3 Resolucion de Querella

Resolución de la Querella JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DEL DEPARTAME

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Resolución de la Querella

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, GUATEMALA CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE--------

ANTECEDENTES:

1. El día veintisiete de enero de 2015, Katerin Lucia Mendez Monzon se dirigía a realizar actividades deportivas al complejo futeca ubicado en el centro comercial majadas de la zona once de la ciudad de Guatemala. Iba llegando a las instalaciones deportivas, a ver un partido de futbol, ahí antes de poder ingresar al parqueo le interceptaron el paso con un vehículo tipo camioneta agrícola del cual descendio un individuo con el rostro cubierto con gorro pasamontañas con armas de fuego. La sometio inmediatamente, la subio a la camioneta color negro y se retiro. 2. Siendo testigo de este hecho la señora Silvia Yaneth Jerez Sandoval, quien puede ser citado en la novena calle 5-19 de la zona siete, colonia Quinta Samayoa. Quien observo los hechos antes citados ya que ella trabaja como agente de seguridad en el supermercado Wal-Mart ubicado en el mismo centro comercial observando lo sucedido a la victima cuando la obligaron a entrar al vehículo, siendo dicho vehículo de las características siguientes: tipo camioneta agrícola; color: negro, con los Vidrios polarizados, de marca Mazda y placas desconocidas. 3. El veintiocho de enero del año dos mil quince, la señora Vilma Patricia Matías Cordero a eso de las ocho de la mañana, recibió una llamada telefónica a su celular, de un número que desconocía, quien con una voz agresiva le solicita el pago correspondiente a 100,000.00 quetzales el cual tenía que ser entregado el mismo día de la llamada a las veinte horas en el Centro Comercial Galerías del Sur, ubicada sobre la Calzada Raúl Aguilar Batres, con la amenaza de que al no hacer efectivo el pago, mataran a su hermana. Horas antes de que se diera la reunión para el pago del rescate la señora Vilma Patricia Matías Cordero recibió otra llamada para exigirle una suma diferente a la pactada sin embargo ella argumento no poseer dicha cantidad sino que solamente cuarenta y cinco mil quetzales, de una manera sorpresiva le colgaron la llamada y ella trato de regresar la llamada al número registrado pero no hubo respuesta. 4. El día veintinueve recibe indicaciones de entregar la cantidad que ella dijo poseer, en la gasolinera Shell ubicada a las afueras de la universidad de san Carlos de Guatemala, debiéndolo hacer a eso de las siete de la mañana. A lo cual accedió y cumplió. A las cinco de la tarde la señora Vilma Patricia Matías Cordero recibe una llamada de su hermana Katerin Lucia Mendez Monzon, quien le indico que se encontraba en el municipio de santa lucia milpas altas, del departamento de Sacatepéquez, para que la fuera a recoger. FUNDAMENTO DE DERECHO: 1.

El código procesal penal establece en el artículo 302 lo siguiente: la querella se presentara por escrito, ante el juez que controla la investigación.

2.

El código procesal penal establece en el artículo 303 lo siguiente: cuando la denuncia o la querella se presente ante un juez, este la remitirá inmediatamente, con la documentación acompañada, al ministerio público para que proceda a la inmediata investigación.

3.

El código procesal penal establece en el articulo 116 lo siguiente: en los delitos de acci ón publica, el agraviado con capacidad civil o su representante o guardador en caso de menores o incapaces, o la administración tributaria en materia de su competencia, podrá provocar la persecución penal o adherirse a la ya indicada por el ministerio publico.

RESOLUCION: En base a los fundamento de derecho se resuelve: A) Se toma nota de la direcci ón y procuración con que actúan las partes, B) se acepta como querellante en forma definitiva a la se ñora Vilma Patricia Matías Cordero C) en base a la solicitud actuaciones y medios de prueba presentado por la querellante y se remite al ministerio publico para que inicie las investigaciones del caso.

CITA DE LEYES: Artículos: 116, 302, 303 del código procesal penal.

Manuel Antonio Guzman Monzon Juez de primera instancia penal