Actividad Probatoria en El Proceso Penal

DIPLOMADO EN MEDICINA LEGAL, CRIMINOLOGIA Y CRIMINALISTICA LA ACTIVIDAD PROBATORIA EN EL PROCESO PENAL Abog. Noelia Di

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DIPLOMADO EN MEDICINA LEGAL, CRIMINOLOGIA Y CRIMINALISTICA

LA ACTIVIDAD PROBATORIA EN EL PROCESO PENAL

Abog. Noelia Diaz Cubas Lima, marzo del 2013

El Proceso Penal:

Investigación Preparatoria

Etapa Intermedia

Juzgamiento

La etapa estelar es el Juicio Oral

Juridiscente (Juez)

Defensa Requirente (Fiscal)

(Imputado)

• El Art. 356º Señala que en el Juicio rigen especialmente:

La Oralidad, Publicidad, Inmediación y la Contradicción. La prueba, para ser legítimamente incorporada debe cumplir con estos principios. La excepción es la Prueba Anticipada y Prueba Preconstituida ETI

4

INMEDIACIÓN

ORALIDAD

PUBLICIDAD

5

CONTRADICCIÓN

Principio de la Actividad probatoria • • • • •

Inmediación; Oralidad ; Judicialidad; Contradicción; Comunidad de Prueba;

LA PRUEBA • Desde un punto de vista objetivo; la prueba es un medio que sirve para acreditar un hecho desconocido. • Desde un punto de vista subjetivo; la prueba es la convicción que se produce en la mente del Juez.

LA PRUEBA Es la verificación de afirmaciones que se lleva a cabo utilizando los elementos de prueba de que disponen las partes y que se incorporan al proceso a través de medios de prueba y con arreglo a ciertas garantías. La prueba en sentido general, se puede definir como el camino que proporciona al juez el convencimiento de la existencia de un hecho (GÓMEZ COLOMER: 1985, p. 128.

ACTOS DE INVESTIGACIÓN Y ACTOS DE PRUEBA 1.- Se realizan durante la

1.- Solo se realizan durante

investigación 2.- Tiene por objeto recoger los elementos de prueba para decidir si se formula acusación o no. 3.- Se realizan por la policía, el Fiscal. 4.- No requieren de contradicción.

el juicio oral. 2.- Tienen por objeto formar convicción en el juez para sustentar una sentencia condenatoria o absolutoria.

3.- Se realizan por las partes. 4.La contradicción constituye una condición de licitud.

¿QUIÉNES REALIZAN ACTIVIDAD PROBATORIA? • Principio de Aportación de parte:

- EL MINISTERIO PÚBLICO - LA PARTE CIVIL - EL DEFENSOR  EL JUEZ POR EXCEPCIÓN; para alcanzar certeza, interés público en la persecución penal. (Art. 385)

FINALIDAD DE LA PRUEBA

¿VERDAD O CERTEZA?

QUÉ SE DEBE PROBAR? HECHOS CONCRETOS AFIRMADOS POR LAS PARTES.

QUÉ NO ES OBJETO DE PRUEBA? • LAS NORMAS JURÍDICAS • LOS HECHOS ADMITIDOS POR LAS PARTES (ART. 350.2 CPP) • LAS LEYES NATURALES • LO QUE CONSTITUYE COSA JUZGADA. • LO IMPOSIBLE y LO NOTORIO. (ART. 156º)

ACTIVIDAD PROBATORIA • 1.- Obtención medios de prueba (investigación. Preparatoria) • 2.- Proposición- Admisión (Audiencia de Control de Acusación) • 3.- Actuación- Incorporación (Juicio Oral)

• 4.- Valoración (sentencia)

1.- OBTENCIÓN • LEGALIDAD de los medios de obtención de los elementos de prueba; ej. Levantamiento secreto…

• JUDICIALIDAD; cuando se afecta un Dº fundamental. Ej . Allanamiento. • CONVALIDACIÓN; cuando por razones de peligro se realizan sin autorización previa. Ej. Incautación de drogas.

2.- PROPOSICIÓN - ADMISIÓN • Fase intermedia, es una facultad del Juez de la invest. preparatoria.

• No existen tachas contra las pruebas. • La decisión del Juez acerca de la admisión o no, es inimpugnable. Procede reexamen al inicio del Juicio oral. • La resolución que deniega o admite, requiere especial motivación. (Dº a prueba). • Principio de Preclusión, se admite prueba nueva cuando haya sido conocida con posterioridad a la fase intermedia. Art. 373.

3.- ACTUACIÓN PROBATORIA • 1.-Examen del acusado , el último es abogado. • 2.- Pruebas de las partes ; ?? • 3.- Oralización de pruebas  El Juez tiene en cuenta el orden propuesto por las partes.  La regla fundamental es la inmediación. Excepción para la lectura cuando el testigo ha fallecido, sufre enfermedad, etc  La Prueba de oficio es una facultad del Juez, excepcional y subsidiaria.

OPORTUNIDAD QUE DEBE SER OFRECIDA LA PRUEBA El momento es la etapa intermedia (art. 349 y 350). El Fiscal en su escrito de acusación. Las demás partes en el plazo de 10 días de notificados con la acusación. Excepcionalmente al inicio del juicio, con nueva argumentación. O q no se hayan conocido antes. Art. 373.1 y 373.2)

PRINCIPIOS RECTORES DE LA PRUEBA • • • • • • • •

P. NECESIDAD DE PRUEBA P. CONDUCENCIA P. LIBERTAD DE PRUEBA P. PERTINENCIA SE EXCLUYEN LAS IMPERTINENTES, P. LEGITIMIDAD SOBREABUNDANTES, ILICITAS P. APORTACIÓN P. ADQUISICIÓN PROCESAL P. LICITUD

LA PRUEBA SE ACTÚA EN EL JUICIO • 1.- P. de Publicidad; es una garantía para la sociedad; tiene que ver con la transparencia, reduce espacios de corrupción. La prueba proyectada en el proceso tiene un carácter social. Excepciones Art. 357.2

2.- P. de Contradicción; es una derivación de la garantía constitucional del derecho a la defensa. Es consecuencia del carácter dialéctico del proceso como método de averiguación de la verdad. La parte contra la que se oponga una prueba debe tener la oportunidad de procesal de conocerla y discutirla.

Cómo controlan las partes la actividad probatoria?  Los medios probatorios se ponen a conocimiento de las partes para que ofrezcan sus pruebas y pueden cuestionar las de la parte adversa.  Al realizar el interrogatorio directo contrainterrogatorio en igualdad de armas.

y

el

 Al momento de los alegatos finales ocurre la discusión de la prueba.

Caso de Homicidio 1.- Testigo presencial 2.- Primer policía en llegar a la escena 3.- Médico legista 4.- testigo presencial 5.- Policía que efectúa el arresto 6.- Policía que condujo la investigación

CLASIFICACIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA • • • • • • •

Medios Probatorios Típicos: 1.- La Confesión 2.- El testimonio 3.- El Careo 4.- La declaración del agraviado 5.- La prueba pericial 6.- Prueba documental

Medios probatorios de percepción inmediata • • • •

1.- Inspección judicial 2.- Reconstrucción de los hechos 3.- Reconocimiento de Personas y Cosas 4.- Diligencias Especiales: Identificación y Reconocimiento del cadáver, reconocimiento, necropsia.

INTERROGATORIO DIRECTO Es el primer interrogatorio que se le hace al testigo en la vista pública por la parte que lo presenta. Este se lleva a cabo formulándole preguntas con cuyas respuestas dicha parte se propone probar sus alegaciones.

Su principal objetivo: - Probar nuestras alegaciones - Convencer y persuadir al juzgador de la veracidad de las mismas ¿Cómo???? - Prevalecer nuestra teoría del caso Noelia Diaz Cubas

EL INTERROGATORIO DIRECTO En el interrogatorio directo, a diferencia del contrainterrogatorio, el protagonista es el testigo y no el interrogador.

En la mayoría de las ocasiones, las partes disponen de varios testigos para probar sus alegaciones. El orden en que éstos sean presentados deben ser estudiados cuidadosamente. Si son varios los testigos, debe seleccionar para el principio el más impactante, es decir, aquel testigo que pueda ofrecer al juzgador un panorama general que concuerde con su teoría del caso. Noelia Diaz Cubas

Es igualmente importante que el primer testigo que se presenta dé solidez a la argumentación pretendida, pues la credibilidad que merezca éste afectará la de los siguientes. El interrogatorio debe finalizar de forma impactante, es decir, con mucha firmeza y seguridad. Noelia Diaz Cubas

PRINCIPIOS BÁSICOS DEL INTERROGATORIO DIRECTO: Confianza y seguridad Organización Descriptivo, sencillo e interesante

Ritmo y velocidad Prohibición de preguntas sugestivas Usar preguntas abiertas Noelia Diaz Cubas

PRINCIPIOS BÁSICOS DEL INTERROGATORIO DIRECTO Acreditar y humanizar al testigo

Escuchar la respuesta del testigo No Guía de preguntas Debilidades del caso Gestos y modulación de la voz Apariencia, presencia y estilo

LOGRAR LA IDENTIFICACIÓN DEL JUEZ CON EL TESTIGO: DESTERRRANDO PREJUICIOS Noelia Diaz Cubas

• DESARROLLO DEL INTERROGATORIO: COMPARABLE A UNA PELICULA

• Presentar y acreditar al testigo • Situar al Juez en la escena • Desarrollar la acción: ¿Qué pasó? ¿Qué Hizo? • Cerrar la historia con un hecho impactante.

Ejemplo: Preguntas introductorias

• • • • • • • •

F: Testigo por favor diga su nombre Perito: Me llamo Jose Roque Diaz F: Cuál es su estado Civil? P. Casado F: Tiene hijos? P: Soy padre de un hijo y una hija F: Dónde reside? P: En San Borja- Lima Perú Noelia Diaz Cubas

Ejemplo Preguntas de Cualificación o acreditación • • • • • • •

F: A que se dedica usted? P: Soy licenciado en contabilidad F: Hace cuanto tiempo es usted contador público? P:… F: Cuál es su número de registro? P: …. F: Cuéntenos que preparación académica se requiere para ser perito contable? • P: Primero se debe obtener un bachillerato….

• Donde estudió usted? • Dónde comenzó a laborar? • Ha seguido usted algún tipo de especialización u cuenta con otra profesión? • Cuánto tiempo viene practicando dicha especialidad? • Ha recibido alguna distinción o Reconocimiento como profesional? • Ha testificado anteriormente como perito? • En cuántas ocasiones?

Confianza y seguridad: Si quiere convencer al juzgador de sus alegaciones debe estar convencido primero o por lo menos parecer que lo está. Al realizar el interrogatorio directo a su testigo debe hacerlo demostrando confianza y seguridad en lo que está haciendo.

Organización: Es fundamental la organización que se haga del relato. Hay dos teorías fundamentales: la primera postula que el testigo vaya relatando su historia en forma cronológica, y la segunda postula el de relatar lo más impactante, al principio y al final del testimonio, y se basa en que el oyente recordará mejor el inicio y el final de lo narrado. Noelia Diaz Cubas

Descriptivo, sencillo e interesante: Hay que hacer lo posible para que el relato del testigo capte la atención del juzgador. Lo primero que se debe hacer es ubicar al oyente en el tiempo y en el lugar en que ocurrieron los hechos que se juzgan. La preguntas deben ser sencillas y comprensibles por cualquier persona. Debe hacer la menor cantidad de preguntas posibles.

Ritmo y velocidad: El interrogatorio debe ser de manera fluida, tipo conversación: pregunta-respuesta, pregunta-respuesta, ameno e interesante para el oyente. Noelia Diaz Cubas

Prohibición de preguntas sugestivas: Se prohíbe que se formulen preguntas sugestivas a los testigos en el interrogatorio directo. Las preguntas sugestivas son aquellas que además de buscar una respuesta incluyen ésta en la propia pregunta. Para evitar hacer preguntas sugestivas, haga preguntas abiertas, es decir, aquellas que comienzan con palabras tales como:

¿Qué, Cómo, Cuándo, Dónde, Por qué, Describa, determine explique tal o cual cosa? Noelia Diaz Cubas

Acreditar y humanizar al testigo: Acreditar, es decirle al juzgador, quién es el testigo (qué tipo de persona es, a qué se dedica, cuál es su núcleo familiar).

Traten de descubrir en el testigo alguna actividad que lo distinga como ciudadano responsable y altruista, así como un eficiente trabajador.

Escuchar la respuesta del testigo: Sino se está atento a la respuesta del testigo, ésta quedará en los audios sin rectificación o aclaración alguna. Noelia Diaz Cubas

Guía de preguntas: Al preparar su interrogatorio directo no debe cometer el error de hacer una lista enumerada con las preguntas que le formulará a su testigo. Primero: Por que el interrogador no debe estar leyendo preguntas en el juicio (es suficiente que prepare una lista de tópicos o temas fundamentales).

Segundo: Por que en muchas de las respuestas surgirá la necesidad de formular una serie de preguntas relacionadas con esa respuesta si es que desea que el cuadro presentado por la misma quede totalmente claro. Noelia Diaz Cubas

Debilidades del caso: Los testigos presentan cualidades positivas y negativas. La interrogante es: presenta usted en su turno de presentación de prueba sólo los aspectos positivos y se arriesga a que los perjudiciales sean expuestos por la otra parte, o presenta sus puntos débiles antes que la otra parte los presente. * Algunos opinan que deben ser expuestos en su turno.

Noelia Diaz Cubas

Gestos y modulación de la voz: Es recomendable utilizar un método de interrogar que no sea monótono y que mantenga la atención del oyente. Una de las formas de lograrlo es haciendo algún tipo de gesticulación cuando formule las preguntas. Utilice al máximo su lenguaje corporal.

Apariencia, presencia y estilo: La apariencia del testigo, así como la del interrogador, es de suma importancia. El juzgador se inclinará a desconfiar de aquellos testigos que se presenten desaliñados. Noelia Diaz Cubas

DURACIÓN DEL INTERROGATORIO: No hay un tiempo determinado para realizar el interrogatorio directo. Estudiosos del tema han dicho que es en los primeros 20 minutos donde hay que exponer los aspectos más importantes, puesto que luego de transcurridos éstos el juzgador tiende a perder interés en la narrativa.

Noelia Diaz Cubas

LA PREPARACIÓN DEL TESTIGO: Como mínimo debe tenerse en cuenta los siguientes principios: Cuestionar su versión Asegurarse que le dice la verdad

Familiarizarse con el sistema procesal penal Hacerlo consciente de su rol en el proceso

Escuchar su relato y seleccionar las partes pertinente

Explicarle reglas y propósito del interrogatorio di Definir el vocabulario a utilizar Forma de testificar en la vista pública Practicar las preguntas y respuestas Noelia Diaz Cubas

Cuestionar su versión: Tan pronto tenga el primer contacto con su testigo, dude de todo lo que le diga como si usted fuera la parte contraria.

Asegurarse que le dice la verdad: Indicarle al testigo que tiene que decirle toda la verdad aunque le incomode hacerlo ó crea que ésta no le favorece.

Noelia Diaz Cubas

Explicarle las reglas y propósito del interrogatorio directo: Explicarle al testigo lo que son las objeciones y el propósito de las mismas.

Practicar las preguntas y las respuestas: Se puede ensayar el interrogatorio aclarándole al testigo que no debe memorizar su relato. Debe en este momento darle forma a lo que responderá el testigo.

Noelia Diaz Cubas

EL INTERROGATORIO REDIRECTO: Permite que la parte que realizó el interrogatorio directo pueda interrogarlo nuevamente después que la otra parte lo haya sometido a un contra interrogatorio.

En este interrogatorio sólo se deben permitir preguntas sobre aquellos aspectos nuevos que surgieron como consecuencia del contrainterrogatorio que le hiciera la parte adversa. No debe permitirse, por tanto, que se utilice el mismo para introducir asuntos que no fueron cubiertos en el interrogatorio directo. Noelia Diaz Cubas

EL CONTRAINTERROGATORIO Es la confrontación que por medio de una serie de preguntas o aseveraciones hace una de las partes en el proceso al testigo presentado por la parte adversa.

Tiene varios propósitos: El más importante es hacer que el testigo de la parte contraria pierda credibilidad ante el juzgador, desacreditando su testimonio o su persona. La primera consiste el atacar la historia que relata el testigo, ya sea por que la misma es inverosímil, es contradictoria con la versión ofrecida por otro testigo, o se contradice con una versión anterior del mismo. El segundo caso consiste en atacar la credibilidad personal del testigo. Noelia Diaz Cubas

EL CONTRAINTERROGATORIO Es el medio para garantizar el cumplimiento del principio de contradicción, es tan importante este principio, que si un testigo no puede ser contrainterrogado por la parte adversa, por la razón que fuere, ya sea por que éste se niegue a contestar las preguntas, por que fallezca o se incapacite, se procedería a eliminar de las actas del caso lo vertido por éste en su interrogatorio directo, o anular el proceso y decretar la celebración de un nuevo juicio El contrainterrogatorio deberá limitarse hacer preguntas que han sido materia del interrogatorio directo.

Noelia Diaz Cubas

Objetivos del Contrainterrogatorio:  Abolir o reducir credibilidad al testigo o perito.

 Desvirtuar las afirmaciones o negaciones realizadas en el interrogatorio directo Ejemplo: Mintió, exageró, incoherente.  Obtener datos, citas o referencias que el testigo o perito ha silenciado y que pueden generar conclusiones diferentes o hacer menos creíble el testimonio.

Control: El interrogador debe mantener el control en todo momento sobre el testigo que se interroga.

Brevedad y organización: El contrainterrogatorio debe ser lo más breve posible. Recuerde que el testigo está identificado con la parte adversa y será muy poco lo que pueda decir a favor de su causa.

Se debe seleccionar las áreas o temas que se desean cubrir. Noelia Diaz Cubas

Ritmo y velocidad: Tiene que hacerse una pregunta tras otra sin que haya lapsos de tiempo entre las mismas. Coordinación: Las preguntas deben hacerse con rapidez, y deben ser claras e inequívocas.

Actitud: No se puede, ni se debe contrainterrogar a todos los testigos de la misma forma. Tiene que saber diferenciar entre aquel testigo que aunque contrario a sus intereses o a su causa, está diciendo la verdad, de aquél que está mintiendo. Noelia Diaz Cubas

Memoria: Es indispensable tener buena memoria para poder realizar un buen contrainterrogatorio.

Momento adecuado: Cuando en el interrogatorio directo el testigo ha mentido de forma descarada es recomendable atacarlo de entrada. El contrainterrogatorio debe terminar con la pregunta más significativa e impactante, es decir, la pregunta demoledora. Noelia Diaz Cubas

PRINCIPIOS GENERALES DEL CONTRAINTERROGATORIO: No repetir el interrogatorio directo de la parte adversa Determinar su utilidad Conocer la respuesta No leer las preguntas Seguridad y firmeza

Hacer preguntas cerradas “SI !”, “·NO” Hacer preguntas aseverativas, sugestivas

Noelia Diaz Cubas

Identificar contradicciones Escuchar las respuestas

Contacto personal Respeto y cortesía Observar las reacciones del juzgador

Si el testigo no daña la teoría del caso, NO hacer preguntas Noelia Diaz Cubas

Preguntas abiertas:

¿Qué hizo el 13 de enero? ¿Qué sucedió después de que usted salió de su casa?

Preguntas de transición u orientación:

“Sra. Gómez ahora le preguntaré de su relación con el acusado”.

Preguntas cerradas:

¿Qué marca es su mototaxi,? ¿Cuál es el nombre de su padre?¿Cuál es el color de su auto? Noelia Diaz Cubas

Cómo concluirlo? Hay que saber cuando terminar a tiempo un contrainterrogatorio.

Se debe comenzar y terminar con los puntos más sólidos para nuestro caso Noelia Diaz Cubas

Preparación de su testigo para enfrentar con éxito el contrainterrogatorio:  Debe indicársele al testigo que escuche con detenimiento las preguntas que se le formulen y responda estrictamente lo que se le preguntó y nada más.

 Aclárele que es importante que no entre en polémica ni se altere con el interrogador.  Advertirle que sino entiende la pregunta que se le formula, no sabe o no recuerda la respuesta de la misma, que así se lo deje saber al interrogador.

 Es importante que se asuma el papel de la parte adversa y se formule al testigo las posibles preguntas de las que será objeto en la audiencia por parte del adversario. Noelia Diaz Cubas

Ejemplo de Contrainterrogatorio: • F: Sr. Perito, ¿Cuánto está usted facturando a la defensa por sus honorarios? • P: Depende de la etapa del proceso • F: Por la investigación del caso? • P: 150 dólares la hora • F: Por la Preparación del Informe? • P: 150 dólares la hora • F: Y por testificar? • P: 250 dólares la hora •

• F: Sr. Perito, ello incluye las horas en que usted está esperando en el tribunal ser llamado a testificar? • P: es correcto • F: Al día de hoy, y en este momento en particular, cuántas horas podría usted facturar por testificar en este proceso? • P: 20 horas • F: A 250 la hora, eso equivale a $/. 5,000.00, es correcto eso? • P: Es correcto. • F: Sr. Perito, lo cierto es, que si usted no hubiera concluido que NO existía un desbalance patrimonial en la empresa del agraviado, usted no hubiera testificado como testigo de la defensa en este juicio y no hubiera facturado cinco mil dólares verdad? • F: NO tengo más preguntas Señor Juez.

EXAMEN DE PERITOS • Perito; es aquella persona que por su conocimiento especializado de naturaleza científica, técnica, artística o de experiencia calificada, pueden brindar una explicación y mejor comprensión de algún hecho objeto de prueba. • Deben ser expresamente propuestos por el Fiscal o el Juez, salvo cuando sean organismos especializados. • El examinador debe asesorarse sobre el significado de la pericia, la confiabilidad del método empleado y sobre la forma de preguntar para tener una respuesta útil a la teoría del caso.

EXAMEN DE PERITOS • Se aplican las mismas técnicas del interrogatorio directo y contrainterrogatorio. • Deben expresar las razones de sus conclusiones y el origen de su conocimiento. • Están facultados para consultar documentos, notas y publicaciones durante su interrogatorio.

ACTUACIÓN DE LA PRUEBA MATERIAL “UNA IMAGEN VALE MÁS QUE MIL PALABRAS” - La observación visual de algunos objetos representa una evidente ventaja al relatar una historia. - Los objetos o vestigios incautados serán exhibidos en el debate y podrán ser examinados por las partes, quienes podrán reconocerlos.

Prueba Material Real Objetos de naturaleza tangible, que el juzgador percibe a través de los sentidos, ordinariamente utilizados por las partes en los hechos pertinentes al caso en juzgamiento.

Armas, huellas, bienes, dinero, documentos, grabaciones, etc.

Demostrativa Prueba perceptible a los sentidos, directamente relacionada con los hechos, que ayuda al juzgador a entender mejor la prueba o que haga más comprensible otra evidencia.

Maquetas, diagramas, mapas, fotografías, etc.

INCORPORACIÓN Y AUTENTICACIÓN DE PRUEBA MATERIAL REAL 1. Establecer las bases probatorias para la incorporación. 2. Marcar como identificación y pedir permiso al juez para su exhibición al testigo. 3. Mostrar la identificación a la otra parte. 4. Mostrar la identificación al testigo. 5. Establecer las bases probatorias para la autenticación y autenticar. 6. Ofrecer como medio de prueba autenticado. 7. Admitir como medio de prueba.

Cómo establecer las bases probatorias para la incorporación de prueba material?

• • • • • •

• • • 

Fiscal: ¿Acudió usted a la escena del delito? Testigo: Si. Fiscal: ¿Encontró alguna prueba material? Testigo: Si. Encontré una pistola. Fiscal: ¿Podría usted describir la pistola que encontró? Testigo: Si. Era una Pietro Beretta 7.65mm, de mango negro y cañón gris. Fiscal: ¿Exactamente dónde la encontró? Testigo: Junto al cadáver, exactamente a 50 Cms. Fiscal: ¿Qué hizo usted con ella? Testigo: La fije, identifiqué, levanté, embalé, la sometí a cadena de custodia y la entregué en el laboratorio. Ordené examen balístico de comparación.

Incorporación de prueba material 2. Marcar como identificación el objeto o documento y solicitar permiso al juez para su exhibición al testigo:

Fiscal: Señor juez, solicito permiso para exhibir al testigo lo que la Fiscalía ha marcado como evidencia No. 1 para identificación.

Juez:

Proceda Fiscal.

Incorporación de prueba material 3. Mostrar a la otra parte el objeto o documento marcado como identificación:

Fiscal: Exhibe la evidencia a la defensa.

Incorporación de prueba material 4. Mostrar la identificación al testigo y autenticar la evidencia: Fiscal: (Entregando la evidencia al testigo): ¿Reconoce lo que le entrego? Testigo: Si, es la pistola que encontré en la escena de los hechos. Fiscal: ¿Por qué lo sabe? Testigo: Yo la recogí, embalé, rotulé, e identifiqué. Fiscal: ¿Está seguro? Testigo: Si. El embalaje tiene mi número de placa y firma. Fiscal: ¿Cómo compara usted la condición que la pistola tenía el día en que la recogió y la condición actual? Testigo: Está en la misma condición. Salvo lo realizado por el perito.

Incorporación de prueba material 5. Ofrecer el objeto o documento como medio de prueba autenticado :

Fiscal: Señor juez, una vez autenticada la evidencia por quien tuvo contacto directo con ella, solicito a usted la admita como medio de prueba en este juicio, para ser utilizada y valorada. Juez: ¿La defensa tiene alguna oposición a la solicitud del Fiscal? Defensor: No, señor juez.

Incorporación de prueba material 6. Admitir la prueba material como medio de prueba:

Juez:

La evidencia es admitida como medio de prueba. Señor secretario, sírvase marcarla como evidencia No. 1 de la Fiscalía.

Pasos para la incorporación, autenticación y presentación de evidencia demostrativa Incorporación y autenticación 1.

Acreditar debidamente al testigo.

2.

Establecer las bases probatorias para la incorporación y presentación de la evidencia.

3.

Marcar como identificación la evidencia y solicitar permiso al juez para su exhibición al testigo.

4.

Mostrar a la otra parte la evidencia marcada como identificación.

5.

Mostrar la identificación al testigo y autenticar la evidencia.

6.

Ofrecer la evidencia como medio de prueba autenticado.

7.

Admitir la evidencia como medio de prueba.

Pasos para la incorporación, autenticación y presentación de evidencia demostrativa Presentación 1. Sentar las bases para la presentación. 2. Solicitar permiso al juez para su presentación o exhibición. 3. Utilizar la evidencia demostrativa.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 1. Acreditar debidamente al testigo: Fiscal: Testigo: Fiscal:

¿Qué profesión tiene usted? Soy topógrafo forense. ¿Qué estudios ha hecho usted en ese campo? Testigo: Un curso de topografía forense en Madrid (España) , un curso de planimetría de la escena del hecho en la Escuela de la Policía Nacional por 120 horas, y varios seminarios de actualización organizados por la Escuela Nacional de Ciencias Forenses. Fiscal: ¿Qué experiencia tiene usted en ese campo? Testigo: Desde hace 15 años trabajó en la Policía Nacional como tipógrafo principal de escenas de homicidios.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 2. Establecer las bases probatorias para la incorporación y uso de la evidencia:

Fiscal:

¿Levantó usted el plano de la escena donde yacía el cuerpo de la señora Clara Castro? Testigo: Si. Fiscal: ¿Qué método o técnica utilizó para realizar el plano? Testigo: Utilicé los estándares de medición aprobados en los protocolos forenses. La escena estaba totalmente aislada y protegida, con buena visibilidad y condiciones optimas de trabajo. Trabajé con un asistente de medición.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 3. Marcar como identificación la evidencia y solicitar permiso al juez para su exhibición al testigo: Fiscal:

Juez:

Señor juez, solicito permiso para exhibir al testigo lo que la Fiscalía ha marcado como evidencia No. 2, para identificación. Proceda Fiscal.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 4. Mostrar a la otra parte la evidencia marcada como identificación:

Fiscal: Exhibe la evidencia a la defensa.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 5. Mostrar la identificación al testigo y autenticar la evidencia: Fiscal: (Entregando la evidencia al testigo): ¿Podría usted decir que tiene allí. Testigo: Es un plano. Fiscal: ¿Es el mismo que usted elaboró de la escena de los hechos? Testigo: Si, es el mismo. Fiscal: ¿Está seguro? Testigo: Si. Fiscal: ¿Por qué está seguro? Testigo: Por el estilo de la letra, las cotas y demás características gráficas. Esta es mi firma. Fiscal: ¿Cómo compara usted este plano con la escena sobre la cual lo levantó? Testigo: El plano corresponde exactamente a la escena.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 6. OFRECER la evidencia como medio de prueba autenticada:

Fiscal: Señor juez, una vez autenticada la evidencia demostrativa por quien la elaboró, solicito a usted la admita como medio de prueba en este juicio, para ser presentada y valorada. Juez: ¿La defensa tiene alguna oposición a la solicitud del Fiscal? Defensor: No, señor juez.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 7. ADMITIR la evidencia como medio de prueba:

Juez:

La evidencia demostrativa es admitida como medio de prueba. Señor secretario, sírvase marcarla como evidencia No. 2 de la Fiscalía.

Presentación y utilización de la evidencia demostrativa 1. Sentar las bases para la presentación:

Fiscal:

Dijo usted que en la escena de los hechos usted encontró este proyectil y esta pistola (exhibiéndole al testigo los medios de prueba admitidos No. 1 y 2). Testigo: Si. Fiscal: ¿Quiere describir por favor el sitio exacto donde los encontró? Testigo: El proyectil lo encontré debajo del cadáver, debajo de la región subclavia derecha. La pistola la encontré en la cómoda del baño principal, a 50 CMS del lavamanos.

Presentación y utilización de la evidencia demostrativa 2. Solicitar permiso al juez para su presentación o exhibición.

Fiscal:

Señor juez, solicito permiso para proyectar en el telón la imagen de la evidencia demostrativa N. 2.

Juez:

¿Alguna oposición señor defensor?

Defensor: No señor juez.

Incorporación y autenticación de la evidencia demostrativa 3. Utilizar la evidencia demostrativa: Fiscal:

Señale en este plano el lugar exacto donde encontró usted el proyectil. Testigo: (Con la venia del juez, el testigo se para y señala un punto en el plano). Fiscal: Para el registro, el testigo señala el punto de intersección de las coordenadas… y…, exactamente debajo del dibujo del cadáver. Fiscal: Señale por favor el punto donde encontró la pistola. Testigo: (El testigo señala un punto en el plano). Fiscal: Para el registro, el testigo señala el punto de intersección de las coordenadas… y…, exactamente en la cómoda del baño principal.

Fiscal:

Eso es todo señor juez. Muchas gracias al testigo.

Demostraciones La evidencia demostrativa es aquella que ilustra o “demuestra” la prueba testifical. (Julio E. Fontanet). En audiencia de juicio oral Ejemplos: 1. Exhibición de heridas en el rostro de la víctima. 2. Demostraciones del cuerpo o características del acusado. 3. Elaboración de gráficos o croquis por parte del testigo o perito.

4. Presentación de animaciones por computador.

Fuera de audiencia de juicio oral Ejemplo: 1. Recrear o dramatizar una acción con el fin de demostrar que ciertos hechos ocurrieron de determinada manera.

Autenticidad de la evidencia demostrativa Ejemplo: Recrear virtualmente determinado hecho. Se debe garantizar su autenticidad a través de: 1. El programa de computación puede producir simulaciones basadas en principios técnicos confiables. 2. La información introducida al programa de computación esta basada en hechos y circunstancias que son similares a las que se quiere recrear.. 3. El programa de computación puede convertir la información en una recreación sustancialmente similar a los hechos. 4. El operador del programa está cualificado para su manejo.

Ayudas Audiovisuales Son elementos de apoyo que se utilizan para presentar la evidencia física real o demostrativa y para ilustrar mejor el contenido de los alegatos de apertura y de conclusión.

Presentar prueba material real

Apoyar alegatos La misma descripción física

Foto de sistema de seguridad de vigilancia

Pequeño tatuaje en la mano derecha

El mismo tipo de automóvil Huellas digitales sobre el mostrador

Atrapado a dos cuadras de donde se cometió el hecho

ACUSADO

Testigo lo identifica Denominación de billete similar al encontrado al acusado

LA PRESENTACIÓN Y LECTURA DE PRUEBA DOCUMENTAL Art. 381

• • •



La denuncia, los informes, las certificaciones y constataciones. Los Informes o dictámenes periciales Las actas conteniendo la declaración de testigos actuadas mediante exhorto, ante el Fiscal. Las actas levantadas por la policía, el Fiscal o el Juez de la investigación preparatoria que contienen diligencias objetivas e irreproducibles EJ. Actas de reconocimiento, incautación, hallazgo y allanamiento. (p. pre constituida). Las actas que contienen prueba anticipada.