incluye misión, visión y el diagnostico situacional del servicio, no cuenta con un manual de bienvenida y con instrumentos de evaluación pero no hay una evidencia física de su aplicación y resultado. Cuentan con formatos en los que se plasma la producción de material, ropa e instrumental elaborado y procesado. En el corcho se encuentran calendarizados, las fechas o los periodos en los que van a desempeñar sus funciones, periodos de descanso y asistencia en sesiones que imparten en la institución. Para estas fechas e hospital se encuentra en proceso de certificación por lo que cuenta con las metas internacionales de atención al usuario. El servicio está bien administrado puesto que los recursos que se proporcionan a la institución, son distribuidos conforme a las necesidades de los servicios, en cuanto a su abastecimiento. TALENTO HUMANO El personal que labora en este servicio se encuentra distribuido en 4 áreas en las que cada mes se rotan para poder conocer todas las funciones del servicio, el personal en su mayoría son enfermeros generales. Cuentan con un calendario en el cual ya está estipulado cuáles serán sus actividades durante el mes, los días de descanso y la asistencia a la sesión. CUIDADO ENFERMERO Los profesionales reciben atención y trato basado en el respeto, amabilidad y calidez. Existe un respeto mutuo entre el profesional, así como la identificación correcta de todos los productos del departamento. A ética y el profesionalismo en la detección de desviaciones de las diferentes líneas de trabajo es manejada en forma personalizada para la toma de decisiones. RECURSOS MATERIALES Es un área como lo es el servicio de pediatría que al estar en contacto directo con los pacientes necesita de medicamentos, laboratorio y pruebas de gabinete. Existe demora en el surtimiento de diversos insumos, carencia de instrumental y mantenimiento preventivo de los equipos. Existencia de equipo antiguo que condiciona a descomposturas frecuentes. La demora en el surtimiento o negativa de suministro ha condicionado entorpecimiento de la atención, con repercusión de insatisfacción del usuario y del

prestador de servicio. Con respecto a los recursos financieros son muy limitados, puesto que muchas veces se tiene que hacer pedidos especiales o en caso de mucha urgencia se gestiona el apoyo de la UMAE. El personal de servicio al saber que existe poco material, cuida los insumos a su cargo y se encarga de darle el uso adecuado. EDUCACION CONTINUA El hospital cuenta con biblioteca para consultar información, además cada semana se tiene sesión para actualizar al personal sobre temas más sobresalientes y de su propio interés. CLIMA ORGANIZACIONAL Entre el personal del hospital, se pudo observar que el ambiente de trabajo es agradable, ya que existen buenas relaciones entre todo el personal de enfermería, son integras para la existencia de la comunicación y coordinación para lograr el objetivo institucional.

En conclusión el servicio de pediatría trabaja de manera eficiente, los conflictos que surgen son resueltos a la brevedad posible, los indicadores de productividad son mayores de los tres turnos, La atención es de calidad, dejando un impacto positivo, para que en cada evaluación, contribuya a la elaboración de propuestas que traigan resultados positivos a esta unidad de atención.

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS SITUACIONES ENCONTRADAS QUE IMPACTAN LA EFICIENCIA DE LOS PROCESOS 

Análisis del micro-entorno

 

GERENCIA FORTALEZAS Supervisión continua  Existencia de reglamentos y

DEBILIDADES Reuniones periódicas

del

personal

del



lineamientos en el departamento Existencia de instrumentos de

departamento Clima organizacional



evaluación aplicables Instrumentos y guías apoyen

a

la



de

supervisión

que

satisfaga las expectativas del

que

función

directivo

 

usuario y prestador Diagnostico situacional vigente Existencia de manual de organización vigente

TALENTO HUMANO FORTALEZAS 

Cumplimento de



funciones Competencia profesional



y técnica Aprovechamiento de la

   

jornada Asistencia y puntualidad Institucionalidad Responsabilidad Respeta los valores,

DEBILIDADES   

imagen personal Comunicación efectiva Satisfacción del prestador

 

de servicio Ausencia de conflictos Manejo de los PLACE’S

derechos y creencias personales de los pacientes   

CUIDADO ENFERMERO FORTALEZAS DEBILIDADES Clasificación de riesgos de  Ausencia de quejas  Orientación al usuario con base escaras Clasificación de riesgo de caídas Conocimiento de metas

a los componentes PREVEIMSS



internacionales Aplicación

de

metas

internacionales

RECURSOS MATERIALES   

FORTALEZAS Papelería e impresos Artículos de higiene Útiles de oficina

  

DEBILIDADES Coordinación interna y externa Suficiencia de instrumental Oportunidad de solicitud

y

suficiencia de material de curacion

 

EDUCACION/CAPACITACION FORTALEZAS DEBILIDADES Educación continua  Realiza investigación Personal capacitado en la enfermería monográfica

 

metodología Apoyo hemerografico Personal capacitado sobre los diversos trámites administrativos inherentes al área.

de

PROGRAMA DE TRABAJO

CONTENIDO

10. Introducción 11. Justificación 12. Objetivos 3.5. General 3.6. Específicos 13. Misión 4.5. Del IMSS 4.6. De la Unidad 4.7. Del Departamento de Enfermería 4.8. Del Servicio 14. Visión 5.7. Del IMSS 5.8. De la Unidad 5.9. Del Departamento de Enfermería 5.10. Del Servicio 15. Valores 5.11. Del Servidor Publico 5.12. Del Departamento de Enfermería 16. Políticas del Servicio 17. Priorización de Estrategias de Planeación 18. Planeación Operativa (Planes tácticos) 9.5. Gerencia 9.6. Gestión del talento humano/Educación/Capacitación 9.7. Recursos materiales 9.8. Cuidado Enfermero 9.9. Organización 9.10. Roles de descanso 9.11. Roles de asistencia 9.12. Rol de distribución de actividades 9.13. Rol de vacaciones y festivos 9.14. Rol de asistencia a sesiones

JUSTIFICACIÓN

Documento administrativo que se enfocara en el trabajador de nuevo ingreso se adapte y se identifique lo más rápido posible con el área en la cual prestará sus servicios en este caso el servicio de pediatría, por tal motivo es necesario contar con la siguiente carpeta gerencial para que al trabajador de nuevo ingreso se le facilite la adaptación y manejo de información básica de manera concreta y explicita relacionada con las condiciones de trabajo.

De esta forma la presente carpeta gerencial tiene el objetivo principal de ser un apoyo para el personal y su integración en su área laboral, por tal motivo se dan a conocer los conceptos más

importantes que permitan a los trabajadores de nuevo ingreso su

integración progresiva, tanto en su área de trabajo y la Institución.

OBJETIVO

Se pretende establecer políticas, normas, estrategias y mecanismos para el adecuado desarrollo de las diferentes actividades que realiza el personal de enfermería, con base en los criterios de modernización de procesos y administrativamente

MISIÓN DEL SERVICIO

Somos un equipo de profesionales de enfermería plenamente identificados con nuestra profesión, con actitudes y valores éticos, morales y humanísticos. Nos caracteriza el tener a la niñez como sujeto y objeto de nuestro sentir, pensar y que hacer, lo que nos lleva a actuar con sensibilidad, amor, y respeto al paciente pediátrico en su padecimiento agudo, crónico-degenerativo y/o quirúrgico, proporcionando atención de calidad y seguridad procurando su pronta reintegración a su núcleo familiar y social.

VISION DEL SERVICIO

Ser el mejor grupo profesional de enfermería de la región sur, que proporciona cuidados enfermero a través de un ejercicio profesional con alto sentido humano, documentado en bases científicas, de actualidad, oportuno, continuo, con sentido de prevención al realizar técnicas y procedimientos que garantizan la seguridad de la población que atiende, lo que redunda en la satisfacción plena por la atención recibida.

VALORES DEL SERVICIO DE ENFERMERIA

PRINCIPIOS ETICOS FUNDAMENTALES Beneficencia y no maleficencia Se entiende como la obligación de hacer el bien y evitar el mal. Se rige por los siguientes deberes universales: hacer o promover el bien y prevenir, apartar y no infringir daño o maldad a nada. Justicia La justicia en la atención de enfermería no se refiere solamente a la disponibilidad y utilización de recursos físicos y biológicos, sino a la satisfacción de las necesidades básicas de la persona en su orden biológico, espiritual, afectivo, social y psicológico, que se traducen en un trato humano. Es un valor que permite ser equitativo en el actuar para la satisfacción de las necesidades sin distinción de la persona. Autonomía Significa respetar a las personas como individuos libres y tener en cuenta sus decisiones, producto de sus valores y convicciones personales. Con este principio se reconoce el deber de respetar la libertad individual que tiene cada persona para determinar sus propias acciones. El reconocimiento de la autonomía de la persona se da ética y jurídicamente con el respeto a la integridad de la persona. A través del consentimiento informado se protege y hace efectiva la autonomía de la persona, y es absolutamente esencial en los cuidados de enfermería.

VALOR FUNDAMENTAL DE LA VIDA HUMANA

Este principio se refiere a la inviolabilidad de la vida humana, es decir la imposibilidad de toda acción dirigida de un modo deliberado y directo a la supresión de un ser humano o al abandono de la vida humana, cuya subsistencia depende y está bajo la propia responsabilidad y control. Privacidad El fundamento de este principio es no permitir que se conozca la intimidad corporal o la información confidencial que directa o indirectamente se obtenga sobre la vida y la salud de la persona. La privacidad es una dimensión existencial reservada a una persona, familia o grupo. El principio de privacidad tiene ciertos límites por la posible repercusión personal o social de algunas situaciones de las personas al cuidado de la enfermera, y el deber de ésta de proteger el bien común, sin que esto signifique atropellar la dignidad de la persona a su cuidado. Fidelidad Entendida como el compromiso de cumplir las promesas y no violar las confidencias que hace una persona. Las personas tienden a esperar que las promesas sean cumplidas en las relaciones humanas y no sean violadas sin un motivo poderoso. No obstante, a veces pueden hacerse excepciones, cuando el bien que se produce es mayor que el cumplimiento de las mismas o cuando el bienestar de la persona o de un tercero es amenazado; pero es importante que estas excepciones las conozca la persona al cuidado de enfermería. Veracidad Se define como el principio ineludible de no mentir o engañar a la persona. La veracidad es fundamental para mantener la confianza entre los individuos y particularmente en las relaciones de atención a la salud. Por lo tanto, las enfermeras tienen el deber de ser veraces en el trato con las personas a su cuidado y con todo lo que a ella Confiabilidad

Este principio se refiere a que el profesional de enfermería se hace merecedor de confianza y respeto por sus conocimientos y su honestidad al trasmitir información, dar enseñanza, realizar los procedimientos propios de su profesión y ofrecer servicios o ayuda a las personas. La enfermera debe mantener y acrecentar el conocimiento y habilidades para dar seguridad en los cuidados que brinda a las personas y a la comunidad.

Solidaridad Es un principio indeclinable de convivencia humana, es adherirse con las personas en las situaciones adversas o propicias, es compartir intereses, derechos y obligaciones. Se basa en el derecho humano fundamental de unión y asociación, en el reconocimiento de sus raíces, los medios y los fines comunes de los seres humanos entre sí. Las personas tienen un sentido de trascendencia y necesidad de otros para lograr algunos fines comunes. La solidaridad debe lograrse también con personas o grupos que tienen ideas distintas o contrarias, cuando estos son un apoyo necesario para lograr un beneficio común. Este principio es fundamental en la práctica de enfermería ya que en todas las acciones que se realizan para con las personas se parte de la necesidad de asociarse para el logro del bien común y la satisfacción mutua. Tolerancia Este principio hace referencia a admitir las diferencias personales, sin caer en la complacencia de errores en las decisiones y actuaciones incorrectas. Para acertar en el momento de decidir si se tolera o no una conducta, la enfermera debe ser capaz de diferenciar la tolerancia de la debilidad y de un malentendido respeto a la libertad y a la democracia. También debe saber diferenciar la tolerancia de la fortaleza mal entendida o del fanatismo. Terapéutico de totalidad Este principio es capital dentro de la bioética. A nivel individual debe reconocerse que cada parte del cuerpo humano tiene un valor y está ordenado por el bien de todo el cuerpo y ahí radica la razón de su ser, su bien y por tanto su perfección. De este principio surge la norma de proporcionalidad de la terapia. Según ésta, una terapia debe tener cierta proporción entre los riesgos y daños que conlleva y los beneficios que procura.

POLÍTICAS 1.

El personal operativo multidisciplinario del servicio participara en las acciones de

atención integral del derechohabiente con calidad y calidez. 2.

La atención integral del equipo multidisciplinario del servicio realizará con respeto

tanto para el equipo de salud como para el derechohabiente. 3.

La atención al derechohabiente será continua y permanente las 24 hrs los 365 días

del año. 4.

El personal operativo multidisciplinario asignado al servicio realizará sus

actividades asignadas de acuerdo al área correspondiente. 5.

El personal operativo del servicio realizará sus actividades en apego a las normas

oficiales y manuales vigentes. 6.

El personal operativo multidisciplinario participara activamente en las actividades

docentes con los médicos residentes y de pregrado asignados al servicio. 7.

El personal operativo del servicio participara en las actividades de capacitación a

desarrollar durante el año. 8.

El personal operativo multidisciplinario participara activamente en los programas

del equipo de mejora continua del hospital. 9.

El personal operativo dará todo su apoyo y experiencia a los médicos residentes

asignados al servicio con la consigna de contribuir en la alta formación de recursos humanos al servicio de la salud. 10.

El equipo operativo multidisciplinario hará uso adecuado de todos los insumos,

equipos e instalaciones que forman parte del servicio del hospital.

Politicas del servicio

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA EL CÓDIGO DEL CIE El Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería tiene cuatro elementos principales que ponen de relieve las normas de conducta ética. ELEMENTOS DEL CÓDIGO: 1.

LA ENFERMERA Y LAS PERSONAS

La responsabilidad profesional primordial de la enfermera será para con las personas que necesiten cuidados de enfermería. Al dispensar los cuidados, la enfermera promoverá un entorno en el que se respeten los derechos humanos, valores, costumbres y creencias espirituales de la persona, la familia y la comunidad. La enfermera se cerciorará de que la persona reciba información precisa, suficiente y oportuna de manera culturalmente adecuada en el cual fundamentará el consentimiento de los cuidados y a el tratamiento correspondiente. La enfermera mantendrá confidencial toda información personal y utilizará la discreción al compartirla. La enfermera compartirá con la sociedad la responsabilidad de iniciar y mantener toda acción encaminada a satisfacer las necesidades de salud y sociales del público, en particular las de las poblaciones vulnerables. La enfermera defenderá la equidad y la justicia social en la distribución de los recursos, en el acceso a los cuidados de salud y en los demás servicios sociales y económicos. La enfermera demostrará valores profesionales tales como el respeto, la disponibilidad, la compasión, la confianza y la integridad. 2.

La enfermera y la práctica

La enfermera será personalmente responsable y deberá rendir cuentas de la práctica de enfermería y del mantenimiento de su competencia mediante la formación continua.

La enfermera mantendrá un nivel de salud personal que no compro-meta su capacidad para dispensar cuidados. La enfermera juzgará la competencia de las personas al aceptar y delegar responsabilidad. La enfermera observará en todo momento normas de conducta personal que honren a la profesión y fomenten su imagen y la confianza del público. Al dispensar los cuidados, la enfermera se cerciorará de que el empleo de la tecnología y los avances científicos son compatibles con la seguridad, la dignidad y los derechos de las personas. La enfermera tratará de fomentar y mantener una cultura de la práctica profesional que favorezca el comportamiento ético y el diálogo abierto. 3.

La enfermera y la profesión

A la enfermera incumbirá la función principal al establecer y aplicar normas aceptables de práctica clínica, gestión, investigación y formación de enfermería. La enfermera contribuirá activamente al desarrollo de un núcleo de conocimientos profesionales basados en la investigación, que favorezca la práctica basada en pruebas. La enfermera participará en el desarrollo y en el sostenimiento de un conjunto de valores profesionales. La enfermera, actuando a través de la organización profesional, participará en la creación de un entorno favorable de la práctica y en el mantenimiento de condiciones de trabajo en la enfermería que sean seguras, equitativas social y económicamente. La enfermera ejercerá su profesión para sostener y proteger el entorno natural y será consciente de las consecuencias que ello tiene para la salud. La enfermera contribuirá a crear un entorno ético de la organización y se opondrá a las prácticas y a los contextos no éticos.

4.

La enfermera y sus compañeros de trabajo

La enfermera mantendrá una relación respetuosa de cooperación con las personas con las que trabaje en la enfermería y en otros sectores. La enfermera adoptará las medidas adecuadas para preservar a las personas, familias y comunidades cuando un compañero u otra persona pongan en peligro su salud. La enfermera actuará adecuadamente para prestar apoyo y orientar a las personas con las que trabaja, para fortalecer el comportamiento ético.

DECÁLOGO DEL CÓDIGO DE ÉTICA PARA LAS ENFERMERAS Y ENFERMEROS EN MÉXICO La observancia del Código de Ética, para el personal de enfermería nos compromete a: 1.

Respetar y cuidar la vida y los derechos humanos, manteniendo una conducta

honesta y leal en el cuidado de las personas. 2.

Proteger la integridad de las personas ante cualquier afectación, otorgando

cuidados de enfermería libres de riesgos. 3.

Mantener una relación estrictamente profesional con las personas que atiende, sin

distinción de raza, clase social, creencia religiosa y preferencia política. 4.

Asumir la responsabilidad como miembro del equipo de salud, enfocando los

cuidados hacia la conservación de la salud y prevención del daño. 5.

Guardar el secreto profesional observando los límites del mismo, ante riesgo o

daño a la propia persona o a terceros. 6.

Procurar que el entorno laboral sea seguro tanto para las personas, sujeto de la

atención de enfermería, como para quienes conforman el equipo de salud. 7.

Evitar la competencia desleal y compartir con estudiantes y colegas experiencias y

conocimientos en beneficio de las personas y de la comunidad de enfermería. 8.

Asumir el compromiso responsable de actualizar y aplicar los conocimientos

científicos, técnicos y humanísticos de acuerdo a su competencia profesional. 9.

Pugnar por el desarrollo de la profesión y dignificar su ejercicio.

10.

Fomentar la participación y el espíritu de grupo para lograr los fines profesionales.

CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS Y LAS PACIENTES

1.

Recibir atención médica adecuada.

2.

Recibir trato digno y respetuoso.

3.

Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz.

4.

Decidir libremente sobre su atención.

5.

Otorgar o no su consentimiento válidamente informado.

6.

Ser tratado con confidencialidad.

7.

Contar con facilidades para obtener una segunda opinión.

8.

Recibir atención médica en caso de urgencia.

9.

Contar con un expediente clínico

10.

Ser atendido cuando se inconforme por la atención medica recibida

BASES LEGALES CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF 13-04-2011. VENUSTIANO CARRANZA. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos. DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES ARTICULO 4. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. ARTÍCULO 5. Ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial. DE LAS FACULTADES DEL CONGRESO ARTÍCULO 73. XVI. 1a. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.

DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS Y PATRIMONIAL DEL ESTADO. ARTÍCULO 108. Las Constituciones de los Estados de la República precisarán para los efectos de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión en los Estados y en los Municipios. DEL TRABAJO Y DE LA PREVISIÓN SOCIAL. ARTÍCULO 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de abril de 1970. Última reforma publicada DOF 17-01-2006. GUSTAVO DIAZ ORDAZ. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. ARTÍCULO 1. La presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución. ARTÍCULO 2. Las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones. ARTÍCULO 3.

El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores. ARTÍCULO 4. No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de estos derechos sólo podrá vedarse por resolución de la autoridad competente cuando se ataquen los derechos de tercero o se ofendan los de la sociedad. ARTÍCULO 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. ARTÍCULO 47. Son causas de rescisión de la relación de trabajo (artículo 20), sin responsabilidad para el patrón: •

Certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad,

aptitudes o facultades de que carezca. •

Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en

actos de violencia,

amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, del

personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia. •

Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos

enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo.



Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el

desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo. •

Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la

seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él. •

Cometer el trabajador actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo.



Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días,

sin permiso del patrón o sin causa justificada. •

Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada,

siempre que se trate del trabajo contratado. •

Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los

procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades. •

Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia

de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. •

La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que le

impida el cumplimiento de la relación de trabajo

El patrón deberá dar al trabajador aviso escrito de la fecha y causa o causas de la rescisión. La falta de aviso al trabajador o a la Junta, por sí sola bastará para considerar que el despido fue injustificado. ARTÍCULO 51.

Son causas de rescisión de la relación de trabajo (artículo 20), sin responsabilidad para el trabajador: •

Engañarlo el patrón, o en su caso, la agrupación patronal con respecto de las

condiciones del mismo. •

Incurrir el patrón o su personal directivo o administrativo, dentro del servicio y fuera

del mismo, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos. •

Reducir el patrón el salario del trabajador.



No recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o

acostumbrados. •

Sufrir perjuicios causados maliciosamente por el patrón, en sus herramientas o

útiles de trabajo. •

La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador ya sea

por carecer de condiciones higiénicas el establecimiento o porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establezcan. ARTÍCULO 53. Son causas de terminación de las relaciones de trabajo: •

El mutuo consentimiento de las partes.



La muerte del trabajador.



La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga

imposible la prestación del trabajo. ARTÍCULO 58. Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

ARTÍCULO 59. El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.

ARTÍCULO 63. Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos. ARTÍCULO 66. Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada. La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley. ARTÍCULO 69. Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. ARTÍCULO 73. Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

ARTÍCULO 76. Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables.

ARTÍCULO 134. Son obligaciones de los trabajadores: •

Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables.



Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades

competentes y las que indiquen los patrones para la seguridad y protección personal de los trabajadores. •

Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya

autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente al trabajo. •

Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma,

tiempo y lugar convenidos. •

Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las causas

justificadas que le impidan concurrir a su trabajo. •

Conservar en buen estado los instrumentos y útiles que les haya dado para el

trabajo, no siendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o defectuosa construcción. •

Observar buenas costumbres durante el servicio.



Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o

riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo. •

Integrar los organismos que establece esta Ley.



Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y

demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable. •

Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan,

tan pronto como tengan conocimiento de las mismas.



Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de

evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones. •

Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de

los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñen, así como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la empresa. ARTÍCULO 135. Queda prohibido a los trabajadores: •

Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus

compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe. •

Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón.



Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o

elaborada. •

Presentarse al trabajo en estado de embriaguez.



Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante,

salvo que exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentarle la prescripción suscrita por el médico. •

Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la

naturaleza de éste lo exija. Se exceptúan de esta disposición las punzantes y punzocortantes que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo. •

Suspender las labores sin autorización del patrón.



Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo.



Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de

aquél a que están destinados. •

Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del

establecimiento.

ARTÍCULO 356. Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. ARTÍCULO 386. Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos. ARTÍCULO 422. Reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento. ARTÍCULO 473. Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. ARTÍCULO 474. Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél. ARTÍCULO 475. Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5°. CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES.

Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1945. MANUEL AVILA CAMACHO. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. ARTICULO 1. Título profesional es el documento expedido por instituciones del Estado o descentralizadas, y por instituciones particulares que tengan reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios correspondientes o demostrados tener los conocimientos necesarios de conformidad con esta Ley y otras disposiciones aplicables. ARTICULO 21. Dependiente de la Secretaría de Educación Pública se establecerá una dirección que se denominará: Dirección General de Profesiones, que se encargará de la vigilancia del ejercicio profesional y será el órgano de conexión entre el Estado y los colegios de profesionistas. ARTICULO 24. Se entiende por ejercicio profesional, efectos de esta Ley, la realización habitual a título oneroso o gratuito de todo acto o la prestación de cualquier servicio propio de cada profesión, aunque sólo se trate de simple consulta o la ostentación del carácter del profesionista por medio de tarjetas, anuncios, placas, insignias o de cualquier otro modo. No se reputará ejercicio profesional cualquier acto realizado en los casos graves con propósito de auxilio inmediato. ARTICULO 60. En circunstancias de peligro nacional, derivado de conflictos internacionales o calamidades públicas, todos los profesionistas, estén o no en ejercicio, quedarán a disposición del Gobierno Federal para que éste utilice sus servicios cuando así lo dispongan las leyes de emergencia respectivas. ARTICULO 61. Los delitos que cometan los profesionistas en el ejercicio de la profesión, serán castigados por las autoridades competentes con arreglo al Código Penal.

ARTICULO 71. Los profesionistas serán civilmente responsables de las contravenciones que cometan en el desempeño de trabajos profesionales, los auxiliares o empleados que estén bajo su inmediata dependencia y dirección, siempre que no hubieran dado las instrucciones adecuadas o sus instrucciones hubieren sido la causa del daño. LEY GENERAL DE SALUD Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984. Últimas reformas publicadas DOF 27-04-2010. MIGUEL DE LA MADRID HURTADO. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. ARTÍCULO 1. La presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. ARTÍCULO 5. El Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud. ARTÍCULO 7. La coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud. ARTÍCULO 15. El Consejo de Salubridad General es un órgano que depende directamente del

Presidente de la República en los términos del Artículo 73, fracción XVI, base 1a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTÍCULO 23. Para los efectos de esta Ley, se entiende por servicios de salud todas aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad. ARTÍCULO 32. Se entiende por atención médica el conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud. ARTÍCULO 45. Corresponde a la Secretaría de Salud vigilar y controlar la creación y funcionamiento de todo tipo de establecimientos de servicios de salud, así como fijar las normas oficiales mexicanas a las que deberán sujetarse. ARTÍCULO 55. Las personas o instituciones públicas o privadas que tengan conocimiento de accidentes o que alguna persona requiera de la prestación urgente de servicios de salud, cuidarán, por los medios a su alcance, que los mismos sean trasladados a los establecimientos de salud más cercanos, en los que puedan recibir atención inmediata, sin perjuicio de su posterior remisión a otras instituciones. ARTÍCULO 50. Para los efectos de esta Ley, se considera usuario de servicios de salud a toda persona que requiera y obtenga los que presten los sectores público, social y privado, en las condiciones y conforme a las bases que para cada modalidad se establezcan en esta Ley y demás disposiciones aplicables. ARTÍCULO 51.

Los usuarios tendrán derecho a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares. Los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen. Los usuarios tienen derecho a decidir libremente sobre la aplicación de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos ofrecidos. En caso de urgencia o que el usuario se encuentre en estado de incapacidad transitoria o permanente, la autorización para proceder será otorgada por el familiar que lo acompañe o su representante legal; en caso de no ser posible lo anterior, el prestador de servicios de salud procederá de inmediato para preservar la vida y salud del usuario, dejando constancia en el expediente clínico. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACIÓN ESTATAL EN YUCATÁN JEFATURA DELEGACIONAL DE PRESTACIONES MÉDICAS COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN Y ENLACE INSTITUCIONAL COORDINACION AUXILIAR MEDICA DN EDUCADION EN SALUD ESCUELA DE ENFERMERÍA, INCORPORADA A LA U.A.D.Y. REGISTRÓ DE PROFESIONES 71-XIII-338 2015/1

Los usuarios de los servicios públicos de salud en general, contarán con facilidades para acceder a una segunda opinión. ARTÍCULO 52. Los usuarios deberán ajustarse a las reglamentaciones internas de las instituciones prestadoras de servicios de salud, y dispensar cuidado y diligencia en el uso y conservación de los materiales y equipos médicos que se pongan a su disposición. ARTÍCULO 167. Para los efectos de esta Ley, se entiende por Asistencia Social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DEL IMSS. El Instituto Mexicano del Seguro Social y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social establecen un Contrato Colectivo con las normas que regulan sus relaciones de trabajo. Son estas normas en su conjunto un esfuerzo de mutuo entendimiento y respeto, actitudes siempre presentes en el trato cotidiano. Instituto y Sindicato reconocen la necesidad del trabajo conjunto, a favor de la cultura de calidad, que modifique esquemas tradicionales y cambie paradigmas, que al propio tiempo que estimule y reconozca a los trabajadores como actores principales de este proceso, fomente la apertura y mejora de los procesos del servicio, que hagan posible ofrecerlo con la más alta oportunidad y calidad. Así, la calidad está cimentada en la participación, conjunta y coordinada, de trabajadores y funcionarios que día con día llevan a cabo las tareas conducentes para brindar seguridad a través de los servicios institucionales. Este pacto laboral es el resultado de una discusión razonada, a partir de un análisis sereno, ausente de posiciones de fuerza, realizando el mayor esfuerzo posible, acorde a las circunstancias del país, para lograr un acuerdo general que cumpla con las expectativas de los trabajadores y fortalezca a la Institución al permitirle consolidar su renovación e incrementar la calidad de los servicios, con la certeza que de este modo se está avanzando en la cultura laboral del Instituto y en la preservación de los principios solidarios y redistributivos que dan fundamento y fortaleza a la Seguridad Social Mexicana.

PLANEACION OPEATIVA

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS SITUACIONES ENCONTRADAS QUE IMPACTAN LA EFICIENCIA DE LOS PROCESOS 

Análisis del micro-entorno

 

GERENCIA FORTALEZAS Supervisión continua  Existencia de reglamentos y

DEBILIDADES Reuniones periódicas

del

personal

del



lineamientos en el departamento Existencia de instrumentos de

departamento Clima organizacional



evaluación aplicables Instrumentos y guías apoyen

a

supervisión

la

función



que

satisfaga las expectativas del

que de

directivo

 

usuario y prestador Diagnostico situacional vigente Existencia de manual de organización vigente

TALENTO HUMANO FORTALEZAS

DEBILIDADES



Cumplimento de



funciones Competencia profesional



y técnica Aprovechamiento de la

   

jornada Asistencia y puntualidad Institucionalidad Responsabilidad Respeta los valores,

  

imagen personal Comunicación efectiva Satisfacción del prestador

 

de servicio Ausencia de conflictos Manejo de los PLACE’S

derechos y creencias personales de los pacientes CUIDADO ENFERMERO 

FORTALEZAS Clasificación de riesgos

 

escaras Clasificación de riesgo de caídas Conocimiento de metas



internacionales Aplicación

de

de

 

DEBILIDADES Ausencia de quejas Orientación al usuario con base a los componentes PREVEIMSS

metas

internacionales

RECURSOS MATERIALES   

FORTALEZAS Papelería e impresos Artículos de higiene Útiles de oficina

  

DEBILIDADES Coordinación interna y externa Suficiencia de instrumental Oportunidad de solicitud

y

suficiencia de material de curacion

 

EDUCACION/CAPACITACION FORTALEZAS DEBILIDADES Educación continua  Realiza investigación Personal capacitado en la enfermería monográfica

 

metodología Apoyo hemerografico Personal capacitado sobre los

de

diversos trámites administrativos inherentes al área.

ORGANIZACION NOVIEMBRE 2011 CATEGO RIA

NOMBRE

MATRICULA

LUNE S

MARTE S

MIERCOLE S

JUEVE S

VIERNE S

RIOS PECH MARIA JOSE TZAB UC ROCIO GUADALUPE AGUILAR ONTIVEROS MARISSA DEL PILAR CARDOZ UC MARIA BEATRIZ DE LA CRUZ HERNANDEZ MARIA DEL PILAR LAVADORAS MORENO JULIO ALBERTO PEREZ DZUL PAULA ANALI COTAZAR MACIAS ROSARIO VENTURA TRUJEQUE VERONICA JANETH CALDERON LOEZA CINTHIA DEL ROSARIO

99040357

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

99334770

A1

A1

A1

9933644

UCIN

10124675

A2

A2

A2

99336421

A3

A3

A3

99331119

CUNER O PATOLO GICO

A1

A1

A2

A2

A3

SABAD O

DOMING O

A1

A1

UCIN

UCIN

A3

A3

A3

CD

99324227 99388476

OBSERVACION ES

A2 A2

CD CD

99338624

99334029

CD