Accion de Amparo Nueva

Acción de amparo Es una acción de garantía constitucional que procede contra el hecho u omisión por parte de cualquier

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Acción de amparo

Es una acción de garantía constitucional que procede contra el hecho u omisión por parte de cualquier autoridad ,funcionario o persona, que viola o amenaza cualquier derecho protegido por la constitución con excepción de los ya protegidos por el habeas corpus, acción de habeas data y la acción de cumplimiento. Por eso se dice que el amparo es “un proceso todista “ Este proceso tiene una finalidad restitutiva o restitutoria, es decir, su fin es reponer las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación del derecho constitucional. La acción de amparo protege derechos como el derecho a la libertad de contratación, el derecho a la asociación, el debido proceso , etc. La acción de amparo puede ser presentada por el mismo afectado o cualquier otra persona en su nombre. Según Samuel abad Yupanqui el amparo se puede ser de dos clases: Residual : constituye “la regla general” en el actual amparo peruano ; que exige haber cumplido con el agotamiento de las vías previas antes de interponer el proceso de amparo para tutelar los derechos constitucionales. Alternativo :constituye “la excepción” de la regla general del amparo ;cuando se interpone el proceso de amparo directamente sin necesidad de haber cumplido con la exigencia de agotar las vías previas para tutelar los derechos constitucionales ,es decir, la misma ley exonera al afectado de cumplir con la exigencia de la via previa,siempre y cuando se presenten determinadas circunstancias que conviertan el agotamiento de las vías previas en un requisito dañoso ,especialmente cuando se trata de la afectacion de derechos fundamentales se trata.

Antecedentes históricos La acción de amparo surge en 1857 ,en México, donde se dieron cuenta que no solamente hay que proteger la libertad individual sino también proteger los otros derechos fundamentales como los sociales. las garantías constitucionales son la última instancia que queda frente a la arbitrariedad y que son el último recurso al que se debe acudir .Si hay otros mecanismos procesales que la legislación común protege como vías previas, se debe recurrir a ellos. La acción de amparo aparece normada por primera vez en el Perú en la constitución de 1979 y también fue reglamentada por ley especial en 1982, cuando se dictó la ley 23506 “ley de habeas corpus y amparo “

Derechos protegidos; la acción de amparo procede en defensa de los siguientes derechos : 1) De igualdad y de no ser discriminado por razón de origen, sexo, raza, orientación sexual, religión, opinión, condición económica, social, idioma, o de cualquier otra índole; 2) Del ejercicio público de cualquier confesión religiosa; 3) De información, opinión y expresión; 4) A la libre contratación; 5) A la creación artística, intelectual y científica; 6) De la inviolabilidad y secreto de los dobhcumentos privados y de las comunicaciones; 7) De reunión; 8) Del honor, intimidad, voz, imagen y rectificación de informaciones inexactas o agraviantes; 9) De asociación; 10) Al trabajo; 11) De sindicación, negociación colectiva y huelga; 12) De propiedad y herencia; 13) De petición ante la autoridad competente; 14) De participación individual o colectiva en la vida política del país; 15) A la nacionalidad; 16) De tutela procesal efectiva;Código Procesal Constitucional 17) A la educación, así como el derecho de los padres de escoger el centro de educación y participar en el proceso educativo de sus hijos; 18) De impartir educación dentro de los principios constitucionales; 19) A la seguridad social; 20) De la remuneración y pensión; 21) De la libertad de cátedra; 22) De acceso a los medios de comunicación social en los términos del artículo 35 de la Constitución; 23) De gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida;

24) A la salud; y 25) Los demás que la Constitución reconoce.

Derechos no protegidos: (artículo 38° CPC) “no procede el amparo en defensa de un derecho que carece de sustento constitucional directo o que no esta referido a los aspectos constitucionalmente protegidos por el mismo “.

Habeas data La acción de habeas data fue incluida en la constitución por influencia de la constitución brasileña. Es una acción de garantía constitucional que protege los derechos reconocidos en los incisos 5 y 6 del artículo 2° de la constitución:

“Toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional” Y que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar”

La acción de habeas data permite que todo individuo acceda a un banco de información o registro de datos que incluye información sobre sí mismo. La persona tiene derecho a exigir que se corrija parcialmente o en su totalidad los datos si es que estos son erróneos o lo perjudican. El habeas data garantiza la adecuada manipulación de la información personal que es de conocimiento público o se encuentra bajo el conocimiento de terceros con la finalidad de impedir abusos y corregir errores en la administración y publicación de dichos datos, es decir, es el derecho de los ciudadanos a conocer, actualizar y modificar la información acerca de si misma en los bancos de datos de organismos públicos y privados. Ejemplo :el habeas data faculta a una persona a conocer su propia historia crediticia y a saber a que personas se les brindo tal información , así como también exigir que se

borren los datos negativos una ves que una deuda que tenía fue cancelada o venció el plazo de caducidad de la información. La demanda de habeas data puede ser planteada por el afectado, sus representantes o sus herederos . En el caso de personas juricas la interpone su representante legal o apoderado designado. La acción de habeas data requiere que el demandante previamente haya reclamado por documento de fecha cierta el respeto de los derechos a los que se refiere el articulo 61, es decir que tiene que agotar las vías de reclamación de los derechos antes de interponer la demanda de habeas data.