Derechos Humanos

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TRABAJO DE LOS DERECHOS HUMANOS

PRESENTADO A: GUIOMAR VALENCIA

PRESENTADO POR: MAURICIO GÓMEZ MARTÍNEZ

PROGRAMA INGENIERÍA ELECTRÓNICA PRIMER SEMESTRE

ASIGNATURA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO

2016

1-

¿Cuáles son los diez mandamientos de la ley de Dios? Amarás a Dios sobre todas las cosas No tomarás el Nombre de Dios en vano Santificarás las fiestas. Honrarás a tu padre y a tu madre. No matarás. No cometerás actos impuros No robarás No dirás falso testimonio ni mentirás. No consentirás pensamientos ni deseos impuros. No codiciarás los bienes ajenos.

2-

¿Cuáles son las diez libertades hermanas esénciales de manù y buda? Liberación de la violencia Liberación de la miseria Liberación de la explotación Liberación de la deshonra Liberación de la muerte y la enfermedad temprana La ausencia de la intolerancia La compasión o sentimiento por el prójimo Sabiduría Libertad de pensamiento y de conciencia Liberación del miedo y de la insatisfacción y desesperación

3- ¿Qué es el código de Hammurabi? Es uno de los conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado y uno de los ejemplares mejor conservados de este tipo de documentos creados en la antigua Mesopotamia y, en breves términos, se basa en la aplicación de la ley del Talión. Unifica los códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. 4- ¿Qué es Eleutheria? En griego palabra que designa a la capacidad de decisión del ciudadano libre, en tanto que miembro de pleno derecho de una estirpe y por ello ciudadano de una polis Implica una «libertad para» pero no una «libertad de» (la «libertad de» se denomina «isegoría» o «parhesia»). En Grecia y en Roma la libertad es política, pero no personal. Sobre la eleuthería véase el libro VIII de La República de Platón.

5- ¿Qué es la isegoria e isonomia?

Isegoria Es una revista de Filosofía moral y política, fundada en 1990 por Javier Muguerza y editada semestralmente por el Instituto de Filosofía del CSIC. Su ámbito temático es el de la reflexión ética, la filosofía política, la filosofía del derecho, la filosofía de la historia, la filosofía de la religión, la filosofía de la ciencia, la filosofía analítica, la sociología, la economía, la ecología, el feminismo y todo cuanto guarde alguna relación con la teoría y la práctica del obrar humano isonomía Es el concepto de igualdad de derechos civiles y políticos de los ciudadanos. Es la consigna política que expresaba de la forma más sucinta el carácter propio de la democracia, opuesto al ejercicio ilimitado del poder por parte del tirano. Y era el término en uso para designar un régimen democrático antes de que el concepto de democracia se generalizara. 6- ¿Qué es el derecho natural, positivo y divino? Derecho natural es una doctrina ética y jurídica que postula la existencia de derechos del hombre fundados o determinados en la naturaleza humana. Propugna la existencia de un conjunto de derechos universales, anteriores, superiores e independientes al derecho positivo y al derecho consuetudinario. Derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía, esto es, toda la creación jurídica del órgano estatal que ejerza la función legislativa. El derecho positivo puede ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior. No sólo se considera derecho positivo a la ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.) Derecho divino consiste en que la autoridad de un rey para gobernar proviene de la voluntad de la deidad del pueblo que gobierna, y no de ninguna autoridad temporal, ni siquiera de la voluntad de sus súbditos ni de ningún estamento. Elegido por su deidad, un monarca sólo es responsable ante él, y sólo debe responder por sus acciones ante Dios. 7- Frente a la temática de los derechos humanos señale brevemente que expresaron o aportes que hicieron en la historia Santo tomas llama derechos naturales a lo que hoy llamamos derechos humanos ya que la naturaleza humana es base de sujeto de derechos y deja asentado que los derechos en sentido propio son únicos de las personas. el derecho a la vida y a la defensa de la misma, así como el derecho a los medios de subsistencia, que permitan su conservación y desarrollo, El derecho individual a la propiedad privada de los bienes materiales, fue también estudiado y enseñado por Tomás de Aquino, el derecho a participar en la vida pública y a elegir a gobernantes. San Agustín para Agustín de Hipona la ética social implica la condena de la injusticia de las riquezas y el imperativo de la solidaridad con los desfavorecidos

Francisco Suarez Los seres humanos tienen un carácter social natural otorgado por Dios, y esto incluye la posibilidad de hacer las leyes. Pero cuando una sociedad política se forma, la autoridad del Estado no es de origen divino sino humano, por lo que su naturaleza es elegida por las personas involucradas, y su poder legislativo natural es dado al gobernante. Debido a que le otorga este poder, tienen el derecho de tomarlo de nuevo; a la rebelión contra un gobernante, pero sólo si el gobernante se comporta mal con ellos, y están obligados a actuar con moderación y justicia. En particular, las personas deben abstenerse de matar al soberano, no importa lo tiránico que pueda ser. Si un gobierno se impone a la gente, por otra parte, el pueblo no sólo tiene el derecho a defenderse y sublevarse contra él, sino que también tiene derecho a matar al tirano. Bodin Para Bodin, Dios es el fundamento de la razón humana y de la naturaleza humana. Y luego los Hombres se ponen de acuerdo para buscar una autoridad. Por ello el Estado no ha de estar determinado por la Iglesia, pero sí ha de respetarla. Existen diversas formas posibles de gobierno, teniendo en cuenta dónde se concentra la soberanía: En la democracia el pueblo como cuerpo posee el poder soberano. En la aristocracia la soberanía es poseída por una menor parte de dicho cuerpo. En la monarquía la soberanía se concentra en una persona. Rousseau denunció vigorosamente las injusticias y miserias resultantes de la desigualdad social de su época, propugnó la idea de una sociedad basada en igualdad absoluta, en la que cada miembro, a la par que se somete a las decisiones del colectivo, es al mismo tiempo parte del pueblo soberano, cuya voluntad general constituye la Ley. Estas ideas de Rousseau favorecieron a la elaboración del concepto de los derechos humanos al plantear la necesidad de la existencia de una igualdad entre los hombres, quienes deben someter su voluntad individual a la voluntad del colectivo, con el objeto de alcanzar el bienestar para todos. Su idea de la democracia directa, no representativa, era de difícil aplicación práctica, pero no obstante ejerció una gran influencia en las reflexiones políticas que se harán a partir de entonces. Montesquieu criticó severamente los abusos de la Iglesia y del Estado. Al estudiar las instituciones y costumbres francesas de la época, dio formas precisas a la teoría del gobierno democrático parlamentario con la separación de los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, como mecanismo de control recíproco entre los mismos, acabando teóricamente con la concentración del poder en una misma persona y los inherentes abusos y atropellos que históricamente había producido el ilimitado poder del monarca sobre sus súbditos. Hugo Grocio Al igual que Francisco Suárez, afirma que el derecho internacional proviene del derecho natural y del derecho de gentes. El derecho internacional es independiente de la teología o de la existencia de Dios, es más, incluso sostuvo la noción que el derecho natural es inmutable, ni aun Dios lo puede cambiar, esto implica que en las relaciones

internacionales no se puede diferenciar entre naciones cristianas e infieles. Para Hugo Grocio el Derecho de Gentes es el dictado de la recta razón y existiría aunque Dios no existiese John Locke es otra figura capital de ese siglo. Considerado el padre del liberalismo moderno, propuso que la soberanía emanaba del pueblo y pese a aceptar la visión contractualista de Hobbes, consideraba que los ciudadanos poseen unos derechos a los que no pueden renunciar. Mientras que la teoría de Hobbes pretendía reforzar el papel del Estado, Locke tendía a disminuirlo mediante dos recursos: el refuerzo de los derechos individuales y el establecimiento de la separación de los poderes legislativo y judicial (anticipándose en esto a Montesquieu). Tomas Hobbes propuso por primera vez que el origen del Estado fuera un pacto entre todos los ciudadanos, negando así el origen divino del poder, defendido por el absolutismo de la escolástica medieval. Sin embargo, según Hobbes, a través del pacto los ciudadanos, en nombre de la seguridad, han de renunciar a su capacidad de autogobierno, ya que la libertad es considerada el origen del caos, debido a la maldad innata que se atribuye al ser humano. Según Hobbes, el hombre, en estado de naturaleza, es un lobo para el hombre: "Homo homini lupus". Hobbes sólo reconoce a los ciudadanos el derecho a la seguridad, que ha de garantizar el Estado, y el derecho a la desobediencia, sólo ejercible cuando el Estado no garantiza esta seguridad a los ciudadanos. Mahatma Gandhi La resistencia a la tiranía a través de la desobediencia civil masiva no violenta. Mientras lideraba campañas a escala nacional para mitigar la pobreza, expandir los derechos de las mujeres, crear armonía religiosa y étnica, y eliminar las injusticias del sistema de castas, Gandhi aplicó de forma suprema los principios de la desobediencia civil no violenta para liberar a India del dominio extranjero. Con frecuencia fue encarcelado por sus acciones, a veces durante años, pero consiguió su meta en 1947, cuando la India consiguió su independencia de Gran Bretaña. Debido a su grandeza, se le llama Mahatma, que significa “gran espíritu”. Los líderes de derechos civiles mundiales desde Martin Luther King, Jr., hasta Nelson Mandela han reconocido a Gandhi como fuente de inspiración en su lucha para conseguir igualdad de derechos para su gente. Martin Luther King Dio discursos y organizó protestas y manifestaciones multitudinarias no violentas para llamar la atención sobre la discriminación racial y para exigir legislación sobre derechos civiles para proteger los derechos de los afroamericanos. King encabezó manifestaciones pacíficas multitudinarias que las fuerzas policiales blancas combatieron con perros policía y mangueras contra incendios creando una polémica que generó titulares en los periódicos por todo el mundo. Imaginaba un mundo en que las personas ya no estuvieran divididas por su raza. Tan fuerte fue el movimiento que King inició, que el Congreso promulgó la Ley de Derechos Civiles en 1964, el mismo año en que fue honrado con el Premio Nóbel de la Paz.

Eleanor Roosevelt abogó por derechos iguales para mujeres, afroamericanos, trabajadores de la época de la depresión, dando inspiración y atención a sus causas. Valientemente y con franqueza, apoyó públicamente a Marian Anderson cuando en 1939 se le negó a esta cantante negra el uso de la Sala Constitución de Washington debido a su raza. Eleanor Roosevelt se encargó de que en vez de ello Anderson cantara en los escalones del monumento conmemorativo a Lincoln, creando una imagen perdurable e inspiradora de valentía personal y derechos humanos. Abraham Lincoln Que anunciaba que todos los esclavos de los Estados Confederados de América serían liberados a partir de ese momento. En tanto, por tal proclama y por su compromiso para con la causa de la abolición de la esclavitud es que Lincoln se convirtió en una de las personalidades políticas más destacadas de su tiempo en su país y luego con el correr de los años, en una de las personalidades mundiales que más hizo respecto de los derechos humanos. Nelson Mandela Uno de los símbolos de los derechos humanos más reconocidos de la época, es un hombre cuya dedicación a las libertades de su pueblo ha inspirado a los defensores de los derechos humanos a lo largo del mundo. Mandela declaró: “he luchado contra la dominación blanca y he luchado contra la dominación negra. He abrigado el ideal de una sociedad libre y democrática en que todas las personas vivan unidas en armonía y con las mismas oportunidades. Es un ideal por el que espero vivir y que espero conseguir. Pero es un ideal por el que estoy preparado para morir, si es necesario”. 8- ¿Qué es el Bill of Rigths? La Carta de derechos o Declaración de derechos (en inglés Bill of Rights) es un documento redactado en Inglaterra en 1689, que impuso el Parlamento inglés al príncipe Guillermo de Orange para poder suceder al rey Jacobo II. El propósito principal de este texto era recuperar y fortalecer ciertas facultades parlamentarias ya desaparecidas o notoriamente mermadas durante el reinado absolutista de los Estuardo (Carlos II y Jacobo II). Constituye uno de los precedentes inmediatos de las modernas «Declaraciones de Derechos», incluyendo: el preámbulo de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776), la revolucionaria Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) y la internacional Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). 9- ¿Qué es el acts of settement? El Acta de Establecimiento o Ley de Instauración (en inglés, Act of Settlement) es una ley inglesa promulgada por el Parlamento de Westminster en 1701, que garantiza la sucesión a la Corona de Inglaterra a los miembros de la familia protestante de la Casa de Hannover que estuvo ligada a los Estuardo por una hija de Jacobo I. Esta disposición buscaba la exclusión del trono de un rey favorable al catolicismo y cortar las pretensiones de Jacobo Francisco Estuardo, católico, al que Luis XIV reconoció rey de Inglaterra en 1701, con el nombre de Jacobo III.

10- ¿Que fue la carta magna de 1214? Es uno de los antecedentes de los regímenes políticos modernos, en los cuales el poder del monarca o presidente se ve acotado o limitado por un consejo, senado, congreso, parlamento o asamblea. También es constitucionalismo clásico. Fue comparada con la Bula de Oro de 1222 sancionada por el rey Andrés II de Hungría. Similares circunstancias obligaron al monarca húngaro a elaborar un cuerpo legal donde otorgaba privilegios a la nobleza y reducía los del rey, convirtiéndose así la Carta Magna y la Bula de Oro de 1222 en los dos documentos más antiguos que fungieron como antecedentes para los sistemas políticos modernos y contemporáneos. 11- ¿Qué es el habeas corpus? Es una institución jurídica que persigue "evitar los arrestos y detenciones arbitrarias" asegurando los derechos básicos de la víctima, algunos de ellos tan elementales como son estar vivo y consciente, ser escuchado por la justicia y poder saber de qué se le acusa. Para ello existe la obligación de presentar a todo detenido en un plazo preventivo determinado ante el juez de instrucción, quien podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto. 12- ¿Cuál es la declaración de los derechos humanos del hombre y del ciudadano? La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789, es uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa (1789-1799) en cuanto a definir los derechos personales y colectivos como universales. Influenciada por la doctrina de los derechos naturales, los derechos del Hombre se entienden como universales y del ciudadano. 13- ¿Cuál es la declaración universal de los derechos humanos? LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. 14- ¿Cuál es la finalidad de las penas según Cesare Beccaria? En sus postulados Beccaria manifiesta que es necesaria una reforma de la Legislación Penal, así como una humanización en la aplicación de la justicia. Funda la sociedad sobre un contrato encaminado a salvaguardar los derechos de los individuos, garantizando el orden, definió los delitos como violaciones de este contrato. En este sentido, estableció que la sociedad en conjunto al regirse por un contrato, todos los individuos que la conforman tienen el derecho a defenderse, y este derecho debe ser ejercido con medidas proporcionales a los delitos cometidos, es decir que debe existir un principio de la proporcionalidad de la pena.