TP 12 Contratos Profesionales Final

1 TRABAJO PRÁCTICO Nº 12: CONTRATO PROFESIONAL 1. En tratativas para la celebración de un contrato por proyecto y dire

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TRABAJO PRÁCTICO Nº 12: CONTRATO PROFESIONAL 1. En tratativas para la celebración de un contrato por proyecto y dirección de obra, la profesional ha recibido una sugerencia por parte del comitente, por la cual, una cláusula textualmente dice: “El Comitente tiene el derecho a desistir del contrato por su sola voluntad, no siendo de aplicación en este contrato lo dispuesto en el Decreto- Ley 7887/55, artículo 51, inciso 3) ni indemnización de ningún otro tipo”. Se pide saber si esta cláusula puede ser aceptada por la profesional, justificando la respuesta. Asimismo se pide conocer cómo quedaría redactada la cláusula correctamente redactada. -La cláusula no puede ser aceptada por la profesional, porque si bien las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, estos contenidos deben estar dentro de los límites impuestos por la ley y al citar “no siendo de aplicación en este contrato lo dispuesto en el Decreto- Ley 7887/55” el contrato va contra la ley establecida. 2. Se contrata a un arquitecto para que realice el proyecto y la dirección de obra de un conjunto habitacional en Salsipuedes, Provincia de Córdoba. Tanto el profesional actuante como el comitente tienen a la Ciudad Autónoma de Bs. As. como su lugar de residencia. Y desean establecer, ante el caso de problemas en el cumplimiento del contrato, que los conflictos se resuelvan en esta ciudad. Se desea saber cómo puede tal situación quedar redactada en el contrato, de modo de resguardar el interés de ambas partes. - Frente al supuesto que exista incumplimiento contractual por cualquiera de las partes, el conflicto será resuelto en la jurisdicción de la residencia de ambas partes. 3. ¿Puede un comitente pretender que el arquitecto desempeñe su rol como director de obra estando presente todos los días desde el horario de inicio hasta el de finalización de tareas? Se desea saber cómo puede tal situación quedar redactada en el contrato, de modo de resguardar el interés del arq., tanto en su permanencia en la obra como en los horarios a permanecer en la misma.

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4. Se realizará el proyecto y dirección de obra de un edificio de oficinas en Pilar, Pcia. de Bs. As.. El comitente plantea al profesional actuante su deseo de que de la realización de las tramitaciones ante distintos entes públicos para la registración de la obra y lograr autorización para construir, sea hecha por el mismo profesional, quien también se hará cargo de su costo. Se desea saber cómo puede tal situación quedar redactada en el contrato. - El profesional no debe hacerse cargo de los costos de tramitación porque según la ley de honorarios art. 58 “Cuando el profesional confeccione planos y planillas y gestione su aprobación por las autoridades municipales o prepare documentación para gestionar créditos hipotecarios, percibirá en concepto de honorarios un adicional del 0,3% del costo definitivo de la obra”. 5. Va a suscribirse un contrato por proyecto y dirección de obra. El comitente sugiere una clausula a incorporar, cuyo texto dice: “En caso de que los croquis preliminares no fueran de total satisfacción del comitente, el contrato queda automáticamente extinguido, no debiendo el comitente abonar tarea alguna ni completar honorarios, si se hubiera percibido anticipo”. El arquitecto se niega a que esta cláusula queda redactada del modo antedicho. ¿Tiene razón? Justificar respuesta. - Si tiene razón el arquitecto. Los croquis preliminares están definidos por ley como uno de los servicios que la comitente contrata al arquitecto, por lo que es necesario percibir un honorario por ellos. (Croquis preliminares (guion para exposiciones) 5%), en el caso de que se extinga el contrato el comitente debe abonar los porcentajes establecidos por las tareas encomendadas. “En el caso de que el comitente decida interrumpir la tarea encomendada pagará al profesional los porcentajes establecidos en el cuadro anterior según las etapas realizadas hasta ese momento, y si el desistimiento tuviera lugar durante el proceso de cualquiera de las etapas, el comitente pagará las anteriores completas, más una parte proporcional a los trabajos ejecutados de la etapa no terminada”. Por lo cual no se puede incluir esta cláusula que va contra lo establecido por ley.

6. En tratativas previas a la firma del contrato por proyecto y dirección de obra, el sugiere una clausula a incorporar, cuyo texto dice “No generará honorarios adicionales la introducción de modificaciones al proyecto ordenadas por el Comitente”. Se pide saber si esta cláusula puede ser aceptada por el arquitecto, justificando la respuesta. Asimismo se pide conocer cómo quedaría redactada la cláusula correctamente redactada. - No puede ser aceptada esta cláusula por el arquitecto.

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