Absuelvo Traslado

Expediente Especialista Escrito Solicita : Nº 3761-2018 : Dra. Jusely Zarate. : 01 : Absuelvo traslado y otro SEÑOR JU

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Expediente Especialista Escrito Solicita

: Nº 3761-2018 : Dra. Jusely Zarate. : 01 : Absuelvo traslado y otro

SEÑOR JUEZ DEL III JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PUNO GLADYS ARCATA JULI, en autos de la Investigación que se sigue en mi contra de Wilson Ordoño Ponce y otros, por la presunta comisión del delito Lesiones Culposas y otro, en agravio de la recurrente; a Ud. Atentamente digo:

Siendo el estado del proceso y dentro del término de ley, de conformidad con lo establecido por el Artículo 350 inciso d), del Código Procesal Penal, PROCEDO A ABSOLVER EL REQUERIMIENO DE ACUSACION, por lo siguientes:

OBSERVACIÓN FORMAL A LA ACUSACIÓN

a. Al PUNTO XI: DE LA REPARACIÓN CIVIL. 3. Sobre el particular, el representante del ministerio Público no ha realizado una valoración correcta respecto a la reparación civil por concepto de los daños que ha sufrido la recurrente, toda vez que, con la conducta de los imputados, la recurrente ha sufrido graves daños a la integridad física y moral, en ese sentido, a la fecha ha quedado secuelas por el daño sufrido. Además, no ha estimado de manera adecuada el daño psicológico que ha sufrido la recurrente por los daños que se han ocasionado en la integridad física, más

aun, se ha visto afectado el proyecto de vida que tenía trazado como persona, es más, la recurrente me encuentro debidamente constituido en calidad de Actor Civil.

Sírvase tener por absuelta la acusación.

OTROSI: OFRECIMIENTO Y ACTUACIÓN DE LOS MEDIOS PROBATORIOS.Dentro del término de Ley, y de conformidad a lo establecido en el Art. 350 numeral 1, inciso f), y en uso de mis derechos de Igualdad de armas y derecho a la defensa, ofrezco los siguientes medios de prueba:

1.- MEDIOS PROBATORIOS:

DOCUMENTALES 1.1. Boletas de Venta, Recibos y Recibo por Honorarios, emitidos por las diferentes Farmacias y entidades de Salud pública y privada, por concepto de compra de medicamentos, atenciones clínicas y otros. La pertinencia, conducencia y utilidad, radica en el hecho de que con esta instrumental, se acreditará el daño físico que ha sufrido la recurrente, y los gastos que ha venido realizando con el objeto de mejorar mi salud, el mismo que se incorporara a juicio con la declaración de la recurrente.

1.2. Protocolo de Pericia Psicológica Nro. 001545-2019-PSC, de fecha 07 de marzo del 2019, el cual concluye que la recurrente presenta indicadores de vulnerabilidad debido ha estado de salud y recomienda orientación psicológica. La pertinencia, conducencia y utilidad, radica en el hecho de que con esta instrumental, se acreditará el daño psicológico que ha sufrido la recurrente. El mismo que se encuentra en la Carpeta Fiscal, (folios 285-286). DOCUMENTAL QUE SE INCORPORARÁ MEDIANTE SU LECTURA SOLO EN CASO QUE NO CONCURRA AL DECLARAR EN JUICIO ORAL LA PERITO PSICOLÓGICO GUADALUPE DE LA JARA RIQUELME, DE

CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL LITERAL C) DEL ARTÍCULO 383 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL.

Puno, 01 de octubre del 2019.