Alegatos de Apertura

ALEGATOS DE APERTURA Buenos días a todos los presentes. Señora Jueza, soy Armando Enrique Sánchez Bermúdez, fiscal auxil

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ALEGATOS DE APERTURA Buenos días a todos los presentes. Señora Jueza, soy Armando Enrique Sánchez Bermúdez, fiscal auxiliar de Managua. Siendo usted la competente para conocer de la causa en la que el Ministerio Público acusó a Emanuel José Velásquez Benavidez (actualmente detenido y en esta sala de juicio ante su autoridad) y Luis Ramón Sánchez Mendoza (quien aún no ha sido detenido), por ser presuntos coautores del delito de Robo con violencia o intimidación, Robo agravado, con base legal en los artículos 224 y 225 CP, en perjuicio de Nelson Enrique Rosales Larios; comparezco ante su autoridad en la calidad antes indicada para demostrar en juicio oral y público que el acusado Emanuel José Velásquez Benavidez es responsable de los hechos ocurridos el 19 de octubre de 2017 aproximadamente a las 9:30 p.m. en la vía pública que limita con el costado este del Supermercado Price Smart del barrio Jonathan González, en ésta ciudad; cuando ambos acusados impidieron el paso al señor Rosales Larios, despojándolo de su teléfono celular bajo intimidación, causándole una herida en la región del tórax sobre la tetilla izquierda. Teniendo la responsabilidad de representar a la víctima, señor Nelson Enrique Rosales Larios y la obligación de demostrar los hechos acusados, nos hemos presentado a ésta audiencia de juicio oral y público para traer las pruebas que hemos comprometido a juicio con las cuales demostraremos la participación del acusado Emanuel Velásquez en los hechos imputados y sobre todo, desvirtuar el Principio de Inocencia que cubre al mismo. Una vez reproducida en juicio la prueba que hemos ofrecido oportunamente, solicitaré a su autoridad que dicte en contra del acusado Emmanuel Velásquez un fallo de culpabilidad.

ALEGATOS DE APERTURA

Buenos días a todos los presentes.

Señ ora Jueza, soy Armando Enrique Sánchez Bermúdez, fiscal auxiliar de Managua. Siendo usted la competente para conocer de la causa en la que el Ministerio Pú blico acusó a Emanuel José Velásquez Benavidez y Luis Ramón Sánchez Mendoza, por ser presuntos coautores del delito de Robo con violencia o intimidació n, Robo agravado, con base legal en los artículos 224 y 225 CP, en perjuicio de Nelson Enrique Rosales Larios; comparezco ante su autoridad en la calidad antes indicada para demostrar en juicio oral y pú blico que los acusados Emanuel José Velásquez Benavidez y Luis Ramón Sánchez Mendoza son responsables de los hechos ocurridos el 19 de octubre de 2017 aproximadamente a las 9:30 p.m. en la vía pú blica que limita con el costado este del Supermercado Price Smart del barrio Jonathan Gonzá lez, en ésta ciudad; cuando ambos acusados impidieron el paso al señ or Nelson Rosales Larios, despojá ndolo de su teléfono celular bajo intimidació n, causá ndole una herida en la regió n del tó rax sobre la tetilla izquierda.

Teniendo la responsabilidad de representar a la víctima, señ or Nelson Enrique Rosales Larios y la obligació n de demostrar los hechos acusados, nos hemos presentado a ésta audiencia de juicio oral y pú blico para traer las pruebas que hemos comprometido a juicio con las cuales demostraremos la participació n de los acusados Emanuel Velásquez y Luis Ramón Sánchez en los hechos imputados y sobre todo, desvirtuar el Principio de Inocencia que cubre a los mismos.

Una vez reproducida en juicio la prueba que hemos ofrecido oportunamente, solicitaré a su autoridad que dicte en contra de los acusados Emmanuel Velásquez y Luis Ramón Sánchez un fallo de culpabilidad.

INTERROGATORIOS 1 NELSON ENRIQUE ROSALES LARIOS. (Víctima) 1) ¿Cuá l es su nombre completo? 2) ¿Cuá l es su edad? 3) ¿Cuá l es su oficio o profesió n? 4) ¿Dó nde labora? 5) ¿Qué horario de trabajo tiene? 6) ¿Dó nde vive? 7) ¿Qué sucedió el 19 de octubre de 2017 aproximadamente a las 9:30 de la noche? 8) ¿Dó nde se encontraba usted en la fecha y hora antes indicada? 9) ¿De dó nde venía y hacia dó nde se dirigía? 10)

¿Usted caminaba solo en ése momento?

11)

¿Había en el sector buena iluminació n a esa hora?

12)

¿Logró apreciar los rostros de las personas que le interceptaron el

paso? 13)

¿Cuá ndo los volvió a ver ademá s del 19 de octubre de 2017 y

dó nde ocurrió en ésa ocasió n? 14)

¿Usted podría decir si esas personas se encuentran en ésta sala y

dó nde está ubicado? 15)

¿Qué le hizo específicamente la persona que usted señ aló

anteriormente, el 19 de octubre de 2017? 16)

¿De qué objeto fue despojado ése día?

17)

Puede describir el teléfono que el acusado y su acompañ ante le

sustrajeron. 18)

¿Cuá nto es el valor del teléfono celular que el acusado y su

acompañ ante le sustrajeron? 19)

Algo má s que quiera agregar.

2 ARLEN BARQUERO OCHOA. (Investigadora policial). 1) ¿Cuá l es su nombre completo? 2) ¿Dó nde labora? 3) ¿En qué á rea labora? 4) ¿Desde cuá ndo labora en la Policía Nacional?

5) ¿Dó nde estudió para su formació n como miembro de la Policía Nacional? 6) ¿Qué cursos ha realizado para el desempeñ o de su cargo? 7) ¿Recuerda si el 19 de octubre de 2017 en horas de la noche usted se encontraba de turno en la delegació n policial? 8) ¿Aproximadamente a las 9:30 pm del día antes indicado, recuerda si atendió al ciudadano Nelson Enrique Rosales Larios? 9) ¿Qué sucedió segú n lo expresado por el ciudadano Nelson Enrique Rosales Larios? 10)

¿Qué acciones realizó usted para dar respuesta a la denuncia

interpuesta por el ciudadano Nelson Enrique Rosales Larios? 11)

¿Puede reconocer si los documentos que se le van a proporcionar

en éste momento, los elaboró usted, si tienen su firma y el sello de la delegació n policial donde labora? 12)

Explique en qué consiste cada uno de ellos. UNA VEZ QUE HAYA

SEÑALADO CADA ACTO DE INVESTIGACIÓN Y CONFIRME QUE LOS ELABORÓ, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 247 DEL CPP SE DEBE PEDIR AL JUEZ (A) QUE SE TENGAN POR INCORPORADOS AL JUICIO. 13)

¿Algo má s que tenga que agregar?

3 SERDAN MARÍA ZELAYA CENTENO. (Médico forense). 1) ¿Cuá l es su nombre completo? 2) ¿Cuá l es su profesió n? 3) ¿Dó nde estudió ? 4) ¿Qué especialidad tiene? 5) ¿Dó nde realizó la especialidad? 6) ¿Dó nde labora? 7) ¿En qué á rea labora? 8) ¿Desde cuá ndo labora en el Instituto de Medicina Legal? 9) ¿Dó nde estudió para su formació n como miembro del personal médico del Instituto de Medicina Legal? 10)

¿Qué cursos ha realizado para el desempeñ o de su cargo?

11)

¿Tienen un protocolo de actuació n para la valoració n física de

personas que han sufrido lesiones? Por favor explique ¿en qué consiste?

12)

¿Recuerda haber estado de turno el 2 de noviembre del 2017 en el

Instituto de Medicina Legal? 13)

¿Recuerda si usted valoró al ciudadano Nelson Enrique Rosales

Larios el 2 de noviembre del 2017? 14)

¿Puede reconocer si el dictamen médico legal No. 18068-2017 que

se le van a proporcionar en éste momento, lo elaboró usted, si tienen su firma y el sello del Instituto de Medicina Legal? 15)

Explique ¿qué señ ales físicas encontró usted en la persona

examinada y a qué conclusiones llegó una vez que finalizó el examen físico? UNA VEZ QUE HAYA SEÑALADO SU TRABAJO Y CONFIRME QUE LOS ELABORÓ, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 114 Y 116 DEL CPP SE DEBE PEDIR AL JUEZ (A) QUE SE TENGA POR INCORPORADO AL JUICIO EL DICTAMEN MÉDICO LEGAL. NOTA: 1) Previo a los interrogatorios de cada testigo o perito, el fiscal que lo hace, se debe presentar al testigo o perito. 2) Es importante la preparació n previa del testigo y perito previo al juicio.

ALEGATOS CONCLUSIVOS

Buenos días a todos los presentes.

Señ ora Jueza, soy Armando Enrique Sá nchez Bermú dez, fiscal auxiliar de Managua. Corresponde en ésta etapa del juicio de conformidad a lo dispuesto en el artículo 314 del Có digo Procesal Penal, procedo a realizar los alegatos conclusivos en la causa en la que el Ministerio Pú blico acusó a Emanuel José Velásquez Benavidez y Luis Ramón Sánchez Mendoza por ser presuntos coautores de los delitos Robo con violencia o intimidació n, Robo agravado, en perjuicio de Nelson Enrique Rosales Larios.

Al iniciar el juicio ésta representació n fiscal se comprometió a: 1 Respetar el Principio de Presunció n de Inocencia del que gozan los acusados. 2 Demostrar la participació n de los acusados en los hechos imputados con el propó sito de desvirtuar el Principio de Presunció n de Inocencia. 3 Presentar elementos de pruebas que sustentan la acusació n que el Ministerio Pú blico presentó en contra de los acusados.

Por su parte, la defensa de Emanuel José Velásquez Benavidez a: 1 – 2 -3