ALEGATOS DE APERTURA LIBERTAD CONDICIONAL

ALEGATOS DE APERTURA LIBERTAD CONDICIONAL Por la defensa técnica de LUCIANO ASCA FÉLIX, el abogadoxxxxxxxxxxxxx , con Re

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ALEGATOS DE APERTURA LIBERTAD CONDICIONAL Por la defensa técnica de LUCIANO ASCA FÉLIX, el abogadoxxxxxxxxxxxxx , con Reg. CAH N° ………., señalando domicilio procesal en el zzzzzzzzzzzzzz, Segundo Piso, Oficina C – Huánuco, CASILLA SINOE N° 38916. Señor Juez el día de hoy, presento a su despacho el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL solicitada por LUCIANO ASCA FÉLIX, solicitando el beneficio penitenciario de Liberación Condicional, el mismo que ha sido propuesto por el Consejo Técnico Penitenciario ante vuestro despacho, el mismo que debe ser resuelto conforme a sus legales atribuciones. La presente solicitud de Liberación Condicional, Señor Juez mi patrocinado LUCIANO ASCA FÉLIX, busca una libertad anticipada a efectos de que pueda egresar del Establecimiento Penitenciario de Potracancha, donde actualmente purga condena y poder desempeñar un trabajo o labor y continuar extramuro con el tratamiento en libertad. Mi patrocinado ha cumplido con adjuntar a su solicitud de beneficio penitenciario la copia de la sentencia y del Auto que la declara consentida, el certificado domiciliario que el día de hoy cumplo con presentar, porque si bien es cierto en autos obra un Certificado, presenta un “error cálame” pues se ha consignado como domicilio el Jr Grau, cuando lo correcto es JR. GARU N° D-05 AAHH. COMITÉ NRO 10 SANTA ROSA HUÁNUCO, POR LO QUE SOLICITO SE TENGA POR VÁLIDO EL DOCUMENTO QUE ESTOY ADJUNTANDO HOY SIN ERRORES. También ha cumplido con adjuntar el correspondiente Contrato de trabajo suscrito con EVER MENDOZA ENCALADA, quien cuenta con un negocio dedicado a la confección de ropa deportiva ubicado en el Jr. Huánuco N° 371, Interior A, Tienda 9 – 11, quien el día de hoy se encuentra presente, con la finalidad de que en su debida oportunidad pueda declarar. Asimismo, Señor Juez, en la presente audiencia hago entrega del Acta de Nacimiento del menor FABRICIO TIAGO ASCA QUISPE,

que es el hijo de 4 años de LUCIANO ASCA FÉLIX, pues el menor depende no sólo económicamente sino también afectiva y emocionalmente de su padre, actualmente reo en cárcel. También obra el depósito judicial por concepto del pago total de la reparación civil. También ha cumplido con adjuntar los certificados y diplomas expedidos por haber realizado los diversos talleres expedidos por el INPE; así como los demás medios de pruebas anexados en autos. Con todos estos documentos es que vuestro Juzgado ha convocado a esta audiencia, en la que se va acreditar que LUCIANO ASCA FÉLIX, se encuentra apto para reinsertarse a la sociedad y como consecuencia de ello, continúe su tratamiento post penitenciario extra muro, en el área del medio libre.