Trabajo de Derechos Humanos

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Violencia Física contra las Mujeres, por parte de su conyugue.

Pedro Julio García Yuli Paola Quintero Andrés Roberto Rueda Stefanny Gualdron Ángel

Universidad de Pamplona. Villa del Rosario. Estadística II 2018-2.

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Violencia Física contra las Mujeres, por parte de su conyugue.

Pedro Julio García

Código: Yuli Paola Quintero

Código: Andrés Roberto Rueda

Código: Stefanny Gualdron Ángel

Código:

Docente: Víctor Julián Rey Universidad de Pamplona. Villa del Rosario.

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Estadística II 2018-2.

1. Defina y contextualice cuáles son los principios básicos de los Derechos Humanos. RESPUESTA: LOS DERECHOS HUMANOS SON INALIENABLES: ninguna persona puede ser despojada de sus derechos humanos, salvo en circunstancias legales claramente definidas. Por ejemplo, el derecho de una persona a la libertad puede verse restringido si un tribunal la declara culpable de un delito al término de un juicio imparcial. LOS

DERECHOS

HUMANOS

SON

INDIVISIBLES

E

INTERDEPENDIENTES: Dado que cada derecho humano trae consigo otros derechos humanos y depende de ellos, la violación de un derecho afecta al ejercicio de otros. Por ejemplo, el derecho a la vida presupone el respeto del derecho a los alimentos y a un nivel de vida adecuado. Negar el derecho a la educación básica puede influir en el acceso de una persona a la justicia y su participación en la vida pública. La promoción y protección de los derechos económicos y sociales supone la libertad de expresión, de reunión y de asociación. En consecuencia, los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales son complementarios e igualmente indispensables para la dignidad e integridad de toda persona. Además, el respeto de todos los derechos es un requisito fundamental para la paz y el desarrollo sostenibles.

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EL DERECHO A LA IGUALDAD Y LA PROHIBICIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN: Algunas de las violaciones más graves de los derechos humanos se han derivado de la discriminación contra grupos concretos. El derecho a la igualdad y la prohibición de la discriminación, explícitamente consagrados en los tratados internacionales y regionales de derechos humanos, son por tanto fundamentales para la protección de todos los derechos humanos. El derecho a la igualdad obliga a los Estados a velar por la observancia de los derechos humanos sin discriminación por motivo alguno, incluidos el sexo, la raza, el color, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la pertenencia a una minoría nacional, la posición económica, el nacimiento, la edad, la discapacidad, la orientación sexual o la condición social o de otro tipo 2. Lean en grupo y discutan la lectura del Recuadro No. 2 denominada “Los derechos Humanos: ¿Un Concepto Occidental?” (Página 22 del Handbook). Al respecto respondan 

¿Consideran ustedes que los derechos humanos son un invento de occidente para pretender colonizar y desconocer patrones culturales e históricos que le son diferentes? (Mínimo 500 palabras, máximo: 600).

RESPUESTA: Analizando la lectura del recuadro No2 “Los derechos Humanos: un concepto occidental consideramos que cuando se habla de violaciones de derechos humanos lo primero que pensamos es en los países orientales

o en países

subdesarrollados pero esto no es así ya que también ocurre en países occidentales. En nuestra opinión los países desarrollados son un invento de occidente para colonizar y desconocer patrones culturales e históricos que le son diferentes ya que se puede decir que la mayoría de veces se ha intentado globalizar al mundo occidentalizando

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los países orientales, es decir en los países occidentales se ha intentado extender las ideas a quienes se considera que no ha recibido una buena educación o que su cultura es inferior la cual necesite de nuestra ayuda con el fin de ser una sociedad prospera democrática y capitalista lo cual se puede decir que pasa lo mismo en el caso de Derechos Humanos que ocurre con el mismo intento de coloniza. Pero también se debe a aclarar que desde nuestro punto de vista los Derechos Humanos no son algo negativo para la humanidad pero se debe tener en cuenta que estos Derechos fueron escritos desde el punto de vista occidental sin tener en cuenta los puntos de vista de los países orientales y no tuvieron en cuenta su cultura lo cual es comprensible hasta cierto punto que estos países orientales no cumplan estos derechos pero es incomprensible es que los países occidentales violen estos derechos y normas lo cual son el fundamento y base de la nación. Lo que hemos deducido hasta ahora es que en el mundo se cumple y se incumplen los Derechos Humanos libremente de la zona geográfica y el nivel de desarrollo Uno de los derechos más importantes es el derecho a la vida el cual se viola no solo cuando se habla de asesinatos si no también cuando se impone el castigo de la pena de muerte por parte del Estado. En el artículo 3 de la declaración de los Derechos Humanos indica que “todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona” lo cual este derecho tan importante no tendría que ser violado bajo ningún concepto menos a mano del estado lo cual indica que se hace “justicia” con la pena de muerte. Se puede decir que la pena de muerte es la negación de los Derechos Humanos ya que consiste en asesinato premeditado a sangre fría a manos del estado. Siendo un castigo cruel e inhumano y degradante que se impone en nombre de la justicia lo cual viola el

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derecho a la vida lo cual está redactado en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Los Derechos Humanos no han sido un regalo, sino el fruto del esfuerzo y de la lucha de las generaciones anteriores, por lo que nos vemos con la obligación moral de trabajar para universalizar el respeto a los derechos individuales, así como de educar en los valores propios de los Derechos Humanos. 3. ¿Cuáles son los instrumentos de los derechos humanos para grupos con características diferenciales? Por favor analizar los establecidos en el Handbook RESPUESTA: . Los principios de igualdad, universalidad y no discriminación no son óbice para reconocer que los miembros de ciertos grupos necesitan una protección particular. Se han diseñado mecanismos e instrumentos de derechos humanos específicos para proteger los derechos de las mujeres y de grupos determinados, como los extranjeros, los apátridas, los refugiados, las personas desplazadas, las minorías, los pueblos indígenas, los niños, las personas con discapacidades, las personas LGBT (lesbianas, gais, bisexuales y transgénico), las personas con albinismo, los trabajadores migrantes y las personas privadas de libertad.

DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS: Conforme al artículo 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (A/RES/61/295, de septiembre de 2007), los Estados tienen la obligación de obtener el consentimiento libre e informado de los pueblos indígenas antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.

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DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES En el Reino Unido, la Ley de igualdad de 2010 obliga a los empleadores y a los proveedores de servicios a realizar “ajustes razonables” en la organización de tareas y en las instalaciones para facilitar el acceso a trabajadores con discapacidad. Esta ley contiene una lista pormenorizada de los tipos de medidas que se necesitan. 4. Explique las obligaciones de los Estado miembros del Sistema de Naciones Unidas con relación a los derechos humanos. RESPUESTA OBLIGACION DE RESPETAR: significa que los Estados están obligados a abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos por parte tanto de los individuos como de los grupos. Entraña la prohibición de ciertos actos de los Gobiernos que puedan menoscabar el disfrute de los derechos. Por ejemplo, en cuanto al derecho a la educación, significa que los Gobiernos deben respetar la libertad de los padres de establecer escuelas privadas y de velar por la educación religiosa y moral de sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones. Por ejemplo, en cuanto al derecho a la educación, significa que los Gobiernos deben respetar la libertad de los padres de establecer escuelas privadas y de velar por la educación religiosa y moral de sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones.

OBLIGACION DE PROTEGER: exige que los Estados protejan a los individuos contra los abusos de agentes no estatales, agentes estatales extranjeros o agentes estatales que actúen al margen de sus funciones públicas. Esta obligación entraña una dimensión tanto preventiva como de reparación. En consecuencia, un Estado tiene el deber de promulgar leyes que protejan los derechos humanos, adoptar medidas para proteger a los individuos cuando tenga conocimiento (o pudiera haber tenido conocimiento) de amenazas a los

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derechos humanos de los individuos, y garantizar el acceso a recursos jurídicos imparciales en caso de sospecha de violaciones de derechos humanos. Ejemplo el derecho a la educación. El derecho de los niños a la educación debe ser protegido por el Estado frente a las injerencias y el adoctrinamiento por terceras partes, incluidos los padres y los familiares, los maestros y la escuela, las religiones, las sectas, los clanes y las empresas comerciales.

OBLIGACION DE CUMPLIR los Estados deben adoptar medidas positivas para garantizar que los derechos humanos puedan ser ejercidos. El alcance de la obligación de cumplir varía conforme al derecho de que se trate y a los recursos de que disponga el Estado. No obstante, en términos generales, los Estados deberían crear “las condiciones jurídicas, institucionales y de procedimiento que los titulares de derechos necesitan para poder ejercer sus derechos y disfrutar plenamente de ellos los Estados deben proporcionar formas y modos para que todos reciban enseñanza primaria gratuita y obligatoria, enseñanza secundaria gratuita, enseñanza superior, formación profesional y educación de adultos y para la eliminación del analfabetismo (incluidas medidas como el establecimiento de escuelas públicas suficientes o la contratación y remuneración de un número apropiado de maestros). 5. Por medio de esquemas de “Visual Thinking” explique los siguientes recursos y obligaciones de los Estados a nivel interno o internacional: • El Derecho a un recurso efectivo para los derechos humanos. • El Derecho a un tribunal internacional o regional de derechos humanos. • El Derecho a obtener reparación por el daño sufrido.

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6. Describa brevemente (objetivo, población objetivo del tratado, misión, entre otra información valiosa) de los principales tratados internacionales en materia de derechos humanos en una matriz explicativa:

TRATADOS

OBJETIVO

POBLACION

OBJETIVO

MISION

INTERNACIONALES

DEL TRATADO Pacto Internacional de los derechos civiles y políticos de 1966 entrada en vigor en 1976

Desarrollar los derechos civiles y políticos y las libertades recogidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Reconocer los derechos del religiosas, pueblo a niños, mujeres disponer comerciar y y hombres poseer libremente sus recursos y riquezas naturales Minorías

Reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables

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Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 entrada en vigor en 1976

promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos,

Familia

, Se compromete a menores de las partes a trabajar para edad, la concesión empleados de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, incluidos los derechos laborales y los derechos a la salud, la educación y un nivel de vida adecuado

Reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables,

Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial de 1965 entrada en vigor en 1969.

La convención parte del principio de la dignidad y la igualdad de todos los seres humanos, así como que todos tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales, sin distinción por motivos de raza, idioma, sexo, religión, o

grupos étnicos, Eliminar rápidamente ciudadanos, en todas las partes del matrimonios mundo la discriminación racial en todas sus formas y manifestacion es y de asegurar la comprensión y el respeto de la dignidad de la persona humana

Promover y estimular el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos, sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión

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nacionalidad

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979 entrada en vigor en 1981

reafirma la fe Mujeres en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres

garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos

las resoluciones, declaraciones y recomendaciones aprobadas por las Naciones Unidas y los organismos especializados para favorecer la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer

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Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de 1984. Entrada en vigor en 1987.

promover el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales

Personas

Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 entrada en vigor en 1990

Proteger los derechos de la infancia, incluidos los propios niños, niñas y adolecentes

Los

que reconocimiento hacer más eficaz la de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana es la base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo

hayan cometido delito

niños, por su falta de

niñas adolecentes

madurez física

y y mental,

necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento

lucha contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en todo el mundo

Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores y la Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado

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Protocolos facultativos sobre la participación de los niños en los conflictos armados y sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía del 2000 entrada en vigor en 2002.

ampliar las medidas que deben adoptar los Estados Partes a fin de garantizar la protección de los menores contra la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Niños, niñas y

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus familiares de 1990 entrada en vigor en 2003.

contribuir a armonizar las actitudes de los Estados mediante la aceptación de los principios fundamentales relativos al tratamiento de los trabajadores migratorios y de sus familiares

Trabajadores

adolecentes

migratorios familiares

y

reconoce el derecho del niño a la protección contra la explotación económica y la realización de trabajos que puedan ser peligrosos, entorpecer su educación o afectar su salud o desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social

sensibilizar al público a fin de reducir el mercado de consumidores que lleva a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y estimando también que es importante fortalecer la asociación mundial de todos los agentes, así como mejorar la represión a nivel nacional

alentar la adopción de medidas adecuadas a fin de evitar y eliminar los movimientos y el tránsito clandestinos de los trabajadores migratorios, asegurándoles a la vez la protección de sus derechos humanos fundamentales

lograr la protección internacional de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, reafirmando y estableciendo normas fundamentales en una convención amplia que tenga aplicación universal

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7. Identifique y explique, cuáles son los mecanismos en el orden nacional para la protección de los Derechos Humanos. Los mecanismos de Protección Ciudadana se ejercen mediante acción judicial y están establecidos para proteger una eventual o real pérdida, vulneración o amenaza de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política y cuando fuere posible restituir las cosas a su estado anterior. El Derecho de Petición: Es el derecho fundamental que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas en términos comedidos ante las autoridades o ante las organizaciones privadas que cumplen funciones públicas, para obtener de éstas una pronta resolución sobre lo solicitado. La violación del Derecho de Petición por parte de las autoridades o de particulares prestadores de servicios públicos, puede conducir a que este derecho sea tutelado. El Derecho de Petición se encuentra consagrado en Artículo 23 de la Constitución Nacional y puede ejercerse por interés general o particular, petición de informaciones y formulación de consultas. Solicitud de Petición de Información: Petición que se hace a las autoridades para que éstas den a conocer cómo han actuado en un caso concreto, entreguen información general sobre la entidad, expidan copias y/o permitan el examen de la documentación que reposa en la entidad, en un término no mayor de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de radicación para su respuesta. Peticiones de Interés Particular o general: cuando se hace llegar a las autoridades una solicitud sobre una materia sometida a actuación administrativa, con el fin que se tomen las medidas pertinentes, sean éstas de carácter individual o colectivo. El término de respuesta corresponde a quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de radicación. Consultas: Petición que se presenta a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones y competencias. Deben ser resueltas dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de radicación.

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Quejas: Es la manifestación que se realiza ante las autoridades, sobre las conductas irregulares de servidores públicos o particulares que ejerzan funciones públicas, administren bienes del Estado o presten servicios públicos. Deben ser resueltas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación. Reclamos: Cuando se anuncia a las autoridades, la suspensión injustificada o la prestación deficiente de un servicio público. Deben resolverse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación. Manifestaciones: Es la opinión del peticionario que se hace llegar a las autoridades sobre una materia sometida a actuación administrativa. Deben contestarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación. Los anteriores plazos son los máximos, pues todo servidor público debe actuar frente a las peticiones con celeridad, eficacia e imparcialidad. Los términos procesales se observarán con diligencia y el incumplimiento será sancionado. Artículo 228 de la Constitución Política de Colombia y Artículo 55 de la Ley 190 de 1995. Habeas Corpus: Es un mecanismo para la protección del derecho a la libertad individual, procede cuando alguien es capturado con violación de las garantías constitucionales o legales, o cuando se prolongue ilícitamente la privación de la libertad. El término para su resolución es de treinta y seis (36) horas. Habeas Data: Es el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. Acción de Tutela: Procede para la protección inmediata de derechos constitucionales fundamentales cuando éstos resulten vulnerados o amenazados ya sea por autoridad pública o particular. No procede cuando existan otros medios de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. Acción de Cumplimiento: Es un mecanismo mediante el cual toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicables con fuerza material de ley o actos administrativos. Acción Popular: Es un mecanismo judicial encaminado a la protección de los derechos e intereses colectivos, para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio, y de ser posible, restituir las cosas a su estado anterior. Son derechos e intereses colectivos, entre otros, los relacionados con: a) El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y las disposiciones reglamentarias; b) La moralidad administrativa; c) La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia

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ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente; d) El goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público; e) La defensa del patrimonio público; f) La defensa del patrimonio cultural de la Nación; g) La seguridad y salubridad públicas; h) El acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública; i) La libre competencia económica; j) El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna; k) La prohibición de la fabricación, importación, posesión, uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares o tóxicos; l) El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente; m) La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes; n) Los derechos de los consumidores y usuarios. Igualmente son derechos e intereses colectivos los definidos como tales en la Constitución, las leyes ordinarias y los tratados de Derecho Internacional celebrados por Colombia. Acción de Grupo: Mecanismo cercano a las acciones populares, pero se diferencia en cuanto a que están instituidas para proteger a mínimo veinte personas, que han sido afectadas por la misma causa. Tiene carácter indemnizatorio, es decir, que con ella se puede conseguir el pago de una suma de dinero para reparar los daños ocasionados.

8. Realice una matriz comparativa que vincule todos los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Derechos Fundamentales consagrados en la Constitución política de Colombia de 1991. Cada artículo deberá tener su par (puede ser un artículo de la constitución o más) de acuerdo a un análisis de los derechos fundamentales establecidos en Colombia.

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https://grupodorbi.wordpress.com/2011/03/29/los-derechos-humanos-%C2%BFuninvento-de-occidente/ https://www.ohchr.org/Documents/ProfessionalInterest/cat_SP.pdf https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cmw.aspx https://www.ohchr.org/Documents/ProfessionalInterest/cat_SP.pdf http://www.personerianeiva.gov.co/index.php/mecanismos-constitucionales-para-laproteccion-de-los-derechos-humanos

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