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1 . Cuando no se hubiera convenido que el mandatario perciba una remuneración por su trabajo, a diferencia del caso de

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Cuando no se hubiera convenido que el mandatario perciba una remuneración por su trabajo, a diferencia del caso de la referencia, el Código Civil y Comercial de la Nación presume que es gratuito. Falso, ya que de conformidad con el art. 1322 del Código Civil y Comercial el mandato se presume oneroso. Verdadero, ya que si las partes no pactaron una retribución, entonces el mandato se consideraría gratuito.

2. El contrato de mandato, como el de referencia, podría extinguirse por: Renuncia de Mauro Fernandez. Abuso en el facultamiento. Incapacidad o fallecimiento de Mauro Fernandez. Falta de pago de los honorarios. Revocación hecha por Pedro Sanchez.

3. ¿Mauro Fernandez podría sustituir la ejecución del mandato a favor de otra persona? No puede hacerlo, excepto indicación del mandante. Puede hacerlo, pero es responsable por la elección del sustituto. Podría hacerlo solo con autorización expresa de su mandante. Puede hacerlo, y no es responsable por la elección del sustituto. No puede hacerlo, ya que no fue autorizado para ello.

4. ¿Mauro Fernandez puede renunciar al mandato? No, la renuncia del mandatario no es una causa de extinción del mandato. No, debe cumplir con la ejecución total del mandato. Puede renunciar pero necesariamente debe indemnizar al mandante. Si, puede hacerlo en cualquier momento y sin consecuencias jurídicas. Puede renunciar, pero si lo hace intempestivamente y sin causa debe indemnizar al mandante.

5. Pedro Sanchez ¿podría revocar el mandato conferido a Mauro Fernandez? Podría revocarlo, inclusive sin justa causa. No podría revocarlo, hasta el cumplimiento del plazo. Podría revocarlo, solo si media justa causa. No podría revocarlo, excepto justa causa. No podría revocarlo, debe esperar a que se extinga por ejecución del negocio para el que fue dado.

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La forma en que Mauro aceptó el contrato de mandato: Es válida, ya que la aceptación solo puede hacerse por escrito. No es válida, en tanto debió otorgarse por instrumento público. No es válida, en tanto el mandato debe aceptarse en forma expresa mediante acta notarial. Es válida, en tanto el Código dispone que la aceptación puede ser expresa, tácita y con la mera ejecución del mandato. No es válida en función de la magnitud del negocio que le fue encargado.

7 Si no se hubiera convenido que en el caso de referencia Mauro Fernandez percibiera una . retribución por sus tareas, el Código Civil y Comercial presume que es: Gratuito. Oneroso. De tracto sucesivo. Conmutativo. Aleatorio.

8 Según el Código Civil y Comercial, la aceptación del mandato, tal como la efectuada por Mauro . Fernandez en el caso de referencia, puede realizarse: De forma escrita. De cualquier forma. Por escritura pública.

Por instrumento particular. De forma verbal.

9 En el caso de la referencia, celebrado el negocio entre Fernandez y Niesen, ¿se le reconoce a . Ricardo Niesen alguna acción contra Pedro Sanchez? No, en tanto no ha contratado con Sanchez. Si, puede subrogarse en las acciones que puede ejercer Fernández contra Sanchez. Si, tiene acción directa en contra de Fernández y de Sánchez. Si, puede subrogarse en las acciones que puede ejercer Sánchez contra Fernández. No, ya que Sanchez es un tercero en relación al contrato.

10 Mauro Fernandez, como mandatario, tiene como principal obligación la de rendir cuentas, sin .

necesidad de que esta obligación esté prevista expresamente en el contrato. Falso, ya que solo puede exigírsele al mandatario que rinda cuentas de su gestión si ello fue pactado expresamente en el contrato. Verdadero, ya que se trata de una obligación propia del mandatario, prevista en el art. 1324 inc. f y 1334 del Código Civil y Comercial.

11 Si entre las partes Mauro Fernandez y Pedro Sanchez nada han convenido, se entiende que el .

contrato de mandato es: Parcialmente oneroso. Oneroso. Gratuito. Parcialmente gratuito. Aleatorio.

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El contrato que menciona el caso es de: Mandato sin representación Poder.

Representación directa. Representación necesaria. Representación legal.

13. El contrato del caso mencionado es un mandato, al que se denomina específicamente: Un caso de representación directa. Un caso representativo típico. Un caso de mandato sin representación. Un caso de gestión. Un caso de negocio a nombre ajeno.

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El caso de la referencia es un caso de representación aparente. Verdadero, ya que no hay representación expresa obrando Mauro Fernandez con el tercero haciéndole creer que negocia con su representante. Falso, ya que no se encuadra en las previsiones del art. 367 del Código Civil y Comercial.

15 Según cláusula primera del contrato Mauro Fernandez actuará en su nombre pero en interés .

ajeno, lo que significa: Que actúa como mandante, sin representación quedando obligado directamente con el tercero. Que no se configura un caso de mandato. Que actúa como mandatario, sin representación, quedando obligado en relación al tercero. Que actúa como mandante, con representación no quedando obligado directamente con el tercero. Que actúa como mandatario, sin representación no quedando obligado directamente con el tercero.

16 En el caso de referencia Pedro Sanchez no tiene ninguna acción contra Ricardo Riesen, ya que .

no contrató con el directamente. Verdadero, ya que no puede ejercer acciones porque no intervino personalmente en el

negocio. Falso, ya que Pedro como mandante puede subrogarse en las acciones que tiene el mandatario contra el tercero, de conformidad con el art. 1321 del Código Civil y Comercial.

17 Establece cuáles de los siguientes son requisitos necesarios para configurar el mandato .

irrevocable de conformidad con el art. 1330 del Código Civil y Comercial: Acto determinado, plazo indeterminado y en interés del representante. Acto determinado, plazo incierto y en interés del representante, de un tercero o común a representante y representado. Acto determinado, plazo cierto y en interés del representante, de un tercero o común a representante y representado. Acto indeterminado, plazo incierto y en interés del representante, de un tercero o común a representante y representado. Acto indeterminado, plazo indeterminado en el tiempo, en interés de los contratantes o un tercero.

18. Constituyen obligaciones de Pedro Sanchez, en tanto mandante: Otorgarle a Mauro Fernández los medios necesarios para la ejecución del mandato. Rendir cuentas. Abonar la retribución convenida. Informar a Mauro Fernández sobre la ejecución del mandato. Ejecutar fielmente el mandato.

19. En general, puede darse una representación sin que haya mandato, ejemplo de ello es: La representación directa. La representación voluntaria. La representación indirecta. La representación legal. La gestión de negocios

20 El contrato del caso mencionado es un mandato, al que se lo denomina mandato sin

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representación. Verdadero, ya que es un caso en el que el mandante no otorga poder de representación, actuando el mandatario en nombre propio pero en interés del mandante, de conformidad con el art. 1320 del Código Civil y Comercial. Falso, ya que hay representación en la medida en que se le ha otorgado un poder a Mauro Fernández para que actúe en nombre de Pedro Sánchez