Trabajo Monografico

INTRODUCCIÓN El presente trabajo, tiene como objetivo, desarrollar la importancia que posee esta institución en la segu

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INTRODUCCIÓN

El presente trabajo, tiene como objetivo, desarrollar la importancia que posee esta institución en la seguridad interna de nuestro país. Asimismo, analizar las funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú como precedentes de la actual situación organizacional de la mencionada institución; dar a conocer las funciones que cumple, para poder formular el cuestionamiento de que, si efectivamente se llevan a cabo dichas atribuciones que se les otorga. Igualmente es relevante comparar en la actualidad las funciones de los efectivos policiales frente a la aceptación o la conformidad de la sociedad con dicho actuar, además de realizar y plasmar en este trabajo un diagnostico general en los distintos ámbitos que abarca esta institución.

La finalidad de esta breve introducción es despertar el interés en la lectura que se efectuará, esperando ser de agrado completo. Y realizo un agradecimiento a los que colaboraron con la realización de esta investigación monográfica.

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DEDICATORIA Dedico este trabajo a todos mis compañeros de la 6° sección de la EFPP – TACNA, promoción “Honestidad”, quienes con esfuerzo y perseverancia están aquí.

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AGRADECIMIENTO

Agradezco a Dios por haberme guiado, y dedico este trabajo a mis padres, mis compañeros y a nuestro Docente por darnos las pautas necesarias y por sus sabias cátedras que nos brinda.

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ÍNDICE

DEDICATORIA…………………………………………………………… ...01 AGRADECIMIENTO………………………………………………………...02 INTRODUCCIÓN…………………………………………………………….03 1. LIMITACIONES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ…… 05 2. FACULTADES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ…… 07 2.1.

BASE LEGAL…………………………………………………09

CONCLUSIONES…………………………………………………………… 12 ANEXO………..……………………………………………………………… 13 BIBLIOGRAFIA………………………………………………………………15

LIMITACIONES DE LA POLICIA NACIONAL

Existen limitaciones a la Policía en la detención por flagrante delito Existen limitaciones a la Policía en la detención por flagrante delito. El Fiscal puede disponer la libertad de una persona que ha sido detenida por flagrante delito.Flagrante delito o detención de oficio cuando PNP detiene persona sin mandato judicial sorprendida flagrante delito (Art. Nº 259º del NCPP). Detención solo durará plazo 24 horas, término del cual o antes detenido sale en libertad, salvo que el Fiscal decida solicitar su Prisión Preventiva.12. Existe falta de adecuados sistemas de comunicación entre los operadores de justicia.No existe Base de datos Común, necesaria para prevenir, investigar y combatir la delincuencia. No existe Código Único compartido para registro de casos que se investigan, finalidad de hacerles seguimiento en diferentes Etapas del Proceso. Falta de medios de comunicación adecuados entre los operadores MP - PNP.

1. LIMITACIONES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

Las direcciones especializadas en investigación policial de la policía nacional del Perú, vienen demostrando eficiencia y eficacia en el esclarecimiento de diversos hechos delictuosos; sin embargo, es preciso indicar que presentan las siguientes dificultades: a) Déficit de efectivos y limitado personal especializado que dificulta el cumplimiento de la misión. Existe un grave déficit de personal. Hay 22,877 agentes que se encargan de custodiar a 9'395,149 habitantes. Es decir, hay 1 efectivo por cada 409 personas, cuando lo mínimo indispensable, según la Organización de la Naciones Unidas, es de 1 por cada 250. b) c) d) e) f)

Falta de equipamiento, armamento, vehículos y tecnología. Infraestructuras inadecuadas. Insuficiente presupuesto de gastos para inteligencia operativa. Tiempo de detención insuficiente (24 horas para delitos comunes). Escasos cursos de capacitación y especialización.

g) Limitada cooperación internacional en el intercambio de información. h) Respecto a la ejecución del nuevo código procesal penal, existen limitaciones operativas para la Policía Nacional del Perú.

La Policía atraviesa una situación en la que no se le puede exigir por las importantes tareas que tiene por delante en materia de seguridad ciudadana y en materia de lucha contra el crimen organizado, si no se le proporciona los recursos suficientes Policías consideran que existe confusión en lo que significa la conducción jurídica y conducción operativa de la investigación del delito, por parte de los Fiscales: Fiscales disponen sin conocer conducción operativa del delito métodos, técnicas y procedimientos. “Nosotros somos los técnicos dicen los policías”. Deficiente delimitación de roles entre la PNP y el MP: Considera que existe una errada interpretación de la norma y que al Fiscal solamente le compete orientar legalmente a la Policía en su labor de investigación Duplicidad de las funciones criminalísticas entre la PNP y el MP: Solo debe existir el Laboratorio de Criminalística PNP y desaparecer los Laboratorios de Criminalística creados por el MP. Injerencia de los Fiscales en el manejo administrativo e inclusive disciplinario de la PNP: Fiscales dan órdenes al personal PNP y solicitan a la Insectoría investigaciones administrativo-disciplinarias. Policías consideran que únicamente reciben órdenes de sus superiores. Disposiciones que restringen la función de investigación de la PNP, emitida por los Fiscales: Fiscales solicitan a la PNP ponga a disposición detenidos con los actuados policiales sin concluir (costumbre generada por el Atestado Policial). Inobservancia del trato cortes, respetuoso y horizontal por parte de los Fiscales al personal PNP: Se presentan problemas derivados de la formación castrense de la Policía con el sistema de trabajo del Despacho Fiscal. Los policías consideran que solo reciben órdenes de sus superiores. Artículos del NCPP que conceden facultades de policía al Fiscal: NCPP permite al Fiscal investigar el delito restringiendo función PNP.

Reducción Sistemática de la Función de Investigación Policial por el NCPP, limitándolo solo a diligencias preliminares y actos de investigación: La PNP está capacitada para investigar los delitos. El NCPP impide a la Policía culminar su labor de investigación con una conclusión, lo que favorece la impunidad (El Informe Policial): Atestado Policial. Incremento de la sensación de inseguridad ciudadana y de impunidad: Principio de oportunidad y otros incrementa inseguridad ciudadana. Limitaciones a la Policía en la detención por flagrante delito: Se refiere a la facultad del Fiscal de disponer la libertad de una persona que incluso ha sido detenida por flagrante delito (Delitos Menores).

FACULTADES DE LA POLICIA NACIONAL

¿CUÁNDO ES FLAGRANTE DELITO? Artículo 259° ncpp. La policía nacional del perú detiene, sin mandato judicial, a quién sorprenden flagrante delito. Definiéndola flagrancia cuando: 1. El agente es descubierto en la realización derecho punible. 2. El agente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto. 3. El agente ha huido y ha sido identificado durante o inmediatamente después de la perpetración del hecho punible, sea por al agraviado por otra persona que haya presenciado el hecho, o por medio audiovisual, dispositivos o equipos con cuya tecnología se haya registrado su imagen, y es encontrado dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el hecho punible. 4. El agente es encontrado dentro de las veinticuatro (24) horas después de la perpetración del delito con efectos o instrumentos procedentes de aquello que hubieren sido empleados para cometerlo o con señales en sí mismo o en su vestido que indiquen su probable autoría participación en el hecho delictuoso.

2. FACULTADES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Son facultades de la Policía Nacional del Perú, las siguientes: Mantener la seguridad y tranquilidad públicas, para permitir el libre ejercicio de los derechos fundamentales de la persona consagrados en la Constitución Política del Perú y las leyes. Mantener y/o restablecer el orden público, haciendo uso de la persuasión o medios disuasivos en forma racional y progresiva, salvaguardando la vida y la integridad física de las personas y las propiedades pública y privada. Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales, que sean perseguibles de oficio. Garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad. Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles. Brindar protección y ayuda al niño y al adolescente que se encuentren en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, en abandono moral o material, o expuestas a peligro, previniendo los actos antisociales y colaborando en la ejecución de medidas socio-educativas, en coordinación con entidades públicas y privadas. Brindar protección y ayuda al anciano y a la mujer que se encuentren en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, en abandono moral o material, o expuestas a peligro, previniendo las infracciones penales. Investigar la desaparición de personas naturales, adoptando las medidas pertinentes para establecer las causas que motivaron la misma, orientar las acciones para su ubicación y formular la denuncia correspondiente.

Velar por la seguridad del tránsito vehicular y peatonal, para lo cual deberá:

 Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras.

 Prestar seguridad al transporte automotor y ferroviario, efectuando patrullaje preventivo permanente y control en las vías de circulación, para el normal y seguro desplazamiento vehicular.

 Controlar el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de los usuarios de la infraestructura vial y de los - 6 - prestadores de servicio de transporte, aplicando las sanciones que correspondan.

 Denunciar ante la autoridad que corresponda las infracciones previstas en la legislación sobre la materia.

 Prevenir, investigar y denunciar los accidentes de tránsito.  Mantener

actualizados los registros del parque automotor y antecedentes del conductor, con fines policiales, en coordinación con las autoridades competentes.

Intervenir en el transporte aéreo, marítimo, fluvial y lacustre en acciones de su competencia. Cuando las circunstancias lo requieran coordinará con las autoridades respectivas, recabando de ellas las facilidades que les sean menester, procurando en todo momento mantener la más cordial armonía. Vigilar y controlar las fronteras del territorio nacional, actuando además como agente de integración y desarrollo. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros. Brindar seguridad y protección al Presidente de la República en ejercicio y al electo, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a los Vicepresidentes de la República, Embajadores acreditados en nuestro país, representantes de organismos internacionales con rango de Embajador, dignatarios extranjeros en visita oficial y a otras personalidades que requieran estos servicios. Cumplir y hacer cumplir los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Organismos Electorales, Ministerio Público y otros que emitan las autoridades competentes en el ejercicio de sus funciones. Participar en la seguridad de los establecimientos penitenciarios, así como en el traslado de los procesados y sentenciados de conformidad con la ley; coordinando permanentemente con las autoridades penitenciarias.

Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente; así como, en la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural de la Nación, previniendo, investigando y denunciando las infracciones, faltas y delitos previstos en las leyes sobre la materia, en coordinación con - 7 - los organismos competentes. Velar, por la seguridad de los bienes y servicios públicos, en coordinación con las entidades estatales correspondientes. Participar en la Defensa Nacional, adecuándose a las necesidades y requerimientos que la situación demande, en concordancia con las directivas emanadas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Participar en la Defensa Civil, coordinando los planes operativos y administrativos con los organismos del Sistema de los niveles respectivos, para la ejecución de acciones dentro del ámbito de su competencia, antes, durante y después de la emergencia.

Participar en el desarrollo económico y social del país:

 Promoviendo e incentivando la actividad turística en todos sus aspectos.  Ejecutando campañas de alfabetización y contra las drogas.  Constituyéndose en ente activo y dinámico en la organización de agrupaciones deportivas, culturales y otras.

 Participando y propiciando programas de acción cívica orientados a la salud y bienestar de la población.

 Fomentando la integración y desarrollo de pueblos fronterizos, comunidades nativas y campesinas.

 Ejecutando otras actividades que por su naturaleza coadyuven al desarrollo económico y social del país.

Identificar a las personas naturales con fines policiales. Ejercer las demás funciones que le señalen la Constitución y las leyes.

2.1. BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. Decreto Legislativo Nº 1148, que regula los servicios de seguridad privada. Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

CONCLUSIONES

En este trabajo quiero dar a conocer las funciones de nuestra Institución, para mejorar y optimizar los servicios prestados a la sociedad, así también mejorar las relaciones humanas entre el Policía y el ciudadano. Si bien hoy en día la Policía Nacional del Perú, está mal vista por la sociedad por el mal actuar de algunos efectivos. Es tarea de todos levantar la imagen institucional que se tiene de la Policía Nacional. Cada efectivo policial desde el lugar que se encuentre prestando servicio debe actuar de manera correcta, siguiendo los procedimientos establecidos en las normativas vigentes. Actuar de manera justa e imparcial, de esta manera ira mejorando la imagen de nuestra gloriosa institución que es la Policía Nacional del Perú.

ANEXOS

BIBLIOGRAFÍA

 http://derechosageo.blogspot.pe/2011/09/el-poder-de-policia.html  http://www.monografias.com/docs111/estado-policia/estado-policia.shtml  https://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_per_org_pnp.pdf  https://es.slideshare.net/melissaciezanya/poder