Trabajo 1 Derecho Comercial Internacional

CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS CURSO: DERECHO DE COMERCIO INTERNACIONAL TEMA: ANÁLISIS - ¿CÓMO S

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CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS CURSO: DERECHO DE COMERCIO INTERNACIONAL

TEMA: ANÁLISIS

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¿CÓMO SE ARMONIZA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL?

De: José Alexander Ávila Vallecillo

CICLO: IX TURNO: AULA VIRTUAL DOCENTE: ABOG. MG. GINO JAVIER PINEDO VARGAS. ALUMNO: HUMBERTO MOISÉS VILLANUEVA CORNEJO

PUCALLPA PERÚ 2020

„Las posibilidades de elección que tiene una persona permiten también que pueda atreverse a elegir de qué lado quiere estar en una sociedad injusta, que vive en tensión entre los distintos campos de fuerza de la indecencia. Ello constituye la base del hecho de que todos somos seres políticos, lo queramos o no. Vivimos en una dimensión esencialmente política, un contrato que tenemos con todos nuestros contemporáneos. Pero también un contrato cuya vigencia se extiende hasta aquellos que aún no han nacido . “—  Henning Mankell escritor sueco 1948 - 2015

INTRODUCCIÓN. Uno de los problemas en el derecho mercantil internacional y del derecho privado es que también se debe tener en cuenta que las transacciones que trascienden las fronteras de un país, hasta cierto punto, tienen que cumplir con el derecho doméstico vigente donde se lleva a cabo la transacción. Esta investigación nos da a conocer tanto una pequeña perspectiva histórica como el análisis de diversos autores del derecho mercantil internacional, tanto en sus características, fuentes y la aplicación jurídica de dicho derecho, La diversidad de leyes y regulaciones domésticas entre los diferentes estados es lo que crea la necesidad de identificar unas normas que rijan las transacciones comerciales internacionales. Por esto, la codificación del derecho internacional mercantil es sumamente importante para facilitar los negocios por medio de convenciones, leyes modelo, normas y guías jurídicas internacionales. Plantea la unificación de los códigos como la información de las leyes de las obligaciones contractuales, acuerdos y convenios comerciales, de cada tema se hará un análisis, de la forma más simple, ya que el autor, hizo un trabajo preligió, basándonos en la crítica y análisis que hace el autor, el desarrollo del tema, se basara en un resumen y la acotación de los puntos más importantes.

DESARROLLO RESUMEN ¿CÓMO SE ARMONIZA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL? La metodología, en cuanto a su aplicación normativa a través de tipología descriptiva, analítica y explicativa, se busca realizar un especial análisis de la doctrina y la costumbre internacional. Los antecedentes históricos, surge en respuesta a los diferentes cambios sobrevenidos en la normativa de un modelo codificador tradicional; la aparición de leyes especiales, el ius mercatorum se originó en un momento en que aún no se había consolidado la fórmula política del estado. la lex mercatoria constituye uno de los precedentes jurídicos más antiguos en el derecho mercantil internacional. Y cuyascaractéristicas del derecho mercantil internacional son para fernández de la gándara y calvo caravaca (1995), el derecho mercantil internacional puede definirse como: “…el conjunto de normas del ordenamiento jurídico que regulan los problemas

específicos del tráfico económico internacional de las empresas o, si se prefiere una definición más explícita, como un derecho fundamentalmente privado - especial por razón de las exigencias del tráfico económico internacional organizado bajo forma de empresa ”. Partiendo de la premisa anterior, podemos decir entonces que el derecho mercantil internacional, posee los caracteres jurídicos siguientes: internacionalidad, uniformidad, normativa jurídica de influencia privatista. Naturaleza y formulación de las normas integrantes del derecho uniforme del comercio internacional, el origen constitutivo de las normas integrantes o fuentes de producción jurídica comercial, pueden ser de acuerdo a su origen o naturaleza jurídica: por su naturaleza jurídica, los contratos y negocios internacionales poseen un carácter transnacional y son las siguientes: 1.- los tratados, 2.- la cumbre mercantil, 3.- usos y prácticas negóciales, 4.- las recopilaciones y codificaciones de usos y prácticas, 5.- clausulados contractuales 6.- guías jurídicas, 7.- leyes modelo, 8.- recopilaciones de principios contractuales internacionales En cuanto a su fuente de producción jurídica institucional: la doctrina nos permite afirmar que se ha venido “construyendo un conjunto de normas jurídicas de muy diversa índole, procedencia y formulación, destinadas a disciplinar el comercio internacional y, de modo particular, los aspectos

jurídico-privados de las relaciones comerciales internacionales, la fuente estatal constituye en otros, una de las principales fuentes generadoras del derecho uniforme

del comercio

internacional, quienes actúan bajo el impulso de las “agencias formuladoras, definidas éstas, como organismos internacionales dotados de la más variada configuración jurídica, los cuales antes de convocar a una conferencia diplomática, estos organismos encargados de llevar a cabo tareas preparatorias en cuanto a la formulación de normas en el campo mercantil internacional son: la comisión de las naciones unidas para el derecho mercantil internacional (cnudmi o uncitral), el instituto para la unificación del derecho privado (unidroit), la conferencia de la haya de derecho internacional privado, cámara de comercio internacional. En cuanto a su aplicación jurídica: la naturaleza privada de la normativa del derecho mercantil se evidencia en cada una de las resoluciones emitidas por la jurisprudencia internacional, asimismo, los pronunciamientos de litigios comerciales están siendo fundamentados al amparo de leyes, acuerdos, principios y códigos con denominación específica, tomando como referente jurídico, la materia, naturaleza y validez de los contratos mercantiles. bajo ese contexto, tenemos por ejemplo: -lex mercatoria -la teoría de la aplicabilidad de la convención de viena de 1980, -duci la convención de las naciones unidas para los contratos de compraventa internacional de mercaderías, acogida en viena en el año de 1980, -la ley uniforme sobre ventas de mercancías de 1905 de los países escandinavos. ANÁLISIS La ley mercante o ley del comerciante, del latín lex mercatoria, fue inicialmente un sistema jurídico utilizado por los comerciantes en la Europa medieval. Por medio de este conjunto de normas y principios, establecidos por los propios comerciantes, estos regulaban sus relaciones. En lugar de ser el resultado del edicto de una autoridad máxima, fue desarrollado sobre la base del uso común. Estos usos y costumbres eran comunes a los comerciantes y mercaderes de Europa, con unas pocas diferencias locales. Características del derecho mercantil internacional En cuanto a las características del derecho mercantil internacional el autor utiliza el concepto de Fernández de la Gándara y Calvo Caravaca, que a continuación lo trasladamos al análisis del cual se utilizaran como fuente para poder tener los elementos que conforman las características:

“…el conjunto de normas del ordenamiento jurídico que regulan los problemas específicos del tráfico económico internacional de las empresas o, si se prefiere una definición más explícita, como un Derecho fundamentalmente privado - especial por razón de las exigencias del tráfico económico internacional organizado bajo forma de empresa”. Del texto anterior el autor desprende que el Derecho Mercantil Internacional, posee los caracteres jurídicos siguientes: a) Internacionalidad. Es evidente que es internacional, ya que los sujetos que impulsan estos negocios, son de diferentes países esto quiere decir que es diferente a su residencia habitual, estos poseen reglas internacionales que son de carácter internacional. b) Uniformidad. Se refiere a que los sujetos contratantes se basan en una única ley, ya sea esta el conjunto de varias normas jurídicas, las cuales rigen las operaciones internacionales. c) Normativa jurídica de influencia privatista. Las reglas del Derecho Mercantil Internacional se rigen por un marcado proceso de privatización de sus normas, inspirado en el principio de libertad de contratación, que significa que los contratantes además de la libertad de contratar pueden determinar su contenido, siempre que esta no contravenga el orden público. Naturaleza y formulación de las normas integrantes del derecho uniforme del comercio internacional Como todo derecho tiene una fuente, origen el autor lo ha separado en tres propuestas que son: a) En cuanto a su origen o naturaleza jurídica: La legislación local se ve limitada en su actuar ya que podría tener una concepción propia, es por ello que se necesita de organismos internacionales, que tengan un actuar global o regional, ya que si respondemos el comercio es mundial, su naturaleza jurídica, los contratos y negocios internacionales poseen un carácter transnacional, para que sea válido y aceptados esos negocios En cuanto a su origen y naturaleza jurídica, el autor nos refiere las siguientes fuentes u orígenes a la naturaleza jurídica:

1.- Los tratados Los tratados constituyen por excelencia, el primer modelo con relación al conjunto de normas integrantes, pero a su vez presenta ventajas al proporcionar certeza sobre la materia aunada entre los estados contratantes e inconvenientes que podrían distar de la legislación nacional y no poder acoplarse a esta, y siendo así resulta una fuente muy importante para el derecho mercantil internacional mas no para la legislación interna. 2.- La cumbre mercantil Las plazas comerciales son las que brindaron las mejores respuestas para resolver problemas que nacían entre los que se dedicaban al comercio, los que se encargaban de resolver dichos problemas eran los tribunales comerciales, que utilizaban como medio a la costumbre, en nuestros días tenemos a la norma consuetudinaria que para ser aceptada tiene que ser aceptada y repetida. 3.- usos y prácticas negóciales Ortiz y Perales afirman que a los usos y prácticas negóciales se les atribuyen valores normativos a precedente contractuales al punto de colmar lagunas existentes en un determinado contrato sujeto a interpretación, no es otra cosa que la costumbre hecha ley, sin embargo estos usos o practicas solo en ciertas partes o regiones. Que a veces rivaliza con la costumbre internacional. 4.- Las recopilaciones y codificaciones de usos y prácticas El autor toma como ejemplo Las reglas y usos uniformes en materia de créditos documentarios de 1993. Según Ortiz y “…puesto que las recopilaciones, no son condiciones generales de los contratos ni la sumisión a las mismas de una determinada relación negocial ya que dependen de su incorporación al contrato en mención……Son usos y prácticas formuladas de modo abstracto y general cuya aplicación a cada caso depende de la voluntad de las partes” es muy interesante ya que se refiere a la importancia de dichas relaciones que no han sido sometidas al contrario de la voluntad ni condicionadas a reglas generales. 5.- Clausulados contractuales Una clausula brinda una seguridad para las dos partes, para el sometimiento de controversias futuras relativas a un contrato, bien a modo de recomendación o a modo de compromiso corporativo. Que en un futuro obliga a su cumplimiento

6.- guías jurídicas: De acuerdo con Fernández Rosas indica. Establecida la ley esta sugiere la forma y los contratantes el fondo. Por su parte, Ortiz y Perales, en palabras simples los contratantes tienen un modelo el cual les ayudara para redactar su contrato. El autor también sugiere que las guías jurídicas representan el más débil estatuto normativo de integran a las DUCI. 7.- Leyes modelo Son muy importantes ya que simbolizan los pactos y acuerdos entre los contratantes que de alguna manera ratifican estas leyes, las leyes modelos representan para los ciudadanos de un estado contratante, las guías jurídicas por excelencia. Como por ejemplo el Tratado de Roma. 8.- Recopilaciones de principios contractuales internacionales La integración internacional, tanto en el campo del derecho mercantil internacional como del derecho privado, tiene la finalidad de fuente de inspiración a la creación de leyes, para Ortiz y Perales las recopilaciones principios pueden aplicarse cuando las partes hayan acordado que su contrato, un organismo importante es El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), entre otros. b) En cuanto a su fuente de producción jurídica institucional: Son aquellas instituciones que proveen un marco normativo, para que estas sea aplicada según los casos destinados a disciplinar el comercio internacional y, de modo particular, los aspectos jurídico-privados de las relaciones comerciales internacionales. Unas formulan reglas y otras adiestrar o regular las relaciones, también está la fuente estatal que es un generador del derecho uniforme En definitiva, los organismos encargados de llevar a cabo tareas preparatorias en cuanto a la formulación de normas en el campo mercantil internacional son: •

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI o

UNCITRAL) •

El Instituto para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT).



La Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado.



Cámara de Comercio Internacional.

c) en cuanto a su aplicación jurídica: Para dar solución a los litigios como que ley debe ser aplicada en un caso en concreto, o para dar validez a un contrato, responderemos diciendo que una de las herramientas más antiguas y de tendencia armonizadora, la constituye la conocida Lex Mercatoria, también “la teoría de la aplicabilidad de la Convención de Viena de 1980, como Lex Mercatoria, por ser el reflejo de las principales reglas del contrato de compraventa comunes a varios sistemas jurídicos, o de la costumbre internacional, también el autor enumera al DUCI y la Convención de las Naciones Unidas para los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, acogida en Viena en el año de 1980, que son importantes en lo que respecta al proceso de unificación y armonización del derecho comercial internacional: Sin duda, un aspecto determinante en estos últimos, es la libertad que poseen las partes para determinar la disciplina y ley aplicable a un contrato específico (Principio de Libertad de Contratación). A fin de obtener un esquema jurídico de leyes, acuerdos y convenciones tendientes a armonizar las normas integrantes del derecho uniforme del comercio internacional, se elabora el siguiente diagrama sistematizado de modelos estatutarios aplicados universalmente. CONCLUSIÓN. CONCLUSIONES • Ante la internacionalización privatista de la normativa jurídica internacional, ha existido siempre una clara necesidad de armonizar y uniformar las normas que integran el derecho mercantil y el derecho de los contratos y negocios internacionales • En consecuencia, el origen del Derecho Mercantil Internacional se encuentra inspirado en acuerdos, tratados o convenciones multilaterales, los cuales son adoptados producto de una convención, cumbre presidencial o pactos comunitarios, las diferencias y conflictos que se suscitan entre los nacionales de esos estados se dirimen a través del Derecho internacional privado. • Las normas integrantes o fuentes de producción jurídica comercial, están encaminadas a unificar y armonizar el comercio internacional entre los estados, cuyos reclamos y demandas se hacen evidentes ante la celebración de variados y múltiples contratos y de negocios comerciales internacionales. • Bajo ese contexto, los organismos de carácter internacional han establecido un compendio normativo tendiente a disciplinar las relaciones comerciales entre los particulares de un estado cuya aplicación jurídica se encuentra determinada en cuanto a su naturaleza, ubicación y nacionalidad de las partes contratantes. • Existe en la actualidad una ley específica aplicable a un caso concreto, es decir, la Convención de Viena ésta orientada a dirimir aspectos relativos a la formación del contrato y a los derechos del vendedor y comprador de mercaderías internacionales, no así, a la validez o efectos del contrato en conflicto. Asimismo los principios UNIDROIT, tienden a proporcionar una solución a un punto controvertido ante la imposibilidad para determinar la regla aplicable a un contrato determinado, los INCOTERMS por su parte, establecen reglas y usos en materia de créditos documentarios utilizados en transacciones internacionales.

BIBLIOGRAFÍA Revista de Derecho. Vol. 36, No. 1, Año 2015. Instituto de Investigación Jurídica Sección I: Investigaciones ¿Cómo se Armoniza el Derecho Mercantil Internacional? José Alexander Ávila Vallecillo*